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Ética: Códigos de conducta
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  ÉTICA: CÓDIGOS DE CONDUCTA

La oficina de prensa del gobierno existe en dos ámbitos a la vez. Usted representa la posición del gobierno ante el público, pero en cierto sentido también responde a los intereses de la prensa y de la gente que forma parte del gobierno. A veces este doble papel le colocará en una posición moral difícil.

Como portavoz de prensa, ¿qué puede usted hacer si su jefe le ordena que oculte a la prensa una información que no esté clasificada como confidencial? ¿Qué puede hacer si su jefe miente ante los medios y usted lo sabe?

Los funcionarios de prensa del gobierno tienen que lidiar con esas cuestiones en todos los países, incluso en Estados Unidos. Como una ayuda para lograrlo, muchos de ellos han elaborado códigos de ética.

Esos sistemas de valores, por medio de los cuales la persona define lo que está bien o mal, lo que es equitativo y lo que no lo es, lo justo o lo injusto, establecen normas para la conducta de trabajo de los profesionales y los empleados. Dichos sistemas son la conciencia de una profesión. De igual importancia, un código de ética bien reconocido puede dar al empleador una comprensión clara de las normas de conducta que sus empleados deben observar.

Los portavoces del gobierno deben tomar decisiones que satisfagan el interés público y el de su empleador, así como sus propios valores personales y sus normas profesionales. Debido a que esos valores pueden estar en conflicto, los códigos de conducta son, en última instancia, la medida del comportamiento correcto. En esencia, la credibilidad tiene una importancia crítica para un portavoz de prensa. Sin duda, es vital que se muestre leal a su empleador, pero si la sinceridad del portavoz ante los medios no es total, la credibilidad que tenía se destruye y, a fin de cuentas, pierde también todo el valor que podría tener para el empleador.

La confianza de los medios en un portavoz es difícil de ganar y sólo se logra con el tiempo, en virtud de una conducta altamente profesional y ética. Así pues, la primera meta de un comunicador ético es transmitir en forma veraz la realidad de un evento, un tema, una política o un plan.

Aun cuando se podría creer que el gobierno y la prensa tienen que ser antagónicos en sus códigos de conducta, la verdad es que esos códigos comparten muchos de sus principios en una democracia. Por ejemplo, en Estados Unidos, los códigos de conducta de la prensa y de los comunicadores del gobierno dictan que el profesional sea responsable, veraz y preciso, que no tenga intereses en conflicto, que trabaje por el bien común, que sea justo y que actúe como depositario de la confianza del público.

En cuanto al tema de la veracidad y la precisión, la Asociación de Editores de Periódicos de EE.UU. (ASNE por sus siglas en inglés) tiene un código de conducta según el cual: “La buena fe para con el lector es el cimiento del buen periodismo. No hay que escatimar esfuerzos para asegurarse de que el contenido de las noticias sea preciso, que esté libre de tendencias y contextualizado, y que todas las partes estén representadas en forma equitativa”. El código indica, en seguida, que tanto los errores factuales significativos como los causados por omisión se deben enmendar con prontitud y en lugar prominente.

Así mismo, la Asociación Nacional de Comunicadores del Gobierno (NAGC) tiene un código de ética según el cual los comunicadores gubernamentales “se abstendrán de propalar de modo intencional información falsa o engañosa y se darán prisa para rectificar los rumores o la información falsa o engañosa”.

Los dos códigos de ética ordenan que los profesionales del ramo se pongan al servicio del bienestar general, no al de ellos mismos, y que se hagan responsables de la tarea a su cargo. En lo que toca al interés y la confianza del público, el código de la ASNE proclama que la libertad de prensa le pertenece al pueblo y “tiene que ser defendida de cualquier sector, público o privado, que trate de conculcarla o atacarla. Los periodistas deben estar siempre alerta para asegurarse de que los asuntos del público se ventilen en público. Tienen que estar en guardia frente a quien intente explotar a la prensa con fines egoístas”. El código de la NAGC dispone que los portavoces de gobierno deben “encauzar su vida profesional de acuerdo con el interés público, en justo reconocimiento de que cada uno de nosotros es depositario de la confianza del público”.

Los ideales que se expresan en estos códigos son una guía, pero ¿cómo abordar las cuestiones éticas en sitios en los que tal vez no se les ha prestado la debida consideración? Puede ser útil que los profesionales de la labor de informar al público tomen en cuenta lo siguiente:

  • Redacte códigos de ética para los portavces del gobierno y haga que circulen con profusión, tanto entre los profesionales en la materia como entre los empleados.
  • Organice reuniones de portavoces de gobierno. Forme asociaciones y clubes profesionales. La presión de los colegas para alcanzar ciertos niveles de conducta puede ser una fuerza que se oponga a la inclinación a los actos poco éticos. Además, el hecho de hablar de frustraciones, intereses en común y conflictos les puede ayudar a mejorar la situación.
  • Refuerce los programas educativos para la gente que desea dedicarse a las relaciones con la prensa.
  • Fomente la capacitación dentro y fuera del país para los que ya ejercen la profesión. Observar el desempeño de otros les da oportunidad de elegir las mejores prácticas.
  • Organice publicaciones, boletines y portales de Internet para el intercambio de información sobre el modo de lidiar con problemas similares.

Se presentan a continuación varias secciones clave del código de ética de la Asociación Nacional de Comunicadores del Gobierno.

“Los miembros de la Asociación Nacional de Comunicadores del Gobierno expresan su lealtad y profesan su adhesión a las metas de elevar el grado de comunicación, entendimiento y cooperación entre todas las personas.

“Creemos que la verdad es inviolable y sagrada, que la tarea de proveer información al público es un servicio civil esencial y que el público en general, y cada uno de los ciudadanos, tiene el mismo derecho de conocer los actos de su gobierno en forma íntegra, comprensible y oportuna. Los miembros deberán:

  • Llevar a cabo su labor profesional con veracidad, precisión, justicia y responsabilidad, con la debida rendición de cuentas al público y adhesión a las normas del buen gusto aceptadas en forma general.
  • Conducir su vida profesional de acuerdo con el interés del público, en reconocimiento de que cada uno de nosotros es un depositario de la confianza del público.
  • Comunicar la verdad a los dirigentes de sus propias agencias, absteniéndose de cualquier práctica que pudiera corromper la integridad de los cauces de comunicación o los procesos de gobierno.
  • No difundir de modo intencional información falsa o engañosa y actuar con prontitud para rectificar los rumores o la información falsa o engañosa.
  • Identificar para el público el nombre y el título de la gente que participa en la toma de decisiones sobre políticas, los detalles de los procesos de decisión y la forma en que los ciudadanos interesados pueden participar.
  • No apoyar a ninguna de la partes en un conflicto o competencia de intereses y acatar en su totalidad los estatutos, órdenes ejecutivas y reglamentos que rigen la divulgación personal de dichos intereses.
  • Evitar toda posibilidad de que terceras personas, o gente del ‘círculo interior’ del gobierno, usen la información de modo indebido y no servirse jamás de la información interna para obtener ganancias personales.
  • Garantizar o prometer que se logrará un resultado específico que no se encuentre dentro del control directo de usted.
  • No aceptar pagos, comisiones, dádivas, promesas de ventajas futuras o cualquier otro valor material o intangible que esté relacionado, o se pueda percibir que lo está, con su empleo o sus funciones en el servicio público.
  • Hacer que los datos confidenciales de los ex empleados y del personal actual, así como la información que se ofrece en reuniones y documentos, esté protegida tal como lo disponen la ley, los reglamentos, la prudencia y el buen sentido.
  • No dañar por malicia el prestigio o la actividad profesional de otra persona, organización privada o agencia del gobierno.
  • No participar en actividad alguna que tienda a manipular el precio de los valores bursátiles de una compañía.

“Cuando un miembro tiene pruebas o sospechas de que otro ha incurrido en una práctica no ética, ilegal o injusta, e incluso en la violación de esta disposición, debe presentar la información lo antes posible a la autoridad competente, la cual puede ser el presidente de la NAGC o el director del Comité de Ética de la misma. A los miembros que se les descubra transgrediendo el Código de Ética de la organización se les puede pedir que se retiren de la NAGC”.

 
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