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Permiso de Ingreso para Empresarios Internacionales

Actualización: El 25 de mayo de 2018, DHS propuso eliminar la Regla Final sobre Empresario Internacional (IE, por sus siglas en inglés) cree que representa una interpretación demasiado amplia de la autoridad de concesión de permisos de ingreso (“parole”), carece de protecciones suficientes para los trabajadores e inversionistas estadounidenses, y no es el vehículo apropiado para atraer y retener empresarios internacionales. Lea la notificación de reglamentación propuesta en el Registro Federal.

Información Importante: El 17 de enero de 2017, DHS, bajo la administración anterior, publicó la Regla para Empresarios Internacionales, programada para entrar en efecto el 17 de julio de 2017. La IER estableció un nuevo proceso regulador y criterios para que ciertos empresarios extranjeros obtuvieran permiso de permanencia temporal en el país y buscaran inversiones estadounidenses para desarrollar y expandir sus empresas. El 11 de julio, DHS publicó una demora de regla para extender la fecha de efectividad de la regla final para Empresarios Internacionales hasta el 14 de marzo de 2018, con el fin de asegurar su consistencia con la Orden Ejecutiva del Presidente Trump, Mejoras en la Seguridad de las Fronteras y Controles de Inmigración. Esta orden ejecutiva establece que es política de la rama ejecutiva “dar fin al abuso de las disposiciones de los permisos de ingreso y asilo utilizados para evitar la remoción legal de extranjeros sujetos a remoción”. 

Luego de una revisión, DHS propone dejar sin efecto la regla debido a que esta política no es el vehículo apropiado para atraer y retener empresarios internacionales y no protege adecuadamente a los inversionistas y trabajadores estadounidenses. El aplazamiento de la fecha de efectividad de la regla IER tenía el fin de darle tiempo a USCIS para proponer nueva reglamentación para terminar el programa de permisos de permanencia temporal IER. Sin embrago, el 1 de diciembre de 2017, la Corte Federal de Distrito del Distrito de Columbia dejó sin efecto la demora de regla como resultado de la litigación en National Venture Capital Association (NVCA), et al., v. Duke.

Mientras DHS cumple con la orden judicial e implementa el programa de permisos IER, también se encuentra en las etapas finales de publicación de una notificación de reglamentación propuesta que intenta dejar sin efecto el programa IER.

Bajo la regla de Empresarios Internacionales (IER, por sus siglas en inglés), DHS podría utilizar su autoridad de otorgar permiso de ingreso para conceder un periodo de estadía autorizada, según cada caso individual, a los empresarios extranjeros que demuestren que su estadía en Estados Unidos podría proveer un beneficio público significativo a través de sus empresas comerciales y que ameritan un ejercicio de discreción procesal favorable.

Bajo esta regla final, los empresarios que obtienen un permiso de permanencia temporal (“parole”) serán elegibles para trabajar para sus empresas emergentes. Sus cónyuges e hijos también podrían ser elegibles para obtener un permiso de permanencia temporal (“parole”). Aunque los cónyuges pueden solicitar autorización de empleo una vez estén en Estados Unidos en calidad de personas que tienen permiso de permanencia temporal (“parolees”), sus hijos no son elegibles para trabajar. El permiso IER podría ser otorgado a hasta tres empresarios por empresa emergente.

Elegibilidad

Los empresarios que solicitan permiso de permanencia temporal (“parole’) bajo esta regla deben demostrar que:

  • Poseen interés propietario sustancial en la entidad emergente creada dentro de los últimos cinco años en Estados Unidos que tiene el potencial sustancial de rápido crecimiento y creación de empleos.
  • Tienen un rol central y activo en la entidad emergente a tal grado que están bien posicionados para asistir sustancialmente en el crecimiento y éxito de la empresa.
  • Proveerán un beneficio público significativo a Estados Unidos a base de sus roles como empresarios en la entidad emergente al demostrar que:
    • La entidad emergente ha recibido una inversión de capital significativa de parte de inversionistas estadounidenses cualificados con un historial probado de inversiones exitosas;
    • La entidad emergente ha recibido otorgaciones de subvenciones significativas para desarrollo económico, investigación y desarrollo, o creación de empleos (u otros tipos de subvenciones otorgadas típicamente a las entidades emergentes) de parte de entidades del gobierno federal, estatal o local que usualmente proporcionan dichos fondos o subvenciones a entidades emergentes; o
    • Cumplen parcialmente con alguno o ambos de los dos requisitos anteriores y proveen evidencia adicional confiable y convincente del potencial sustancial de la entidad en crecimiento rápido y creación de empleos.
  • Ameritan de alguna otra manera el ejercicio de discreción favorable.

Cómo Presentar la Solicitud

Mediante la presentación del Formulario I-941, Solicitud de Regla de Empresario

  • Usted debe presentar el Formulario I-941, Solicitud de Permiso de Permanencia Temporal de Empresario, con las tarifas requeridas (incluidas las tarifas de servicios biométricos), y evidencia documental de apoyo de acuerdo a 8 CFR 212.19 y a las instrucciones del Formulario I-941. La tarifa de presentación del Formulario I-941 es $1,200 y la tarifa de servicios biométricos es de $85.
  • Presentar y obtener la aprobación de un Formulario I-941 bajo esta regla, por sí solo, no constituye una otorgación de permiso de permanencia temporal. Si su Formulario I-941 es aprobado, usted debe visitar un consulado estadounidense en el extranjero para obtener la documentación de viaje (por ejemplo, un sello de abordaje) antes de comparecer a un puerto de entrada de Estados Unidos para una determinación final de otorgación de permiso de permanencia temporal. Un nacional canadiense que viaje directamente de Canadá a un puerto de entrada en Estados Unidos podría presentar un I-941 aprobado en el puerto de entrada de EE.UU. sin tener que obtener primero la documentación de viaje.

Mediante la presentación del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje

  • El cónyuge e hijos (hijos solteros menores de 21 años de edad) de un empresario que presenta el Formulario I-941 podrían presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, con las tarifas de presentación  y de servicios biométricos requeridos para solicitar permiso de permanencia temporal para poder acompañar o reunirse con el empresario. Deben presentar el Formulario I-131 concurrentemente con el Formulario I-941 o pueden presentarlos por separado.
  • La tarifa de presentación del Formulario I-131 presentada por un cónyuge o hijo de un empresario es $575. Se requiere una tarifa de $85 por concepto de servicios biométricos para los solicitantes de 14 a 79 años de edad. Escriba “IER” en la Parte 2, Tipo de Solicitud, del Formulario I-131. Debe presentar el Formulario I-131 junto con evidencia que demuestre que usted es el cónyuge o hijo dependiente de un Empresario con Permiso de Permanencia Temporal o un Solicitante de Permiso de Permanencia Temporal para Empresario.
  • Envíe todos los siguientes documentos:
    • Una copia del certificado de matrimonio o certificado de nacimiento que demuestre su relación con un Empresario con Permiso de Permanencia Temporal o un Solicitante de Permiso de Permanencia Temporal para Empresario.
    • A menos que presente el Formulario I-131 concurrentemente con el Formulario I-941 del empresario, presente documentación que indique que el empresario tiene un Formulario I-931 en trámite para solicitar permiso de permanencia temporal, que dicha petición fue autorizada, o que el empresario tiene un permiso de permanencia temporal. Dicha documentación podría incluir copia de:
      • Formulario I-797, Notificación de Acción, que indique que USCIS recibió el Formulario I-941 del empresario;
      • El Formulario I-521, Autorización de Permiso de Permanencia Temporal de un Extranjero a Estados Unidos, del empresario; o
      • Formulario I-94, Registro de Entrada-Salida, que indique el empresario ha obtenido permiso de permanencia temporal en Estados Unidos.

Mediante la presentación del Formulario i-765, Solicitud de Autorización de Empleo

  • Si el Formulario I-131 es aprobado, y el cónyuge del empresario obtiene el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, el cónyuge entonces puede solicitar una autorización de empleo mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Los hijos del empresario no serán elegibles para solicitar autorización de empleo bajo esta regla. Para el ítem número 20, Categoría de Elegibilidad, ingrese “(C)(34)”. Presente el Formulario I-765 junto con evidencia de su estatus de permanencia temporal, como por ejemplo, su Formulario I-94, y evidencia de que es el cónyuge de un Empresario Internacional con Permiso de Permanencia Temporal, como lo es por ejemplo, una copia del Formulario I-941 del beneficiario principal y una copia del certificado de matrimonio.
  • Aviso: Si presenta un Formulario I-765 ante USCIS antes de que su cónyuge haya obtenido el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, la solicitud puede ser denegada y no se le devolverán las tarifas.

Presente su(s) formulario(s) completado(s) en la Localidad Segura de USCIS en Dallas. 

Para Servicio Postal de EE.UU. (USPS):

Para entregas de FedEx, UPS y DHS:

USCIS
P.O. Box 650890
Dallas, TX 75265

 

USCIS
Attn: IER
2501 S. State Highway 121 Business
Suite 400
Lewisville, TX 75067

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