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Programa Piloto del
cuidado de la salud rural de la FCC
Información de la FCC para el Consumidor 


Antecedentes

La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) estableció el Programa Piloto del Cuidado de la Salud Rural en 2006 para fomentar el desarrollo y uso de los servicios en red de banda ancha por parte de los proveedores del cuidado de la salud que dan servicio a las comunidades rurales en todo el país. Las redes de banda ancha incrementan en forma significativa el acceso a los servicios de telesalud y telemedicina de los habitantes en zonas rurales que les permitirán enviar información, dar consultas y otros servicios de salud. En noviembre de 2007, la FCC seleccionó a 69 entidades para que participaran en el Programa Piloto. Estas son algunas de las preguntas más frecuentes sobre el programa piloto.



¿Qué beneficios se obtienen con el programa piloto del cuidado de la salud rural?

Los participantes son elegibles para recibir hasta un 85 por ciento de los costos asociados con:

  • La construcción de redes de banda ancha estatales o regionales para el cuidado de la salud y servicios avanzados de telecomunicaciones e información proporcionados a través de esas redes;
  • La conexión a Internet2 o National LambdaRail que son dos redes nacionales principales; y
  • La conexión a Internet público.

¿Quién paga el Programa Piloto?

El Programa Piloto utiliza los mismos fondos que el mecanismo de apoyo para el Cuidado de Salud Rural, que es una parte del Fondo del Servicio Universal (USF, por sus siglas en inglés). Todos los proveedores de servicios de telecomunicaciones y algunos otros deben contribuir al USF federal en base a un porcentaje de sus ingresos por servicios interestatales e internacionales. Entre ellas, las compañías de telefonía fija y telefonía celular, compañías de servicio de radiomensajería y ciertos proveedores de Telefonía por Internet (VoIP, por sus siglas en inglés).

Algunos clientes podrán notar un cargo por concepto de “Servicio Universal” en sus recibos de teléfonos. Éste aparece cuando una compañía elige recuperar sus contribuciones al fondo directamente de sus clientes, haciéndoles este cargo. La FCC no obliga a que las compañías pasen este costo a sus clientes. Cada compañía toma la decisión de evaluar o no y cómo evaluar los cargos para recuperar sus costos por el servicio universal. Estos cargos aparecen normalmente como un porcentaje del recibo telefónico del consumidor. Las compañías que eligen cobrar las cuotas por el servicio universal no pueden hacerlo por una cantidad que exceda su contribución al USF. Tampoco pueden cobrarles las cuotas a los participantes del programa de Lifeline (un abonado elegible por su ingreso que recibe descuentos en el servicio telefónico).

¿Cómo se estableció el Programa Piloto?

  • En septiembre de 2006, la FCC emitió la Orden del Programa Piloto de Cuidado de la Salud Rural con la meta de usar los fondos para este tipo de servicio para apoyar una red nacional de banda ancha para el cuidado de la salud.

  • En mayo de 2007, la FCC recibió 81 solicitudes de financiamiento, representando a 43 estados y 3 territorios de los EE.UU.

  • En noviembre de 2007, la FCC seleccionó 69 solicitudes que cubren 42 estados y 3 territorios de los EE.UU. para participar en el Programa Piloto.

¿Qué proveedores del cuidado de la salud están participando en el Programa Piloto?

Visite la página Web de la FCC donde encontrará una lista de los 69 participantes del programa, en orden alfabético y por estado. Siga el enlace que dice “Participantes Seleccionados” debajo del título “Avisos" (Notices) en: www.fcc.gov/cgb/rural/rhcp.html.

¿Qué tipo de entidades son elegibles para el apoyo?

  • Las instituciones educativas postsecundaria que ofrecen educación en el cuidado de la salud, incluyendo hospitales con enseñanza y escuelas de medicina;

  • Centros de salud comunitarios o centros de salud que ofrecen cuidado de la salud a trabajadores emigrantes;

  • Centros comunitarios de salud mental;

  • Hospitales sin fines de lucro;

  • Departamentos de emergencia dedicados a hospitales con fines de lucro;

  • Clínicas para el cuidado de la salud en áreas rurales; y

  • Consorcios de proveedores del cuidado de la salud que consisten en una o más de las entidades arriba descritas.

¿Qué está pasando ahora?

El administrador del fondo, la Compañía Administrativa de Servicio Universal (USAC, por sus siglas en inglés) está trabajando con los participantes del Programa Piloto para ayudarles a presentar los formularios que se requieren (Formularios 465, 466-A y 467) de tal forma que reciban el reembolso del financiamiento para el Cuidado de la Salud Rural. La FCC ha dado orientación sobre la manera correcta de llenar estos formularios y les piden a los participantes del Programa Piloto que presenten información adicional, incluyendo las hojas de trabajo de los costos de la red, certificaciones, cartas de la organización y estudios de diseño de redes (si aplican).

El financiamiento total para los 69 participantes del programa es aproximadamente de $417 millones durante tres años (o $139 millones por año). La participación en el Programa Piloto está limitada a los 69 participantes seleccionados en noviembre de 2007.

Para más información

Para más información sobre el Programa Piloto, visite nuestro sitio Web en www.fcc.gov/cgb/rural/rhcp.html. Para otros temas de las telecomunicaciones, visite la página Web de la Oficina de Asuntos Gubernamentales y del Consumidor en www.fcc.gov/cgb o contacte el Centro para el Consumidor de la FCC por correo electrónico a fccinfo@fcc.gov; llamando al 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o 1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) TTY; por fax al 1-866-418-0232; o escribiendo a:

Federal Communications Commission 
Consumer & Governmental Affairs Bureau 
Consumer Inquiries and Complaints Division 
445 12th Street, SW 
Washington, DC 20554.

También podrá consultar las hojas informativas sobre otros programas del Servicio Universal en la página Web de la FCC en:

www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/spanish/universalservice.html

www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/spanish/lllu.html

www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/spanish/usp_Schools.html

www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/spanish/tribalfactsheet.html.

 

Para ésta u otra publicación para el consumidor en formato accesible (texto electrónico ASCII, Braille, letra grande, o audio) escríbanos o llame a la dirección o teléfono indicados abajo, o envíe un e-mail a FCC504@fcc.gov.

Haga clic en www.fcc.gov/cgb/contacts/ para recibir información sobre éste y otros temas de la FCC para el consumidor a través del servicio de suscripción electrónica de la Comisión.

Este documento tiene como único propósito el educar al consumidor y no afectará ningún procedimiento o caso sobre este asunto u otros relacionados.

07/08/08

 

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last reviewed/updated on 07/21/08 


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