La EEOC pone en vigor dos leyes que te protegen contra la discriminación sexual en el trabajo:
- El Título VII prohíbe que un patrono te trate de manera diferente, o menos favorable, por tu sexo. El Título VII también prohíbe las decisiones laborales basadas en estereotipos sobre habilidades y cualidades de un género en particular. Tanto hombres como mujeres están protegidos contra la discriminación por sexo bajo el Título VII.
- La Ley de Remuneración Equitativa requiere que hombres y mujeres que estén en el mismo lugar de trabajo reciban la misma paga por el mismo trabajo. Esto significa que los patronos no pueden pagar salarios distintos a hombres y mujeres que realizan trabajos sustancialmente similares en el mismo lugar por el sexo.
Las leyes puestas en vigor por la EEOC también prohíben el acoso sexual en el trabajo. El acoso sexual incluye conductas de naturaleza sexual, tales como chistes sexuales o pedidos de favores sexuales, y conductas no sexuales basadas en tu género. La ley te protege contra el acoso sexual por parte de tu supervisor, un supervisor de otra área, un compañero de trabajo u otras personas del lugar de trabajo, tales como clientes. Tanto el acosador como la víctima pueden ser hombre o mujer.
Si quieres obtener más información después de haber leído las preguntas frecuentes, consulta los Datos de la EEOC sobre Discriminación por sexo and Remuneración Equitativa y Discriminación por Compensación.