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Chasque encendido una categoría para más información de el Western Hemisphere Travel Initiative (WHTI):

Niños: A partir de 1 de junio de 2009, los niños estadounidenses y canadienses menores de 16 años que quieran cruzar la frontera por tierra o mar, lo podrán hacerlo presentando el certificado de nacimiento original o una copia, el documento consular de nacimiento en el extranjero, el certificado de naturalización o el documento de identidad canadiense.

Grupos de niños: A partir de 1 de junio de 2009, los jóvenes estadounidenses y canadienses menores de 19 años que viajen por tierra o mar en excursiones escolares, con un grupo religioso, organización social o un equipo deportivo, podrán cruzar la frontera bajo la supervisión de adultos con el certificado de nacimiento original o una copia, el documento consular de nacimiento en el extranjero, el certificado de naturalización o el documento de identidad canadiense.

El grupo debe estar preparado para presentar una carta con el sello de la organización con la siguiente información.

  • Nombre de la organización y el supervisor adulto,
  • Lista de los menores en el viaje, con su dirección, número de teléfono, fecha de nacimiento y por lo menos el nombre de uno de los padres o tutores legales de cada uno de los menores,
  • Documento escrito y firmado del supervisor adulto certificando que ha obtenido permiso de los padres o tutores legales para cada uno de los menores.

Indíos Americanos: Los indios americanos podrán seguir presentando la documentación tribal hasta el 1 de junio de 2009, siempre y cuando los documentos incluyan una fotografía. El Servicio de Aduana y Protección Fronteriza está trabajando en estrecha colaboración con tribus interesadas de indios americanos para crear una tarjeta tribal mejorada que cumpla los términos de la iniciativa WHTI.

Pasajeros de cruceros de circuitos cerrados: Los ciudadanos estadounidenses que se viajen en cruceros por los países miembros de WHTI cuyo itinerario se inicie y acabe en el mismo puerto de los Estados Unidos podrán entrar o salir del país mostrado el certificado de nacimiento original o una copia, el documento consular de nacimiento en el extranjero o el certificado de naturalización. Ten en cuenta que podrá necesitar su pasaporte para entrar a los países que visite el crucero. Consulte a la línea naviera para asegurarse de llevar la documentación adecuada.

Residentes legales permanentes de los Estados Unidos:
Los requisitos de documentación aplicables a residentes legales permanentes no cambiarán al amparo de la iniciativa WHTI. Los residentes legales permanentes pueden seguir utilizando su tarjeta de residencia permanente (Formulario I-551) o cualquier otra constancia válida de residencia permanente.

Militares de EE.UU.: Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar el documento de identificación militar de EE.UU. cuando están viajando con ordenes oficiales.

Marinos mercantil: Un ciudadano de Estados Unidos puede presentar un documento no vencido del infante de marina mercantil conjuntamente con negocio marítimo.

Ferris y pequeñas embarcaciones:
El trámite de ferris y pequeñas embarcaciones es muy parecido al de viajes por tierra. Las personas que usan esta modalidad de transporte están sujetas a los nuevos requisitos de documentación de viaje.

Navegantes de pequeñas embarcaciones: Portadores del registro I-68: Los navegantes que tienen un formulario I-68 deben cumplir los nuevos requisitos de documentación de viaje. La tarjeta NEXUS es una alternativa al pasaporte para entrar a los Estados Unidos. El tener en su poder una tarjeta NEXUS o un pasaporte le permitirá seguir utilizando los procedimientos de autorización telefónica actualmente en vigor para portadores del registro I-68.

El formulario I-68 es similar a cualquier tipo de registro vehicular y no es en sí un documento de identificación o de viaje.

 

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