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Fallecimiento de un Ciudadano de E.U.
 

El Consulado de los Estados Unidos en Tijuana proporciona asistencia a familiares y amigos en caso de fallecimiento de ciudadanos Americanos en los estados mexicanos de Baja California y Baja California Sur. Es de vital importancia que la familia contrate una funeraria para asistirlos al realizar arreglos funerarios. El Consulado cuenta con una lista de funerarias ubicadas en Baja California y el área fronteriza de California, estas compañías han sido recomendadas por familias de ciudadanos Americanos que han contratado sus servicios. El papel de el Consulado Americano no será el de asistir en realizar arreglos funerarios si no el de ubicar y notificar a familiares de el deceso de un familiar, en algunos casos identificar los restos, solicitar cierta documentación de autoridades Mexicanas, así como asistir en el envío de pertenencias personales (del fallecido) a sus familiares. La familia deberá hacerse cargo de todos los gastos funerarios, envió de restos o efectos personales del fallecido y hacer los arreglos funerarios con la asistencia de la funeraria que contraten. Autoridades Mexicanas a menudo solicitan documentos de identidad tanto para el fallecido como para la persona que esta hacienda los arreglos funerarios; como actas de nacimiento, pasaportes y actas de matrimonio. La funeraria le informará a cada familia que documentación deberá presentar.

La muerte de un ciudadano Americano ya sea residente o turista deberá ser reportada a el Consulado Americano aunque la familia no requiera de asistencia al realizar arreglos funerarios, ya que el Consulado Americano expide el Reporte Consular de Muerte de un Ciudadano Americano en el Extranjero (La versión oficial de un acta de defunción estadounidense para ciudadanos Americanos que fallecen en el extranjero). Este documento será necesario para cualquier trámite legal en los Estados Unidos. El Consulado Americano necesita que la familia proporcione algunos documentos para preparar el reporte de muerte , tal como una copia del acta de defunción mexicana y prueba de ciudadanía. El oficial consular le explicará a la familia la documentación necesaria en cada caso.