36.   Otros Créditos

Qué Hay de Nuevo

Crédito tributario para comprador de primera vivienda. En la mayoría de los casos, no puede reclamar este crédito para una vivienda que compró en el 2011. Sin embargo, determinados miembros de las Fuerzas Armadas, otros servicios uniformados o el Servicio Exterior, y determinados empleados de los servicios de inteligencia pueden reclamar el crédito por una vivienda que compraron antes del 1 de mayo de 2011. También podrian reclamar el crédito si firmaron un contrato escrito vinculante antes del 1 de mayo de 2011 con el fin de comprar la vivienda antes del 1 de julio de 2011. Vea Crédito Tributario para Comprador de Primera Vivienda .

Recuperación del crédito tributario para comprador de primera vivienda. Si tiene que reintegrar el crédito, es posible hacerlo sin presentar el Formulario 5405, First-Time Homebuyer Credit and Repayment of Credit, (Crédito tributario para comprador de primera vivienda y reintegro del crédito), en inglés. Vea Crédito Tributario para Comprador de Primera Vivienda .

Crédito por vehículo motorizado alternativo. No puede reclamar este crédito por un vehículo comprado en 2011 a menos que el vehículo sea un vehículo motorizado de pila de combustible nuevo. Vea Crédito por Vehículo Motorizado Alternativo .

Crédito por bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo. Generalmente, el monto de este crédito es menor para bienes puestos en servicio después del 2010. Vea Crédito por Bienes de Reabastecimiento de Vehículos con Combustible Alternativo .

Crédito tributario por energía de la propiedad no empresarial. Este crédito se calcula de una manera diferente de la manera en que se calculó para el 2010. El crédito ahora tiene un límite vitalicio de $500, de lo cual solamente $200 se puede usar para ventanas. Otros límites y reglas también han cambiado. Vea Crédito Tributario por Energía de la Propiedad No Empresarial bajo Créditos por Energía de la Propiedad Residencial.

Crédito por adopción. El crédito máximo por adopción aumenta a $13,360. Vea Crédito por Adopción para más información.

Crédito tributario por cobertura del seguro médico. El crédito disminuye al 72.5% (0.725) para cantidades pagadas después de febrero de 2011 por seguro médico calificado. Vea Crédito Tributario por Cobertura del Seguro Médico .

Crédito “Hacer que el Trabajo Pague(Making Work Pay Credit)Este crédito ha expirado. No se puede incluir en la declaración de 2011.

Retención exceso del impuesto del Seguro Social o del impuesto de la jubilación ferroviaria. Los impuestos del Seguro Social y los impuestos del nivel 1 de la jubilación para empleados ferroviarios (RRTA, por sus siglas en inglés) fueron ambos retenidos de los salarios (hasta el límite salarial de $106,800, inclusive) a una tasa de 4.2% durante el año 2011. 

Introduction

Este capítulo trata de los siguientes créditos no reembolsables:

  • Crédito por vehículo motorizado alternativo.

  • Crédito por bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo.

  • Crédito para titulares de bonos de crédito tributario.

  • Crédito por impuestos extranjeros.

  • Crédito por intereses hipotecarios.

  • Crédito no reembolsable del impuesto mínimo de años anteriores.

  • Crédito por vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica.

  • Crédito por vehículos eléctricos enchufables.

  • Créditos por energía de la propiedad residencial.

  • Crédito por aportaciones a arreglos de ahorros para la jubilación.

Este capítulo trata también de los siguientes créditos reembolsables:

  • Crédito por adopción.

  • Crédito por el impuesto sobre ganancias de capital no distribuidas.

  • Crédito tributario para comprador de primera vivienda.

  • Crédito tributario por cobertura del seguro médico.

  • Crédito reembolsable del impuesto mínimo de años anteriores.

  • Crédito por retención en exceso del impuesto del Seguro Social o del impuesto de la jubilación ferroviaria.

En otros capítulos de esta publicación, se explican otros créditos.

  • Crédito por gastos del cuidado de menores y dependientes (capítulo 31).

  • Crédito para ancianos o personas incapacitadas (capítulo 32).

  • Crédito tributario por hijos (capítulo 33).

  • Créditos tributarios por estudios (capítulo 34).

  • Crédito por ingreso del trabajo (capítulo 35).

Créditos no reembolsables.   La primera parte de este capítulo, Créditos no Reembolsables, abarca diez créditos que se restan de sus impuestos. Puede ser que estos créditos reduzcan los impuestos a cero. Si estos créditos superan el monto de sus impuestos, no se le devuelve el excedente.

Créditos reembolsables.   La segunda parte de este capítulo, Créditos Reembolsables, abarca seis créditos que se consideran pagos y que le pueden ser reembolsados. Estos créditos se agregan a los impuestos federales sobre el ingreso retenido y todo pago de impuesto estimado que haya hecho. Si el total de estos es superior al total de los impuestos, se le reembolsará el excedente.

Useful Items - You may want to see:

Publicación

  • 502 Medical and Dental Expenses (Including the Health Coverage Tax Credit) (Gastos médicos y dentales (Incluido el crédito tributario por cobertura del seguro médico)), en inglés

  • 514 Foreign Tax Credit for Individuals (Crédito por impuestos del extranjero para personas físicas), en inglés

  • 530 Tax Information for Homeowners (Información tributaria para propietarios de vivienda), en inglés

  • 590 Individual Retirement Arrangements (IRAs) (Arreglos de ahorros para la jubilación (Arreglos IRA)), en inglés

Formulario (e Instrucciones)

  • 1116 Foreign Tax Credit (Individual, Estate, or Trust) (Crédito por impuestos extranjeros (personas físicas, caudales hereditarios o fideicomisos)), en inglés

  • 2439 Notice to Shareholder of Undistributed Long-Term Capital Gains (Aviso al accionista de ganancias de capital a largo plazo no distribuidas), en inglés

  • 5405 First-Time Homebuyer Credit and Repayment of Credit (Crédito tributario para comprador de primera vivienda y reintegro del crédito), en inglés

  • 5695 Residential Energy Credits (Créditos por energía de la propiedad residencial), en inglés

  • 8396 Mortgage Interest Credit (Crédito por intereses hipotecarios), en inglés

  • 8801 Credit For Prior Year Minimum Tax – Individuals, Estates, and Trusts (Crédito del impuesto mínimo de años anteriores–personas físicas, caudales hereditarios o fideicomisos), en inglés

  • 8828 Recapture of Federal Mortgage Subsidy (Recuperación del subsidio hipotecario federal), en inglés

  • 8834 Qualified Plug-In Electric and Electric Vehicle Credit (Crédito por vehículos eléctricos enchufables y por vehículos eléctricos que reúnen los requisitos), en inglés

  • 8839 Qualified Adoption Expenses (Gastos de adopción calificados), en inglés

  • 8880 Credit for Qualified Retirement Savings Contributions (Crédito por aportaciones calificadas a arreglos de ahorros para la jubilación), en inglés

  • 8885 Health Coverage Tax Credit (Crédito tributario por cobertura del seguro médico), en inglés

  • 8910 Alternative Motor Vehicle Credit (Crédito por vehículo motorizado alternativo), en inglés

  • 8911 Alternative Fuel Vehicle Refueling Property Credit (Crédito por bienes de reabastecimiento de vehículos de combustible alternativo), en inglés

  • 8912 Credit to Holders of Tax Credit Bonds (Crédito para titulares de bonos de crédito tributario), en inglés

  • 8936 Qualified Plug-In Electric Drive Motor Vehicle Credit (Crédito por vehículos enchufables con motor de dirección eléctrica y que reúnen los requisitos), en inglés

Créditos no Reembolsables

Los créditos tratados en esta parte del capítulo pueden reducir los impuestos. No obstante, si el total de estos créditos supera el total de sus impuestos, no se le devuelve el excedente.

Crédito por Vehículo Motorizado Alternativo

Quizás pueda reclamar este crédito si pone en uso un vehículo motorizado de pila de combustible calificado en 2011. También se puede aplicar el crédito al costo de convertir un vehículo en uno que sea vehículo enchufable con motor de dirección eléctrica y que reúna los requisitos.

Este crédito ha expirado para los vehículos motorizados con tecnología avanzada de baja combustión, vehículos motorizados híbridos calificados y vehículos motorizados de combustible alternativo calificados comprado después del año 2010. No puede reclamar el crédito en base de estos vehículos en su declaración de impuestos del año 2011. Sin embargo, podría reclamar el crédito para uno de estos vehículos si fue comprado en el año 2010, pero no fue puesto en servicio hasta el año 2011.

Cantidad del crédito.   Normalmente, puede basarse en la certificación del fabricante para saber si un vehículo de cierta marca, modelo y año reúne los requisitos para el crédito y para la cantidad máxima del mismo por el cual reúne los requisitos. Si se trata de un fabricante extranjero, por lo general, puede basarse en la certificación de su distribuidor nacional.

   La cantidad del crédito suele ser el 100% del crédito máximo permisible tal y como lo certifique el fabricante (o el distribuidor nacional). Sin embargo, el crédito por la conversión de un vehículo en uno que sea vehículo enchufable con motor de dirección eléctrica, y que reúna los requisitos, es (a) $4,000 o (b) el 10% del costo de la conversión, lo que sea menor.

Cómo reclamar el crédito.   Para tomar el crédito, tiene que completar el Formulario 8910 y adjuntarlo al Formulario 1040. Incluya el crédito en el total de la línea 53 del Formulario 1040. Marque el recuadro c y anote “8910” en la línea junto a dicho recuadro.

Información adicional.   Para más información sobre el crédito, vea las instrucciones del Formulario 8910.

Crédito por Bienes de Reabastecimiento de Vehículos con Combustible Alternativo

Tal vez pueda tomar un crédito si pone en uso en 2011 bienes de reabastecimiento de vehículos con combustible alternativo calificados.

Bienes de reabastecimiento de vehículos de combustible alternativo calificados.   Los bienes de reabastecimiento de vehículos de combustible alternativo calificados son aquéllos (que no sean edificios ni los componentes estructurales de los mismos) que se utilicen para almacenar o surtir un combustible alternativo en el tanque de combustible de un vehículo de motor propulsado por dicho combustible, pero sólo si el proceso de almacenamiento o reabastecimiento se lleva a cabo en el sitio donde el combustible se coloca en el tanque.

  Los siguientes son combustibles alternativos:
  • Todo combustible del cual por lo menos el 85% del volumen consiste en uno o más de los siguientes: etanol, gas natural, gas natural comprimido, gas natural licuado, gas licuado de petróleo, o hidrógeno.

  • Toda mezcla que consista en dos o más de los siguientes: biodiésel, gasóleo (gasolina diesel) o queroseno, y de la cual por lo menos el 20% del volumen consiste en biodiésel según determinado sin tener en cuenta cantidad alguna de queroseno.

  • Electricidad.

Cantidad del crédito.   Para bienes de uso personal, el crédito suele ser el 30% del costo de dichos bienes o $1,000, el que sea menor. Para bienes de uso comercial, el crédito suele ser el 30% del costo de dichos bienes o $30,000, el que sea menor. La tasa de crédito y los límites que aplicaron para el 2009 y el 2010 y que eran mayores han vencido.

Cómo reclamar el crédito.   Para tomar el crédito, tiene que completar el Formulario 8911 y adjuntarlo al Formulario 1040. Incluya el crédito en el total de la línea 53 del Formulario 1040. Marque el recuadro c y anote “8911” en la línea al lado de dicho recuadro.

Información adicional.   Para más información sobre el crédito, vea las instrucciones del Formulario 8911.

Crédito para Titulares de Bonos de Crédito Tributario

Los bonos de crédito tributario son bonos de los cuales el titular recibe un crédito tributario en vez de los intereses sobre el bono, o una parte de los mismos.

Tal vez pueda reclamar un crédito si es titular de uno de los siguientes bonos:

  • Bonos de energía limpia y renovable (emitidos antes de 2010).

  • Bonos de energía limpia y renovable nuevos.

  • Bonos calificados de ahorro de energía.

  • Bonos del crédito tributario del Medio Oeste.

  • Bonos para programas calificados de preservación forestal.

  • Bonos calificados de construcción de escuelas.

  • Bonos para zonas de academia calificadas.

  • Bonos de construcción de proyectos públicos en los Estados Unidos (Bonos Build America).

En algunos casos, un emisor puede optar por recibir un crédito correspondiente a los inte- 
reses pagados sobre el bono. Si el emisor elige esta opción, usted no puede también reclamar un crédito.

Ingresos procedentes de intereses.   La cantidad de todo crédito tributario permitido (cal- 
culado antes de aplicarse los límites de responsabilidad tributaria) se tiene que incluir en la declaración como ingresos procedentes de intereses.

Cómo reclamar el crédito.   Complete el Formulario 8912 y adjúntelo al Formulario 1040. Incluya el crédito en el total de la línea 53 del Formulario 1040. Marque el recuadro c y anote “8912” en la línea al lado de dicho recuadro.

Información adicional.   Para más información, vea las instrucciones del Formulario 8912.

Crédito por Impuestos Extranjeros

Normalmente, puede optar por declarar los impuestos sobre el ingreso pagado o acumulado por usted a lo largo del año a un país extranjero o posesión (territorio no autónomo) de los Estados Unidos, aplicándolo contra el impuesto sobre el ingreso de los Estados Unidos. O puede deducirlos como deducción detallada (vea el capítulo 22).

No puede reclamar un crédito (ni una deducción) por impuestos sobre el ingreso extranjero pagado sobre ingresos que se excluyan del impuesto de los EE.UU. en los siguientes casos:

  1. Exclusión de ingresos ganados de fuentes en el extranjero.

  2. Exclusión por concepto de vivienda en el extranjero.

  3. Ingresos de fuentes en Puerto Rico exentos de impuestos de los Estados Unidos.

  4. Exclusión en las posesiones (territorios no autónomos) de los Estados Unidos.

Límite del crédito.   A menos que decida no presentar el Formulario 1116 (vea Excepción , más adelante), el crédito por impuestos extranjeros pagados no puede superar los impuestos a pagar al gobierno de los Estados Unidos (línea 44 del Formulario 1040), multiplicado por una fracción. El numerador de esta fracción será los ingresos tributables de fuentes fuera de los Estados Unidos. El denominador será el total de los ingresos tributables de fuentes en los Estados Unidos y en el extranjero. Vea la Publicación 514, en inglés, para información adicional.

Cómo reclamar el crédito.   Complete el Formulario 1116 y adjúntelo al Formulario 1040. Anote el crédito en la línea 47 del Formulario 1040.

Excepción.   No necesita llenar el Formulario 1116 para reclamar el crédito si se dan todas las siguientes condiciones:
  1. Todos sus ingresos brutos de fuentes en el extranjero provienen de intereses y dividendos y dichos ingresos en su totalidad más los impuestos extranjeros que se pagaron sobre esos ingresos se les informaron a usted en el Formulario 1099-INT, Formulario 1099-DIV o en el Anexo K-1 (o un documento similar sustitivo).

  2. Si usted tenía ingreso de dividendos provenientes de participación en acciones, usted mantuvo en tenencia dichas acciones por lo menos 16 dias.

  3. No está presentando el Formulario 4563 ni excluyendo ingresos provenientes de fuentes en Puerto Rico.

  4. El total de los impuestos extranjeros acreditar no era superior a $300 ($600 si es casado que presenta una declaración conjunta).

  5. Todos sus impuestos extranjeros fueron:

    1. Adeudados legalmente y no reunían los requisitos para un reembolso y

    2. Pagados a países que son reconocidos como tal por los Estados Unidos y que no apoyan el terrorismo.

Más información.   Para información más detallada acerca del crédito y estos requisitos, vea las instrucciones del Formulario 1116, en inglés.

Crédito por Intereses Hipotecarios

El crédito por intereses hipotecarios tiene la finalidad de ayudar a personas de bajos recursos a comprar una vivienda. Si reúne los requisitos, puede reclamar el crédito cada año para una parte de los intereses hipotecarios de vivienda que pague.

Quién reúne los requisitos.   Tal vez pueda reclamar el crédito si un gobierno estatal o local le emitió un certificado de crédito hipotecario que reúna los requisitos (MCC, por sus siglas en inglés). Normalmente, un certificado de crédito hipotecario se emite sólo en relación con una nueva hipoteca para la compra de su vivienda principal.

Cantidad del crédito.   Calcule el crédito en el Formulario 8396. Si el monto del préstamo hipotecario es igual a (o menor que) el monto adeudado confirmado (préstamo) que aparece en el certificado de crédito hipotecario, anote en la línea 1 del Formulario 8396 todos los intereses que haya pagado sobre la hipoteca durante el año.

  Si el monto del préstamo hipotecario es mayor que el monto adeudado confirmado que aparece en el certificado de crédito hipotecario, puede calcular el crédito sólo sobre una parte de los intereses que haya pagado. Para encontrar el monto que debe anotar en la línea 1, multiplique por la siguiente fracción el total de los intereses que haya pagado sobre una hipoteca a lo largo del año.

  
  Monto adeudado confirmado que aparece en el certificado de crédito hipotecario  
  Monto original de la hipoteca  

Límite basado en la tasa de crédito.   Si la tasa de crédito del certificado es superior al 20%, el crédito que se le permita no puede sobrepasar $2,000. Si dos o más personas (que no sean un matrimonio que presente una declaración conjunta) tienen una participación en la vivienda a la que se refiere el certificado de crédito hipotecario, este límite de $2,000 tiene que dividirse según la participación de cada persona. Vea la Publicación 530, en inglés, para información adicional.

Traspasos a un año posterior.   El crédito (luego de aplicar el límite basado en la tasa de crédito) también está sujeto a un límite basado en el impuesto calculado en el Formulario 8396. Si el crédito permitido disminuye a causa de este límite sobre los impuestos adeudados, puede traspasar la parte del crédito que no haya utilizado a los 3 próximos años o hasta que se utilice, lo que ocurra primero.

  Si está sujeto al límite de los $2,000 debido a que la tasa de crédito del certificado es superior al 20%, no puede traspasar a un año posterior ningún monto superior a $2,000 (o, en el caso de que tenga que dividir el crédito, la parte de los $2,000 que le corresponda).

Cómo reclamar el crédito.    Calcule el crédito de 2011, y todo monto que se haya traspasado a 2012, en el Formulario 8396 y adjúntelo al Formulario 1040. Cerciórese de incluir todo crédito traspasado, correspondiente a 2008, 2009 y 2010.

  Incluya el crédito en el total de la línea 53 del Formulario 1040. Marque el recuadro c en esa línea y escriba “8396” en el espacio al lado de dicho recuadro.

Reducción de la deducción por intereses sobre una hipoteca de vivienda.   Si detalla las deducciones en el Anexo A del Formulario 1040, tiene que restar la cantidad del crédito por intereses hipotecarios, indicado en la línea 3 del Formulario 8396, de la deducción por intereses sobre una hipoteca de vivienda. Tiene que hacerlo aunque parte de dicha cantidad se traspase a 2012. Para más información sobre la deducción por intereses sobre una hipoteca de vivienda, vea el capítulo 23.

Recuperación del subsidio hipotecario fe- deral.   Si recibió un certificado de crédito hipotecario junto con el préstamo hipotecario, podría verse obligado a recuperar (reintegrar) todo o parte del beneficio que haya recibido de ese programa. Se le podría exigir esta recuperación si vende o enajena su vivienda con ganancias durante los 9 años siguientes al cierre de su préstamo hipotecario. Vea el capítulo 15 para más información.

Más información.   Para información más detallada acerca del crédito, vea las instrucciones del Formulario 8828, en inglés.

Crédito no Reembolsable del Impuesto Mínimo de Años Anteriores

La ley tributaria concede un trato especial a ciertos tipos de ingresos y permite deducciones y créditos especiales para algunos tipos de gastos. Si se beneficia de estas leyes, podría verse obligado a pagar por lo menos una cantidad mínima de impuestos además de cualquier otro impuesto sobre estas partidas. A esto se le llama impuesto mínimo alternativo.

El trato especial de ciertas partidas de ingresos y gastos sólo le permite aplazar el pago de los impuestos hasta un año posterior. Si pagó el impuesto mínimo alternativo en años anteriores a causa de estas partidas tributarias postergadas, tal vez pueda reclamar un crédito por el impuesto mínimo de años anteriores, a favor del impuesto habitual del año en curso.

Quizás pueda reclamar un crédito y aplicarlo a favor del impuesto habitual si en 2010 tuvo:

  • Impuesto mínimo alternativo adeudado y ajustes o partidas con beneficio tributario que no sean conceptos a excluirse,

  • Un crédito del impuesto mínimo que traspase a 2011 o

  • Un crédito no permitido por vehículos eléctricos calificados.

Crédito reembolsable.   Si hizo un traspaso al año 2009 de crédito del impuesto mínimo (indicado en la línea 31 del Formulario 8801 del año 2008), podría tener derecho a un reembolso de la cantidad de dicho crédito. Para más información, vea Crédito Reembolsable del Impuesto Mínimo de Años Anteriores , más adelante.

Cómo reclamar el crédito.    Calcule el crédito no reembolsable de 2011 (de haberlo), y todo monto que se haya traspasado a 2012, en el Formulario 8801 y adjúntelo al Formulario 1040. Incluya el crédito en el total de la línea 53 del Formulario 1040 y marque el recuadro b. Puede traspasar a años posteriores, hasta agotarlo, todo crédito del impuesto mínimo de años anteriores que no se haya utilizado.

Información adicional.   Para más información sobre el crédito, vea las instrucciones del Formulario 8801.

Crédito por Vehículos Enchufables con Motor de Dirección Eléctrica y que Reúnen los Requisitos

Si, en 2011, puso en uso por fines de negocios o personales un vehículo enchufable con motor de dirección eléctrica y dicho vehículo reúne los requisitos, es posible que pueda tomar este crédito.

Normalmente, puede basarse en la certificación del fabricante de que un vehículo reúne los requisitos del crédito. Si se trata de un fabricante extranjero, por lo general, puede basarse en la certificación de su distribuidor nacional.

Cantidad del crédito.   La cantidad del crédito varía según la capacidad de la batería y puede ser de $2,500 a $7,500.

Vehículo que reúne los requisitos.   Un vehículo enchufable con motor de dirección eléctrica se considera un vehículo que reúne los requisitos si es un vehículo motorizado y usted fue el primer en utilizarlo, y si:
  1. Tiene por lo menos cuatro ruedas,

  2. No adquirió el vehículo para revenderlo sino para utilizarlo usted mismo o para alquilarlo a un tercero,

  3. El vehículo ha sido hecho por un fabricante,

  4. El vehículo ha sido fabricado principalmente para uso en calles, caminos y carreteras públicas,

  5. El peso bruto del vehículo es menos de 14,000 libras,

  6. Es un vehículo motorizado para fines del Clean Air Act (Ley del Aire Limpio) y

  7. El vehículo es impulsado en su mayoría por un motor eléctrico que funciona con electricidad generada por una batería que:

    1. Tenga una capacidad de por lo menos 4 kilovatio-horas y

    2. Se pueda recargar mediante una fuente externa de energía.

Cómo reclamar el crédito.   Para tomar el crédito, tiene que completar el Formulario 8936 y adjuntarlo a su Formulario 1040. Incluya el crédito en el total de la línea 53 del Formulario 1040. Marque el recuadro c y anote “8936” en la línea al lado de dicho recuadro.

  

Más información.   Para más información acerca del crédito, vea las instrucciones del Formulario 8936, en inglés.

Crédito por Vehículos Eléctricos Enchufables

Si, en 2011, adquirió un vehículo eléctrico enchufable que reúna los requisitos, es posible que pueda tomar este crédito. Para los fines de este crédito, un vehículo que reúne los requisitos puede tener 2, 3 ó 4 ruedas. Un vehículo con 4 ruedas tiene que ser un vehículo de baja velocidad.

Normalmente, puede basarse en la certificación del fabricante de que un vehículo reúne los requisitos del crédito. Si se trata de un fabricante extranjero, por lo general, puede basarse en la certificación de su distribuidor nacional.

Cantidad del crédito.   La cantidad del crédito es el 10% del costo del vehículo y está limitada a $2,500 por vehículo.

Vehículo que reúne los requisitos.   Un vehículo eléctrico enchufable reúne los requisitos si es un vehículo motorizado y usted fue el primero en utilizarlo, y si:
  1. No adquirió el vehículo para revenderlo sino para utilizarlo usted mismo o para alquilarlo a un tercero,

  2. El vehículo ha sido hecho por un fabricante,

  3. El vehículo ha sido fabricado principalmente para uso en calles, caminos y carreteras públicas,

  4. El peso bruto del vehículo es menos de 3,000 libras si tiene 4 ruedas o menos de 14,000 libras si tiene 2 ó 3 ruedas,

  5. El vehículo es de baja velocidad si tiene 4 ruedas y

  6. El vehículo es impulsado en su mayoría por un motor eléctrico que funciona con electricidad generada por una batería que:

    1. Tenga una capacidad de por lo menos 4 kilovatio-horas (2.5 kilovatio-horas en el caso de un vehículo con 2 ó 3 ruedas) y

    2. Se pueda recargar mediante una fuente externa de energía.

Cómo reclamar el crédito.   Para tomar el crédito, tiene que completar el Formulario 8834 y adjuntarlo a su Formulario 1040. Incluya el crédito en el total de la línea 53 del Formulario 1040. Marque el recuadro c y anote “8834” en la línea al lado de dicho recuadro.

Más información.   Para más información acerca del crédito, vea las instrucciones del Formulario 8834, en inglés.

Créditos por Energía de la Propiedad Residencial

Podría tener derecho a uno o los dos siguientes créditos si ha mejorado las posibilidades de ahorro de energía de su vivienda ubicada en los Estados Unidos en 2011:

  • Crédito tributario por energía de la propiedad no empresarial.

  • Crédito de eficiencia energética para propiedades residenciales.

Si es integrante de un comité de administración de condominios para un condominio del que sea dueño o inquilino-accionista de una sociedad anónima de cooperativa de viviendas, se considera que ha pagado la parte proporcionada que le corresponde de todo costo de tal comité o sociedad anónima para fines de estos créditos.

Crédito tributario por energía de la propiedad no empresarial.   Tal vez pueda tomar un crédito igual a la suma de:
  1. El 10% de los costos pagados para mejoras de eficiencia energética instaladas en 2011 y

  2. Todo costo pagado o incurrido para energía de la propiedad no residencial en 2011.

  Existe un límite vitalicio de $500 para todos los años posteriores al año 2005, de lo que sólo $200 pueden ser por ventanas; $50 por un ventilador de circulación de aire principal avanzado; $150 por un calentador de aqua a base de gas natural, propano o petróleo; y $300 por cualquier artículo o o bienes de eficiencia energética para propiedades residenciales.

Si el monto total de los créditos tributarios por energía de la propiedad no empresarial que ha tomado en años previos (después del año 2005) es más de $500, no puede tomar este crédito en el año 2011.

Las mejoras de eficiencia energética que reúnen los requisitos son las siguientes mejoras siempre y cuando sean nuevas, se espere que sigan en uso por lo menos 5 años y cumplan determinados requisitos de la eficiencia energética:

  • Todo material aislante o sistema que haya sido diseñado expresa y principalmente para reducir la pérdida o el aumento de temperatura (calentamiento) en una vivienda.

  • Ventanas exteriores (incluidos tragaluces).

  • Puertas exteriores.

  • Todo techo de metal o asfalto que tenga capas pigmentadas o gránulos de enfriamiento adecuados que hayan sido diseñados expresa y principalmente para reducir el aumento de temperatura (calentamiento) de la vivienda.

Se considera que la propiedad de energía residencial es cualquiera de los siguientes aparatos:

  • Determinados calentadores eléctricos de agua con bomba de calor, bombas de calor eléctricas, acondicionadores de aire centrales, calentadores de agua a gas natural, propano o petróleo; y estufas que consumen combustibles de biomasa.

  • Calderas de gas natural, propano o petróleo que reúnen los requisitos; y calderas de agua caliente a gas natural, propano o petróleo que reúnen los requisitos.

  • Determinados ventiladores de circulación de aire principal avanzados que sean componentes de las calderas de gas natural, propano o petróleo.

Crédito por energía eficaz de la propiedad residencial.   Quizás pueda tomar un crédito del 30% de los costos de propiedad eléctrica de energía solar, propiedad de calentamiento de agua por energía solar, propiedad de pilas de combustible, propiedad eólica de menor tamaño y propiedad de bomba de calor geotérmico. En el caso de costos pagados por propiedad de pilas de combustible que reúne los requisitos, la cantidad del crédito está limitada a $500 por cada medio kilovatio de capacidad de dicha propiedad.

Reducción en la base.   Tiene que reducir la base de su vivienda por la cantidad de todo crédito permitido.

Cómo reclamar el crédito.   Complete el Formulario 5695 y adjúntelo al Formulario 1040. Anote el crédito en la línea 52 del Formulario 1040.

Información adicional.   Para más información sobre el crédito, vea las instrucciones del Formulario 5695, en inglés.

Crédito por Aportaciones a Cuentas de Ahorro para la Jubilación (Crédito del Ahorrador)

Podría reclamar este crédito si usted, o su cónyuge si presenta una declaración conjunta, hizo:

  • Aportaciones (que no sean reinversiones) a un arreglo IRA tradicional o un arreglo Roth IRA,

  • Aplazamientos optativos a un plan conforme a la sección 401(k) o 403(b) (incluidas aportaciones a un arreglo designado Roth) o a un plan SEP, SIMPLE o plan gubernamental conforme a la sección 457,

  • Aportaciones voluntarias del empleado a un plan de jubilación que reúna los requisitos (incluido el Thrift Savings Plan (Cuenta de Ahorros de Jubilación) para empleados del gobierno federal) o

  • Aportaciones a un plan conforme a la sección 501(c)(18)(D).

No obstante, no puede reclamar el crédito si se dan cualquiera de las siguientes situaciones:

  1. La cantidad de la línea 38 del Formulario 1040 o de la línea 22 del Formulario 1040A es mayor de $28,250 ($42,375 si es cabeza de familia; $56,500 si es casado que presenta una declaración conjunta).

  2. La persona que hizo la aportación o el aplazamiento optativo que reúne los requisitos (a) nació después del 1 de enero de 1994, (b) ha sido declarado como dependiente en la declaración de impuestos de 2011 de otra persona o (c) era estudiante (se define a continuación).

Estudiante.   Era estudiante si, durante alguna parte de cada uno de 5 meses del año natural de 2011:
  • Estaba matriculado en una escuela como estudiante a tiempo completo o

  • Tomó un curso a tiempo completo de capacitación agrícola ofrecido en terreno por una escuela o por una agencia del estado, condado o gobierno local.

Escuela.   El término “escuela” abarca escuelas politécnicas, profesionales e industriales. Una escuela no incluye un curso de capacitación en el trabajo, escuela por correspondencia, ni escuelas que ofrecen cursos sólo por Internet.

Cómo reclamar el crédito.   Calcule el crédito en el Formulario 8880. Anote el crédito en la línea 50 del Formulario 1040 o la línea 32 del Formulario 1040A y adjunte el Formulario 8880 a su declaración.

Créditos Reembolsables

Los créditos explicados en esta parte del capítulo se consideran, desde el punto de vista tributario, pago de impuestos. Si el total de estos créditos, impuestos federales sobre el ingreso retenidos y pagos del impuesto estimado es mayor al total de los impuestos, se le puede reembolsar el excedente.

Crédito por Adopción

Tal vez pueda tomar un crédito tributario de hasta $13,360 por gastos calificados que se hayan pagado para adoptar a un niño que también reúna los requisitos. El crédito podría permitirse en el caso de la adopción de un niño con necesidades especiales aunque usted no tenga gastos calificados.

Si tiene ingresos brutos modificados (MAGI, por sus siglas en inglés) mayores de $185,210 se reduce el crédito. Si tiene ingresos brutos modificados iguales o mayores de $225,210 no puede reclamar el crédito.

Gastos de adopción calificados.   Los gastos de adopción calificados son gastos razonables y necesarios directamente relacionados con la adopción legal de un hijo que reúna los requisitos y cuyo fin sea la adopción legal. Dichos gastos abarcan:
  • Honorarios de adopción,

  • Costos judiciales,

  • Honorarios de abogado,

  • Gastos de viaje (incluyendo gastos de comida y alojamiento) mientras esté fuera de casa y

  • Gastos de readopción para adoptar a un niño extranjero.

Gastos no calificados.   Los gastos de adopción calificados no abarcan gastos:
  • Que infrinjan la ley estatal o federal,

  • Para llevar a cabo un acuerdo para autorizar los cuidados de un tutor (o padre sustituto),

  • Por la adopción del hijo de su cónyuge,

  • Para los cuales haya recibido fondos conforme a algún programa federal, estatal o local,

  • Permitidos como crédito o deducción conforme a algún otro requisito de los impuestos federales sobre el ingreso,

  • Pagados o reembolsados por su empleador o alguna otra persona u organización.

Hijo que reúne los requisitos.   El término “hijo que reúne los requisitos” designa a toda persona que:
  • Tenga menos de 18 años de edad o

  • Esté física o mentalmente incapacitada para cuidar de sí misma.

Hijo con necesidades especiales.   Un hijo con necesidades especiales reúne los requisitos si se dan las tres condiciones siguientes:
  1. El hijo era ciudadano o residente de los Estados Unidos (incluyendo posesiones (territorios no autónomos) de los EE.UU.) al iniciarse los trámites de adopción.

  2. Un estado (incluido el Distrito de Columbia) ha decidido que el hijo no puede o no debe ser devuelto al hogar de sus padres.

  3. El estado ha decidido que el hijo no puede ser adoptado a no ser que se les proporcione ayuda a los padres adoptivos. Al tomar esta decisión, los estados tienen en cuenta los siguientes factores:

    1. El origen étnico del hijo,

    2. La edad del hijo,

    3. Si el hijo es miembro de un grupo de minoría o tiene hermanos o hermanas y

    4. Si el hijo padece de una afección médica o un impedimento físico, mental o emocional.

Cuándo reclamar el crédito.   En la mayoría de los casos, hasta finalizar la adopción, se toma el crédito en el año siguiente al año en el que se hayan ocasionado o pagado los gastos calificados. Si se concluye el proceso de adopción, reclama el crédito en el año en el que se hayan ocasionado o pagado los gastos. Vea las instrucciones del Formulario 8839 para más información sobre cuándo se debe reclamar el crédito.

Hijo extranjero.   Si el hijo no es ciudadano o residente de los EE.UU. al empezar los trámites de adopción, usted no puede reclamar el crédito a menos que concluya el proceso de adopción. Todo gasto de adopción que se haya ocasionado o pagado en años anteriores al finalizar el proceso de adopción se considera ocasionado o pagado en el año en que se concluya dicho proceso.

Requisitos de corroboración de datos.   Tiene que incluir en su declaración de impuestos una copia de uno o más documentos relacionados con la adopción.

Adopciones concluídas en Estados Unidos.   En el caso de una adopción doméstica o extranjera concluída en Estados Unidos, tiene que facilitar una copia de una orden de adopción o un decreto de adopción.

Si no se han terminado los trámites de una adopción doméstica.   En el caso de una adopción doméstica que no se haya concluído todavía, tiene que anotar en su declaración de impuestos el número de identificación del contribuyente para adopciones obtenido a nombre del niño o facilitar una copia de uno de los siguientes documentos:
  1. Una evaluación del hogar realizada por una agencia de colocación autorizada.

  2. Un acuerdo de colocación concluido con una agencia de colocación autorizada.

  3. Un documento firmado por un funcionario de hospital y que autorice que un recién nacido se dé de alta del hospital y quede bajo la custodia de usted para fines de una adopción legal.

  4. Un documento judicial que ordena o aprueba la colocación de un niño bajo la custodia de usted para fines de una adopción legal.

  5. Una declaración jurada o acta notarial, firmada bajo pena de condena por falso testimonio, de parte de un abogado de adopciones, funcionario gubernamental u otra persona. Es necesario que dicho documento asevere que él o ella (a) ha colocado o está colocando a un niño bajo la custodia de usted para fines de una adopción legal o (b) le brinda asistencia en el proceso de adopción en calidad oficial.

Adopciones de niños con necesidades especiales.   Si adopta a un niño con necesidades especiales, también tiene que adjuntar a su declaración de impuestos una copia del documento, emitido por el estado, en el cual conste que se ha determinado que el niño tiene necesidades especiales.

Cómo reclamar el crédito.   Para tomar el crédito, tiene que completar el Formulario 8839 y adjuntar el mismo, junto con los documentos relacionados con la adopción, al Formulario 1040. Incluya el crédito en el total de la línea 71 del Formulario 1040 y marque el recuadro b en dicha línea.

Más información.   Para información adicional, tal como los documentos que necesita facilitar en el caso de adopciones concluidas fuera de los Estados Unidos, vea las instrucciones del Formulario 8839, en inglés.

Crédito por el Impuesto sobre Ganancias de Capital no Distribuidas

Se tiene que incluir en los ingresos toda cantidad que le hayan asignado sociedades inversionistas reglamentadas (comúnmente llamadas fondos mutuos) o sociedades de inversión inmobiliaria (REIT, por sus siglas en inglés) como distribuciones de ganancias de capital, aunque de hecho no la haya recibido. Si el fondo mutuo o sociedad de inversión inmobiliaria pagó impuestos sobre la ganancia de capital, se le permite un crédito por los impuestos ya que se considera que usted lo pagó. El fondo mutuo o sociedad de inversión inmobiliaria le enviará el Formulario 2439. Dicho formulario indicará la parte de las ganancias de capital no distribuidas y los impuestos pagados que le correspondan, de haberlos. Reclame el crédito por los impuestos pagados anotando la cantidad en la línea 71 del Formulario 1040 y marcando el recuadro a. Adjunte la Copia B del Formulario 2439 a la declaración.

Más información.   Vea Distribuciones de Ganancias de Capital , en el capítulo 8 para más información sobre ganancias de capital no distribuidas.

Crédito Tributario para Comprador de Primera Vivienda

Generalmente, este crédito no le está disponible para viviendas compradas en 2011. Los miembros de los servicios uniformados, las Fuerzas Armadas o el Servicio Exterior y empleados de los servicios de inteligencia aún pueden reclamar el crédito.

Normalmente, puede reclamar este crédito sólo si satisface cada uno de los siguientes tres requisitos:

  1. Usted (o su cónyuge, si es casado) es, o fue, un miembro de los servicios uniformados o del Servicio Exterior de los Estados Unidos o como empleado de los servicios de inteligencia y prestó “servicio prolongado en forma oficial y calificada” para por lo menos 90 días durante un período que comienza después del 31 de diciembre de 2008 y termina el 1 de mayo de 2010.

  2. Compró su vivienda principal en los Estados Unidos:

    1. Después del 31 de diciembre de 2010 y antes del 1 de mayo de 2011 o

    2. Después del 30 de abril de 2011 pero antes del 1 de julio de 2011 y firmó un contrato escrito vinculante antes del 1 de mayo de 2011 para comprar la vivienda antes del 1 de julio de 2011.

  3. Usted (y su cónyuge, si es casado) no fue dueño de otra vivienda principal durante el plazo de 3 años que finaliza en la fecha de compra.

Requisito especial para personas que viven en la misma vivienda principal desde hace mucho tiempo.   Aunque no sea comprador de primera vivienda, podría reclamar el crédito si satisface cada uno de los siguientes tres requisitos.
  1. Usted (o su cónyuge, si es casado) es, o fue, un miembro de los servicios uniformados o del Servicio Exterior de los Estados Unidos o como empleado de los servicios de inteligencia y prestó “servicio prolongado en forma oficial y calificada” para por lo menos 90 días durante un período que comienza después del 31 de diciembre de 2008 y terminando el 1 de mayo de 2010.

  2. Compró su vivienda principal en los Estados Unidos:

    1. Después del 31 de diciembre de 2010 y antes del 1 de mayo de 2011 o

    2. Después del 30 de abril de 2011 pero antes del 1 de julio de 2011 y firmó un contrato escrito vinculante antes del 1 de mayo de 2011 para comprar la vivienda antes del 1 de julio de 2011.

  3. Usted (y su cónyuge, si es casado) fue dueño de la misma vivienda y la utilizó como vivienda principal durante cualquier período de 5 años consecutivos durante el período de 8 años que finaliza en la fecha de compra de la vivienda descrita anteriormente en el punto (2).

Vivienda principal.   Su vivienda principal es aquélla en la que vive la mayor parte del tiempo. Puede ser una casa, casa flotante, casa rodante, apartamento en cooperativa o condominio.

Vivienda construida por usted.   Si construyó su vivienda principal, se considera que la compró en la fecha en la que habitó dicha vivienda por primera vez.

Quién no puede reclamar el crédito.   No puede reclamar el crédito si alguna de las siguientes situaciones le corresponde:
  1. El precio de compra es más de $800,000.

  2. Sus ingresos brutos ajustados modificados son $145,000 o más ($245,000 o más si es casado que presenta la declaración conjunta). Vea Ingresos brutos ajustados modificados (MAGI, por sus siglas en inglés) , más adelante.

  3. Puede ser reclamado como dependiente en la declaración de otra persona

  4. Usted (y su cónyuge, si es casado que presenta la declaración conjunta) era menor de 18 años de edad cuando compró la vivienda.

  5. Es extranjero no residente.

  6. Su vivienda está ubicada fuera de los Estados Unidos.

  7. Ni usted ni su cónyuge (si está casado) prestaban “servicio prolongado en forma oficial y calificada” como miembro de los servicios uniformados o del Servicio Exterior de los Estados Unidos o como empleado de los servicios de inteligencia.

  8. Adquirió la vivienda como regalo o herencia.

  9. Adquirió la vivienda de un pariente. Un pariente puede ser:

    1. Su cónyuge, antepasados (padres, abuelos, etc.) o descendientes lineales (hijos, nietos, etc.),

    2. Una sociedad anónima en la que es dueño directa o indirectamente de más del 50% del valor de las acciones en circulación y

    3. Una sociedad colectiva en la que es dueño directa o indirectamente de más del 50% de la participación en el capital o en los intereses del capital o intereses provenientes de ganancias.

    Para información adicional sobre parientes, vea Nondeductible Loss (Pérdida no deducible) en el capítulo 2 de la Publicación 544, Sales and Other Dispositions of Assets (Ventas y otras enajenaciones de activos), en inglés. En determinar si adquirió la vivienda de un pariente, solo incluya miembros de familia mencionados en el punto (9A) anteriormente.

  10. Adquirió su vivienda de una persona relacionada con su cónyuge. Esto incluye los antepasados y descendientes lineales de su cónyuge (por ejemplo sus suegros o hijastros), y cualquiera de las relaciones descritas en el punto (9B) o el (9C) que su cónyuge tiene.

Cantidad del crédito.   El crédito suele ser el monto menor entre:
  • $8,000 ($4,000 si es casado que presenta la declaración por separado) o

  • el 10% del precio de compra de la vivienda.

Sin embargo, si corresponde el Requisito especial para personas que viven en la misma vivienda principal desde hace mucho tiempo, descrito anteriormente, el crédito no puede ser mayor de $6,500 ($3,250 si es casado que presenta una declaración por separado).

  Se le permite declarar el monto completo del crédito si tiene ingresos brutos ajustados modificados (MAGI, por sus siglas en inglés) de $125,000 o menos ($225,000 o menos si es casado que presenta una declaración conjunta). La reducción paulatina del crédito se inicia cuando los ingresos brutos ajustados modificados superen los $125,000 ($225,000 si es casado que presenta una declaración conjunta). El crédito se reduce a cero si los ingresos brutos ajustados modificados son $145,000 o más ($245,000 si es casado que presenta una declaración conjunta).

Ingresos brutos ajustados modificados.   Los ingresos brutos ajustados modificados son el monto proveniente de la línea 38 del Formulario 1040, aumentado por el total de toda:
  • Exclusión de ingresos de fuentes en Puerto Rico y

  • Cantidad proveniente de las líneas 45 y 50 del Formulario 2555; la línea 18 del Formulario 2555-EZ y la línea 15 del Formulario 4563.

Reintegro del crédito.   Si compró la vivienda después de 2008, normalmente tiene que re- 
integrar el crédito si se deshace de la vivienda o la misma deja de ser su vivienda principal dentro del plazo de 36 meses que se inicia en la fecha de compra. Este requisito corresponde a casos en los que venda la vivienda, la convierta en propiedad comercial o de alquiler, la vivienda sea destruida, expropiada después de haber sido declarada no habitable o haya sido enajenada bajo amenaza de expropiación forzosa, o el prestamista ejecuta la hipoteca. Reintegra el crédito incluyéndolo como impuesto adicional en la declaración de impuestos correspondiente al año en el que la vivienda deja de ser su vivienda principal. Si la vivienda sigue siendo su vivienda principal por lo menos 36 meses a partir de la fecha de compra, no tiene que reintegrar ninguna parte del crédito.

  Si usted y su cónyuge reclaman el crédito en una declaración conjunta, se considera que se le ha permitido a cada uno de los cónyuges la mitad del crédito para fines del reintegro del mismo.

Excepciones.   Los siguientes son ejemplos de excepciones al requisito que exige el reintegro del crédito:
  • Si vende la vivienda a alguien que no sea su pariente, el reintegro del crédito en el año de venta se limita a la cantidad de la ganancia procedente de dicha venta. (Para la definición de “pariente”, vea el punto (9) que se encuentra anteriormente en Quién no puede reclamar el crédito ). Al calcular la ganancia, reste aquella parte del crédito de la base ajustada de la vivienda.

  • Si la vivienda queda destruida, es expropiada después de haber sido declarada no habitable o enajenada bajo amenaza de expropiación forzada y usted adquiere una nueva vivienda principal dentro de 2 años de dicho acontecimiento, no tiene que reintegrar el crédito.

  • Si la vivienda se traspasa a un cónyuge o ex cónyuge conforme a un fallo de divorcio, el cónyuge que reciba la vivienda es responsable de hacer todo reintegro, si corresponde.

  • Si fallece, no es obligatorio el reintegro del crédito. Si presenta una declaración conjunta y después fallece, su cónyuge sobreviviente tiene que reintegrar la mitad del crédito que le corresponde, si se requiere.

  • En algunos casos, hay una excepción que corresponde a los miembros de los servicios uniformados, del Servicio Exterior o a los empleados de los servicios de inteligencia.

Vivienda comprada en 2008.   Si reclamó el crédito para una vivienda que compró en 2008, normalmente tiene que haber empezado a re- 
integrarlo en la declaración de impuestos del año 2010. Tiene que continuar reintegrando dicho crédito en su declaración de impuestos de 2011. Además, en la mayoría de los casos, tiene que reintegrar todo crédito que haya reclamado para una vivienda comprada en 2008 si la vendió en 2011 o dicha vivienda dejó de ser su vivienda principal en 2011. Sin embargo, no tiene que reintegrar el crédito si por una de las excepciones queda eximido del requisito que exige el reintegro de dicho crédito.

Cómo reclamar el crédito.   Para reclamar el crédito, tiene que completar el Formulario 5405 y adjuntarlo al Formulario 1040. Anote el crédito en la línea 67 del Formulario 1040. Adjunte su declaración de divorcio a su formulario.

Cómo reintegrar el crédito.   Si está obligado a reintegrar el crédito, complete las Partes III y IV del Formulario 5405. Tal vez tenga que completar la Parte V también. Adjunte el formulario a su Formulario 1040. Anote el reintegro en la línea 59b del Formulario 1040.

  Si compró la vivienda en 2008 y fue dueño de la misma vivienda y la utilizó como vivienda principal durante todo el año 2011, puede anotar su reintegro para el 2011 directamente en la línea 59b del Formulario 1040 sin adjuntar el Formulario 5405.

Más información.   Para información adicional, vea el Formulario 5405 y las instrucciones del mismo.

Crédito Tributario por Cobertura del Seguro Médico

Nota:

Si recibió pagos adelantados (mensuales) de marzo hasta diciembre de 2011, reúne los requisitos para obtener un crédito retroactivo adicional de 7.5%. Para más detalles, vea el Formulario 8885 y sus instrucciones.

Tal vez pueda reclamar este crédito para cualquier mes en el que se cumpla lo siguiente el primer día del mes:

  • Tenía derecho, como beneficiario, a recibir pagos de ayuda para los ajustes comerciales (TAA, por sus siglas en inglés), pagos de ayuda alternativa para los ajustes comerciales (ATAA, por sus siglas en inglés), pagos de ayuda para los ajustes comerciales relacionados con el reempleo (RTAA, por sus siglas en inglés) o una pensión de la Pension Benefit Guaranty Corporation (Corporación de garantía de beneficios de pensiones o PBGC, por sus siglas en inglés, y definida más adelante) o si era un miembro calificado de la familia de uno de éstos individuos cuando dicho individuo falleció o cuando se finalizó su divorcio de uno de dichos individuos.

  • Usted y/o los miembros de su familia estaban cubiertos por un plan de seguro médico que reúne los requisitos y por el cual pagó la totalidad de las primas o su parte correspondiente directamente a dicho plan o al U.S. Treasury— HCTC, (Tesoro de los Estados Unidos, Crédito por cobertura del seguro médico).

  • No estaba inscrito en la Parte A, B o C del seguro Medicare o estaba inscrito en el programa Medicare pero su familia reunió los requisitos para el HCTC.

  • No estaba inscrito en el programa Medicaid ni en el State Children's Health Insurance Program (Programa estatal de seguro médico para niños, (CHIP, por sus siglas en inglés)).

  • No estaba inscrito en el programa Federal Employees Health Benefits (Seguro médico para empleados federales o FEHBP, por sus siglas en inglés) ni tenía derecho a recibir beneficios conforme al sistema médico militar de los EE.UU. (TRICARE, por sus siglas en inglés).

  • No estaba encarcelado por las autoridades federales, estatales o locales.

  • Su empleador no pagó el 50% o más del costo de la cobertura.

  • No recibió una reducción del 65% de una prima COBRA de parte de su antiguo empleador o administrador COBRA.

Sin embargo, no puede tomar el crédito si otra persona lo puede reclamar a usted como dependiente en su declaración de impuestos de 2011. Si cumple todas estas condiciones, tal vez pueda tomar el crédito para cantidades pagadas directamente a un plan de salud calificadó para usted y todo miembro de familia que calificó. El crédito es el 80% de pagos hechos en enero y febrero, pero es de 72.5% para pagos hechos entre marzo y diciembre. No puede tomar el crédito en el caso de primas de seguro sobre cobertura si en realidad fueron pagadas mediante una National Emergency Grant (Subvención para Emergencias Nacionales). La cantidad pagada por cobertura de seguro médico calificada tiene que reducirse por toda distribución de una cuenta Archer MSA de ahorros médicos u otra cuenta de ahorros para gastos médicos que se haya utilizado para pagar por dicha cobertura.

Puede tomar este crédito y anotarlo en la declaración de impuestos o solicitar que se pague por adelantado en nombre suyo a su compañía de seguros. Si se paga el crédito por adelantado en nombre suyo, aquella cantidad disminuye la cantidad del crédito que se pueda declarar en la declaración de impuestos.

Beneficiarios de ayuda para los ajustes comerciales.   Se considera que tiene derecho a la ayuda para los ajustes comerciales (TAA, por sus siglas en inglés) el primer día del mes si, cualquier día de dicho mes o del anterior, usted:
  • Recibió una asignación por reajuste comercial o

  • Hubiera tenido derecho a recibir una asignación de esta índole salvo que no había agotado todos los derechos al seguro por desempleo (con excepción de toda compensación adicional que se pague con fondos estatales y no se reembolse con fondos federales) que le correspondiera recibir (o correspondería recibir si los solicitara).

Ejemplo.   Recibió una asignación por ajuste comercial para el mes de enero de 2011. Tenía derecho a recibir la ayuda para los ajustes comerciales el primer día de enero y febrero.

Beneficiarios de ayuda alternativa para los ajustes comerciales.   Se considera que tiene derecho a la ayuda alternativa para los ajustes comerciales (ATAA, por sus siglas en inglés) el primer día del mes si, cualquier día de dicho mes o del anterior, usted recibió beneficios conforme a un programa de ayuda alternativa para los ajustes comerciales para empleados mayores establecido por el Departamento de Trabajo.

Ejemplo.   Recibió beneficios conforme a un programa de ayuda alternativa para los ajustes comerciales para empleados mayores para el mes de octubre de 2011. El Departamento de Trabajo estableció el programa. Tenía derecho como beneficiario a recibir la ayuda alternativa para los ajustes comerciales el primer día de octubre y noviembre.

Beneficiarios de ayuda alternativa para los ajustes comerciales reclacionados con el reempleo.   Se considera que tiene derecho a la ayuda alternativa para los ajustes comerciales relacionados con el reempleo (RTAA, por sus siglas en inglés) el primer día del mes si, cualquier día de dicho mes o del anterior, usted recibió beneficios conforme a un programa de ayuda alternativa para los ajustes comerciales para empleados mayores establecido por el Departamento de Trabajo. Este crédito no es vigente después de febrero 2011.

Beneficiarios de Pensiones de la Corporación de Garantía de Beneficios de Pensiones.   Se considera que tiene derecho como beneficiario a una pensión de la Corporación de Garantía de Beneficios de Pensiones el primer día del mes si se dan las dos condiciones siguientes:
  1. Tenía 55 años de edad o más el primer día del mes.

  2. Recibió beneficios para dicho mes pagados por la Corporación de Garantía de Beneficios de Pensiones conforme al Título IV de la Employee Retirement Income Security Act de 1974 (Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del Empleado o ERISA, por sus siglas en inglés).

Si recibió un pago de suma global de la Corporación de Garantía de Beneficios de Pensiones después del 5 de agosto de 2002, cumple el requisito (2) anterior para todo mes en el que habría recibido un beneficio de la Corporación de Garantía de Beneficios de Pensiones si no hubiese recibido el pago de suma global y el crédito retroactivo adicional de 7.5%.

Cómo reclamar el crédito.   Para tomar el crédito, tiene que completar el Formulario 8885 y adjuntarlo al Formulario 1040. Incluya el crédito en el total de la línea 71 del Formulario 1040 y marque el recuadro d.

  Tiene que adjuntar cuentas de seguro de salud (o cupones de pago de COBRA) y pruebas de pago correspondientes a toda cantidad que se incluya en la línea 2 del Formulario 8885. Para información adicional, vea la Publicación 502 o el Formulario 8885, ambos en inglés.

Más información.   Para más definiciones y requisitos especiales, incluyendo los que se refieren a planes de seguro médico que reúnan los requisitos, familiares que podrían darle derecho al crédito (familiares calificados), el efecto de determinados sucesos importantes en la vida y planes de seguro médico provistos por el empleador, vea la Publicación 502 y las instrucciones del Formulario 8885, ambas en inglés.

Crédito Reembolsable del Impuesto Mínimo de Años Anteriores

Si pagó el impuesto mínimo alternativo para 2010 o traspasó a 2011 un crédito del impuesto mínimo, es posible que tenga derecho a un crédito del impuesto mímino de años anteriores. Para más información sobre el crédito no reembolsable del impuesto mínimo de años anteriores que podría tomar, vea Crédito no Reembolsable del Impuesto Mínimo de Años Anteriores , anteriormente. No obstante, para 2011, podría tener derecho a un crédito reembolsable para el impuesto mínimo de años anteriores si tiene un crédito del impuesto mínimo que se haya traspasado de 2009 (en la línea 31 del Formulario 8801 del año 2008) y que no se haya utilizado en su totalidad, aun cuando el total del crédito del año actual sea mayor al total de los impuestos adeudados. Para calcular la cantidad de un crédito reembolsable de 2011, complete la Parte IV del Formulario 8801. Incluya todo crédito reembolsable en la línea 71 del Formulario 1040 y marque el recuadro c.

Crédito por Retención en Exceso del Impuesto del Seguro Social o del Impuesto de la Jubilación Ferroviaria

La mayoría de los empleadores tienen que retener el impuesto del Seguro Social de los salarios de sus empleados. Si trabaja para un empleador ferroviario, dicho empleador tiene que retener el impuesto de jubilación ferroviaria (RRTA, por sus siglas en inglés) de nivel 1 y de nivel 2.

Si trabajó para dos o más empleadores en 2011, es posible que hayan retenido de su salario demasiado impuesto del Seguro Social o impuesto de jubilación ferroviaria de nivel 1. Puede declarar el impuesto del Seguro Social o impuesto de jubilación ferroviaria de nivel 1 en exceso, aplicándolo como crédito a favor de los impuestos sobre los ingresos. En la siguiente tabla aparecen la cantidad máxima de salario sujeto a impuestos y la cantidad máxima de impuestos que debió haberse retenido para 2011.

Tipo de impuesto Salario  
máximo  
sujeto a  
impuestos
Impuesto máximo 
que debió 
haberse 
retenido
Seguro Social o  
RRTA de nivel 1
$106,800 $4,485.60
RRTA de nivel 2 $79,200 $3,088.80

Todo salario está sujeto a la retención de impuestos de Medicare. 

Utilice el Formulario 843, Claim for Refund and Request for Abatement (Solicitud de reembolso y reducción de impuestos), en inglés, para solicitar un reembolso del impuesto en exceso de la jubilación ferroviaria de nivel 2. Cerciórese de adjuntar una copia de todos los Formularios W-2 que tenga. Use la hoja de trabajo 3-3 de la Publicación 505, Tax Withholding and Estimated Tax (Retención de impuestos e impuesto estimado), en inglés, para poder calcular la cantidad en exceso.

Error del empleador.   Si cualquier empleador le retuvo demasiados impuestos del Seguro Social o de la jubilación ferroviaria de nivel 1, no puede reclamar el exceso y aplicarlo como un crédito a favor de los impuestos sobre el ingreso. El empleador debe ajustarle los impuestos. Si el empleador no ajusta la recaudación en exceso, puede solicitar un reembolso utilizando el Formulario 843.

Declaración conjunta.   Si presenta una declaración conjunta, no puede añadir a la cantidad retenida de su salario los impuestos del Seguro Social ni los de la jubilación ferroviaria de nivel 1 retenidos del salario de su cónyuge. Calcule por separado la retención que le corresponda a usted y la que corresponda a su cónyuge para determinar si se le han retenido impuestos en exceso a cualquiera de los dos.

Cómo calcular el crédito si no trabajó para una empresa ferroviaria.   Si no trabajó para una empresa ferroviaria en 2011, calcule el crédito de la siguiente forma:
1. Sume todos los impuestos del Seguro Social retenidos (pero no más de $4,485.60 por cada empleador). Anote el total  
aquí
 
2. Anote todo impuesto del Seguro Social sobre los salarios, propinas o seguro de vida colectivo a término que no fuese retenido que aparezca en el total de la línea 60 del Formulario 1040  
3. Sume las líneas 1 y 2. Si el total es $4,485.60 o menos, no siga. No puede reclamar el crédito  
4. Límite sobre los impuestos del Seguro Social 4,485.60
5. Crédito. De la línea 3, reste la línea 4. Anote el resultado aquí y en la línea 69 del Formulario 1040 (o la línea 41 del Formulario 1040A)  

Ejemplo.

Está casado y presenta una declaración conjunta con su cónyuge. Éste no recibió ingresos brutos en 2011. Durante 2011, usted trabajó para la empresa Brown Technology Company y ganó un salario de $60,000. Le retuvieron impuestos del Seguro Social de $2,520. También trabajó para otro empleador en 2011 y ganó un salario de $55,000. De dicho salario, le retuvieron $2,310 de impuestos del Seguro Social. Como trabajó para más de un empleador y el total de su salario superó los $106,800, puede tomar un crédito de $344.40 por los impuestos del Seguro Social retenidos en exceso.

1. Sume todos los impuestos del Seguro Social retenidos (pero no más de $4,485.60 por cada empleador). Anote el total  
aquí
$4,830.00
2. Anote todo impuesto del Seguro Social sobre los salarios, propinas o seguro de vida colectivo a término que no fuese retenido que aparezca en el total de la línea 60 del Formulario 1040 −0−
3. Sume las líneas 1 y 2. Si el total es $4,485.60 o menos, no siga. No puede tomar el crédito 4,830.00
4. Límite sobre los impuestos del Seguro Social 4,485.60
5. Crédito. De la línea 3, reste la línea 4. Anote el resultado aquí y en la línea 69 del Formulario 1040 (o la línea 41 del Formulario 1040A) $344.40

Cómo calcular el crédito si trabajó para una empresa ferroviaria.   Si fue empleado ferroviario en algún momento durante el año 2011, calcule el crédito de la siguiente forma:
1. Sume todos los impuestos del Seguro Social y de la jubilación ferroviaria de nivel 1 retenidos (pero no más de $4,485.60 por cada empleador). Anote el total aquí  
2. Anote todos los impuestos del Seguro Social y de la jubilación ferroviaria de nivel 1 sobre los salarios, propinas o seguro de vida colectivo a término, que no fueron retenidos, que aparezcan en el total de la línea 60 del Formulario 1040  
3. Sume las líneas 1 y 2. Si el total es $4,485.60 o menos, no siga. No puede tomar el crédito  
4. Límite sobre los impuestos del Seguro Social y de la jubilación ferroviaria de nivel 1 4,485.60
5. Crédito. De la línea 3, reste la línea 4. Anote el resultado aquí y en la línea 69 del Formulario 1040 (o la línea 41 del Formulario 1040A)  

Cómo reclamar el crédito.   Anote el crédito en la línea 69 del Formulario 1040, o inclúyalo en el total de la línea 41 del Formulario 1040A.

Más información.   Para información adicional sobre el crédito, vea la Publicación 505, en inglés.


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