Un año antes del retiro
Usted puede encontrar aquí las respuestas a preguntas más frecuentes sobre la planificación para el retiro antes de un año. Seleccione una pregunta para leer la respuesta.
¿Qué pasos debo tomar cuando se aproxime el momento del retiro?
Cuándo le quede alrededor de un año para ser elegible para el retiro debe:
- Confirmar cuándo será elegible para un beneficio de retiro;
- Decidir cuándo se quiere retirar;
- Obtener información acerca de otros beneficios para los cuales
también puede ser elegible, tales como las opciones de pagos del Plan de Ahorro o cualquier otro derecho basado en el empleo, por ejemplo: Servicio Diplomático y Consular, Seguro Social, pensiones de la industria privada y cuentas IRA (Cuentas de Retiro Individual). Debe tener un cuadro totalmente claro de todos los recursos de su ingreso de retiro y cuándo cada uno es pagable.
- Decirle a su supervisor la fecha propuesta para su retiro. Debe notificarlo con antelación para que puedan entrenar con tiempo la persona que ocupará su lugar.
- Asistir a un seminario de consejería pre-retiro.
- Hacer una cita con su oficial de personal para verificar su Carpeta Oficial de
Personal (OPF) o su equivalente; para asegurarse de que todos sus archivos
están completos y al día, se verifican todos los servicios y se
documenta su cobertura de seguro.
¿Qué documentación debe estar en mi Carpeta Oficial de Personal (OPF)?
- Las fechas del comienzo y final de cada periodo de empleo, las cuales se utilizarán para calcular su beneficio;
- Las fechas en las cuales cada promoción o aumento dentro del mismo grado entró en efecto durante el periodo que se utilizará para calcular el promedio de sus tres salarios más altos;
- Las fechas de cambios en los pagos o ganancias y el por ciento de pago, durante periodos de empleo en los cuales no se le retuvo ninguna deducción de retiro de su salario;
- Los deberes y obligaciones en cualquier empleo a tiempo parcial (si trabajó más horas de las requeridas oficialmente, documente las horas que trabajó);
- Un registro del tiempo de servicio intermitente o "efectivamente empleado"; y
- Documentación de las fechas del servicio militar.
Si algún servicio no se verifica o si la documentación
que se requiere no está a la mano, debe obtener ayuda de su consejero de retiro.
¿Habrán otros documentos que deba verificar?
Debe revisar su designación de beneficiario para el pago global
de contribuciones de retiro, en caso de que no haya nadie elegible para
los pagos mensuales. Esta designación se hace en un formulario
estándar 2808 para el Sistema de Retiro del Servicio Civil (CSRS)
o un formulario estándar 3102 para el Sistema de Retiro de Empleados
Federales (FERS). Asegúrese de que aparezca en el formulario
la persona o personas que quiere designar. Si no hay una copia
disponible para revisión, puede si así lo desea,
archivar una nueva designación. Si se transfirió al
Sistema de Retiro de Empleados Federales, cualquier designación
que haya hecho anteriormente con la cobertura de Sistema de Retiro del
Servicio Civil se cancelará. Si lo desea, puede archivar una
designación bajo el Sistema de Retiro de Empleados Federales.
Si lo transfirieron automáticamente del Sistema de Retiro del
Servicio Civil a la cobertura de Sistema de Retiro de Empleados Federales
su designación continuará vigente.
Si no hay una designación de beneficiario, los beneficios se pagarán de la siguiente manera:
- Su viudo(a);
- Sus hijos en partes iguales;
- Sus padres en partes iguales;
- Al ejecutor que haya señalado o al administrador de su estado;
- Sus parientes más cercanos en virtud de la ley del estado
en el cual esté residiendo cuando fallezca.
¿Qué documentos son necesarios para mis beneficios de salud?
Su Carpeta Oficial de Personal (OPF) debe contener un archivo con
todos los formularios de registro de sus beneficios de salud, formulario
estándar 2809, y si es apropiado un formulario estándar 2801,
Aviso de cambio en los beneficios de salud. Asegúrese de que cuando
se retire sus archivos muestren la historia completa de los últimos
cinco años de registros de los planes de salud.
¿Qué documentos son necesarios para mi seguro de vida?
Su Carpeta Oficial de Personal debe contener un archivo de su cobertura federal y actual de seguro de vida en un formulario estándar 2817 "Elección de seguro de vida", y si es apropiado, su designación actual de beneficiario de su seguro de vida, formulario estándar 2823.
Si no hay una designación de beneficiario, los beneficios se pagarán de la siguiente manera:
- Su viudo(a);
- Sus hijos en partes iguales;
- Sus padres en partes iguales;
- Al ejecutor que haya señalado o al administrador de su estado;
- Sus parientes más cercanos en virtud de la ley del estado en el cual
esté residiendo cuando fallezca.
¿Qué puedo hacer si soy elegible para continuar con
la cobertura de mi seguro de salud, pero mis pagos de retiro no cubrirán
el costo de la prima?
Puede pagar las primas directamente a la Oficina de Administración del
Personal Federal. En este caso, le diremos cómo hacer los arreglos pertinentes.
Usted no debe de enviar ningún pago hasta que nosotros le indiquemos.
¿Cómo puedo hacer un pago para recibir crédito
de retiro por mi servicio militar después del 1956?
Usted puede recibir crédito de retiro por el servicio militar
activo después del 1956, si hace un pago por este servicio.
Debe de hacer el pago antes de dejar de trabajar para el gobierno.
Debe solicitar ayuda a su centro local de servicio al personal para
que le aconsejen si le es conveniente hacer este pago o no; le pueden
ofrecer ayuda personalizada ya que ellos tienen sus archivos de empleo.
Trabajé por un tiempo en el cual no retuvieron las
deducciones de retiro de mis pagos. ¿Recibiré
crédito de retiro por ese tiempo?
Eso depende de cuándo trabajó y si estaba cubierto por el Sistema de Retiro del Servicio Civil (CSRS) o por el Sistema de Retiro de Empleados Federales (FERS).
Elija de la siguiente lista, la circunstancia que mejor describa su situación y solicite ayuda a su centro local de servicio al personal, ya que ellos tienen sus archivos de empleo.
Obtuve un reembolso por las deducciones de retiro que retuvieron de mis pagos.
¿Recibiré crédito de retiro por ese tiempo?
Eso depende de cuándo trabajó y si estaba cubierto por el Sistema de Retiro del Servicio Civil (CSRS) o por el Sistema de Retiro de Empleados Federales (FERS).
Elija de la siguiente lista, la circunstancia que mejor describa su situación y solicite ayuda a su centro local de servicio al personal, ya que ellos tienen sus archivos de empleo.
¿Cómo puedo hacer un pago para obtener crédito por un servicio?
Si está cubierto por el Sistema de Retiro del Servicio Civil (CSRS), debe solicitar hacer un pago llenando el formulario estándar 2803. Si está cubierto por el Sistema de Retiro de Empleados Federales (FERS), debe usar el formulario estándar 3108.
Si está a seis meses de retirarse, debe someter su solicitud para hacer un depósito o
redepósito a la misma vez que somete su solicitud de retiro. Puede usar un formulario o una carta
para hacerlo. Le notificaremos la cantidad que adeuda para que así decida si le es conveniente
hacer el pago o no. Nosotros, no obstante, no podemos autorizar los pagos de pensión regular
hasta que obtengamos su decisión respecto a ese pago.
¿Cómo puedo saber si es posible retirarme en la fecha que he elegido?
Verifique con su centro local de servicio al personal si tiene suficiente servicio y cumple con
los requisitos de edad para ser elegible para el retiro; ellos le pueden ofrecer ayuda
personalizada ya que tienen sus archivos de empleo. Asimismo, su centro local de servicio
al personal le podrá informar sobre la fecha en la cual sus pagos de pensión
comenzarán basados en la fecha que ha elegido para retirarse.
¿Cómo puedo planifico proveerle algunos beneficios a mis
sobrevivientes después de mi defunción?
Su oficial de personal revisará sus opciones para proveerle beneficios después de su defunción a su cónyuge, ex-cónguye o cualquier otra persona que designe como poseedor de un interés asegurable en su seguro de vida. Si usted no provee un beneficio mensual después de su defunción, su sobreviviente no podrá continuar cubierto bajo el programa de Beneficios de Salud de Empleados Federales (FEHB). El consejero también le hablará de los requisitos que cada sobreviviente tiene que cumplir para cualificar.
Al hacer la elección para proveer un beneficio después de su muerte debe obtener un consentimiento por escrito de su cónyuge en caso de proveerle menos del beneficio máximo permitido. Para designar un interés asegurable, debe hacerse un examen físico y correr con los gastos del mismo.
Su centro local de servicio al personal es el mejor lugar para comenzar;
aquí le pueden ofrecer ayuda personalizada ya que tienen sus archivos de empleo.
¿Qué es la pensión de edad mínima de retiro
(MRA) más 10 años bajo el Sistema de Retiro de Empleados
Federales (FERS)?
Es una cláusula que le permite retirarse con beneficios
inmediatamente después que tenga diez años de servicio
y alcance la Edad Mínima de Retiro (por lo menos 55 años).
Sin embargo, la pensión se reduce por cada mes mientras no tenga
62 años de edad. La reducción es igual al cinco por ciento
al año (o el 5/12 de un por ciento al mes). Para evitar la
reducción puede posponer el pago; más tarde puede solicitar el
beneficio escribiéndonos o llenando el formulario RI 92-19, "Solicitud
para diferir o posponer el retiro." Debe someter el formulario dos meses antes
de la fecha en la cual desea que el beneficio comience.
¿Qué pasa si pospongo mi pensión de edad mínima
de retiro (MRA) más 10 años?
- El beneficio no se reduce si comienza después que tenga los 60 años de edad y tenga por lo menos 20 años de servicio o cumpla la Edad Mínima de Retiro y tenga 30 años de servicio. El retraso del beneficio puede evitar toda o parte de la reducción por el retiro antes de los 62 años de edad, que de otra manera se aplicaría.
- Su inscripción de seguro de vida se detendrá hasta que comience su
pensión. Una vez su pensión, la cobertura del seguro de vida
que tenía cuando dejó de trabajar se reanudará, si es elegible.
- Sus beneficios de salud pueden continuar temporeramente por 10 meses bajo la
Continuación Temporera de la Cobertura. Debe pagar el costo completo de la
cobertura, incluyendo la parte del gobierno y la parte del empleado, más un
dos por ciento de cargos administrativos. Su empleador recolectará las
primas y mantendrá esta cobertura.
- Cuando comiencen sus pagos, si de alguna manera es elegible para
continuar con la cobertura, puede inscribirse nuevamente en el programa de Beneficios de Salud de Empleados Federales (FEHB) y nosotros pagaremos la parte de las primas correspondientes al gobierno.
- Si no llena una solicitud antes de su defunción, los derechos de sus familiares sobrevivientes estarían protegidos porque usted sería considerado como un retirado.
¿Qué son las contribuciones voluntarias?
Las contribuciones voluntarias son pagos hechos al fondo de retiro, en adición a las
deducciones que se le retienen de su salario. Puede hacer estas contribuciones solamente si
está cubierto por el Sistema de Retiro del Servicio Civil (CSRS) y no adeuda un depósito por el periodo de tiempo en el cual las deducciones no se le retuvieron de su salario. Para hacer contribuciones voluntarias, debe someter el formulario estándar 2804 a su empleador.
Puede hacer contribuciones voluntarias en múltiples de $25. El total de las contribuciones no puede exceder el 10 por ciento de su salario.
Puede comprar pensión adicional por $7 al año por cada contribución voluntaria de $100, más 20 centavos por cada año que sobrepase los 55 años de edad cuando se retire. Al elegir hacer una reducción en su pensión adicional, también puede comprar pensión adicional para un cónyuge sobreviviente, quien pueda recibir un beneficio después de su defunción.
El interés de las contribuciones voluntarias se pagaba, hasta el 31 de
diciembre de 1984, a una tasa de tres por ciento de interés anualmente.
Después de esa fecha, una tasa de interés variable se calcula
anualmente el 31 de diciembre hasta que el servicio termine o se pague un
reembolso. Véase la tabla de las tasas de interés variable.
¿Cómo recibiré crédito por mis contribuciones voluntarias?
Puede usar las contribuciones voluntarias que ha hecho mientras trabaja bajo el Sistema de Retiro del Servicio Civil para comprar pensión adicional cuando se retire o puede retirar las contribuciones en un pago global.
Puede comprar pensión adicional por $7 al año por cada contribución voluntaria de $100, más 20 centavos por cada año que sobrepase los 55 años de edad cuando se retire. Al elegir hacer una reducción en su pensión adicional, también puede comprar pensión adicional para un cónyuge sobreviviente, quien pueda recibir un beneficio después de su defunción.
La mayoría de las personas retiran sus contribuciones voluntarias en un pago global. Si el interés que se le debe excede más de los $200, puede mudar los fondos a una Cuenta de Retiro Individual (IRA) o otro plan de retiro cualificado para diferir el impuesto sobre ingreso.
Si desea retirar sus contribuciones voluntarias, debe someter ya sea un
formulario RI 38-124 o un formulario estándar 2802,
con un enunciado en el ítem número siete que diga:
"Quiero que me reembolsen mis contribuciones voluntarias solamente."
Puede obtener estos formularios de su empleador. Debe someter su
solicitud por lo menos 60 días antes de la fecha que ha elegido
para retirarse.
¿Qué estimados de pensión necesito?
Si así lo desea, su empleador le debe proveer cualesquiera de los siguientes estimados que se ajusten a sus circunstancias. Sin embargo, la Oficina de Administración de Personal Federal determina la cantidad real del beneficio pagable de acuerdo a las leyes y regulaciones, y a su registro certificado de empleo.
- Si recibe un salario de militar retirado, un estimado de su beneficio con y sin crédito por el servicio militar;
- Si está considerando hacer un depósito por el servicio militar después de 1956, un estimado de su beneficio con y sin crédito por el servicio militar rendido después del 31 de diciembre de 1956;
- Si está considerando hacer un depósito, bajo el Sistema de
Retiro del Servicio Civil (CSRS), por un empleo federal antes del 1ero de
octubre de 1982, un estimado de la cantidad del depósito y otro de
la cantidad de su beneficio con y sin la reducción por el depósito.
Depósito por el servicio que terminó antes del 1ero de
octubre de 1982, y cubierto por el Sistema de Retiro del Servicio Civil.
- Si está considerando hacer un depósito, bajo el Sistema
de Retiro del Servicio Civil (CSRS), por un empleo federal después del
1ero de octubre de 1982, un estimado de la cantidad del depósito y otro
de la cantidad de su beneficio con y sin crédito por el periodo de empleo.
Depósito por el servicio que terminó después del 1ero de
octubre de 1982, y cubierto por el Sistema de Retiro del Servicio Civil.
- Si está considerando hacer un repago, bajo el Sistema de Retiro del
Servicio Civil (CSRS), un reembolso de las contribuciones de retiro por un
empleo que terminó antes de octubre del 1990, un estimado de la
cantidad del redepósito y su beneficio con y sin la reducción
real que se haría si no pagara el redepósito.
Redepósito por el servicio que terminó antes de octubre del
1990, y cubierto por el Sistema de Retiro del Servicio Civil.
- Si está considerando hacer un repago, bajo el Sistema de
Retiro del Servicio Civil (CSRS), un reembolso de las contribuciones de
retiro por un empleo que terminó después de octubre del
1990, un estimado de la cantidad del redepósito y su beneficio
con y sin por el periodo de empleo cubierto por el reembolso.
Redepósito por el servicio que terminó después de
octubre del 1990, y cubierto por el Sistema de Retiro del Servicio Civil.
- Si está considerando hacer un depósito bajo el Sistema de
Retiro de Empleados Federales (FERS), por el empleo federal antes del 1989,
un estimado de la cantidad del depósito y otro de la cantidad de su
beneficio con y sin crédito por el periodo de empleo.
Depósito por el servicio que terminó antes del
1ero de enero de 1989, y cubierto por el Sistema de Retiro de Empleados Federales.
- Si está considerando proveer menos de la pensión
máxima pagable después de su defunción a un
cónyuge o ex-cónyuge, un estimado de la cantidad de
la pensión de sobreviviente y la cantidad de su pensión
con y sin la reducción del beneficio completo de sobreviviente.
Véase información sobre los beneficios para la familia.
- Si está considerando proveer una pensión de
sobreviviente a alguien que tenga un interés financiero en
su vida, un estimado de su beneficio con y sin la reducción
por esta elección.
Véase información sobre los beneficios para la familia.
- Si ha hecho contribuciones voluntarias y puede elegir comprar
pensión adicional con esas contribuciones, los beneficios
estimados con y sin crédito por las contribuciones voluntarias.
Véase información sobre las contribuciones voluntarias.
- Si puede elegir recibir una forma alterna de la pensión, un
estimado de su beneficio con y sin el pago global de las contribuciones de retiro.
Véase información sobre la forma alterna de la pensión.
- Para empleados, bajo el Sistema de Retiro de Empleados Federales
(FERS), que puedan elegir una pensión suplementaria, un estimado
de la cantidad pagable mensualmente hasta que alcance los 62 años
de edad.
¿Recibiré el ajuste de costo de vida (COLA)?
Vea información aquí sobre el ajuste de costo de
vida. Luego, visite su centro local de servicio al personal para
una explicación sobre cómo el aumento en el costo de
vida se le aplica a los retirados bajo el Sistema de Retiro del
Servicio Civil (CSRS) o bajo el Sistema de Retiro de Empleados
Federales (FERS). En su centro local de servicio al personal
le pueden ofrecer ayuda personalizada ya que ellos tienen sus
archivos de empleo.
Estoy cubierto bajo el Sistema de Retiro del Servicio Civil (CSRS)
sujeto a ajustes debido a la elegibilidad para el Seguro Social. Esta
cobertura se conoce como "el ajuste del Sistema de Retiro del Servicio Civil."
¿Cómo el ajuste afecta el cálculo de mi beneficio?
Su beneficio será calculado de la misma manera que
sería si no estuviese sujeto a un ajuste. Sin embargo,
se reducirá cuando se vuelva elegible para los beneficios
del Seguro Social. Se le aplica el ajuste cuando los requisitos
básicos para el Seguro Social se cumplen, generalmente a
la edad de 62 años, aún si usted no solicita estos
beneficios. Si no es elegible para los beneficios del Seguro
Social a los 62 años de edad, no hay ningún ajuste,
a menos que se vuelva elegible después.
¿Me pagarán las vacaciones que no haya utilizado?
Se le pagarán las vacaciones que no haya utilizado al momento del retiro.
¿Cómo la compensación para trabajadores afectará
mi pensión del servicio civil?
Cuando solicite el retiro, debe anotar su compensación para trabajadores en la solicitud. Generalmente, no puede recibir la compensación para trabajadores y los pagos de pensión del servicio civil al mismo tiempo. Tiene que decidir que beneficio le es más ventajoso y elegir recibir ese. Si decide recibir los beneficios de compensación para trabajadores, se suspenderán los pagos de la Oficina de Administración de Personal Federal. Si su beneficio de compensación para trabajadores cesa, puede solicitarnos que le paguemos su pensión del servicio civil.
Puede continuar recibiendo sus pagos de pensión del servicio
civil cuando la compensación para trabajadores es por un "premio
programado." Si falta al trabajo antes del retiro por una lesión
sufrida en el trabajo o una enfermedad contraída a causa del
trabajo y recibía compensación para trabajadores,
generalmente, puede recibir crédito por ese tiempo cuando
se calcule su pensión del servicio civil.
¿Qué retenciones se harán de mis pagos de retiro?
Véase información sobre las retenciones, cambios en las
retenciones y cómo utilizamos su dirección postal.