El Reglamento de horas de servicio (HOS) (49
CFR,
Parte 395) fue revisado en agosto de 2005. Véase más abajo resumen
de los cambios de normas.
Para preguntas relacionadas con el Reglamento HOS, por favor póngase en contacto con su Oficina divisional
estatal.
|
Materiales de referencia HOS |
|
| |
|
|
Materiales de normas
HOS |
|
|
|
Resumen del nuevo reglamento de horas de servicio, en vigor desde el 1 de octubre de 2005
La tabla siguiente resume sólo los cambios a la norma HOS. Asegúrese de consultar el
Folleto del conductor para una explicación más completa de las normas de las horas de servicio.
NORMAS DE HORAS DE SERVICIO
|
Norma de 2003
Conductores de vehículos de
autotransporte de carga Cumplimiento hasta 30 sept. 2005
|
Norma de 2005
Conductores de vehículos
de
autotransporte de carga Cumplimiento a partir 1 oct. 2005 |
Puede manejar un máximo de 11 horas después de 10 horas consecutivas fuera de servicio.
|
SIN CAMBIOS |
No puede manejar más allá de la catorceava hora después de haber entrado en servicio, tras haber estado 10 horas consecutivas fuera de servicio. |
SIN CAMBIOS |
No puede manejar después de 60/70 horas en servicio en 7/8 días consecutivos.
- El conductor puede volver a empezar un periodo de 7/8 días consecutivos después de haber tomado 34 ó más horas consecutivas fuera de servicio.
|
SIN CAMBIOS |
Los conductores de vehículos de autotransporte que usan un camarote tienen que tomar 10 horas fuera de servicio, pero pueden dividir el tiempo de camarote en dos periodos, siempre y cuando ninguno sea menor de 2 horas. |
Los conductores de vehículos de autotransporte que usan la disposición del camarote tienen que tomar por lo menos 8 horas consecutivas en el camarote, más 2 horas consecutivas ya sea en el camarote, fuera de servicio o cualquier combinación de ambos. |
Los transportistas/conductores de pasajeros no están sujetos a las nuevas normas de horas de servicio. Estas operaciones tienen que continuar cumpliendo con las limitaciones de horas de servicio especificadas en 49 CFR 395.5.
|
Nueva disposición de transporte en distancias cortas |
Los conductores de vehículos de autotransporte de carga que no requieren una licencia comercial de conductor para operar y que operan en un radio de 150 millas aéreas de su lugar acostumbrado de reporte de trabajo:
- Pueden manejar un máximo de 11 horas después de haber entrado en servicio, después de 10 o más horas consecutivas fuera de servicio.
- No tienen el requisito de mantener los registros de condiciones de servicio
(RODS).
- No pueden manejar después de la catorceava hora después de entrar en servicio 5 días a la semana o después de la dieciseisava hora después de entrar en servicio 2 días a la semana.
El patrón tiene que:
- Mantener y conservar los registros de tiempo exactos por un periodo de 6 meses y que muestren la hora en que empezó y terminó el periodo de servicio, así como las horas totales en servicio de cada día en lugar de los registros de condiciones de servicio (RODS).
|
|