Operaciones del IRS durante COVID-19: continúan funciones críticas

Estamos abiertos y procesando correo, declaraciones de impuestos, pagos, reembolsos y correspondencia. Sin embargo, COVID-19 continúa provocando retrasos en algunos de nuestros servicios. Nuestros retrasos en el servicio incluyen:

  • Soporte telefónico en vivo
  • Procesamiento de declaraciones de impuestos presentadas en papel
  • Contestando correo de contribuyentes
  • Revisión de declaraciones de impuestos, incluso para declaraciones presentadas electrónicamente

Consulte esta página periódicamente para obtener actualizaciones.

Lo que puede esperar

Busque en la siguiente lista las medidas que tomó, ya sea que nos envíe su declaración de impuestos individual o de negocios o que responda una carta nuestra. Luego, abra la acción para ver cuánto tiempo tendrá que esperar y qué hacer a continuación.

El IRS ha logrado un progreso significativo abriendo el correo atrasado. Si bien, a partir del 24 de noviembre de 2020 teníamos 7.1 millones de declaraciones de impuestos individuales sin procesar y 2.3 millones de declaraciones de negocios sin procesar, el IRS espera emitir todos los reembolsos para las declaraciones de impuestos individuales de 2019 en 2020 cuando no haya problemas con la declaración. Para los reembolsos que no se pueden emitir en 2020 porque la declaración de impuestos se está corrigiendo, revisando o esperando la correspondencia de un contribuyente, el reembolso se emitirá como un cheque en papel en 2021 según nuestros procesos normales. Se anima a los contribuyentes a que sigan consultando ¿Dónde está mi reembolso? para conocer el estado de su reembolso personalizado.

Cuánto tiempo tendrá que esperar: Depende de dónde envió su declaración de impuestos y en qué parte del proceso se encuentra. En algunos lugares, estamos al día o casi a día. En algunos lugares ,estamos procesando declaraciones de impuestos que recibimos durante el verano debido a la fecha de vencimiento de presentación de impuestos extendida del 15 de julio y, en algunos casos, estamos procesando declaraciones de impuestos con fecha del 15 de abril de 2020. Sin embargo, estamos reenviando las declaraciones de impuestos y al contribuyente correspondencia desde ubicaciones que quedan atrasadas a ubicaciones donde hay más personal disponible, y estamos tomando otras acciones para reducir este retraso. Las declaraciones de impuestos se abren en el orden en que se reciben. A medida que se procesa la declaración, puede retrasarse porque tiene un error, falta información o existe sospecha de robo de identidad o fraude. Si podemos solucionarlo sin comunicarnos con usted, lo haremos. Si necesitamos más información o necesitamos que verifique que fue usted quien envió la declaración de impuestos, le escribiremos una carta. La resolución de estos problemas depende de la rapidez y precisión con la que responda, y del personal del IRS capacitado y trabajando bajo los requisitos de distanciamiento social para completar el procesamiento de su declaración.

Qué debe hacer: Desafortunadamente, aparte de responder a cualquier solicitud de información de inmediato, no hay ninguna acción que pueda tomar. Estamos trabajando duro para superar el retraso. No presente una segunda declaración de impuestos ni se comunique con el IRS sobre el estado de su declaración.

Debido al cierre por COVID-19, experimentamos un retraso en el envío de avisos. Para ahorrar tiempo y dinero, no generamos nuevos y se enviaron muchos avisos por correo con fechas de pago o respuesta vencidas.

ACTUALIZACIÓN DE AVISOS — El IRS continúa experimentando retrasos en el envío de avisos a los contribuyentes. Este retraso afecta a algunos, pero no a todos, los avisos del IRS con fecha del 9 de noviembre al 23 de noviembre. Reciba más detalles acerca de la actualización de avisos.

Incluimos un Aviso 1052, ¡Importante! Tiene más tiempo para hacer su pago, como un inserto. El inserto proporcionó fechas de pago o respuesta nuevas o actualizadas. Debido a un error, algunos avisos se enviaron sin el inserto. Si estuvo entre los que no recibieron el Aviso 1052, se le envió una Carta 544 el 7 de agosto de 2020, con la información correspondiente.

Qué debe hacer: Lea atentamente el inserto. Explica por qué se retrasó el aviso y provee una nueva fecha para pagar o responder. Si recibió el aviso, debe:

  • Revise la última página del inserto para determinar si hay una nueva fecha de vencimiento.
  • No haga nada con el aviso si ya ha tomado medidas para resolver el problema.
  • Comuníquese con nosotros usando el número de teléfono que figura en el aviso si tiene preguntas. Tenga en cuenta que las líneas telefónicas están extremadamente ocupadas mientras el IRS reanuda sus operaciones.

Si el aviso era sobre un saldo adeudado y no puede pagar, considere opciones de pago para evitar multas e intereses adicionales.

El IRS ahora está enviando avisos de vencimiento de saldos de la serie 500:

Aunque el IRS continuó emitiendo la mayoría de los avisos de las agencias, la serie 500 se suspendió temporalmente debido al COVID-19. Algunos contribuyentes han comenzado a recibir los avisos actualizados de la serie 500 con las fechas de emisión y pago actuales.
La serie 500 incluye tres distintos tipos de notificaciones que alertan a los contribuyentes sobre diversos estados de saldos pendientes – las CP601 (CP501 en inglés), CP603 (CP503 en inglés) y CP604 (CP504 en inglés).

Se anima a los contribuyentes que no pueden pagar a considerar las opciones de pago disponibles a medida que continúan acumulándose multas e intereses. Se recomienda especialmente a los contribuyentes que se encuentren en esta situación que primero revisen la herramienta Acuerdo de pago en línea, que ofrece una manera fácil de configurar un plan de pago.

Alivio de sanciones debido a una causa razonable: Si se vio afectado por la pandemia u otras circunstancias, es posible que podamos eliminar o reducir algunas sanciones debido a una causa razonable, pero solo si trató de cumplir con la ley tributaria pero no pudo debido a hechos y circunstancias fuera de su control. Si esto se aplica a usted y tiene la documentación necesaria para respaldar su reclamo, llame al número gratuito que figura en su aviso para solicitar una sanción de penalización debido a una causa razonable.

Vea más información sobre el alivio debido a una causa razonable (en inglés).

Estamos recibiendo correo, pero estamos tardando más en procesarlo.

Cuánto tiempo podría esperar: Estamos procesando todas las respuestas en el orden en que las recibimos y abrimos el correo dentro de los 40 días posteriores a la llegada. El retraso actual para que procesemos estas respuestas es de más de 60 días. El plazo exacto varía según el tipo de problema. Enviamos respuestas a cartas y avisos a través de los sitios del IRS donde tenemos más personal y estamos tomando otras acciones para reducir este retraso.

Qué debe hacer: una vez que haya respondido al aviso, no es necesario que lo vuelva a responder. Estamos trabajando con todas las respuestas de los contribuyentes por orden de llegada y procesaremos su respuesta a partir de la fecha en que se recibió. Nosotros apreciamos su paciencia.

Existe un gran volumen de declaraciones de impuestos con anexos faltantes necesarios para reclamar o conciliar créditos. Estamos recibiendo correo, pero estamos tardando más en procesarlo.

Cuánto tiempo tendrá que esperar: Estamos procesando todas las respuestas en el orden en que las recibimos. El retraso actual es de más de 60 días.

Qué debe hacer: Si nos ha proporcionado la información, no es necesario que vuelva a hacerlo. Estamos trabajando con todas las respuestas de los contribuyentes por orden de llegada. Nosotros apreciamos su paciencia.

Si nos envió un cheque por correo, es posible que esté en la lista de correos pendientes sin abrir.

Cuánto tiempo podría esperar: Abrimos el correo lo más rápido posible y esperamos procesar los cheques dentro de los 60 días posteriores a su llegada.

Qué debe hacer: Aplicaremos su pago en la fecha en que lo recibimos, no en la fecha en que lo procesamos. Para evitar multas por pago atrasado:

  • No cancele su cheque
  • Asegúrese de tener fondos disponibles para cubrirlo

Perdonamos las multas por cheques no reembolsados ​​si su cheque no se liquida debido a demoras en el procesamiento. Esto se aplica a los pagos que recibimos a partir del 1ro de marzo de 2020 y puede extenderse hasta el 31 de diciembre de 2020. Es posible que se apliquen intereses y otros tipos de multas.

Vea IRS.gov/pagos para conocer otras maneras de hacer un pago.

Nuestro Centro Nacional de Distribución está abierto con personal reducido. Estamos procesando las solicitudes lo más rápido posible y enviaremos formularios y publicaciones a medida que estén disponibles.

Qué debe hacer: Si ya solicitó formularios o publicaciones del IRS, no envíe una segunda solicitud.

Puede hacer nuevos pedidos en la página Ordene formularios y publicaciones. Si no tiene acceso al Internet, llame al 800-829-3676 para solicitar formularios por correo.
 

Estamos procesando solicitudes de reconocimiento de exención para organizaciones exentas de impuestos y continuamos trabajando en fallos y determinaciones para planes de empleados y acuerdos de cierre para emisores municipales.

Estamos procesando pagos para los Formularios 8038-CP, Devolución de pagos de crédito a emisores de bonos calificados, de manera prioritaria.

Debido a la reducción de personal del centro de procesamiento, estamos trabajando en solicitudes de exención de impuestos y presentamos declaraciones de información (por ejemplo, el Formulario de la serie 990), pero las declaraciones de información presentadas en papel se demoran en cargarse en la Herramienta de búsqueda de organizaciones exentas de impuestos (en inglés) en IRS.gov. Las cartas de determinación aprobadas y las declaraciones electrónicas se están cargando en la Herramienta de búsqueda de organizaciones exentas de impuestos.
 

Debido a los cierres de sitios por COVID-19, actualmente estamos demorando más de 5 días hábiles para su aprobación.

Cuánto tiempo podría esperar: Nuestro plazo actual para la aprobación es de aproximadamente 25 días hábiles. Esperamos contar pronto con todo el personal y reducir el tiempo de espera.

Qué debe hacer: Considere el tiempo de aprobación adicional y planifíquelo. No envíe autorizaciones duplicadas. Las presentaciones duplicadas solo causarán más demoras.

Estamos trabajando en una solución para aceptar los formularios 8821 y 2848 con imágenes de firma electrónica para principios de 2021.

Permitiremos temporalmente firmas digitales en ciertos formularios que no se pueden presentar de forma electrónica.

Qué debe hacer: Puede enviarnos los siguientes formularios con firmas digitales si los envía por correo antes del 31 de diciembre de 2020 o antes:

  • Formulario 3115, Solicitud de cambio de método contable
  • Formulario 8832, Elección de clasificación de entidad
  • Formulario 8802, Solicitud de certificación de residencia en EE. UU.
  • Formulario 1066, Declaración de impuestos sobre el ingreso de EE. UU. para el conducto de inversión hipotecaria inmobiliaria
  • Formulario 1120-RIC, Declaración de impuestos sobre el ingreso de EE. UU. para empresas de inversión reguladas
  • Formulario 1120-C, Declaración de impuestos sobre el ingreso de EE. UU. para asociaciones cooperativas
  • Formulario 1120-REIT, Declaración de impuestos sobre el ingreso de EE. UU. para fideicomisos de inversión inmobiliaria
  • Formulario 1120-L, Declaración del impuesto sobre el ingreso de la compañía de seguros de vida de EE. UU.
  • Formulario 1120-PC, Declaración de impuestos sobre el ingreso de la compañía de seguros de propiedad y accidentes de EE. UU.
  • Serie de formularios 8453, serie de formularios 8878 y serie de formularios 8879 con respecto a los formularios de autorización de firma de presentación electrónica del IRS

Para obtener más información, vea IRS aprueba el uso temporal de firmas electrónicas para ciertos formularios.

Si fue un empleador que redujo sus depósitos de impuestos porque planeaba reclamar los créditos de licencia por enfermedad y familiar o el crédito de retención de empleados en el segundo trimestre de 2020, es posible que haya recibido un aviso que indica que hubo una multa por no depositar el Formulario 941.

Por qué recibió esto: Cuando reportó el anexo de pasivos en el Formulario 941, los pasivos no coincidían con la reducción en los depósitos para cada fecha de pago. Cuando esto sucedió, recibió una Multa por no depositar la diferencia.

Para obtener más información, vea Multa por falta de depósito a algunos empleadores que reclaman nuevos créditos tributarios (en inglés).
 

Otros servicios

Las operaciones de COVID-19 y los límites de personal han afectado otros servicios. Abra las siguientes acciones para verificar nuestra disponibilidad y tiempos de procesamiento si:

Nuestro soporte telefónico está abierto, tanto para contribuyentes como para profesionales de impuestos, pero estamos experimentando tiempos de espera extremadamente largos debido a la escasez de personal.

Para obtener ayuda más rápido, trate una de las siguientes opciones.

IRS.gov: Nuestro sitio web es la mejor manera de encontrar respuestas a preguntas sobre la ley tributaria o verificar su reembolso, pago de impuestos o Pago de impacto económico.

  • Vea la página Permítanos ayudarle para obtener respuestas a la mayoría de las preguntas y para encontrar información general.
  • Obtenga actualizaciones sobre los Pagos de impacto económico y otros asuntos relacionados con COVID-19 en IRS.gov/coronavirus.
  • Verifique el estado de su Pago de impacto económico en Obtener mi pago.

Líneas telefónicas automatizadas: Para preguntas sobre Pagos de impacto económico, llame al 800-919-9835. Para otros problemas, visite Permítanos ayudarle para encontrar el número de teléfono de la oficina que mejor pueda responder a su pregunta.

Centros de asistencia al contribuyente (TAC, por sus siglas en inglés): Puede obtener ayuda limitada en persona en nuestros centros TAC, solo con cita previa. Las citas están disponibles para las personas que necesitan:

  • Autenticar su identidad o validar documentos para presentar una declaración o solicitar un Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN)
  • Autenticarse para fines de registro de servicios electrónicos (se aplica a profesionales de impuestos)
  • Autenticar su identidad porque recibieron un aviso del IRS solicitando que lo hicieran.
  • Obtener una autorización de navegación para viajes al extranjero (para extranjeros residentes y no residentes que salen de los EE. UU.)
  • Obtener ayuda con un Pago de impacto económico
  • Hacer un pago en efectivo

Para obtener una lista actualizada de las ubicaciones abiertas de TAC, consulte Comuníquese con su oficina local del IRS. Llame al 844-545-5640 para hacer una cita.

Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en inglés): Todas las oficinas de TAS en persona están cerradas pero las líneas telefónicas de TAS permanecen abiertas. El Servicio del Defensor del Contribuyente (en inglés) se compromete a ayudar a los contribuyentes y defender sus derechos. Si cumple con los requisitos (en inglés) para la asistencia de TAS, llámenos al 877-777-4778 o visite el Servicio del Defensor del Contribuyente - Contáctenos (en inglés) para encontrar el número de teléfono de su oficina local.

Estamos procesando todas las liberaciones de gravámenes, certificados de descarga y otros problemas de gravámenes con normalidad.

Cuánto tiempo podría esperar: Los estamos asignando dentro de 10 días.

Qué debe hacer: Use la línea de E-Fax para nuestro sitio de recibos consolidados de asesoramiento (ACR, por sus siglas en inglés) (844-201-8382) para solicitudes como:

  • Descarga de propiedad del gravamen tributario federal
  • Retiro de la notificación del gravamen tributario federal
  • Subordinación del gravamen tributario federal

Vea la Publicación 4235, Números y direcciones del Grupo Asesor de Cobros (en inglés) PDF para obtener más información sobre el proceso de presentación de solicitudes de certificados de gravamen y temas relacionados.

Apelaciones no está llevando a cabo conferencias en persona hasta nuevo aviso. Hasta entonces, Apelaciones llevará a cabo conferencias por teléfono o por videoconferencia.

Qué debe hacer: Un empleado de Apelaciones se comunicará con usted para programar una conferencia en su caso. Si ya ha sido contactado por un empleado de Apelaciones, dirija cualquier pregunta que tenga a ese empleado.

Cuánto tiempo podría esperar: La cantidad de tiempo que puede tener que esperar para que su caso sea escuchado en Apelaciones varía, pero una vez que un empleado de Apelaciones se comunique con usted, puede ayudar a resolver su caso oportunamente enviando toda la información requerida y la programación de una conferencia telefónica o videoconferencia con el empleado de Apelaciones. Si todavía no ha sido contactado por un empleado de Apelaciones, pero ha solicitado que su caso sea enviado a Apelaciones, puede comunicarse con nosotros al 559-233-1267 para determinar si su caso ha sido asignado a un empleado de Apelaciones. Deje un mensaje con su nombre y número de identificación e investigaremos el estado del caso.   

La Oficina del Asesor Jurídico continúa resolviendo casos antes del juicio y litigando otros casos. El Tribunal Fiscal de EE. UU. emitió recientemente calendarios de primavera que establecen casos para juicios virtuales en todo el país, usando Zoom para el gobierno.

El 20 de noviembre de 2020, el Tribunal Fiscal cerró su plataforma de presentación electrónica mientras pone en línea DAWSON, su nuevo sistema de gestión de casos. El Tribunal Fiscal no atenderá las peticiones hasta que DAWSON esté disponible el 28 de diciembre de 2020 o alrededor de esa fecha.

Si bien el abogado no se reúne con usted o su representante en persona, nuestros abogados están disponibles para discutir los casos por teléfono y reunirse por videoconferencia. El abogado también ha ampliado nuestros días de liquidación virtual y se está preparando para poner a prueba un evento de día de liquidación nacional.

Cuánto tiempo podría esperar: La cantidad de tiempo que puede tener que esperar para que se resuelva varía, pero puede resolver su caso rápidamente si llega a un acuerdo antes del juicio.

Qué debe hacer: Si su caso está registrado en el Tribunal Fiscal, llame al abogado asignado a su caso. Puede encontrar esa información en el documento que recibió con el título "Answer” (Respuesta). Mire en el bloque de firmas. Los abogados pueden discutir su caso por teléfono o concertar una llamada utilizando Zoom para el gobierno.

Si presentó una petición ante el Tribunal Fiscal, pero no le han notificado de una evaluación por el IRS, puede enviar un correo electrónico a taxcourt.petitioner.premature.assessment@irs.gov e incluir:

  • Una copia de la petición y
  • El aviso de deficiencia que recibió del IRS

Cumplimiento del IRS y Operaciones de cumplimiento

Nuestras oficinas han reanudado muchas otras operaciones.

Estamos reanudando las operaciones normales. Sin embargo, hay un retraso y estamos trabajando para reducir el inventario.

A medida que comenzamos a reanudar las actividades de cumplimiento, nuestras operaciones se ven afectadas de diferentes maneras. Mientras reanudamos estas responsabilidades críticas de la administración tributaria, estamos considerando la salud y la seguridad de los contribuyentes y nuestros empleados.

Hemos emitido los siguientes memorandos que cubren una variedad de problemas para la comunidad profesional de impuestos:

Continuaremos trabajando en casos en los que esté pendiente un plazo de prescripción. En algunas de estas situaciones, trabajaremos con usted o su representante para obtener una extensión del estatuto.