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País Designado al Estatus de Protección Temporal: Nicaragua

AVISO: El 14 de septiembre de 2020, en el caso Ramos et. al, v. Wolf, et. al., Núm. 18-16981 (9no Cir. 14 de septiembre de 2020) (PDF, 374.01 KB), un panel del Tribunal Federal de Apelaciones para el Noveno Circuito dejó sin efecto una orden judicial preliminar que prohibía al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) cancelar el Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán. Sin embargo, debido a que el tribunal de apelaciones aún no emitido su directriz al tribunal de distrito para que esa determinación entre en efecto, la orden judicial permanece en vigor en este momento.

Para obtener información adicional, consulte la notificación del Registro Federal publicada el 9 de diciembre de 2020, las páginas específicas de los países que tienen TPS, disponibles en el sitio web de USCIS, la página Actualización sobre Ramos v. Nielsen, así como la sección Extensión Automática de Documentos de Autorización de Empleo, que encontrará más abajo en esta página.

El TPS Continúa: Mientras el mandato preliminar emitido por la corte en Ramos, et al v. Nielsen, et al., No. 18-cv-01554 (N.D. Cal. Oct. 3, 2018) permanezca vigente.
Período de Reinscripción para las Personas que ya Tienen TPS:

Los actuales beneficiarios de TPS bajo la designación de Nicaragua no tienen que registrarse para retener el TPS, siempre y cuando se hayan reinscrito apropiadamente en TPS durante uno de los siguientes periodos de reinscripción para su país:

  • 15 de diciembre de 2017 hasta el 13 de febrero de 2018
  • 16 de mayo de 2016 hasta el 15 de julio de 2016
Documento de Autorización de Empleo (EAD) Extendido Automáticamente Hasta:

4 de octubre de 2021

Residencia Continua en Estados Unidos Desde: 30 de diciembre de 1998
Presencia Física Continua en Estados Unidos Desde: 5 de enero de 1999
Fecha de Designación de TPS: 5 de enero de 1999
Citación de la Notificación del Registro Federal:

Cuándo Solicitar el TPS

Para mantener el TPS, debe haber presentado una solicitud para reinscribirse durante el período de reinscripción de 60 días que se extendió desde el 16 de mayo de 2016 hasta el 15 de julio de 2016 y el periodo desde el 15 de diciembre de 2017 hasta el 13 de febrero de 2018, y haber sido aprobado, o tener una solicitud que aún está pendiente. Si no se reinscribió durante ese período, puede enviar una solicitud de reinscripción tardía, que incluya una carta que explique el motivo para la presentación tardía de su solicitud. USCIS determinará si sus razones son "causa justa" para la presentación tardía, según lo requiere la ley de TPS.

Dónde Presentar su Solicitud

Si va a presentar una solicitud de reinscripción, por favor siga las instrucciones a continuación. La presentación electrónica (E-filing) no está disponible para el TPS de Nicaragua. Usted debe enviar su paquete TPS por correo postal a la dirección apropiada según se establece en la siguiente tabla:

Si usted: 

Envíe su solicitud a:

Es un beneficiario bajo la designación de Nicaragua al TPS

Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):

U.S. Citizenship and Immigration Services
Attn: TPS Nicaragua
P.O. Box 4413
Chicago, IL 60680

FedEx, UPS o DHL: 
U.S. Citizenship and Immigration Services
Attn: TPS Nicaragua
131 S. Dearborn Street, 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517
 

Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés)

USCIS ha extendido automáticamente, hasta el 4 de enero de 2021 la validez de los EAD con los códigos de categoría "A-12" o "C-19" y una de las fechas de vencimiento que se muestran a continuación, expedidos bajo la designación TPS de Nicaragua a las personas que continúan manteniendo la elegibilidad para el TPS:

01/05/2018
01/05/2019
04/02/2019

01/02/2020

01/04/2021

Los beneficiarios de TPS Nicaragua que solicitaron un nuevo EAD, pero aún no han recibido sus nuevos EAD, también están protegidos por esta extensión automática, siempre que el EAD tenga una de las fechas de vencimiento indicadas en el cuadro anterior. Dichas personas pueden mostrar la Notificación del Registro Federal y su EAD a los empleadores para demostrar que su EAD y su autorización de empleo han sido extendidos hasta el 4 de enero 2021.

Además, USCIS ha extendido automáticamente hasta el 4 de enero 2021, los períodos de validez de los siguientes Formularios I-94, Registros de Entrada/Salida; y Formularios I-797, Notificación de Acción (Notificación de Aprobación), emitidos anteriormente a beneficiarios elegibles que obtuvieron TPS bajo la designación de Nicaragua:

Fecha de Inicio de Validez: Fecha Final de Validez: Nueva Fecha de Validez hasta:
6 de julio de 2016 5 de enero de 2018 4 de octubre de 2021
6 de enero de 2018 5 de enero de 2019 4 de octubre de 2021

Sin embargo, la extensión de los períodos de validez anteriores aplica solo si el beneficiario de TPS elegible presentó apropiadamente su solicitud de reinscripción para TPS durante uno de los períodos de inscripción más recientes anunciados por DHS para el TPS de Nicaragua, que se extendió desde el 15 de diciembre de 2017 hasta el 13 de febrero de 2018, o el anterior período de reinscripción del 16 de mayo de 2016 al 15 de julio de 2016, o tiene una solicitud de reinscripción pendiente. Además, la extensión no aplica si el TPS de cualquiera de dichas personas se ha retirado finalmente. 

Los beneficiarios de TPS que no se reinscribieron apropiadamente durante cualquiera de los período de reinscripción deben presentar el Formulario I–821,Solicitud de Estatus de Protección Temporal, y demostrar "causa justa" para no haberse registrado a tiempo, según lo requiere la ley. Para más información consulte:

  • INA, sección 244(c)(3)(C) (Beneficiarios de TPS que no se reinscriben con justa causa en la forma y manera especificada por DHS es causa para el retiro del TPS);
  • 8 CFR 244.17 (b);
  • Instrucciones para el Formulario I–821.

Si usted va a presentar una solicitud de reinscripción tardía, por favor, proporcione una carta que explique todos los motivos por los que presentó su solicitud fuera del período de reinscripción. Si presentó su solicitud después del período de reinscripción debido al anuncio de DHS sobre la cancelación de TPS para su país, explique cómo lo afectó ese anuncio, incluida la forma en que las decisiones de cancelación afectaron su falta de registro. Sin embargo, si el anuncio de la cancelación del TPS no provocó que usted presentara su solicitud tardíamente, no debe incluirlo como motivo. Por favor, sea sincero al explicar sus motivos.

Cualquier beneficiario elegible bajo la designación de TPS para Nicaragua que no posea un EAD que haya sido extendido automáticamente o que desee solicitar un nuevo EAD, puede presentar el Formulario I–765 con la tarifa de presentación correspondiente (o solicitud de exención de tarifa). Si se aprueba, USCIS emitirá un EAD con fecha de vencimiento del 4 de enero de 2021. De manera similar, USCIS emitirá un EAD con fecha de vencimiento del 4 de enero del 2021 para aquellos con solicitudes pendientes de EAD que finalmente sean aprobadas.

Otras Opciones de Inmigración

Usted puede ser elegible para otras opciones de inmigración indicadas en la página “Explorar mis Opciones”.

Para solicitar el estatus de residente permanente legal (Green Card), usted debe ser elegible bajo una de las categorías indicadas en la página “Categorías de Elegibilidad para la Tarjeta Verde”. En cuanto encuentre la categoría que corresponda a su situación, haga ‘clic’ en el enlace proporcionado para obtener información acerca de los requisitos de elegibilidad, cómo solicitar, y si su familiar también puede solicitar junto con usted.

Nota para los que solicitan asilo: Recibir y mantener el estatus de TPS por un periodo razonable antes de presentar una solicitud de asilo se considera una circunstancia extraordinaria para propósitos de la fecha límite de un año para solicitar. En otras palabras, tener el estatus de TPS “detiene el reloj” del requisito de solicitar asilo dentro de un año de haber llegado a Estados Unidos, si el período de un año no ha expirado ya. Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).  Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).  

Evite las Estafas de Inmigración

Por favor tenga en cuenta que algunas personas no autorizadas podrían tratar de aprovecharse de usted diciéndole que pueden presentar formularios de TPS. Estas mismas personas podrían pedirle que les pague por presentar esos formularios.  Queremos asegurar que todos los solicitantes potenciales de TPS sepan cómo obtener ayuda legal y asistencia certera y legítima. Puede encontrar una lista de proveedores acreditados y asistencia legal gratuita o de bajo costo en nuestra página Encuentre Servicios Legales de nuestro sitio web.

No queremos que usted se convierta en víctima de una estafa de inmigración. Si necesita ayuda legal sobre asuntos de inmigración, asegúrese de que la persona que le ayuda está autorizada para hacerlo. Solamente un abogado o un representante autorizado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia pueden brindarle ayuda legal. Visite la página web “Evite las Estafas de Inmigración” para información y recursos.

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