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País Designado al Estatus de Protección Temporal: El Salvador

ALERTA: El 14 de septiembre de 2020, en el caso Ramos et. al, v. Wolf, et. al., Núm. 18-16981 (9no Cir. 14 de septiembre de 2020) (PDF, 1.29 MB), un panel del Tribunal Federal de Apelaciones para el Noveno Circuito dejó sin efecto una orden judicial preliminar que prohibía al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) cancelar el Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán. Sin embargo, debido a que el tribunal de apelaciones aún no emitido su directriz al tribunal de distrito para que esa determinación entre en efecto, la orden judicial preliminar permanece en vigor en este momento.

Para información adicional, por favor, vea la Notificación del Registro Federal del 9 de diciembre de 2020, y las páginas individuales de Países con TPS en el sitio web de USCIS y la página Actualización sobre el Caso Ramos v Nielsen.

TPS continuará hasta: Mientras la orden judicial preliminar emitida por el tribunal en Ramos, et al v. Nielsen, et al., No. 18-cv-01554 (N.D. Cal. Oct. 3, 2018) permanezca vigente.
Período de Reinscripción para Personas que ya Tienen TPS:

Los beneficiarios actuales bajo la designación de TPS de El Salvador no tienen que reinscribirse para retener el TPS, siempre y cuando se hayan reinscrito  durante uno de los siguientes periodos de reinscripción:

  • 18 de junio de 2018 al 19 de marzo de 2018
  • 8 de julio de 2016 al 6 de septiembre de 2016
Documento de Autorización de Empleo extendido Automáticamente hasta: 4 de octubre de 2021
Residencia Continua en EE.UU. desde: 13 de febrero de  2001
Presencia Física Continua en EE.UU. desde: 9 de marzo de  2001
Fecha de Designación de TPS: 9 de marzo de  2001
Notificación en el Registro Federal:

83 FR 2654

83 FR 54764

84 FR 7103

84 FRN 59403

Cuándo Solicitar el TPS

Para mantener su TPS, usted debe haber solicitado una reinscripción durante el periodo de reinscripción de 60 días que transcurrió entre el 18 de enero de 2018 y el 19 de marzo de 2018, o del 8 de julio de 2016 al 6 de septiembre de 2016, y haber recibido la aprobación, o tener una solicitud que aún esté en trámite. Si usted no se reinscribió durante alguno de estos periodos, puede presentar una solicitud de reinscripción tardía, con una carta que explique las razones de la demora. Determinaremos si las razones son “causa justa” para haber presentado su solicitud tardíamente, según requerido por las leyes de TPS.

Dónde Presentar su Solicitud

Si usted: 

Envíe su solicitud a:

Solicita reinscripción bajo la designación de TPS El Salvador y vive en los siguientes estados/territorios:

  • Alabama
  • Alaska
  • Arizona
  • Arkansas
  • California
  • Colorado
  • Dakota del Norte
  • Dakota del Sur
  • Guam
  • Hawái
  • Idaho
  • Iowa
  • Islas Marianas del Norte
  • Kansas
  • Luisiana,
  • Minnesota
  • Misisipi
  • Misuri
  • Montana
  • Nebraska
  • Nuevo México
  • Nueva York
  • Oklahoma
  • Oregón
  • Puerto Rico
  • Samoa Estadounidense
  • Tennessee
  • Texas
  • Utah
  • Islas Vírgenes
  • Washington
  • Wisconsin
  • Wyoming

Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):

U.S. Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, P.O. Box 21800, Phoenix, AZ 85036. Entregas de FedEx, UPS y DHL:

Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, 1820 E. Skyharbor Circle S, Suite 100, Phoenix, AZ 85034

Solicita reinscripción y vive en los siguientes estados/territorios:

  • Carolina del Norte
  • Carolina del Sur
  • Connecticut
  • Delaware
  • Florida
  • Georgia
  • Illinois
  • Indiana
  • Kentucky
  • Maine
  • Maryland
  • Massachusetts
  • Michigan
  • Nueva Hampshire
  • Nueva Jersey
  • Ohio
  • Pensilvania
  • Rhode Island
  • Vermont
  • Virginia
  • Virginia Occidental
  • Washington D.C.

Servicio Postal de EE.UU. (USPS):

U.S. Citizenship and Immigration Services
Attn: TPS El Salvador
P.O. Box 8635
Chicago, IL  60680-8635 

Entregas de FedEx, UPS y DHL:

U.S. Citizenship and Immigration Services
Attn: TPS El Salvador
131 S. Dearborn – 3rd Floor
Chicago, IL  60603-5517

Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés)

Extendimos automáticamente hasta el 4 de octubre de 2021, la validez de los EAD que tienen códigos de categorías “A-12” o “C-19” y una de las fechas de vencimiento mencionados a continuación de los EAD otorgados a los beneficiarios bajo la designación a TPS de El Salvador, si los beneficiarios aún mantienen su elegibilidad a TPS:

Fecha de Vencimiento de EAD

Nueva Fecha de Validez

9 de marzo de 2018

4 de octubre de 2021

9 de septiembre de 2019

4 de octubre de 2021

2 de enero de 2020

4 de octubre de 2021

4 de enero de 2021

4 de octubre de 2021

Si usted es beneficiario de TPS de El Salvador que solicitó un nuevo EAD, pero aún no lo ha recibido, también está protegido por esta extensión automática, siempre que el EAD que usted posee tenga una de las fechas de vencimiento indicadas en la tabla anterior. Cuando usted le presente su EAD que ha sido extendido automáticamente a su empleador, refiéralo a esta notificación del Registro Federal que demuestra que hemos extendido su EAD y la autorización de empleo hasta el 4 de octubre de 2021.

Además, extendimos automáticamente los periodos de validez del Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, y el Formulario I-797, Notificación de Acción (Notificación de Aprobación) bajo la designación TPS de El Salvador hasta el 4 de octubre de 2021:

Inicio del Periodo de Validez[1]

Final del Periodo de Validez

Nueva Fecha de Validez

10 de septiembre de 2016

9 de marzo de 2018

4 de octubre de 2021

10 de marzo de 2018

9 de septiembre de 2019

4 de octubre de 2021

Sin embargo, la extensión de los periodos de validez indicados arriba solo aplica si usted presentó apropiadamente su solicitud de reinscripción a TPS ya sea durante los periodos de inscripción más recientes anunciados por DHS para el TPS de El Salvador ocurridos del 18 de enero de 2018 hasta el 19 de marzo de 2018, el periodo anterior de reinscripción del 8 de julio de 2016 al 6 de septiembre de 2016, o tiene una solicitud de reinscripción pendiente.

La extensión no aplica si su ha sido retirado o denegado.  

Información para Beneficiarios de TPS Acerca de la Reinscripción

Si usted no se reinscribió apropiadamente en TPS, debe presentar el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal, y demostrar “causa justa” para no haberse reinscrito a tiempo, según lo requiere la ley. Para más información, vea:

  • INA, sección 244(c)(3)(C) (Beneficiarios de TPS que no se reinscriben con justa causa de la manera especificada por DHS es causa para el retiro del TPS);
  • 8 CFR 844.17(b), y
  • Las instrucciones del Formulario I-821.

Si usted va a presentar una solicitud de reinscripción tardía, por favor, proporcione una carta que explique todos los motivos por los que presentó su solicitud fuera del periodo de reinscripción. Si presentó su solicitud después del periodo de reinscripción debido al anuncio de DHS sobre la cancelación de TPS para su país, por favor explique cómo le afectó ese anuncio, incluida la forma en que las decisiones de cancelación afectaron su falta de inscripción. Sin embargo, si el anuncio de la cancelación del TPS no provocó que usted presentara su solicitud tardíamente, no debe incluirlo como motivo. Por favor, sea sincero al explicar sus motivos.

Todo beneficiario elegible bajo la designación de TPS de El Salvador que no posea un EAD que haya sido extendido automáticamente, o desea solicitar un nuevo EAD, puede presentar el Formulario I-765 con la tarifa de presentación correspondiente o una solicitud de exención de tarifas. Si se le aprueba, emitiremos un EAD con fecha de vencimiento de 4 de octubre de 2021. De igual manera, emitiremos un EAD con fecha de vencimiento de 4 de octubre de 2021, a aquellas solicitudes de EAD que están en trámite y finalmente son aprobadas.    

Otras Opciones de Inmigración

Usted puede ser elegible para otras opciones de inmigración indicadas en la página “ Explorar mis Opciones”.

Para solicitar el estatus de residente permanente legal (Tarjeta Verde o Green Card), usted debe ser elegible bajo una de las categorías indicadas en la página “Categorías de Elegibilidad para la Tarjeta Verde”. En cuanto encuentre la categoría que corresponda a su situación, haga ‘clic’ en el enlace proporcionado para obtener información acerca de los requisitos de elegibilidad, cómo solicitar, y si su familiar también puede solicitar junto con usted.

Nota para los que solicitan asilo: Recibir y mantener el estatus de TPS por un periodo razonable antes de presentar una solicitud de asilo se considera una circunstancia extraordinaria para propósitos de la fecha límite de un año para solicitar. En otras palabras, tener el estatus de TPS “detiene el conteo” del requisito de solicitar asilo dentro de un año de haber llegado a Estados Unidos, si el período de un año no ha expirado ya. Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).  Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).  

Evite las Estafas de Inmigración

Por favor tenga en cuenta que algunas personas no autorizadas podrían tratar de aprovecharse de usted diciéndole que pueden presentar formularios de TPS. Estas mismas personas podrían pedirle que les pague por presentar esos formularios.  Queremos asegurar que todos los solicitantes potenciales de TPS sepan cómo obtener ayuda legal y asistencia certera y legítima. Puede encontrar una lista de proveedores acreditados y asistencia legal gratuita o de bajo costo en nuestra página Encuentre Servicios Legales de nuestro sitio web.

No queremos que usted se convierta en víctima de una estafa de inmigración. Si necesita ayuda legal sobre asuntos de inmigración, asegúrese de que la persona que le ayuda está autorizada para hacerlo. Solamente un abogado o un representante autorizado que trabaje para una organización reconocida por el Departamento de Justicia pueden brindarle ayuda legal. Visite la página web “Evite las Estafas de Inmigración” para información y recursos.

 

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