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País designado al Estatus de Protección Temporal: Siria

TPS Extendido hasta: 31 de marzo de 2021
Período de reinscripción para las personas que ya tienen TPS: 23 de septiembre al 22 de noviembre de 2019
Documento de Autorización de Empleo (EAD) extendido automáticamente hasta: 28 de marzo de 2020 
Residencia continua en EE.UU. desde: 1 de agosto de 2016
Presencia física continua en EE.UU. desde: 1 de octubre de 2016
Fecha de designación de TPS: 29 de marzo de 2012
Fecha de nueva designación al TPS: 1 de agosto de 2016
Cita de la notificación del Registro Federal: 83 FR 9329

Cuándo presentar la solicitud al TPS

Si actualmente está bajo la designación TPS de Siria y quiere mantener su TPS, debe volver a inscribirse durante los 60 días del período de reinscripción, que se extiende desde el 23 de septiembre de 2019 hasta el 22 de noviembre de 2019.  Le exhortamos a reinscribirse lo antes posible durante el período de reinscripción de 60 días.

Vaya a la página de TPS para información sobre lo que necesita para inscribirse.

Dónde presentar:

Si usted desea presentar la solicitud para reemplazar su documento de autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) bajo la designación TPS, o para la reinscripción para TPS, envíe  su paquete de TPS a la dirección apropiada en la tabla  a continuación:

Si usted: Entonces envíe so solicitud a:
Desea  enviar su solicitud por medio del Correo Postal de EE.UU. (USPS) USCIS
Attn: Syria TPS
P.O. Box 6943
Chicago, IL 60680-6943
Desea  enviar su solicitud por mensajería que no es de USPS USCIS
Attn: Syria TPS
131 S. Dearborn 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517

Extensión automática del Documento de Autorización de empleo (EAD)

USCIS ha extendido automáticamente la validez de ciertos documentos de autorización de empleo (EAD) emitidos bajo la designación TPS Siria hasta el 28 de marzo de 2020. Esta extensión automática también incluye a personas con un EAD con fecha de vencimiento del 31 de marzo 2018, y quienes solicitaron un nuevo EAD durante el último plazo de reinscripción, pero todavía no han  recibido su nuevo EAD. Si su EAD está cubierto bajo dicha extensión automática, puede continuar usando su EAD hasta el 28 de marzo de 2020 como evidencia de que tiene autorización para trabajar. 
Como evidencia de que está autorizado para continuar trabajando legalmente, puede mostrar los siguientes documentos a su empleador. Las agencias gubernamentales también pueden aceptar dichos documentos si necesitan determinar su estatus migratorio. 

  • Su EAD relacionado con TPS con fecha de vencimiento del 30 de septiembre de 2019, o
  • Su EAD relacionado con TPS con fecha de vencimiento del 31 de marzo de 2018, y su recibo de solicitud de EAD (Formulario I-797C, Notificación de Acción) que indica que su solicitud fue recibida en o después del 5 de marzo de 2018; y
  • Una copia de notificación del Registro Federal que anuncia la extensión automática.

Su empleador también puede utilizar la notificación de Registro Federal para demostrar la validez continua de su EAD. Para más información, visite la página web de “Documentos que Empleadores Pueden Aceptar y que Beneficiarios del Estatus de Protección Temporal  Pueden Presentar como Evidencia de Elegibilidad de Empleo”. 

Si aprobamos su solicitud de reinscripción y usted pagó su tarifa para un nuevo EAD (o si hemos aprobado su solicitud de exención de tarifa), le expediremos  un  EAD con una fecha de vigencia hasta  31 de marzo de 2021. 

Para más información acerca de los requisitos de elegibilidad a TPS, que debe presentar, e instrucciones sobre como presentar una reinscripción o solicitud inicial a TPS, visite las páginas de TPS en nuestro sitio web.

Otras Opciones de Inmigración

Usted puede ser elegible  a otras opciones de inmigración indicadas en la página “Explore my Options” (Explorar mis Opciones).

Para solicitar el estatus de residente permanente legal (Green Card), usted debe ser elegible bajo una de las categorías indicadas en la página “Categorías de Elegibilidad  a la Tarjeta Verde”. Una vez que identifique la categoría que corresponda a su situación, haga ‘clic’ en el enlace proporcionado para obtener información acerca de los requisitos de elegibilidad, cómo solicitar, y si su familia también puede presentar una solicitud.

Nota para los que solicitan asilo: Recibir y mantener el estatus de TPS por un periodo razonable antes de presentar una solicitud de asilo se considera una circunstancia extraordinaria para propósitos de la fecha límite de un año para presentar su solicitud de asilo. En otras palabras, tener el estatus de TPS “detiene el reloj” del requisito de solicitar asilo dentro de un año de haber llegado a Estados Unidos, si el período de un año no ha expirado ya.Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).  Vea 8CFR 208.4(a)(5)(iv).

Evite las Estafas de Inmigración

Por favor tenga en cuenta que algunas personas no autorizadas podrían tratar de aprovecharse de usted al alegar que pueden presentar formularios de TPS. Estas mismas personas podrían pedirle dinero a cambio de presentar esos formularios.  Queremos asegurar que todos los solicitantes potenciales de TPS sepan cómo obtener ayuda legal y asistencia certera y legítima. Puede encontrar una lista de proveedores acreditados y asistencia legal gratuita o de bajo costo en nuestra página Encuentre Servicios Legales de nuestro sitio web.

No queremos que usted  se convierta en víctima de una  estafa de inmigración. Si necesita ayuda legal sobre asuntos de inmigración, asegúrese de que la persona que le ayuda está autorizada para hacerlo. Solamente un abogado o un representante autorizado que trabaje para una organización reconocida por  el Departamento de Justicia pueden brindarle ayuda legal. Visite la página web “Evite las Estafas de Inmigración” para información y recursos.

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