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I-912, Petición de Exención de Tarifas

Alerta: El 29 de septiembre de 2020, el Tribunal de Distrito para el Distrito Norte de California, en el caso Immigration Legal Resources Center et al., v. Wolf, et al., 20-cv-05883-JWS, prohibió a DHS implementar o hacer cumplir cualquier parte de la Regla de Desglose de Tarifas de USCIS y Cambios a Ciertos Otros Requisitos para Peticiones de Beneficios de Inmigración.

Mientras la regla esté detenida, continuaremos: 

  • La aceptación de los formularios de USCIS con las ediciones y tarifas vigentes;
  • El uso de las regulaciones y guías que actualmente están vigentes para adjudicar las solicitudes y peticiones. Esto incluye aceptar y adjudicar peticiones de exenciones de tarifas según dispuesto bajo el Manual de Campo para Adjudicadores (AFM) Capítulos 10.9 (PDF, 2.87 MB) y 10.10 (PDF, 2.87 MB).

Alerta: El 11 de septiembre de 2020, el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Segundo Circuito emitió una decisión que permite a DHS reanudar la implementación de la regla final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública en todo el país, incluso en Nueva York, Connecticut y Vermont. La decisión suspende la orden judicial del 29 de julio de 2020, emitida durante la pandemia de coronavirus (COVID-19), que impidió a DHS hacer cumplir la regla final de carga pública durante una emergencia sanitaria nacional.

Por lo tanto, aplicaremos la regla final de carga pública y las guías relacionadas contenidas en los volúmenes 2, 8 y 12 del Manual de Políticas de USCIS, a todas las solicitudes y peticiones mataselladas (o enviadas de manera electrónica) a partir del 24 de febrero de 2020. Si envía su solicitud o petición por mensajería comercial (por ejemplo, UPS, FedEx o DHL), utilizaremos la fecha que tiene el recibo de mensajería como la fecha del matasellos.

Para obtener información sobre las decisiones judiciales pertinentes, consulte la página web.

Utilice este formulario para solicitar la exención del pago de tarifas de algunos formularios y servicios de inmigración a base de su incapacidad de pago. Para ver la lista completa de formularios y servicios elegibles para la exención de tarifas, consulte la lista en Instrucciones Especiales, visite la página web "Guías para la Petición de Exención de Tarifas", o 8 CFR 103.7(c)(3).

Formularios y Documentos para Descargar

Detalles del Formulario

Fecha de Edición

10/15/19. También aceptaremos ediciones anteriores (o una solicitud por escrito). Puede encontrar la fecha de edición al final de las páginas del formulario y de las instrucciones.

Las fechas están escritas en el formato mm/dd/aa.

Dónde Presentar la Solicitud

Para presentar su Formulario I-912 completo, adjúntelo a toda la documentación que apoye la solicitud del beneficio de inmigración que usted solicita. Por ejemplo, si solicita la exención de pago del Formulario N-400, Solicitud de Naturalización, debe enviar el Formulario N-400, el Formulario I-912, junto con los documentos que apoyen la solicitud, a la dirección que aparece en las instrucciones del Formulario N-400.

Por favor no envíe su Formulario I-912 sin una solicitud o petición completa. Usted no puede presentar el Formulario I-912 después de que USCIS haya recibido la solicitud(es) o petición(es) en las que solicita la exención de tarifa. Por ejemplo, si está solicita la exención de pago del Formulario N-400, no puede presentar el Formulario I-912 después que hayamos recibido su Formulario N-400.

No puede presentar su solicitud en línea si solicita la exención de tarifa. Debe presentar la versión impresa del Formulario I-912 y del formulario por el cual solicita la exención de tarifa.

Instrucciones Especiales
  • El Formulario I-912 debe estar firmado. Si es menor de 14 años de edad, su padre o guardián legal pueden firmar la solicitud por usted. Un guardián legal también puede firmar por una persona con discapacidad física o mental.
  • Si presenta un documento que tiene información en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés. El traductor debe firmar una certificación de que la traducción al inglés es completa y exacta, y que es está capacitado para traducir del idioma extranjero al inglés.
  • Por favor lea nuestra página Información Adicional Sobre Cómo Presentar una Petición de Reducción de Tarifas.
  • Por favor lea nuestra página de USCIS sobre Consejos para la Presentación de Formularios.

Lista de Formularios Elegibles a la Exención de Tarifas

A continuación, encontrará una lista de las solicitudes y peticiones que USCIS considera para una exención de tarifas y las condiciones que debe cumplir para ser elegible a la exención de tarifas. Bajo la reglamentación de exención de tarifas vigente, USCIS puede aprobar exenciones de tarifas solo para algunos formularios o algunas categorías de peticiones en un formulario.

Usted puede presentar el Formulario I-912 para cualquiera de las siguientes peticiones de beneficios o servicios:

  • Tarifa de servicios biométricos, excepto la tarifa de servicios biométricos requerida para un Formulario I-601A,  Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal presentada bajo 8 CFR 212.7(e)
  • Formulario I-90, Solicitud para Remplazar la Tarjeta de Residente Permanente;
  • Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, pero solo si usted solicita el estatus E-2 de Inversionista de CNMI bajo 8 CFR 214.2(e)(23);
  • Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, pero solo si solicita el permiso humanitario;
  • Formulario I-191, Solicitud de Permiso Adelantado para Retornar a un Domicilio al que No se ha Renunciado;
  • Formulario I-192, Solicitud de Permiso Adelantado para Ingresar como No Inmigrante, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por motivos de carga pública;
  • Formulario I-193, Solicitud de Exención de Pasaporte y/o Visa, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por carga pública
  • Formulario I-290B, Notificación de Apelación o Moción, pero solo si la solicitud base estuvo exenta de pago de tarifas, se le eximió del pago de taifas o fue elegible para una exención de tarifas;
  • Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus. La exención de tarifas solo está disponible si usted solicita el estatus de residente permanente legal basado en:
    • Una categoría de elegibilidad que está exenta de las causales de inadmisibilidad por carga pública de la sección 212(a)(4) de la INA, tales como Ley de Ajuste Cubano, Ley de Inmigración Justa para Refugiados Haitianos
    • Residencia continua en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 1972, (“Registro”)
    • Estatus de asilado; o
    • Estatus de Jóvenes Inmigrantes Especiales o categorías similares.
  • Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar el Estatus de No Inmigrante, pero solo si usted solicita un beneficio indicado en la sección 245(I)(7) de la INA o solicita el estatus E-2 de No Inmigrante Inversionista de CNMI bajo 8 CFR 241.2(e)(23);
  • Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad, pero solo si usted está exento de las causales de inadmisibilidad por carga pública en la Sección 212(a)(4) de la INA;
  • Formulario I-694, Notificación de Apelación de Decisión bajo las Secciones 245A o 210 de la INA, si su solicitud o petición base estuvo exenta de tarifas, se le eximió del pago de tarifas, o era elegible para una exención de tarifas;
  • Formulario I-751, Petición para Cancelar las Condiciones sobre Residencia;
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, a menos que usted presente su solicitud bajo la categoría (c)(33), Acción Diferida para los Llegados en la Infancia;
  • Formulario I-817, Solicitud de Beneficios de Unidad Familiar;
  • Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal;
  • Formulario I-881, Solicitud de Suspensión de Deportación o Regla Especial de Cancelación de Remoción;
  • Formulario N-300, Solicitud para Presentar una Declaración de Intención;
  • Formulario N-336, Petición de Audiencia sobre una Decisión en los Procedimientos de Naturalización;
  • Formulario N-400, Solicitud de Naturalización;
  • Formulario N-470, Solicitud para Conservar la Residencia para Propósitos de Naturalización
  • Formulario N-565, Solicitud para Reemplazar Documento de Naturalización/Ciudadanía;
  • Formulario N-600, Solicitud de Certificación de Ciudadanía; y
  • Formulario N-600K, Solicitud de Ciudadanía y Emisión de Certificado bajo la Sección 322.

Usted también puede solicitar una exención de tarifas para cualquier solicitud o petición que esté relacionada con su estatus como:

  • Cónyuge abusado de un A, G, E-3, o No Inmigrante H (como por ejemplo para los Formularios I-485, I-601 e I-212);
  • Cónyuge o hijo abusado de un residente permanente legal o ciudadano estadounidense bajo INA 240A(b)(2);
  • No Inmigrante T (como por ejemplo para los formularios I-192, I-485 e I-601);
  • Receptor de Estatus de Protección Temporal (como por ejemplo Formularios I-131, I-821 e I-601);
  • No Inmigrante U (como por ejemplo para Formularios I-192, I-485 e I-929); o
  • Auto peticionario VAWA (como por ejemplo para Formularios I-483, I-601 e I-212).

Usted no puede presentar el Formulario I-912 si solicita la Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés). No hay exenciones de tarifas para peticiones de DACA. Las exenciones de tarifas estarán disponibles bajo circunstancias limitadas. Para más detalles, vea la página de Exenciones de Tarifas para la Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia.

Usted no tiene que presentar un Formulario I-912 para solicitudes y peticiones que no requieren pago de tarifa. Otras solicitudes y peticiones de USCIS tienen requisitos de exenciones de tarifas para ciertos tipos de solicitantes y peticionarios. En estos casos, el formulario de USCIS y las instrucciones indicarán la exención de tarifa y requisitos de presentación si un Formulario I-912 por separado no es necesario. Si su formulario no está incluido en la Lista de Formularios Elegibles para la Exención de Tarifas, por favor verifique las instrucciones específicas de ese formulario para obtener información adicional o visite la página del Centro de Contacto de USCIS para obtener respuestas a sus preguntas o hablar con un representante de USCIS.

Información Adicional
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