Ir a la página principal

Requerimientos de Vacunación

Estas preguntas y respuestas proporcionan información básica sobre los requisitos generales de vacunación para inmigrantes (incluidas las personas que buscan un ajuste de estatus), y específicamente, sobre la evaluación realizada por el médico civil para determinar si un solicitante cumple con los requisitos de vacunación. Estas preguntas y respuestas no incluyen las evaluaciones de vacunación realizadas por médicos de panel en el extranjero.

Solo para los refugiados, los departamentos de salud pueden considerarse un médico civil a los fines de completar el registro de vacunación.

Antecedentes

Según las leyes de inmigración de Estados Unidos, un ciudadano extranjero que solicita una visa de inmigrante en el extranjero, o que busca ajustar el estatus de residente permanente mientras está en Estados Unidos, debe recibir las vacunas para prevenir las siguientes enfermedades:

  • Paperas
  • Sarampión
  • Rubéola (sarampión alemán)
  • Polio
  •  Toxoides contra el tétanos y la difteria
  • Tos ferina
  • Influenza Heamophilus tipo B
  • Hepatitis B
  • Cualquier otra enfermedad prevenible por vacuna recomendada por el Comité Asesor de Prácticas de Inmunización.

El Comité Asesor para Prácticas de Inmunización (ACIP, por sus siglas en inglés) es un comité asesor de de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS, por sus siglas en inglés)  que recomienda las vacunas para la población general de Estados Unidos. A partir del 14 de diciembre de 2009, cuando el ACIP recomiende nuevas vacunas para la población general de Estados Unidos, los CDC evaluarán si estas vacunas serán requeridas para fines de inmigración de forma regular y según sea necesario de acuerdo con los criterios específicos establecidos por los CDC.

Los CDC son responsables de publicar las instrucciones técnicas para el examen médico de extranjeros en Estados Unidos. Estos documentos establecen los requisitos para el examen médico de inmigrantes y son válidos para los médicos civiles. Las instrucciones técnicas incluyen un componente de vacunación, que especifica cómo debe realizar la evaluación de vacunación el médico civil. El médico civil registra los resultados del examen médico, incluidos los resultados de la evaluación de la vacunación, en el Formulario I-693, Informe Médico y Registro de Vacunas.

Si un ciudadano extranjero solicita una visa de inmigrante en el extranjero, esa persona debe recibir el examen médico de un médico designado por el Departamento de Estado de Estados Unidos (DOS, por sus siglas en inglés). Los CDC emiten instrucciones por separado para que los médicos del panel designados por el DOS realicen exámenes médicos en el extranjero. Para obtener más información sobre los médicos del panel, consulte el sitio web del DOS en http://travel.state.gov/visa/immigrants/info/info_3739.html.

Preguntas y respuestas

P. ¿Dónde puedo encontrar información sobre las vacunas en general?

R. Los CDC publican información sobre vacunas en general e información sobre los requisitos de vacunas para fines de inmigración en http://www.cdc.gov/vaccines/

P. ¿Por qué los inmigrantes y los solicitantes de ajuste de estatus tienen que demostrar que han recibido ciertas vacunas?

R. En 1996, el Congreso dispuso en la legislación que cada inmigrante que ingrese a Estados Unidos, o cada persona que busca un ajuste de estatus al de un residente permanente legal, muestre pruebas de que él o ella fue vacunado contra enfermedades prevenibles por vacunación. El texto para este requisito se encuentra en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), sección 212 (a) (1) (A) (ii).

P. ¿Cómo deciden los CDC qué vacunas se requieren para fines de inmigración?

R. Algunas de las vacunas que se requieren están específicamente indicadas en INA. Además de estas, el estatuto también requiere que una persona reciba cualquier otra vacuna recomendada por el ACIP. Los CDC utilizan los siguientes criterios para determinar cuáles de estas vacunas recomendadas deben ser necesarias para fines de inmigración:

  • La vacuna debe ser una vacuna apropiada para la edad, según lo recomendado por el ACIP para la población general de Estados Unidos, y
  •  Al menos uno de los siguientes:
    • La vacuna debe proteger contra una enfermedad que tiene el potencial de causar un brote; o
    • La vacuna debe proteger contra una enfermedad eliminada en Estados Unidos, o está en proceso de eliminación en Estados Unidos.

P. Deseo obtener el estatus de inmigrante en Estados Unidos, pero un médico del panel me hizo un examen médico en el extranjero y también me pusieron algunas vacunas. ¿Tengo que repetir el examen médico y volver a vacunarme?

R. Lea las instrucciones del Formulario I-693 para determinar si debe repetir el examen médico, incluida la evaluación de vacunación, según su estatus actual en Estados Unidos.

P. ¿Cómo sé qué vacunas se requieren para fines de inmigración?

R. El médico civil tiene que seguir las Instrucciones técnicas para el examen de extranjeros en Estados Unidos, incluidas las Instrucciones técnicas para médicos civiles para vacunaciones de 2009, y cualquier actualización publicada en línea. Los CDC publican los requisitos de vacunación y las instrucciones del examen médico (incluida una tabla detallada que enumera todas las vacunas requeridas) en http://www.cdc.gov/immigrantrefugeehealth/exams/ti/civil/vaccination-civil-technical-instructions.html

P. ¿Tengo que recibir todas las vacunas requeridas aunque ya me hayan vacunado antes?

R. No. El médico civil revisará sus registros de vacunación en el momento de su examen médico para ver si tiene evidencia de vacunas anteriores contra enfermedades prevenibles por vacuna que sean apropiadas para su edad. Es importante que le lleve toda la documentación de vacunación que pueda tener al médico civil cuando tenga su examen médico de inmigración.

Si no tiene las vacunas requeridas para su categoría de edad, el médico civil administrará las vacunas según sea necesario. También puede optar por obtener las vacunas requeridas de su proveedor de atención médica privada. Sin embargo, debido a que solo un médico civil está autorizado para completar la evaluación de vacunación en el Formulario I-693, debe regresar al médico civil con la prueba de que recibió las vacunas faltantes.

Además, algunas personas son inmunes a las enfermedades prevenibles por vacunación y conocen de su inmunidad porque su proveedor de atención médica privada los ha evaluado. Si tiene alguna evidencia escrita sobre inmunidad, debe llevar esta documentación a su médico civil. Esto le permitirá al médico civil determinar qué vacunas necesita recibir.

P. ¿Tengo que recibir todas las vacunas en la lista de vacunación de los CDC para la población inmigrante, o solo las que sean apropiadas para mi edad?

R. Debe documentar que tiene las vacunas que son apropiadas para su edad. El médico civil anotará el Formulario I-693 para indicar que usted no estaba obligado a recibir una vacuna en particular porque no era apropiada para la edad en el momento del examen médico.

P. ¿Tengo que recibir todas las vacunas que están en la lista de los CDC y que son apropiadas para la edad, aunque puedo tener una afección médica que me impide recibir las vacunas requeridas?

R. Si tiene una afección médica que le impide recibir una vacuna adecuada para su edad, el médico civil así lo anotará en el Formulario I-693 y marcará la vacuna como contraindicada. Una contraindicación es una condición que le impide recibir una vacuna en particular. Los CDC indican en sus instrucciones técnicas lo que se considera una contraindicación. Dependerá del médico civil determinar si tiene una afección que le impide recibir una vacuna en particular en el momento del examen médico de inmigración.

P. Algunas series de vacunas solo pueden completarse con múltiples visitas al médico civil. ¿Debo completar toda la serie antes de que el médico civil pueda firmar el Formulario I-693?

R. Solo se le requiere recibir una dosis única de cada vacuna cuando visite al médico civil. Se le recomienda que haga un seguimiento con su proveedor de atención médica privado para completar la serie. Una vez que haya recibido la dosis única adecuada en ese momento, el médico civil puede firmar y certificar el Formulario I-693.

P. Estoy embarazada y no deseo recibir ninguna vacuna. ¿Aun así tengo que recibir las vacunas para poder obtener el estatus de residente permanente en Estados Unidos?

R. Si está embarazada, las Instrucciones técnicas de los CDC le indican al médico civil cómo evaluar las vacunas que puede recibir durante el embarazo. Si el médico civil no puede administrar de manera segura una vacuna requerida, lo anotará el Formulario I-693 con una marca en la vacuna como contraindicada. Consulte la página "Guías para la vacunación de mujeres embarazadas" de los CDC para obtener información sobre el embarazo y las vacunas en general.

P. ¿Puede el médico civil administrar de manera segura todas las vacunas que se requieren de una vez?

R. El médico civil le informará si puede recibir todas las vacunas a la vez, o si existe una inquietud basada en su afección médica particular que no le permitirá recibir todas las vacunas requeridas de una vez.

P. ¿Cuándo comienza la temporada de gripe a los fines del requisito de la vacuna contra la gripe estacional? Dado que se requiere la vacuna contra la gripe estacional, ¿debo vacunarme si no es la temporada de gripe?

R. Para fines del examen médico de inmigración, la temporada de gripe comienza el 1 de octubre y termina el 31 de marzo de cada año. Si su examen médico de inmigración es durante este período, debe recibir la vacuna contra la gripe estacional. Si tiene un examen médico de inmigración completado entre el 1 de abril y el 30 de septiembre, cuando no es la temporada de gripe para fines de inmigración, no está obligado a documentar que recibió la vacuna contra la gripe estacional.

P. Escuché que la vacuna contra el herpes zoster (zoster) y el virus del papiloma humano (HVP, por sus siglas en inglés) son vacunas obligatorias. ¿Es esto cierto?

R. Desde el 1 de agosto de 2008 hasta el 13 de diciembre de 2009, el zoster y el HPV fueron vacunas requeridas para fines de inmigración. Sin embargo, la vacuna zoster no estuvo disponible desde el 1 de agosto de 2008 hasta el 13 de diciembre de 2009, y USCIS publicó un mensaje en su sitio web para informar a los médicos civiles que podrían anotar el registro de vacunación con "no disponible" si no podían para obtener la vacuna. En 2009, los CDC cambiaron los requisitos de vacunación según las recomendaciones de ACIP. A partir del 14 de diciembre de 2009, el zoster y la vacuna contra el HPV ya no son necesarios.

P. Tuve mi examen médico de inmigración antes del 14 de diciembre de 2009, antes de que se eliminaran las vacunas contra el zoster y el VPH. Se me exigió tener uno de ellos, pero no lo recibí. Mi Formulario I-693 dice que me negué a recibir la vacuna contra el HPV o el zoster. ¿Se devolverá mi I-693 o se denegará mi solicitud?

R. Desde el 14 de diciembre de 2009, ya no se requieren vacunas contra el herpes zoster (zoster) y el HPV. Es irrelevante que no haya recibido ni el zoster ni el VPH porque a partir del 14 de diciembre de 2009 usted ya no es inadmisible solo porque no tenía la vacuna. USCIS no le devolverá su Formulario I-693, ni denegará su solicitud porque no recibió la vacuna.

P. ¿Quién paga las vacunas?

R. El solicitante es responsable de pagar la tarifa correspondiente por todas las vacunas directamente al médico civil, según lo acordado con el médico civil. Debe preguntar sobre el precio de las vacunas antes del examen médico o la administración de las vacunas.

P. ¿Puedo ser obligado a vacunarme con fines de inmigración?

R. Si se niega a recibir las vacunas requeridas para fines de inmigración, según lo dispuesto por las leyes de inmigración de Estados Unidos, su solicitud de residencia legal permanente puede ser denegada.

P. ¿Qué sucederá si me niego a recibir una o todas las vacunas requeridas?

A. Dígale al médico civil si no desea recibir las vacunas requeridas o una vacuna en particular. También debe decirle al médico civil la razón por la que no desea recibir la(s) vacuna (s). En este caso, una exención puede estar disponible para usted, pero solo en las siguientes circunstancias:

  • Se opone a las vacunas en cualquier forma, es decir, no puede obtener una exención basada en una objeción solo en cuanto a una vacuna
  •  Su objeción debe basarse en creencias religiosas o convicciones morales; y
  •  Las creencias religiosas o morales deben ser sinceras.

El formulario utilizado para solicitar una exención depende de la categoría de ajuste bajo la cual solicita el estatus de residencia legal permanente. Por ejemplo, los refugiados y asilados que desean un ajuste de estatus deben presentar el Formulario I-602, Solicitud de refugiado para la exención de causales de exclusión. Las personas que desean un ajuste de estatus como resultado de un Formulario I- I-130, Petición de Familiar Extranjero aprobado, o Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero presentarían el Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad

P. Mi médico civil dice que actualmente no hay una vacuna disponible. ¿Qué tengo que hacer?

A. Pregúntele al médico civil si otro proveedor de atención médica puede tener la vacuna. Si otro médico, departamento o farmacia lleva la vacuna y puede administrar la vacuna, debe recibir la vacuna y solicitar la documentación de que la recibió. Lleve el registro escrito al médico civil para que pueda completar el Formulario I-693.

Los CDC de HHS controlan qué vacunas no están disponibles en Estados Unidos o qué vacunas pueden experimentar escasez. Si los CDC determinan que existe una escasez de vacuna en todo el país, recomendará al USCIS que publique un mensaje en https://www.uscis.gov/es para explicar a los solicitantes y médico s civiles si la vacuna es necesaria y en qué circunstancias. La información está disponible en la página del Formulario I-693 de USCIS, la página del Examen Médico de Inmigración o la página del Médico civil designado.

P. ¿USCIS aceptará un Formulario I-693 si el cuadro de vacunación está incompleto?

R. No. La tabla de vacunación debe tener al menos una entrada en cada renglón de cada vacuna. Si el cuadro de vacunación no se completa correctamente al momento del examen médico, USCIS puede devolverle el Formulario I-693 con instrucciones sobre cómo corregirlo.

Si rechaza una vacuna por razones religiosas o morales, el médico civil lo marcará en el Formulario I-693. En este caso, tendrá que solicitar una exención.

P: ¿Dónde puedo encontrar más información sobre los requisitos de vacunación para fines de inmigración y cómo estos requisitos afectan la finalización del Formulario I-693?

R. Los CDC publican las instrucciones técnicas, incluido el componente de vacunación http://www.cdc.gov/immigrantrefugeehealth/exams/ti/civil/technical-instructions-civil-surgeons.html

Para obtener más información sobre el programa de médicos civiles, completar el Formulario I-693 o la solicitud de ajuste de estatus, visite https://www.uscis.gov/es o llame al Centro de Contacto de USCIS al 1-800-375-5283 (TTY 1- 800-767-1833).

Enlaces Relacionados

Última Revisión/Actualización: