Ir a la página principal

Documentos de Viaje

Según su estatus migratorio (incluidos los residentes permanentes legales) o si usted tiene una solicitud para un beneficio de información pendiente, es posible que deba llevar diferentes tipos de documentos de viaje si desea regresar a Estados Unidos legalmente después de viajar al extranjero. En ciertos casos, deberá solicitar estos documentos antes de salir de Estados Unidos.

USCIS expide cuatro tipos diferentes de documentos de viaje:

  • Permiso Adelantado
  • Documento de Viaje de Refugiado
  • Permiso de Reingreso
  • Documentos de Transporte

Si usted tiene una emergencia y necesita viajar fuera de Estados Unidos, lea nuestra página de Viajes de Emergencia para detalles adicionales.

ADVERTENCIA

Si usted ha estado en los Estados Unidos ilegalmente, podría estar sujeto a una prohibición de admisión si sale de EE.UU., aun cuando se le haya emitido un documento de viaje. Para más información, vea la Sección 212(a)(9) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).

Permiso Adelantado

Un Permiso Adelantado le permite viajar de regreso a Estados Unidos sin tener que solicitar una visa. Una compañía de transporte (aerolíneas) podría aceptar un documento de permiso adelantado en lugar de una visa como prueba de que usted está autorizado a viajar a Estados Unidos. Un documento de permiso adelantado no remplaza a su pasaporte.

Por favor, tenga en cuenta que tener un documento de permiso adelantado no garantiza que se le permitirá el reingreso a Estados Unidos. En el aeropuerto o la frontera, el oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) tomará la decisión final sobre si le permitirá reingresar a Estados Unidos.

El permiso adelantado se utiliza más comúnmente cuando alguien tiene en trámite un:

Para información acerca de cómo solicitar permiso adelantado, vaya a nuestra página del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje.

Documento de Viaje de Refugiado

USCIS emite documentos de viaje de refugiado a personas que tienen estatus de refugiado o asilado, y a residentes permanentes que obtuvieron su Tarjeta Verde a a base de su estatus de refugiado o asilado.

Usted debe de tener un documento de viaje de refugiado para regresar a Estados Unidos si:

  • Tiene estatus de refugiado o asilado, pero no es un residente permanente legal (posee una Tarjeta Verde, Green Card), o
  • Tiene el estatus de asilado o refugiado derivado.

Si usted no obtiene un documento de viaje de refugiado antes de salir de EE.UU., es posible que no pueda reingresar a Estados Unidos, o que lo coloquen en un proceso de remoción ante un juez de inmigración.

Para más información sobre cómo solicitar un documento de viaje de refugiado vea nuestra página Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje

Permiso de Reingreso

Los residentes permanentes o condicionales deben solicitar un permiso de reingreso si desean salir de Estados unidos por un año o más. Mientras el permiso de reingreso sea válido, se le permitirá solicitar admisión a Estados Unidos sin tener que obtener previamente una visa de reingreso a través de la embajada o el consulado de EE.UU. Vea la página del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, para obtener información sobre cómo solicitar este permiso.

Documento para Transporte

Si actualmente está en Estados Unidos, tiene disponible inmediatamente una visa de inmigrante en las categorías de EB-1, EB-2, y EB-3, y cumple con ciertos otros Los documentos para transporte permiten a las líneas aéreas u otros medios de transporte abordar a residentes permanentes que han estado fuera de Estados Unidos temporalmente y cuyas Tarjetas Verde o Permisos de Reingreso fueron robadas, extraviadas o destruidas. Si usted es residente permanente en esa situación, puede que presentar el Formulario I-131A. Para más información, vea el Formulario I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento de Transporte).

Última Revisión/Actualización: