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I-130, Petición de Familiar Extranjero

Alerta: El 11 de septiembre de 2020, el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Segundo Circuito emitió una decisión que permite a DHS reanudar la implementación de la regla final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública en todo el país, incluso en Nueva York, Connecticut y Vermont. La decisión suspende la orden judicial del 29 de julio de 2020, emitida durante la pandemia de coronavirus (COVID-19), que impidió a DHS hacer cumplir la regla final de carga pública durante una emergencia sanitaria nacional.

Por lo tanto, aplicaremos la regla final de carga pública y las guías relacionadas contenidas en los volúmenes 2, 8 y 12 del Manual de Políticas de USCIS, a todas las solicitudes y peticiones mataselladas (o enviadas de manera electrónica) a partir del 24 de febrero de 2020. Si envía su solicitud o petición por mensajería comercial (por ejemplo, UPS, FedEx o DHL), utilizaremos la fecha que tiene el recibo de mensajería como la fecha del matasellos.

Para obtener información sobre las decisiones judiciales pertinentes, consulte la página web.

¿Recibió un mensaje de correo electrónico (PDF, 159.8 KB) de parte nuestra acerca de los beneficios de crear una cuenta en línea? Aún si usted ya presentó un formulario impreso por correo, puede crear una cuenta en línea para disfrutar de acceso fácil a las alertas y actualizaciones sobre su caso. Para más información, visite nuestra página Cómo Crear una Cuenta de USCIS en Línea.

Presente en Línea

Use este formulario si usted es un ciudadano o residente permanente legal (LPR) de Estados Unidos que necesita demostrar la relación que tiene con un familiar elegible que desea inmigrar o permanecer permanentemente en Estados Unidos y obtener una Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como Green Card o Tarjeta Verde).

Presentar el Formulario I-130 es el primer paso para ayudar a un familiar elegible a solicitar inmigrar a Estados Unidos y obtener una tarjeta de residente permanente. La presentación o aprobación de esta petición no le otorga a su familiar ningún estatus o beneficio de inmigración.

Usualmente, aprobamos su Formulario I-130 si usted puede demostrar la relación existente entre usted y el familiar que cualifica a su familiar a inmigrar a Estados Unidos. Por lo general, una vez que aprobemos la petición, su familiar puede solicitar convertirse en un residente permanente legal. Ese es el segundo paso del proceso. Algunos familiares deben esperar hasta que haya un número de visa disponible antes de que puedan presentar una solicitud para convertirse en LPR. Siempre hay visas disponibles para familiares que cualifican como familiares inmediatos.

  • Si su familiar ya está en Estados Unidos y hay una visa disponible, puede ser elegible para obtener una tarjeta de residente permanente mediante la presentación de un Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
  • Si su familiar es inelegible para obtener su tarjeta de residente permanente en Estados Unidos mediante el Formulario I-485, o si su familiar reside fuera de Estados Unidos, entonces puede solicitar una visa con el Departamento de Estado de Estados Unidos en una embajada o consulado estadounidense en su país. Para obtener más información sobre inelegibilidad, visite nuestra página Tarjeta de Residente Permanente Basada en la Familia.

Cómo Reportar Sospechas de Fraude Matrimonial

Lo exhortamos a reportar sospechas de fraude y abuso de beneficios de inmigración, incluido fraude matrimonial. Para obtener más información, visite nuestra página web sobre como Reportar Estafas de Inmigración.

Ayuda para Víctimas de Crímenes de Inmigración

Puede encontrar diferentes tipos de ayuda a través del sitio web  de la Oficina de Enlace para Víctimas de Crímenes de Inmigración de ICE.

Ayuda para Víctimas de Abuso

Si usted es un cónyuge, hijo o padre abusado, podría ser elegible para presentar una petición por su cuenta (sin su abusador que es ciudadano estadounidense o LPR). Para obtener más información, vaya a la página web de Cónyuges, Hijos y Padres Abusados.

Qué Puede Ayudarle a Hacer este Formulario

Formularios y Documentos para Descargar

Detalles del Formulario

Fecha de Edición

02/13/19. Puede encontrar la fecha de edición al final de las páginas del formulario y las instrucciones.

Las fechas están escritas en el formato mm/dd/aa.

Dónde Presentar la Solicitud

Usted tiene dos opciones para presentar su Formulario I-130 a USCIS:

  • En línea; o
  • Correo postal (formato impreso).

El lugar adónde presentará su Formulario I-130 dependerá del lugar donde usted reside y si presenta el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, al mismo tiempo (también conocido como “presentación conjunta”).

Cómo Presentar su Formulario I-130 En Línea:

El primer paso es crear una cuenta en línea. Para conocer más, visite nuestra página web Crear una Cuenta de USCIS en Línea.

Puede presentar el Formulario I-130 en línea si aún su familiar está en Estados Unidos y presentará el Formulario I-485 por correo postal. Tan pronto presente el Formulario I-130 en línea, le enviaremos una notificación de recibo a su cuenta de USCIS en línea. Proporcione una copia de la notificación de recibo a su familiar para incluir en su paquete del Formulario I-485.

Usted no puede presentar su Formulario I-130 en línea si está solicitando una exención de tarifas.

AVISO: No puede presentar el Formulario I-485 ni el Formulario I-129F en línea en este momento. Consulte nuestras páginas web del Formulario I-485 y del Formulario I-129F para obtener información actualizada sobre la presentación, y consulte las instrucciones del formulario para obtener instrucciones específicas sobre cómo completar cada uno de estos formularios. Solo los formularios debidamente presentados se pueden recibir y adjudicar. Cualquier Formulario I-485 o I-129F incluido como evidencia de respaldo para su Formulario I-130 presentado electrónicamente no se puede recibir ni adjudicar.

Cómo Presentar su Formulario I-130 por Correo Postal:

Si usted reside en Estados Unidos, presente su solicitud en la Localidad Segura (Lockbox) de Chicago, Dallas o Phoenix, según su lugar de residencia y si su familiar va a presentar o no el Formulario I-485. Para una lista completa de direcciones, visite nuestra página web Direcciones para la Presentación Directa del Formulario I-130

Si usted reside fuera de Estados Unidos, puede:

  • Presentar su petición en la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Dallas (vea nuestra página web de Direcciones para la Presentación Directa del Formulario I-130 para la dirección);
  • Presentar en línea a través del sitio web de USCIS; o
  • Solicitar presentar la solicitud en una embajada o consulado estadounidense, en limitadas circunstancias, según indicadas en el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 6, Parte B, Capítulo 3, si es un ciudadano estadounidense y va a presentar su Formulario I-130 para su familiar inmediato (cónyuge, hijo soltero menor de 21 años o uno de sus padres (si usted tiene 21 años de edad o más)). Para obtener una lista de las embajadas y consulados estadounidenses, por favor, consulte el sitio web del Departamento de Estado travel.state.gov.

Consejos para Presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero

Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos su formulario si no completa los siguientes campos:

  • Parte 1 – Relación
  • Parte 2 – Información Acerca de Usted
    • Nombre completo
    • Fecha de nacimiento
    • Dirección completa
    • Información matrimonial
  • Parte 4 – Información sobre el Beneficiario
    • Nombre completo del beneficiario
    • Fecha de nacimiento
    • Dirección física del beneficiario
    • Estado matrimonial del beneficiario.

¡No olvide firmar su formulario! Rechazaremos cualquier formulario que no esté firmado.

Tarifa de Presentación
$535.

Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de cajero. Si va a presentar su solicitud en una Localidad Segura de USCIS, también puede pagar con una tarjeta de crédito usando el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security. Los centros de servicio no pueden procesar pagos con tarjetas de crédito. 

Cuando usted envía un pago, acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación y de servicios biométricos son finales y no reembolsables, sin importar la acción que tomemos sobre su solicitud o petición, o si retira su petición. Utilice el Calculador de Tarifas (en inglés) para ayudarle a determinar su tarifa de presentación.

Lista de Cotejo Opcional sobre Evidencia Inicial Requerida (para propósitos informativos únicamente)

Por favor, no envíe esta lista de cotejo con su Formulario I-130 (ni I-130A si se le requiere). Es una herramienta opcional para que use mientras prepara su formulario, pero no reemplaza los requisitos legales, reglamentarios, ni de las instrucciones del formulario. Recomendamos que revise estos requisitos antes de completar y presentar su formulario. No envíe documentos originales a menos que se les soliciten específicamente en las instrucciones del formulario.

Si usted presenta cualquier documento (copias o documentos originales, si se les solicitan) en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al inglés, junto con una certificación de parte del traductor en la que afirma que la traducción está completa y es exacta, y que está cualificado para traducir de un idioma extranjero a inglés.

¿Proporcionó lo siguiente?

  • Evidencia de ciudadanía estadounidense, residencia permanente legal o estatus como nacional de Estados Unidos:
    • Una copia de su certificado de nacimiento emitido por un registro civil, una oficina de estadísticas vitales u otra autoridad civil que demuestre que usted nació en Estados Unidos; 
    • Una copia de su certificado de naturalización o ciudadanía expedido por USCIS o el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS, por sus siglas en inglés); 
    • Una copia del Formulario FS-240, Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, por sus siglas en inglés), emitido por una embajada o consulado de Estados Unidos; 
    • Una copia de su pasaporte de Estados Unidos vigente; 
    • Una declaración original de un funcionario consular de EE. UU. que certifique que usted es ciudadano de EE. UU. y tiene pasaporte válido; o
    • Una copia del anverso y reverso de su Tarjeta de Residencia Permanente (también conocida como Tarjeta Verde o el Formulario I-551).
  • Evidencia de su relación familiar con uno de los siguientes:
    • Cónyuge: una copia de su certificado de matrimonio
      • Evidencia de que usted o su cónyuge terminaron cualquier matrimonio anterior (si corresponde)
    • Hijo menor de edad: Una copia de los certificados de nacimiento de su hijo (s)
    • Padre: una copia de su certificado de nacimiento
    • Hermano / Hermana: Una copia del certificado de nacimiento suyo y de su hermano.
  • Evidencia del matrimonio de buena fe, si presenta una solicitud para un cónyuge:
    • Documentación que demuestre propiedad conjunta;
    • Un contrato de arrendamiento que muestre la tenencia conjunta de una residencia común, lo que significa que ambos viven juntos en la misma dirección;
    • Documentación que demuestre que usted y su cónyuge combinaron sus recursos financieros;
    • Certificados de nacimiento de hijos nacidos de usted y su cónyuge juntos;
    • Declaraciones juradas o ratificadas por terceros que tengan conocimiento personal genuino de la relación matrimonial. Cada declaración jurada debe contener el nombre completo y la dirección de la persona que hace la declaración jurada; fecha y lugar de nacimiento de la persona que hace la declaración jurada; e información completa y detalles que expliquen cómo la persona adquirió conocimiento de su matrimonio, y
    • Cualquier otra documentación relevante para demostrar que existe una unión matrimonial vigente;
  • Prueba del cambio de nombre legal (si corresponde), y
  • Dos fotografías estilo de pasaporte (si corresponde).

Si va a presentar el Formulario I-130

  • Evidencia de ciudadanía estadounidense:
    • Una copia de su certificado de nacimiento emitido por un registrador civil, una oficina de estadísticas vitales u otra autoridad civil que demuestre que usted nació en Estados Unidos; 
    • Una copia de su certificado de ciudadanía por naturalización emitido por USCIS o el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS); 
    • Una copia del Formulario FS-240, Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), emitido por una embajada o consulado de EE. UU; 
    • Una copia de su pasaporte de EE. UU. vigente; o 
    • Una declaración original de un funcionario consular de los EE. UU. verificando que usted es ciudadano de los EE. UU. con un pasaporte válido.
  • Evidencia de relación familiar, como por ejemplo un decreto de adopción final;
  • Evidencia de que ha tenido la custodia legal del hijo adoptivo durante dos años, y
  • Evidencia de que ha tenido residencia conjunta con el hijo adoptivo durante dos años.
Instrucciones Especiales
  • Debe presentar un Formulario I-130 por separado para cada familiar elegible, a menos que esa persona pueda ser considerado como beneficiario derivado. Vea las instrucciones del formulario para más información sobre los beneficiarios derivados.
  • Si usted presenta una petición a nombre de su cónyuge, también deberá enviar un Formulario I-130A, Información Suplementaria para Cónyuge Beneficiario.
  • Para recibir un correo electrónico o mensaje de texto cuando aceptemos su formulario, complete el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Solicitud/Petición y adjúntelo al frente de la petición.
  • No incluya:
    • Nada que contenga chips ni baterías electrónicas (como tarjetas de felicitación musicales) o cualquier material que no sea de papel, como CD-ROM, DVD, juguetes, figuras de acción o memorias USB. No aceptaremos estos tipos de materiales. Sin embargo, aceptaremos fotografías o copias impresas de dichos materiales.
    • Cualquier muestra biológica o genética como evidencia de ADN. Para obtener información sobre las pruebas de ADN y cómo enviar muestras de ADN, visite la página web del Departamento de Estado
    • Fotografías gráficas del momento de parto o relaciones íntimas como evidencia de una relación o relación matrimonial genuina.
  • Debe presentar un Formulario I-130 individual por cada hijo si:
    • El familiar para quien usted presenta la solicitud es su cónyuge;
    • Juntos tienen hijos que son sus hijos biológicos, hijastros, o hijos adoptados, y
    • Usted no presentó peticiones individuales para ellos.

Cuando presente los formularios de ellos, deberá incluir:

  • Evidencia de su ciudadanía estadounidense como, por ejemplo, una fotocopia de su certificado de naturalización o su pasaporte estadounidense; y
  • Una fotocopia de su notificación de recibo original del Formulario I-130.

¿Qué sucede si presenté una petición para un familiar cuando yo era residente permanente pero ahora soy ciudadano estadounidense?

Si usted se convierte en ciudadano estadounidense mientras su familiar está en espera de una visa, usted puede mejorar la clasificación de visa de su familiar notificándole a USCIS o al Departamento de Estado acerca de su naturalización. Si usted es un ciudadano estadounidense, su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años tienen una visa disponible inmediatamente.

Si usted se convierte en ciudadano estadounidense:Debe notificar:Envíe su notificación a:E Incluya:

Antes que tomemos una decisión sobre su Formulario I-130

A la oficina de USCIS que procesa su caso.

La oficina cuya dirección indica la notificación de recibo de su Formulario I-130. Este gráfico le muestra dónde encontrar la dirección en su notificación de recibo.

  • Una carta breve que explique que ahora usted es ciudadano estadounidense
  • Fotocopias de su:
    • Certificado de Naturalización y
    • Notificación de Recibo de su Formulario I-130.

Escriba “I-130 Upgrade” en la parte de afuera del sobre.

Después que aprobamos su Formulario I-130

Al Centro Nacional de Visa (NVC, por sus siglas en inglés)

National Visa Center
31 Rochester Ave.
Suite 200
Portsmouth, NH  03801-2915

  • Una carta breve que explique que ahora usted es ciudadano estadounidense
  • Fotocopias de su:
    • Certificado de Naturalización y
    • Notificación de Recibo de su Formulario I-130.

Escriba “I-130 Upgrade” en la parte de afuera del sobre.

Para más información, llame al NVC al 603-334-0700.

Información Adicional
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