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I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante

Presente en Línea

Alerta: El 11 de septiembre de 2020, el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Segundo Circuito emitió una decisión que permite a DHS reanudar la implementación de la regla final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública en todo el país, incluso en Nueva York, Connecticut y Vermont. La decisión suspende la orden judicial del 29 de julio de 2020, emitida durante la pandemia de coronavirus (COVID-19), que impidió a DHS hacer cumplir la regla final de carga pública durante una emergencia sanitaria nacional.

Por lo tanto, aplicaremos la regla final de carga pública y las guías relacionadas contenidas en los volúmenes 2, 8 y 12 del Manual de Políticas de USCIS, a todas las solicitudes y peticiones mataselladas (o enviadas de manera electrónica) a partir del 24 de febrero de 2020. Si envía su solicitud o petición por mensajería comercial (por ejemplo, UPS, FedEx o DHL), utilizaremos la fecha que tiene el recibo de mensajería como la fecha del matasellos.

Para obtener información sobre las decisiones judiciales pertinentes, consulte la página web.

Por favor, traiga consigo la notificación de cita (Formulario I-797C) en el centro de asistencia en solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés) a la cita programada para la toma de datos biométricos. Si usted presentó múltiples solicitudes I-539 y recibió varias notificaciones de citas de ASC, por favor, traiga todas las notificaciones a su primera cita programada en el ASC indicado.

Si no trae todas sus notificaciones del ASC a su cita de servicios biométricos, es posible que USCIS no pueda asociarlo a usted con todas las notificaciones de citas del ASC pendientes para las solicitudes I-539 que presentó.

Si no trae todas sus notificaciones de citas ASC a su cita de biométricos, tendrá que asistir a todas las citas de datos biométricos en el ASC o se arriesga a la posible denegación de sus demás solicitudes I-539 por motivos de abandono. Vea 8 CFR 103.2 (b)(13)(ii).

Este formulario es utilizado por:

  • Algunos no inmigrantes que desean extender su estadía o cambiar a algún otro estatus de no inmigrante
  • Residentes de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CMNI, por sus siglas en inglés) que solicitan un estatus inicial
  • No inmigrantes F y M que solicitan reinstalación; y
  • Personas que desean obtener estatus de no inmigrante V o una extensión de estadía como no inmigrante V

Qué Puede Ayudarle a Hacer este Formulario

Formularios y Documentos para Descargar

Detalles del Formulario

Fecha de Edición

10/15/19. Puede encontrar la fecha de edición al final de cada página del formulario y las instrucciones.

Las fechas están escritas en el formato mm/dd/aa.

Dónde Presentar la Solicitud

Verifique este enlace para obtener la dirección postal para enviar su formulario: Dirección de Presentación Directa del Formulario I-539.

Si presenta en una Localidad Segura (Lockbox), por favor lea nuestra página de Consejos para la Presentación de Formularios.

Consejos para presentar el Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante

Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si no completó lo siguiente:

  • Parte 1 – Información Acerca de Usted
    • Apellido
    • Dirección postal
    • Fecha de nacimiento
    • Estatus actual de no inmigrante
  • Parte 2 – Tipo de Solicitud
    • Solicito (1., 2., o 3.a.)
    • El Estatus que solicito (3.b. o 3.c.)
    • Cantidad total de personas incluidas en esta solicitud.

Consejos para Presentar el Formulario I-539A, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante

  • Parte 1 – Información Acerca de la Persona que Solicita el Formulario I-539
    • Apellido

¡No olvide firmar su formulario! Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.

Tarifa de Presentación
$370.

Usted y su cosolicitante deben pagar también $85 por concepto de la tarifa de servicios biométricos. Excepciones: Personas que se cambian a o desde estatus A-1,A-2, A-3, G-1, G-2, G-3, G-4, G-5, NATO-1, NATO-2, NATO-3, NATO-4, NATO-5, o NATO-6 no tienen que presentar ni la tarifa de presentación ni la tarifa de servicios biométricos.Utilice el Calculador de Tarifas (en ingles) para ayudarle a determinar su tarifa de presentación.

Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal o cheque de cajero. Cuando vaya a presentar su solicitud en una Localidad Segura (Lockbox) de USCIStambién puede pagar con una tarjeta de crédito usando el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacerlo pagadero a nombre de U.S. Department of Homeland Security. Por favor, tenga en cuenta que los centros de servicio no pueden procesar pagos con tarjetas de crédito.

Cuando envía un pago, usted acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas por servicios biométricos y de presentación son finales y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud.

Lista de Cotejo Opcional sobre Evidencia Inicial Requerida (para propósitos informativos únicamente)

View the checklist of required initial evidence.

Instrucciones Especiales

Implementación de la Regla Final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública

Los extranjeros que solicitan una extensión de estadía o cambio de estatus y están sujetos a la nueva condición de beneficio público, no tienen que informar sobre el recibo de beneficios públicos en el Formulario I-539, si dichos beneficios fueron recibidos antes del 24 de febrero de 2020. Por favor, lea todas las referencias que se hacen al 15 de octubre de 2019, como si se refirieran al 24 de febrero de 2020.

Tipo de No InmigranteInstrucciones adicionales

Residentes del al Mancomunidad de la Islas Marianas del Norte (CNMI)

Extensión de No Inmigrante B
No Inmigrantes B1 o B2
No Inmigrantes K-3/4
  • Presente el Formulario I-539 para extender su estatus mientras su caso de residente permanente está pendiente.
  • Usted puede presentar el Formulario I-765 con el Formulario I-539.
  • Usted puede viajar fuera de EE.UU. y ser readmitido como un K-3/4, si tiene un pasaporte válido y una visa K-3/4.
No Inmigrantes V
  • Usted puede presentar el Formulario I-765 con el Formulario I-539.
  • Usted puede viajar fuera de EE.UU. y ser readmitido como un No Inmigrante V Si tiene un pasaporte y obtiene una visa V por parte del Departamento de Estado.

Notificación Electrónica: Si desea recibir un mensaje de correo electrónico y/o texto cuando hayamos aceptado su Formulario I-539 en una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, complete el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Solicitud/Petición, y adjúntelo a la primera página de su solicitud.

Información Adicional
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