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CONOZCA SUS DERECHOS

Las divulgaciones de informantes relacionadas a concesiones federales y contratos juegan un rol importante en asegurar que los concesionarios y contratistas usen fondos federales de manera honesta, eficiente y responsable. Los empleados de concesionarios y contratistas federales a menudo están en la mejor posición para encontrar fraude, dispendio o abuso. Reconociendo esto, el Congreso ha promulgado leyes que protegen empleados informantes contra represalias.

La Oficina del Inspector General (OIG) del Departamento de Vivienda y Desarrollo (HUD) juega un rol importante en la investigación de represalias por parte de un contratista, concesionario, subcontratista o subconcesionario, contra un empleado que divulga las ofensas de su empleador en un programa federal. Si una investigación del Inspector General concluye que hubo represalias, la agencia federal responsable por la concesión o contrato puede ordenarle al contratista o concesionario que deshaga la represalia y pague al empleado por daños incurridos.

Para más información, haga clic debajo o envíe un correo electrónico al HUD OIG a [email protected].

RECURSOS ADICIONALES:

41 USC 4712, “Mejorías de protecciones al contratista contra represalias por divulgación de cierta información.”

 

¿Quién está cubierto?

Usted está cubierto si es un empleado de un contratista, subcontratista, concesionario o subconcesionario federal, o si sostiene un contrato de servicios personales con una agencia federal. Las personas que reciben ayuda federal no están cubiertas.

¿Qué es una divulgación?

Un empleado hace una divulgación al proveer información con relación a un contrato o concesión federal que ese empleado crea ser evidencia razonable de:

  • Violación de una ley regla o regulación,
  • Malversación,
  • Dispendio de fondos,,
  • Abuso de autoridad, o
  • Un peligro sustancial y específico a la seguridad y salud pública.

La divulgación debe ser llevada a (1) el oficial de gestión u otro empleado del contratista, subcontratista, concesionario o subconcesionario que tenga la responsabilidad de investigar, descubrir o referirse a la mala conducta, (2) un empleado federal encargado de supervisar el contrato o concesión, (3) el Inspector General, (4) la Oficina de Responsabilidad Gubernamental, (5) el Congreso, (6) una Corte o jurado, o (7) el Departamento de Justicia.

¿Qué constituye represalias?

Las represalias ocurren cuando un empleador despide, degrada o discrimina contra un empleado motivado por una divulgación que este haya hecho. Si la evidencia sustenta que hubo tal motivación, el empleador tendrá la responsabilidad de demostrar que hubiese tomado la misma acción de todas formas. Estos factores podrán incluid el motivo para represalias, el tratamiento de otros empleados en situaciones similares o evidencia que sustente las acciones del empleador.

¿Cómo hago una denuncia?

Una denuncia de represalias puede ser presentada por medio de la Línea directa del HUD OIG ubicada en el sitio oficial. Seleccione el marco rojo de “Línea directa” y será llevado a un formulario en línea que podrá enviar. A menudo, el sitio web le proveerá un formulario de denuncias y también puede presentar una a través de [email protected].

Por favor asegúrese de identificar la divulgación, específicamente cuándo fue hecha y a quién. También identifique las represalias tomadas en su contra, incluyendo cuando comenzaron. Esta información es necesaria para evaluar su denuncia.

¿Qué pasará con mi denuncia?

Al recibir su denuncia, esta será revisada por la OIG para determinar si, siendo cierta, constituye una violación. De ser así, la OIG investigará la denuncia, desarrollará evidencia y hará hallazgos. La agencia también puede hacer una investigación por separado.

La OIG tiene 180 días para investigar, pero puede solicitar tiempo adicional. Si hay hallazgos que son enviados a la agencia, esta tendrá 30 días para determinar si hubo represalias y, de ser así, ordenar al contratista o concesionario que remedie las represalias. Si el empleador no obedece, la agencia puede solicitar una orden judicial que lo obligue.

¿Puedo permanecer anónimo?

El Congreso ha provisto que las OIGs no pueden revelar ninguna información sobre un empleado que denuncia represalias a menos que tengan su consentimiento, le sea permitido por el Acto de Privacidad, o la divulgación sea necesaria para investigar la represalia. Por motivos prácticos, cuando el empleador debe demostrar que hubiese tomado el mismo curso de acciones, la agencia no puede proceder con el caso si la identidad del empleado no es revelada.

¿Tengo otras opciones?

Si la OIG o la agencia no provee una determinación dentro de 210 días de la denuncia, usted puede empezar una acción en corte federal. También puede hacer esto si está en desacuerdo con la decisión de la agencia. La OIG no le puede proveer consejería legal y puede que usted prefiera consultar con un abogado privado acerca de otros remedios a su disposición. Por favor note que si ya ha empezado una acción por represalias contra su empleador, la OIG puede decidir no abrir una segunda investigación.