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Office of Workers' Compensation Programs
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Division of Longshore and Harbor Workers' Compensation (DLHWC)

Preguntas Frecuentes sobre Trabajadores Marítimos

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LONGSHORE FAQ TOPICS

 

EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD: Las preguntas más frecuentes (FAQ) fueron creadas exclusivamente para ayudar a los empleados y los empleadores en la obtención de un conocimiento general de partes de la Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios (LHWCA) y sus actos de extensión. Estas preguntas más frecuentes no pueden constituir la opinión completa o funcionaria del Departamento de Trabajo, la Oficina de Programas de Compensación de los Trabajadores, o la División de Estibadores y Trabajadores Portuarios sobre cualquier tema. Esta página no contiene necesariamente un tratamiento exhaustivo o corriente de la LHWCA y sus actos de extensión y no debe, en ningún caso, sustituir a la investigación propia de un partido en las autoridades de abogados legales, regulatorios y de casos sobre cualquier tema abordado por las siguientes Preguntas Frecuentes. Las preguntas más frecuentes son una herramienta de información, no una autoridad final, y no deben ser citadas o de otra manera consideradas una declaración oficial de política de la agencia. Otras fuentes de información, incluidos los estatutos y reglamentos de aplicación, se pueden encontrar en la sección de Leyes, Reglamentos y Materiales Relacionados de nuestra página web.

 


CONSIDERACIONES GENERALES

1. ¿Qué es la Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios?

La Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios (LHWCA, por su abreviatura en inglés) es una ley federal que establece el pago de una compensación, atención médica y servicios de rehabilitación vocacional de empleados que sufren una incapacidad a causa de lesiones en el trabajo que se produzcan en las aguas navegables de los Estados Unidos o en zonas contiguas de uso corriente en la carga, descarga, reparación o construcción de un buque. La LHWCA también prevé el pago de beneficios de supervivencia a los dependientes si las lesiones ocupacionales causan, o contribuyen a, el fallecimiento del empleado. Estos beneficios son habitualmente pagados por el empleador autoasegurado o por una compañía de seguros privada en nombre del empleador. El término "lesión" incluye enfermedades ocupacionales, pérdida de la audición y enfermedades derivadas del empleo.

2. ¿Quiénes están cubiertos por la LHWCA?

La LHWCA cubre a los empleados en puestos marítimos tradicionales, tales como los estibadores, reparadores de barcos, constructores de barcos o desguazadores de barcos y trabajadores de la construcción de puertos. Las lesiones deben producirse en las aguas navegables de los Estados Unidos o en las áreas adyacentes, incluyendo muelles, diques, terminales, embarcaderos y zonas utilizadas en los buques de carga y descarga. Los empleados no marítimos también pueden estar cubiertos si realizan su trabajo en aguas navegables y sus lesiones se producen allí.

3. ¿Qué son las Extensiones de la Ley de Trabajadores Marítimos?

El Congreso extendió la LHWCA para incluir otros tipos de empleo. Los empleados cubiertos por estas extensiones tienen derecho a los mismos beneficios y sus reclamaciones son tratadas de las misma manera que las reclamaciones de la Ley de Trabajadores Marítimos. Las extensiones de la LHWCA son:

Ley Base sobre Defensa (DBA) - La Ley Base sobre Defensa (DBA, por sus siglas en inglés) cubre las siguientes actividades de empleo: (1) El trabajo para empleadores privados en bases militares en los Estados Unidos o en cualquier terreno utilizado por los EE.UU. para fines militares fuera de los Estados Unidos, incluidos terrenos en territorios y posesiones de los Estados Unidos; (2) el trabajo en contratos de obra pública con una agencia del gobierno de Estados Unidos, incluidos los contratos de construcción y de servicios en relación con la defensa nacional o con las actividades de guerra fuera de los Estados Unidos; (3) el trabajo en contratos aprobados y financiados por los Estados Unidos bajo la Ley de Asistencia Exterior, que entre otras cosas ofrece la venta en efectivo de equipo, materiales y servicios militares a sus aliados, si el contrato se realiza fuera de los Estados Unidos; y (4) el trabajo para empleadores estadounidenses que proporcionan bienestar o servicios similares fuera de los Estados Unidos para el beneficio de las Fuerzas Armadas, por ejemplo, la United Service Organizations (USO, por sus siglas en inglés). Para obtener más información sobre la DBA, consulte las Preguntas Frecuentes sobre la DBA.

Ley de Tierras en la Plataforma Continental Exterior (OCSLA) - La Ley de Tierras en la Plataforma Continental Exterior (OCSLA, por sus siglas en inglés) cubre a los empleados que trabajan en la Plataforma Continental Exterior de los Estados Unidos en la exploración y el desarrollo de recursos naturales, por ejemplo, equipos de perforación de petróleo en alta mar. Para obtener más información sobre la OCSLA, consulte la sección OCSLA de nuestra página web.

Ley de Instrumentalidades de Fondos No Asignados (NAFIA) - ). La Ley de Instrumentalidades de Fondos No Asignados (NAFIA, por sus siglas en inglés) cubre a los empleados civiles de instrumentalidades de fondos no asignados de las Fuerzas Armadas (por ejemplo, intercambios de bases militares y moral, bienestar e instalaciones recreativas). Para obtener más información sobre la NAFIA, consulte la sección NAFIA de nuestro sitio web.

4. ¿Quiénes están excluidos de la LHWCA?

La LHWCA excluye específicamente a las siguientes personas:

  • Marinos (maestros o miembros de una tripulación de un buque, consultar la Pregunta Frecuente 5);
  • Los empleados del gobierno de Estados Unidos o de cualquier estado o gobierno extranjero;
  • Los empleados cuyas lesiones fueron causadas únicamente por su intoxicación; y
  • Los empleados cuyas lesiones se debieron a su propia intención deliberada de causar daño a sí mismos o a otras personas.

The LHWCA also excludes the following individuals if they are covered by a state workers' compensation law:

  • Las personas que trabajan exclusivamente para realizar trabajo de oficina, secretarial, seguridad o procesamiento de datos;
  • Las personas empleadas por un club, campo, operación recreativa, restaurante, museo o negocio minorista;
  • Las personas empleadas por una puerto deportivo y que no se dediquen a la construcción, sustitución o ampliación de tal puerto deportivo (excepto para el mantenimiento rutinario);
  • Las personas que (A) son empleadas por proveedores, transportistas o vendedores, (B) están haciendo temporalmente negocios en las instalaciones de un empleador marítimo y (C) no están involucrados en el trabajo normalmente realizado por los empleados de ese empleador cubiertos bajo la Ley;
  • Trabajadores de la acuicultura;
  • Las personas empleadas para construir cualquier barco recreativo de menos de sesenta y cinco pies de largo o para reparar cualquier barco recreativo o desmantelar cualquier parte de un barco recreativo en relación con la reparación de dicho buque; y
  • Trabajadores de embarcaciones pequeñas si están exentos por la certificación de la Secretaría de Trabajo, bajo determinadas condiciones.

5. ¿Cuál es la diferencia entre la Ley Jones y la LHWCA?

La Ley Jones, Título 46 Sección 30104 del Código de los Estados Unidos, y la LHWCA, Título 33 Secciones 901 a 950 del Código de los Estados Unidos, son regímenes mutuamente excluyentes que disponen una compensación por accidentes de trabajo sufridos por diferentes categorías de trabajadores marítimos. La LHWCA excluye de su cobertura a un "capitán o miembro de una tripulación de un buque". En su lugar, los miembros de la tripulación están cubiertos por la Ley Jones. El término "capitán o miembro de una tripulación" es el perfeccionamiento del término "marinero" en la Ley Jones. Como resultado, el requisito clave para la cobertura de la Ley Jones aparece en la LHWCA. La determinación se convierte únicamente en la conexión del empleado con un buque en la navegación. No es necesario que un empleado ayude en la navegación o contribuya al transporte de la embarcación para ser "marinero" según la Ley Jones, pero el empleado debe estar haciendo el trabajo del barco al contribuir con la función de la embarcación o la realización de su misión.

6. ¿Qué es la Oficina de Programas de Compensación para los Trabajadores (OWCP)?

La Oficina de Programas de Compensación para los Trabajadores (OWCP, por su abreviatura en inglés) se encarga de las cuatro leyes federales de compensación para los trabajadores, incluida la LHWCA y sus extensiones. Dentro de la OWCP, la División de Compensación para Trabajadores Marítimos y Portuarios (DLHWC, por sus siglas en inglés) administra la LHWCA.

7. ¿Qué hace la OWCP/DLHWC por los empleados lastimados en el trabajo?

  • La OWCP/DLHWC mantiene registros de lesiones y fallecimientos reportados según la LHWCA y sus extensiones y revisa reclamaciones para determinar si los beneficios correspondientes se pagan de inmediato y con exactitud en el cumplimiento de las disposiciones de la Ley.
  • Los empleados de OWCP/DLHWC ofrecen información y asistencia técnica en materia de derecho a una compensación, beneficios médicos y beneficios de rehabilitación vocacional para empleadores, compañías de seguros y empleados lastimados.
  • En caso de que surjan controversias por reclamaciones, la OWCP/DLHWC ayuda a los partidos a resolver las controversias mediante de conferencias informales y hace recomendaciones por escrito acerca del derecho a los beneficios. Si los partidos no pueden resolver sus diferencias y ninguna de los partidos solicita una audiencia formal ante la Oficina de Jueces de Derecho Administrativo (OALJ, por su abreviatura en inglés), la OWCP/DLHWC remite el caso para una audiencia formal.
  • Los servicios de rehabilitación vocacional se proporcionan a los empleados con incapacidad permanente en los casos apropiados. Consulte la Pregunta Frecuente sobre Rehabilitación Vocacional para obtener más información.
  • La OWCP/DLHWC también administra el "Fondo Especial" que paga una compensación por incapacidad a los empleados lastimados o sus sobrevivientes en ciertas circunstancias. Consulte la Pregunta Frecuente 41 para obtener información adicional sobre el Fondo Especial.

8. ¿Dónde se encuentran ubicadas las oficinas de distrito de Trabajadores Marítimos?

Las oficinas de distrito de trabajadores marítimos se encuentran en Boston, Nueva York, Norfolk, Jacksonville, Nueva Orleans, Houston, San Francisco, Long Beach, Seattle y Honolulu. La información de contacto de la oficina se puede obtener visitando la sección Contáctenos de nuestro sitio web.


NOTIFICACIÓN DE UNA NUEVA LESIÓN

9. ¿Qué debo hacer si me lastimo en el trabajo?

  • Usted debe notificar a su supervisor o representante del empleador inmediatamente o tan pronto como sea posible.
  • Si necesita atención médica por su lesión, usted debe obtener el tratamiento tan pronto como sea posible.
  • Usted tiene derecho a seleccionar un médico de su elección para el tratamiento de los efectos de la lesión. Usted debe pedir a su empleador un Formulario LS-1, Solicitud de Examen y/o Tratamiento, el cual autoriza el tratamiento médico. Sin embargo, en una emergencia médica, puede solicitar la autorización de su empleador o su compañía de seguros después de obtener un tratamiento de emergencia.
  • Consulte la Pregunta Frecuente 51 para obtener más información acerca de cómo obtener una autorización para tratamiento médico.

10. ¿Cuál es mi responsabilidad de informar sobre la lesión?

Usted debe enviar una notificación por escrito de la lesión al empleador dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de la lesión o dentro de los 30 días cuando usted se da cuenta de que tiene una lesión o incapacidad relacionada con el empleo. Usted debe utilizar el Formulario LS-201, Aviso de Lesiones o del Fallecimiento de Empleados para este propósito.

11. ¿Qué sucede si no informo sobre la lesión a mi empleador dentro de los 30 días?

Su derecho a los beneficios de compensación pueden verse en peligro si no informa sobre la lesión en el plazo requerido. La falta de cumplimiento con esta disposición se puede excusar si usted tiene una buena razón o si el empleador no se ve perjudicado al recibir la notificación en forma tardía.

El no informar la lesión dentro de 30 días no le impedirá recibir la atención médica necesaria para el tratamiento de su lesión de trabajo.

12. ¿Cómo presento una reclamación para recibir una compensación?

Además del Aviso de Lesión enviado a su empleador, debe presentar una reclamación por escrito ante la OWCP dentro del plazo de un (1) año con posterioridad a la fecha de la lesión; o, si el empleador ha pagado voluntariamente los beneficios de compensación, usted debe presentar una reclamación por escrito dentro del plazo de un año con posterioridad al último pago de la compensación. Usted debe utilizar el Formulario LS-203, Reclamación de Compensación del Empleado para presentar su reclamación por escrito. Si una reclamación por escrito no se presenta ante la OWCP dentro del plazo establecido, el empleador podrá oponerse y negar los beneficios de compensación por su incapacidad debido a la lesión.

13. ¿Quién paga mis beneficios por incapacidad y mis cuentas médicas?

El empleador, a través de su compañía de seguros o el administrador de reclamaciones, es responsable de proporcionar los beneficios por incapacidad apropiados y el tratamiento médico para la lesión laboral. En la mayoría de los casos, la OWCP no paga compensación ni beneficios médicos. Si, sin embargo, tanto el empleador responsable y su compañía de seguros son insolventes o se encuentran en quiebra, la OWCP puede pagar beneficios del Fondo Especial que de otro modo serían la responsabilidad del empleador. Consulte la Pregunta Frecuente 41.

14. ¿Qué sucede si el trabajador fallece como consecuencia de una lesión ocupacional?

En caso de fallecimiento de un empleado, los sobrevivientes elegibles, o sus representantes legales, deben presentar el Formulario LS-262, Reclamación de Beneficios por Fallecimiento, ante la OWCP dentro del plazo de un (1) año a partir de la fecha de muerte. La OWCP exigirá pruebas adicionales para apoyar la reclamación, incluidos el certificado de nacimiento y los certificados de matrimonio de los sobrevivientes elegibles, los registros médicos del empleado fallecido y el Formulario LS-265, Certificación de Gastos Funerarios.

15. ¿Dónde debo presentar el Aviso de Lesión y la Reclamación de Compensación?

Si usted no tiene un número de caso de OWCP y está presentando una nueva reclamación, debe enviar el formulario de reclamación (LS-201, LS-203 o LS-262) a la dirección que se indica a continuación. Esta es la dirección de nuestra Oficina de Distrito de la DLHWC de la Ciudad de Nueva York, que se designa como el sitio de Creación de Casos Central para todo el programa. Este sitio crea casos para todos los nuevos casos de lesiones, independientemente del lugar de la lesión o la dirección particular del reclamante. Una vez creado el caso, es visible electrónicamente por la Oficina de Distrito con competencia para el caso.

U. S. Department of Labor
Office of Workers' Compensation Programs
Division of Longshore and Harbor Workers' Compensation
201 Varick Street, Room 740
Post Office Box 249
New York, NY 10014-0249

Si ya tiene un número de caso de OWCP, no envíe documentos a esta dirección.

Puede utilizar el Portal de Acceso Electrónico Seguro de Trabajadores Marítimos (SEAPortal) para cargar electrónicamente documentos directamente en el caso del caso de OWCP. Puede encontrar el portal SEAPortal en este sitio web: https://seaportal.dol-esa.gov/portal/. Alternativamente, puede enviar documentos a nuestro sitio de Recepción de Correo Central.

Consulte las preguntas frecuentes sobre Presentación de Documentos y Comunicación con la OWCP para obtener información más específica.


ENFERMEDADES OCUPACIONALES

16. ¿Qué es una "enfermedad ocupacional"?

Una enfermedad ocupacional es una enfermedad o una condición médica que se desarrolla como resultado de la exposición a condiciones peligrosas o sustancias nocivas en el lugar de trabajo. Las enfermedades ocupacionales pueden ser causadas por la exposición a sustancias nocivas que dan lugar a condiciones tales como enfermedades pulmonares: asbestosis y mesotelioma (que resulta de la exposición al amianto); enfermedades autoinmunes; enfermedades de la piel; o asma (que puede resultar de la exposición a productos químicos u otros elementos que intervienen en los procesos industriales). Muchas enfermedades y condiciones laborales tienen un largo período de latencia y no se hacen evidentes hasta que haya transcurrido bastante tiempo después de haberse producido la exposición en el lugar de trabajo.

17. ¿Tengo derecho a beneficios si sufro una enfermedad ocupacional?

Puede recibir una compensación y beneficios médicos si su enfermedad está relacionada con la exposición a condiciones peligrosas o sustancias nocivas en el puesto de trabajo Usted puede incluso tener derecho a beneficios por una enfermedad ocupacional cuando sus síntomas o discapacidad no ocurran hasta después de haberse jubilado.

18. ¿Qué debo hacer si creo que tengo una lesión o una enfermedad ocupacional?

En primer lugar, usted debe notificar a su empleador que usted tiene una enfermedad ocupacional en la misma forma en que notificaría a su empleador de una lesión en el trabajo. Consulte la Pregunta Frecuente 9.

También debe presentar una reclamación (consulte la Pregunta Frecuente 19) y tratar de obtener un informe médico que describa sus antecedentes laborales, historia clínica, el diagnóstico de su condición y una explicación de la relación entre su empleo anterior y su estado de salud actual. Debe enviar una copia de este informe a su empleador y a la OWCP.

19. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar una reclamación por lesión o enfermedad ocupacional?

Si usted sospecha que sufre de una incapacidad por una enfermedad ocupacional o si un médico le dice que necesita tratamiento para una condición médica que puede haber sido causada por su empleo, tiene dos (2) años para presentar una reclamación. Los dos años comienzan a correr desde la fecha en que usted se da cuenta de la relación entre la enfermedad ocupacional, su incapacidad y su empleo. Usted no tiene que presentar una reclamación por escrito ni un Formulario LS-203 (Reclamación de Compensación del Empleado), hasta que tenga una discapacidad asociada con su enfermedad ocupacional o, si está jubilado, hasta que se haya descubierto que usted sufre una incapacidad permanente evaluable. No se aplica tiempo límite a una reclamación por beneficios médicos.

20. ¿Quién es responsable del pago de mis beneficios en una reclamación por enfermedad ocupacional?

El empleo en el que usted estuvo por última vez expuesto a sustancias nocivas determina cuál es el empleador responsable de los pagos de compensación y beneficios médicos. Si no puede identificar donde ocurrió su última exposición peligrosa, la OWCP revisará su historial de reclamaciones y antecedentes laborales y tratará de identificar a los empleadores potencialmente responsables y sus compañías de seguros.


RECLAMACIONES

21. Sufrí una lesión en el trabajo y mi médico me dijo que debería quedarme en casa debido a mi lesión. ¿Cómo puedo obtener beneficios?

Usted debe notificar a su empleador que su médico le indicó ausentarse del trabajo. Entregue a su empleador un informe médico o un certificado de incapacidad del médico que describe su condición médica y cuánto tiempo debe permanecer fuera del trabajo debido a la lesión. También debe notificar al ajustador de reclamaciones de seguros para la compañía de seguros que está a cargo del tratamiento de su reclamo.

22. ¿Cómo puedo obtener una compensación por mi incapacidad? ¿Cuándo recibiré mi primer cheque?

Si usted sufre una incapacidad de más de 3 días, los pagos se emitirán 14 días a partir de la fecha en que su empleador primero toma conocimiento de su pérdida en los sueldos. Sin embargo, el pago no se considera vencido hasta 14 días después de esa fecha. Esto proporciona a la compañía de seguros 28 días para emitir el primer pago. A partir de entonces, los pagos deben ser pagados en cuotas quincenales, excepto cuando el empleador o la compañía de seguro disputa la responsabilidad de los beneficios y presenta un Aviso de Controversia, Formulario LS-207. Consulte la Pregunta Frecuente 23 que describe el Aviso de Controversia.

Si usted no recibe su cheque de compensación inicial en el momento oportuno, póngase en contacto con la oficina de distrito a cargo de su reclamo para recibir asistencia ya que podría haber una compensación adicional debido a la demora en el pago de los beneficios.

23. Recibí un formulario llamado Aviso de Controversia. ¿Qué significa "Controversia"?

Después de recibir el aviso de lesiones e incapacidades laborales, el empleador o la compañía de seguros puede rechazar la responsabilidad de pagar una compensación y beneficios médicos. En este caso, la LHWCA requiere que el empleador o la compañía de seguros presente ante la OWCP un Formulario LS-207 (Aviso de Controversia del Derecho a una Compensación), indicando los motivos de la denegación de beneficios. El formulario LS-207 representa el fundamento formal de la compañía de seguros o del empleador para rechazar la reclamación; usted debe recibir una copia del formulario.

Si usted no está de acuerdo con la denegación de los beneficios, póngase en contacto con la oficina de distrito a cargo de su reclamación en busca de ayuda. Proporcione sus fundamentos y cualquier documentación de respaldo, tales como registros de ingresos, declaraciones de sueldos e informes médicos de su médico, para su revisión. Consulte las preguntas frecuentes Presentación de Documentos y Comunicación con la OWCP para obtener información específica sobre la forma de presentar la documentación de su caso a la OWCP.

24. No he recibido el pago de ningún beneficio y se rechazó mi reclamación. ¿Qué puedo hacer?

A menudo, el empleador o la compañía de seguros rechaza la reclamación porque no se han presentado los documentos necesarios para pagar los beneficios. Usted debe comunicarse con el empleador o la compañía de seguros para preguntar qué información adicional es necesaria para aceptar y pagar su reclamación.

Si no está de acuerdo con los motivos de la denegación, también puede ponerse en contacto con la oficina de distrito de servicio para buscar ayuda y orientación. Proporcione sus fundamentos y cualquier documentación de respaldo, tales como registros de ingresos, declaraciones de sueldos e informes médicos de su médico, para su revisión. Usted debe presentar copias de documentos y correspondencia a la OWCP y el empleador o la compañía de seguros. Guarde copias de todos los documentos, los formularios, los informes y la correspondencia. Consulte las preguntas frecuentes Presentación de Documentos y Comunicación con la OWCP para obtener información específica sobre la forma de presentar la documentación de su caso a la OWCP.

25. Yo participé en una conferencia informal y la OWCP recomendó el pago de beneficios, pero la compañía de seguros se niega a pagarme. ¿Qué puedo hacer?

Si bien la oficina de distrito puede emitir una recomendación por escrito sobre la base de las pruebas presentadas, esa recomendación no es vinculante para los partidos. Si alguno de los partidos no está de acuerdo con la recomendación, el siguiente paso es una audiencia formal ante un Departamento de Juez de Derecho Administrativo Laboral que tiene la autoridad de otorgar o negar beneficios.

26. ¿Cómo consigo una audiencia ante un Juez de Derecho Administrativo?

Cualquiera de los partidos pueden solicitar una audiencia formal ante un Juez de Derecho Administrativo mediante la presentación de un Formulario LS-18 (Declaración Previa a la Audiencia), ante la OWCP. Se debe enviar una copia a todas las demás partes cuando sea presentado ante la OWCP. La oficina de distrito revisará el formulario LS-18 y preparará el caso a ser remitido a la Oficina de Jueces de Derecho Administrativo para una audiencia formal sobre las cuestiones en controversia.

27. Mi reclamación ha sido remitida a la Oficina de Jueces de Derecho Administrativo para una audiencia formal. ¿Cuándo voy a obtener una fecha de audiencia?

Debe comunicarse con su abogado, si se ha conservado uno; de lo contrario, póngase en contacto con la Oficina de Jueces de Derecho Administrativo en Washington, D.C. o el juez asignado, si usted tiene alguna pregunta relacionada con una fecha o procedimientos de audiencia ante esa oficina. La información de contacto se puede obtener en el sitio web de la Oficina de Jueces de Derecho Administrativo.

28. ¿Puede mi empleador tomar represalias en mi contra por presentar una reclamación?

En virtud del artículo 49 de la LHWCA, es ilegal discriminar o despedir a un empleado solamente porque él o ella ha presentado una reclamación de compensación o ha testificado, o está a punto de testificar, en una audiencia de la LHWCA. Sin embargo, no es una violación de esta ley si un empleador despide o se niega a contratar a un empleado que ha presentado a sabiendas y deliberadamente una reclamación falsa.


COMPENSACIÓN

29. ¿Cuáles son los diferentes tipos de beneficios por incapacidad?

"Incapacidad" significa la falta de capacidad para ganar los mismos sueldos que el empleado estaba recibiendo al momento de la lesión. La LHWCA prevé el pago de una compensación por los siguientes cuatro tipos de incapacidad: temporal parcial, temporal total, permanente parcial y permanente total. Según la LHWCA, el tipo de incapacidad depende de las respuestas a las dos preguntas principales: (1) si la incapacidad es temporal o permanente y (2) si la incapacidad es parcial o total.

30. ¿Cuál es la diferencia entre "incapacidad temporal" e "incapacidad permanente"?

Una incapacidad es "temporal" si el empleado lastimado no puede regresar a trabajar por razones médicas y todavía se está recuperando de la lesión laboral. Un médico debe certificar que el empleado no puede trabajar.

Una incapacidad es "permanente" si la condición médica del empleado lastimado se ha vuelto estable y no se espera que mejore. Una condición estable se describe a menudo como que ha alcanzado el punto de "mejora médica máxima" o "MMM".

31. ¿Cuál es la diferencia entre "incapacidad total" e "incapacidad parcial"?

Una incapacidad es "total" cuando el empleado lastimado no puede realizar ningún trabajo debido a la lesión relacionada con el trabajo. Una incapacidad es "parcial" si el empleado lastimado no puede realizar el mismo trabajo que realizaba al momento de la lesión, pero puede trabajar en un trabajo liviano o modificado, ya sea con el mismo o con otro empleador.

32. ¿Qué es el "Salario Semanal Promedio"?

Todos los beneficios de la compensación se pagan en base al Salario Semanal Promedio (AWW, por sus siglas en inglés) en el momento de la lesión. El AWW es el salario semanal promedio que el empleado ganaba al momento de sufrir la lesión. Existen varios métodos para determinar el AWW, pero por lo general, cada método toma generalmente los ingresos promedio anuales de un empleado y divide esa cifra por cincuenta y dos (52) para obtener un AWW justo y razonable que representa la capacidad de generar ingresos del empleado antes de la lesión.

33. Creo que la compañía de seguros está pagando los beneficios de compensación a una tasa inferior a la que tengo derecho. ¿Qué puedo hacer?

La ley establece diferentes métodos para determinar el AWW. Si sus salarios en las 52 semanas anteriores a la lesión no reflejan su verdadera capacidad de generar ingresos, por ejemplo, debido a un ascenso, promoción, reducción de personal (RIF, por sus siglas en inglés), enfermedad, falta de trabajo o si el trabajo no ha sido permanente y continuo, hay otros métodos para calcular el AWW. Debe ponerse en contacto con la oficina de distrito de servicio para más información. Asegúrese de proporcionar a la oficina de distrito la documentación de sus ingresos en forma de recibos de pago, formularios de impuestos W-2 o declaraciones de ingresos.

34. ¿Cuáles son las tasas de "máximas" y "mínimas"?

La compensación a pagar conforme a la Ley está sujeta a las tasas máximas (MAX) y mínimas (MIN). Las tasas MAX y MIN se determinan el 1 de octubre de cada año con base en el salario semanal promedio nacional (NAWW, por sus siglas en inglés) determinado por el Departamento de Trabajo. El NAWW se calcula utilizando datos de salarios nacionales publicadas por la Oficina de Estadísticas Laborales. La tasa MAX es igual al 200% del NAWW; la tasa MIN es igual al 50% del NAWW. Para las tasas actuales e históricas, consulte la Tabla de NAWW en nuestro sitio web.

En general, la compensación semanal total a pagar no puede ser superior a la tasa MAX vigente en el momento de la lesión.

Si dos tercios (2/3) del AWW están por debajo de la tasa MIN, la compensación se paga a la tasa MIN. Si el AWW está por debajo de la tasa MIN, la compensación se paga al AWW. (La tasa MIN no se aplica a las compensaciones pagadas conforme a la Ley Base de Defensa).

35. ¿Cuánta compensación recibo cuando sufro una incapacidad temporal?

Incapacidad total temporal (TTD, por sus siglas en inglés). La compensación se paga en dos tercios (2/3) del salario semanal promedio (AWW) del empleado, sujeto a importes mínimos y máximos establecidos por la OWCP anualmente.

  • Por ejemplo: si el AWW es de $600 por semana, la tasa de beneficios por TTD es de $400.00 por semana ($600 x 2/3 = $400.00).

Incapacidad Parcial Temporal (TPD, por sus siglas en inglés) - La indemnización se paga en dos tercios (2/3) de la pérdida de la capacidad para generar ingresos del empleado, calculada con base en la diferencia entre el AWW (lo que el empleado ganó al momento de la lesión) y lo que es capaz de ganar después la lesión.

  • Por ejemplo: si el AWW es de $600 por semana y ahora el empleado solo puede ganar $300 por semana, la tasa de beneficios por TPD es de $200.00 por semana (($ 600 - $ 300) x 2/3 = $200.00).

Si usted tiene alguna pregunta sobre cómo se calculan sus beneficios de compensación, póngase en contacto con su oficina de distrito de servicio para recibir orientación.

36. ¿Cuánta compensación recibo cuándo sufro una incapacidad permanentemente?

Incapacidad total permanente (PTD, por sus siglas en inglés) - La indemnización se paga en dos tercios (2/3) del AWW.

  • Por ejemplo: si el AWW es de $600 por semana, la tasa de beneficio por PTD es de $400.00 por semana ($600 x 2/3 = $400.00).

Los beneficios por PTD se pagan siempre y cuando la incapacidad continúe. Los beneficios se pueden ajustar anualmente en función de los aumentos en el Salario Semanal Promedio Nacional.

Incapacidad Parcial Permanente (PPD Predeterminada). La compensación por incapacidad permanente o impedimento del uso del brazo, la mano, los dedos de la mano, las piernas, los pies, los dedos de los pies, los oídos (audición) o los ojos (visión) se paga por un determinado número de semanas. Esto comúnmente se llama "Incapacidad Parcial Permanente (PPD, por sus siglas en inglés) predeterminada" y se paga una vez que el empleado alcanza una mejoría máxima médica y es capaz de volver a trabajar. Puede encontrar la "Tabla" y el número de semanas de compensación a pagar por cada parte del cuerpo en la Sección 8(c) de la LHWCA.

Incapacidad Parcial Permanente (PPD no predeterminada). La compensación por la pérdida permanente de la capacidad de ganancia salarial se paga cuando la lesión causa un impedimento permanente en otras partes del cuerpo que no figuran en la "tabla" en la Sección 8(c) de la LHWCA. El impedimento debe limitar la capacidad del empleado de ganar un salario. El beneficio por PPD no predeterminada se paga en dos tercios (2/3) de la pérdida de la capacidad para generar ingresos del empleado, calculada con base en la diferencia entre el AWW (lo que el empleado ganó al momento de la lesión) y lo que es capaz de ganar después la lesión.

  • Por ejemplo: si el AWW es de $600 por semana y ahora el empleado solo puede ganar $300 por semana, la tasa de beneficios por PPD es de $200.00 por semana (($ 600 - $ 300) x 2/3 = $200.00).

Los beneficios por PPD no predeterminada se pagan siempre y cuando la incapacidad continúe. Estos beneficios no se ajustan para reflejar los aumentos en el NAWW.

Incapacidad Parcial Permanente para Jubilados. En los casos de incapacidad permanente debido a una enfermedad ocupacional diagnosticada después de la jubilación (por ejemplo, asbestosis), los beneficios por PPD se pagan en base a un porcentaje del trastorno determinado según las Guías de la Asociación Médica Americana para la Evaluación de Incapacidad Permanente (Guías de la AMA).

Si usted tiene alguna pregunta sobre cómo se calculan sus beneficios de compensación en este caso, póngase en contacto con su oficina de distrito de servicio para recibir orientación.

37. ¿Cómo se determina el monto de mi compensación si sufro una enfermedad ocupacional?

En general, usted tiene derecho a una compensación solo si su enfermedad ocupacional causa una pérdida de la capacidad de recibir salarios (o usted es el sobreviviente de un trabajador cuyo fallecimiento fue resultado de una enfermedad ocupacional). Sin embargo, también puede tener derecho a una compensación si tiene una enfermedad pulmonar latente que causa un trastorno permanente evaluable.

Si usted todavía está trabajando o se jubiló dentro del año después de su diagnóstico con una enfermedad ocupacional, su compensación se basa en su salario semanal promedio (AWW). Consulte la Pregunta Frecuente 32. Su tasa de compensación es un porcentaje de su AWW dependiendo de la magnitud de la pérdida de la capacidad de obtener un salario. Si su enfermedad ocupacional se diagnostica más de un año después de su retiro voluntario del trabajo, su compensación se basará en el Salario Semanal Promedio Nacional (NAWW) vigente en el momento del diagnóstico y el grado de trastorno evaluable asignado por su médico.

Incluso si usted no tiene derecho a una compensación, usted tiene derecho a un tratamiento médico si su condición médica está relacionada con su empleo. Consulte las Preguntas frecuentes 47-62 para obtener más información relacionada con el tratamiento médico según la Ley.

38. ¿Tengo que informar ingresos a la OWCP mientras recibo los beneficios de compensación?

Su empleador, compañía de seguros y/o la OWCP le requerirán informar cualquier ingreso que reciba debido a que sus beneficios de compensación se pueden basar en su capacidad de ganar salarios. Usted debe informar cualquier ingreso del trabajo por cuenta propia o ajena para evitar un exceso de pago de los beneficios. Según la LHWCA, su empleador o la compañía de seguros pueden deducir cualquier pago en exceso de los futuros pagos de la compensación adeudada.

39. ¿Existe un límite sobre cuánto tiempo puedo recibir la compensación por una lesión laboral?

En general, la compensación por incapacidad se paga hasta tanto la incapacidad continúe. Las dos excepciones son los beneficios por incapacidad parcial temporal, que no pueden exceder los 5 años y los beneficios por incapacidad parcial permanente "predeterminada" que se limitan a un número fijo de semanas. El empleador o la compañía de seguros puede requerir documentación médica de su incapacidad continua. Para asegurarse de que recibe beneficios sin interrupción, debe proporcionar la documentación cuando sea solicitada.

40. ¿Qué beneficios están disponibles para los sobrevivientes?

Si la lesión ocupacional causa, contribuye a o apresura la muerte del empleado, los beneficios por fallecimiento se pagan a ciertos sobrevivientes especificados hasta un total de dos tercios (2/3) del salario semanal promedio del empleado fallecido (AWW). También se pagan los gastos funerarios hasta $3,000.

Una viuda o viudo recibe la mitad (1/2) del AWW del difunto de por vida o hasta que vuelva a contraer matrimonio. Se pagará una compensación adicional a un sexto (1/6) del AWW por uno o más hijos. En caso de que no haya una viuda o viudo, se paga la mitad (1/2) del AWW por un hijo o dos tercios (2/3) del AWW en caso de dos o más hijos. Los pagos de beneficios a hijos finalizan cuando alcanzan los 18 años, pero pueden extenderse a 23 años si el beneficiario es un estudiante de tiempo completo. Los beneficios por fallecimiento se pueden pagar a un "hijo" adulto que está totalmente incapacitado y es incapaz de autoabastecerse.

Si no existe cónyuge ni hijo sobrevivientes, los beneficios por fallecimiento se pueden pagar a otras personas dependientes a diversas tasas fijadas por la LHWCA. Los beneficios se pueden ajustar anualmente en función de los aumentos en el Salario Semanal Promedio Nacional.

41. ¿Qué es el Fondo Especial y por qué se me paga en vez de hacerlo la compañía de seguros?

El "Fondo Especial", también conocido como el "Fondo de Segunda Lesión", paga ciertos tipos de reclamaciones y gastos autorizados por la LHWCA. La Oficina Nacional de Trabajadores Marítimos procesa los pagos del Fondo Especial y el Tesoro de los Estados Unidos emite los cheques de beneficios de compensación. En ciertas circunstancias, un empleador o una compañía de seguros pueden ser responsables de pagar sus beneficios de compensación durante solo las primeras 104 semanas de incapacidad permanente. El Fondo Especial luego paga una compensación por incapacidad durante la duración de su derecho. Sin embargo, el empleador o la compañía de seguros sigue siendo responsable de pagar su tratamiento médico relacionado con su lesión y el empleador retiene el derecho a impugnar su incapacidad continua incluso si el Fondo Especial está pagando la reclamación.

Visite la Página del Fondo Especial en nuestro sitio web para obtener más información.

42. ¿Qué otros tipos de pagos se hacen a través del Fondo Especial?

El Fondo Especial también puede pagar una compensación y beneficios médicos cuando tanto el empleador responsable y su compañía de seguros son insolventes o están fuera del negocio. Además, el Fondo Especial paga el costo de los servicios de rehabilitación vocacional autorizados por la OWCP en los casos apropiados.

43. ¿Dónde puedo presentar un cambio de dirección si recibo un pago del Fondo Especial?

Si usted recibe beneficios del Fondo Especial y necesita informar un cambio de dirección, usted debe presentar una notificación por escrito al Departamento de Trabajo con una copia al empleador o la compañía de seguro. Incluya su nombre completo, dirección, el número de reclamación de OWCP y un número de teléfono durante el día. Consulte las Preguntas Frecuentes Presentación de Documentos y Comunicación con la OWCP para obtener información específica sobre la manera de presentar la documentación de su caso a la OWCP, y para obtener información adicional sobre el Fondo Especial, visite nuestras Preguntas Frecuentes Beneficios del Fondo Especial.

44. ¿Puedo recibir beneficios de compensación para trabajadores estatales y beneficios para trabajadores marítimos al mismo tiempo?

La LHWCA le permite recibir una compensación por la misma lesión tanto bajo un sistema de compensación de trabajadores estatales como de la LHWCA. Sin embargo, cualquier cantidad que usted reciba bajo el sistema estatal reduce lo que su empleador debe pagar según la LHWCA. Por otra parte, algunos estados prohíben recibir una compensación bajo el sistema de compensación para trabajadores estatales si los beneficios de la LHWCA son pagaderos. Usted no puede recibir más que la tasa de compensación semanal bajo la cual la ley le pagaría el beneficio semanal mayor.

45. ¿Puedo recibir beneficios de la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) y los beneficios para trabajadores marítimos al mismo tiempo?

La LHWCA no prohíbe recibir ambos beneficios de la SSA y para trabajadores marítimos. Sin embargo, la SSA puede reducir los beneficios que le paga a usted, basado en la cantidad de pagos de compensación para trabajadores que usted recibe. Usted debe notificar a la SSA si recibe tanto los beneficios de la SSA como los beneficios para trabajadores portuarios para asegurarse de que no se le ha pagado de más.

46. ¿Tengo que pagar impuesto sobre la renta sobre mis beneficios de compensación?

Si recibe beneficios de compensación para trabajadores debe declarar los fondos recibidos como compensación por una enfermedad o lesión ocupacional. El Servicio de Rentas Internas de EE.UU (IRS, por sus siglas en inglés) exime a estos pagos de impuestos si se pagan bajo una ley de compensación para trabajadores federal o estatal. La exención de impuestos también se aplica a los beneficios para sobrevivientes. Para obtener información adicional con respecto a las implicaciones fiscales, póngase en contacto con el Servicio de Rentas Internas.


BENEFICIOS MÉDICOS

47. ¿Qué beneficios médicos están disponibles según la LHWCA?

Un empleado lastimado tiene derecho a un tratamiento médico, quirúrgico y hospitalario razonable y necesario y otros suministros y servicios médicos requeridos por la lesión o enfermedad relacionada con el trabajo, tales como medicamentos recetados, pruebas de diagnóstico, terapia física, prótesis, audífonos, atención con acompañante y gastos de viaje para dicho tratamiento. Un empleado lastimado tiene derecho a seleccionar un médico de su elección para proporcionar tratamiento médico para la lesión laboral.

48. ¿Hay un límite de tiempo para reclamar beneficios médicos?

No hay límite de tiempo para solicitar tratamiento médico por una lesión ocupacional; sin embargo, el empleado lastimado debe solicitar el tratamiento tan pronto como sea necesario. Incluso si el empleado no presenta una reclamación para compensación dentro del tiempo requerido por la LHWCA para recibir beneficios de compensación, el derecho a la atención médica relacionada con la lesión laboral nunca prescribe.

49. ¿Hay un límite de tiempo que determine durante cuánto tiempo se pagan los beneficios médicos?

No hay límite de tiempo para recibir el tratamiento médico necesario para la lesión laboral. El empleado lastimado tiene derecho a la atención médica relacionada con la lesión durante el tiempo que la naturaleza y el alcance de la lesión o el proceso de recuperación lo requieran. Esto incluye condiciones que puedan derivar de la lesión o del tratamiento relacionado con la lesión, después del período inicial del tratamiento.

50. ¿Cómo puedo obtener tratamiento médico para mi lesión?

Antes de recibir un tratamiento médico que no sea un tratamiento de emergencia, debe solicitar una autorización por parte del empleador o de la compañía de seguros. Una vez autorizado por el empleador o por la compañía de seguros, su médico tratante puede derivarlo para pruebas de diagnóstico y tratamiento no quirúrgico según sea necesario.

51. ¿Tengo que seleccionar un médico de una lista de proveedores médicos aprobados?

No. No hay ningún programa de inscripción ni red de proveedores médicos aprobados según la LHWCA.

52. ¿Qué clases de médicos están autorizados a tratar a mis lesiones?

La LHWCA define el término "médico" para incluir a doctores en medicina (MD), cirujanos, pediatras, dentistas, psicólogos clínicos, oculistas y médicos osteópatas en el ámbito de su práctica según lo define la ley estatal. Es importante seleccionar un médico cuya especialidad sea la apropiada para tratar su lesión.

Los quiroprácticos son considerados médicos según la LHWCA pero solo pueden proporcionar un tratamiento que consiste en la manipulación manual de la columna vertebral para corregir una subluxación que se evidencia mediante rayos x; no pueden proporcionar tratamiento para ninguna otra parte del cuerpo, excepto la columna vertebral.

53. ¿Puedo tener un quiropráctico como mi médico de tratamiento?

Los quiroprácticos son reconocidos como médicos según la LHWCA sólo en circunstancias limitadas. Un quiropráctico puede ser un médico de tratamiento solo si la lesión causó una subluxación vertebral, verificada por rayos x, que puede ser tratada mediante la manipulación manual de la columna vertebral. Por lo tanto, si la lesión ocupacional no es una subluxación vertebral, un quiropráctico puede que no sea su médico de tratamiento.

54. ¿Existe algún tipo de médico que no esté autorizado a ser mi médico de tratamiento?

Los naturópatas, curanderos y otros proveedores de atención médica que no figuran en la Pregunta Frecuente 52 no son "médicos" definidos en la Ley, incluso si tienen licencia según la ley estatal. Ellos solo pueden proporcionar tratamiento bajo una receta de un médico de tratamiento autorizado.

Usted puede elegir cualquier médico que desee tratarlo, pero su empleador o compañía de seguros no puede ser responsable de los gastos médicos del médico si usted elige un médico que está actualmente inhabilitado por el Departamento de Trabajo. Si tiene preguntas con respecto a la autorización de tratamiento médico, comuníquese con su oficina de distrito de servicio para recibir orientación.

55. ¿Cómo cambio de médicos?

Una vez que haya seleccionado un médico de tratamiento para su lesión, no puede cambiar de médico sin el permiso del empleador o la compañía de seguros o la OWCP. En general, si se requiere atención especializada para su lesión, su médico de tratamiento lo derivará al especialista adecuado. Si el empleador o la compañía de seguros se opone a la derivación o a su solicitud de cambio de médico, el Director de Distrito para Trabajadores Marítimos puede ordenar un cambio de médico de tratamiento si existe una buena causa para el cambio. El empleador o la compañía de seguros también pueden solicitar que su médico de tratamiento sea cambiado por una buena causa. Una vez más, este cambio será realizado por el Director de Distrito después de considerar las razones de ambos lados.

56. ¿Hay un límite sobre lo que mi médico puede cobrar por el tratamiento médico según la LHWCA?

Los honorarios médicos se pagan a la tarifa habitual para el área donde usted vive. Si surge una disputa entre el empleador o la compañía de seguros y el proveedor de servicios médicos sobre la tarifa que se cobra por un servicio médico, utilizaremos la Lista de Honorarios Médicos de la OWCP como guía para resolver los honorarios en controversia. Puede consultar la Lista de Honorarios Médicos de la OWCP en el sitio web de la OWCP.

57. Deseo atención médica especializada disponible solo en un lugar lejos de mi casa y la compañía de seguros no autorizará mi petición. ¿Qué puedo hacer?

El empleador y la compañía de seguros deben proporcionar tratamiento médico razonable y necesario para la lesión por parte de un médico seleccionado por usted. Sin embargo, la atención médica también debe ser razonable en términos de distancia, por lo que si la atención o el tratamiento necesarios están disponibles a nivel local, la compañía de seguros puede negarse a pagar el tratamiento fuera de su área. Si tiene preguntas con respecto a la autorización de tratamiento médico, comuníquese con su oficina de distrito de servicio para recibir orientación.

58. ¿Qué sucede cuando existe una controversia sobre el tratamiento médico?

Si surge una controversia sobre la necesidad de tratamiento, la frecuencia del tratamiento, el tipo de tratamiento proporcionado o el monto de los honorarios facturados, el Director de Distrito de Trabajadores Marítimos (o su designado/a, el Examinador de Reclamos) intentará resolver la controversia de manera informal. Si los partidos no pueden ponerse de acuerdo sobre un resultado aceptable, a petición de cualquiera de los partidos, el Director de Distrito remitirá la controversia para una audiencia formal por parte de un Juez de Derecho Administrativo.

59. ¿Cómo puedo obtener un reembolso por los medicamentos recetados que pagué de mi bolsillo?

Normalmente, la compañía de seguros prefiere que la farmacia los facture directamente. Esto es algo que debe conversar con su ajustador de reclamaciones por anticipado. Sin embargo, si el médico de tratamiento u otro proveedor autorizado recetó medicamentos para su lesión ocupacional y usted pagó por ellos de su bolsillo, puede presentar recibos detallados de la compañía de seguros con una solicitud por escrito para el reembolso. Guarde copias de estas solicitudes y copias de sus recibos detallados para sus registros.

60. ¿Puedo obtener un reembolso por el costo de transporte para acudir a citas médicas y, si es así, cuánto?

Los gastos razonables de transporte necesarios para el tratamiento de la lesión ocupacional, incluyendo el millas recorridas, estacionamiento y peajes, son gastos reembolsables. Las millas se reembolsarán según la tarifa vigente en el momento en que se incurrieron los gastos de viaje en función de las tarifas de millas de los vehículos de propiedad privada establecidas por la Administración de Servicios Generales de los Estados Unidos (GSA, por sus siglas en inglés). Las tarifas anteriores y actuales se indican en el Sitio web de GSA.

61. ¿Qué formulario utilizo para solicitar el reembolso de millas?

No existe un formulario especial requerido para solicitar el reembolso de millas según la LHWCA. Algunas compañías de seguros tienen su propio formulario que pueden pedirle a usted que lo utilice. Para reclamar el reembolso de millas, debe proporcionar documentación precisa, incluyendo la fecha del viaje, el destino (consultorio médico, sala de fisioterapia, etc.) y las millas desde y hacia ese destino. Si bien la LHWCA no impone un límite de tiempo para presentar las solicitudes de reembolso de millas, se recomienda que usted envíe sus solicitudes a la compañía de seguros de forma regular y guarde copias para sus archivos.

62. La compañía de seguros de mi empleador ha programado una cita médica para mí con un médico que no conozco. ¿Tengo que ir?

La compañía de seguros puede programar una evaluación médica con un médico de su elección, a una distancia razonable de su residencia. Si usted se niega a asistir a un examen médico programado por su empleador o su compañía de seguros, su compensación puede ser suspendida hasta que se complete el examen médico. La OWCP también tiene la autoridad para programar un examen médico y usted debe asistir o arriesgar la suspensión de su compensación. Si usted tiene alguna pregunta sobre este proceso, póngase en contacto con su oficina de distrito de servicio para recibir orientación.


REHABILITACIÓN VOCACIONAL

63. ¿Qué es la rehabilitación vocacional?

La rehabilitación vocacional es el proceso que ayuda a un empleado con una incapacidad permanentemente a volver a un empleo remunerado lo más rápidamente posible en un trabajo con sueldos iguales o parecidos a los salarios al momento de la lesión. Los servicios vocacionales pueden incluir evaluación vocacional y evaluación de habilidades, orientación, desarrollo de empleo, modificación del trabajo anterior, capacitación limitada cuando es necesario y ayuda para conseguir empleo.

64. ¿Quiénes son elegibles para recibir servicios de rehabilitación vocacional?

Usted es elegible para recibir servicios de rehabilitación vocacional si:

  • Es un trabajador lastimado en la recepción de pagos de compensación (o probablemente esté en la recepción de los pagos de compensación) como resultado de una incapacidad relacionada con el trabajo,
  • No puede regresar a su trabajo regular debido a alguna incapacidad permanente remanente, y
  • Existen oportunidades apropiadas de reincorporación al trabajo en su área de trayecto.

65. ¿Cómo puedo obtener servicios de rehabilitación vocacional?

Usted, o su abogado, puede pedir servicios poniéndose en contacto con el Especialista en Rehabilitación de Trabajadores Marítimos en su oficina de distrito. Para obtener una lista de números de teléfono, visite la sección Contáctenos de nuestro sitio web. Además, su Examinador de Reclamaciones de Trabajadores Marítimos o su empleador o compañía de seguros puede derivarlo a usted para rehabilitación vocacional si usted no puede regresar a su anterior puesto de trabajo debido a su lesión ocupacional.

Para obtener información más detallada sobre la rehabilitación vocacional, consulte las Preguntas Frecuentes sobre Rehabilitación Vocacional.


ABOGADOS

66. ¿Por qué los empleados de OWCP/DLHWC no puede ofrecer asesoramiento legal sobre mi reclamo?

La OWCP no puede proporcionar ayuda o asesoramiento legal al público respecto de las reclamaciones individuales. Los miembros de la OWCP no son abogados y no están capacitados para dar consejos legales o para responder a preguntas que implican la interpretación de la ley o los reglamentos. Los empleados de la oficina de Distrito explicarán los beneficios y los procedimientos de reclamación según la LHWCA, proporcionarán información general sobre los servicios de rehabilitación médica y profesional y ayudarán a los reclamantes a presentar reclamaciones.

67. ¿Cómo puedo buscar un abogado para que trate mi reclamación? ¿Designarán a un abogado para mí?

La OWCP no puede nombrar a un abogado para que lo represente ni derivarlo a uno. Usted puede obtener una derivación a un abogado de un programa de Servicios de Consulta Legal o de su oficina local de la Asociación de Abogados del Estado que lleva una lista de abogados locales que manejan reclamaciones de trabajadores marítimos.

68. ¿Quién es responsable de los honorarios de mi abogado?

Si el empleador o la compañía de seguros ha negado cualquier parte de su reclamación y usted posteriormente, obtiene mayores beneficios con la asistencia de un abogado, el empleador o la compañía de seguros pueden ser responsables del pago de los honorarios y costos de su abogado. En algunas circunstancias, usted puede ser responsable del pago de los honorarios de abogados y costos de su propio bolsillo. Si el abogado no tiene éxito en obtener mayores beneficios, ningún honorario o costo será evaluado en relación al empleador o la compañía de seguros. Un abogado no puede cobrar un honorario a menos que ese honorario sea aprobado por la OWCP, la Oficina de Jueces de Derecho Administrativo o los tribunales.

69. El abogado que he seleccionado desea un pago por adelantado y un porcentaje de cualquier acuerdo, ¿es esto adecuado?

Según la LHWCA, un abogado no puede cobrar honorarios anticipados ni recibir honorarios de contingencia (un porcentaje de su sentencia) por representarlo en su reclamación. Todas las solicitudes de honorarios de abogados deben presentarse ante la OWCP, Oficina de Jueces de Derecho Administrativo o ante los tribunales para su aprobación. Los honorarios deben ser razonables en relación con las tarifas vigentes en el área local del abogado, el tiempo empleado en su caso, la experiencia del abogado, la calidad y la complejidad del trabajo realizado y el monto de los beneficios otorgados.

70. Quiero resolver mi caso. ¿Tengo que conseguir un abogado?

Si bien consultar a una abogado puede ser aconsejable, usted no está obligado a hacerlo. Usted puede negociar un acuerdo directamente con el ajustador de reclamos de la compañía de seguros. La OWCP no puede asesorar ni ayudarlo a usted en la solución de su reclamo. Más bien, el Director de Distrito o el Juez de Derecho Administrativo está obligado por ley a evaluar todas las solicitudes de acuerdo para adecuación, es decir, si el importe del acuerdo es adecuado para compensarlo a usted por su incapacidad y necesidades médicas futuras.

71. Una vez que resuelvo mi caso, ¿cuánto tiempo tardo en recibir mi acuerdo?

Cuando usted resuelve su reclamación, el acuerdo de resolución debe ser presentado ante el Departamento de Trabajo para su aprobación. El Director de Distrito o el Juez de Derecho Administrativo aprobarán o rechazarán el acuerdo dentro de los 30 días desde la recepción del acuerdo de resolución. El empleador o la compañía de seguros deben pagar el acuerdo de suma global dentro de los diez (10) días de la Orden de Aprobación de Acuerdo. La falta de pago oportuno del acuerdo puede dar lugar al pago de una compensación adicional por el retraso en el pago.