Beneficios de la Seguro Social para Cónyuges Divorciados

Descripción del Programa

Los Beneficios de Seguro Social para Cónyuges Divorciados son pagados al cónyuge divorciado de un trabajador que recibe o es elegible para recibir beneficios del Seguro Social.

Para ser elegible usted debe:

  • Tener al menos 62 años de edad y no estar casado.
  • Estar divorciado de una persona que recibe beneficios del Seguro Social por jubilación o discapacidad.
  • Haber estado casado con esa persona por al menos 10 años antes de la fecha oficial del divorcio.
  • Recibir un beneficio más bajo del Seguro Social por jubilación basado en su propio empleo.

Obtenga más información en la página de Planificador de beneficios por jubilación: Beneficios para su cónyuge divorciado.

Proceso de Solicitar

Visite la página de Información que necesita para solicitar beneficios de cónyuge o de cónyuge divorciada - Formulario SSA – 2 para obtener más detalles sobre el proceso de solicitud.

Para averiguar si es elegible para solicitar otro beneficio de la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) consulte la herramienta del Programa Para Determinar Elegibilidad a Beneficios (BEST de SSA) de Benefits.gov.

Una vez que haya completado el cuestionario de elegibilidad recibirá una lista de beneficios para los que pudiera ser elegible. Imprima esta página para sus registros antes de visitar el sitio de solicitud.

Una vez que sepa qué beneficios puede solicitar, consulte el sitio web del Solicite los beneficios de Seguro Social.

También puede averiguar más sobre los beneficios y el proceso de solicitud del SSA llamando al:

  • 1-800-772-1213 (siga las instrucciones para español)
  • 1-800-325-0778 (TTY para personas con dificultades auditivas)

Información de Contacto del Programa

Visite la página de Contacto del Seguro Social para obtener todas nuestras opciones de contacto, y aprender acerca de nuestros servicios en línea y servicios especiales. También ofrecemos servicios de intérprete gratis.

Para conocer más sobre el Seguro Social visite nuestra página de Publicaciones.

Última actualización: 10/26/2016