Respuesta:
Las diferencias entre un examen sistemático y una evaluación funcional son sencillas pero importantes. El examen sistemático sirve como un vistazo rápido a la salud y el estado de desarrollo del niño mediante un proceso breve que emplea instrumentos estándares para ello. Una evaluación funcional es un proceso continuo que tiene lugar durante el transcurso de la estadía del niño en EHS que lleva el control del desarrollo del niño. El examen sistemático se usa para juzgar a los niños para determinar si hace falta hacer remisiones para más evaluación. En Head Start, el examen sistemático brinda información sobre la salud y el desarrollo físico y conductual de los niños.
El examen sistemático no lleva a la conclusión de si un niño tiene o no una condición de salud o de desarrollo; no obstante, los resultados de la evaluación funcional y la evaluación posterior a la remisión puede conducir a una diagnosis. El proceso del examen sistemático comienza durante la fase de matriculación, cuando el programa establece asociaciones con la familia e inicia los servicios de Head Start. Es la primera oportunidad de colaborar con los padres para conocer mejor al niño y apoyar la relación entre éste y sus padres.
La evaluación continua se lleva a cabo durante el transcurso de la estadía del niño en el programa y sigue el avance del niño a largo plazo. Dicha evaluación es un proceso por el cual se identifican los puntos positivos y singulares del niño, así como sus necesidades. Se usa para determinar las destrezas y la información que tiene el niño y en qué situaciones las usa. El proceso de evaluación también toma en cuenta el siguiente nivel de destrezas e información que el niño debería adquirir. El proceso de evaluación funcional utiliza también diversas fuentes de información en todos los aspectos del desarrollo y comportamiento de cada niño, que incluye datos de las familias, maestros y otro personal pertinente que conocen el comportamiento del niño. La evaluación continua ayuda al personal a comunicarse y trabajar con los padres y las familias, planificar y adaptar las experiencias de aprendizaje (o individualizar el currículo), e identificar otros servicios pertinentes.
Consideraciones:
- ¿En qué forma se basa el proceso del examen sistemático y la remisión sobre la práctica sólida del desarrollo infantil y educación en la primera infancia?
- ¿En qué forma se basa el proceso de la evaluación continua y la remisión sobre la práctica sólida del desarrollo infantil y educación en la primera infancia?
- ¿Cómo responde el programa al niño que, al matricularse, ha sido ya examinado, ha recibido una remisión o ha sido diagnosticado con una discapacidad o preocupación en su desarrollo?
- ¿De qué manera son los procedimientos del examen sistemático y de evaluación continua sensibles a los antecedentes culturales del niño?
Normas de Desempeño, Título 45, Código de los Reglamentos Federales:
1304.3(a)(7)(i) & (ii) Evaluación funcional se refiere a los procedimientos continuos empleados por el personal cualificado durante el tiempo de elegibilidad del niño, para identificar:(i) Las fortalezas y las necesidades singulares del niño y los servicios adecuados para satisfacer dichas necesidades; y (ii) Los recursos, prioridades y preocupaciones de la familia y los apoyos y servicios necesarios para mejorar la capacidad familiar para satisfacer las necesidades de desarrollo de su hijo.
1304.20 (a)(1)(iii) & (iv) (iii) Obtener u ordenar pruebas posteriores o adicionales de diagnóstico, exámenes y tratamientos de parte de un profesional de la salud debidamente certificado o licenciado, para cada niño al que se le observe, conozca o exista la sospecha de tener un problema de salud o desarrollo; y (iv) Desarrollar e implementar un plan de seguimiento para cualquier condición identificada en 45 CFR 1304.20(a)(1)(ii) y (iii), para la cual se haya comenzado un tratamiento necesario.
- 1304.20(b)(1) Con la colaboración de los padres de cada niño y dentro de los 45 días naturales a partir del ingreso del niño en el programa, el concesionario y las agencias delegadas deben realizar u obtener procedimientos que sean ligüísticamente apropiados y conforme a la edad de los niños, para identificar preocupaciones en cuanto al desarrollo sensorial (visual y auditivo), de la conducta, motora, del lenguaje, social, cognitivo, perceptivo y emocional.
- 1304.20(b)(3) El concesionario y las agencias delegadas deben usar múltiples fuentes de información en todos los aspectos relacionados con el desarrollo y comportamiento del niño, incluyendo la información suministrada por los familiares, maestros y otro personal pertinente que esté familiarizado con el comportamiento típico del niño.
1304.20(d) Además de asegurar la participación de los niños en un calendario del cuidado del niño sano, según se describe en la sección 1304.20(a) de esta parte, el concesionario y las agencias delegadas deben implementar procedimientos continuos por medio de los cuales el personal de Early Head Start y Head Start pueda identificar cualquier problema médico, dental o de desarrollo, nuevo o recurrente, y hacer rápidamente las remisiones necesarias. Estos procedimientos deben incluir: observaciones periódicas y registro de las mismas, cuando sea indicado, del progreso en el desarrollo de cada uno de los niños, cambios en el aspecto físico (por ejemplo, señales de lesiones o enfermedades) y patrones emocionales y de conducta. Además, estos procedimientos deben incluir las observaciones de los padres y del personal.
- 1304.20(f)(1) El concesionario y las agencias delegadas deben usar la información de la examen sistemático para detectar áreas de preocupación en el desarrollo, sensoriales y de conducta, las observaciones actuales, las evaluaciones y los tratamientos médicos y dentales, así como los comentarios de los padres del niño para ayudar al personal y a los padres a determinar la manera en que el programa puede responder mejor a las características particulares, las fortalezas y las necesidades de cada niño.
- 1304.20(f)(2)(i) Los servicios para bebés y niños pequeños con discapacidades y sus familias apoyen el logro de los resultados esperados contenidos en el Plan de Servicios Familiares Individualizados (IFSP), para los niños identificados según el programa de los bebés y niños pequeños con discapacidades (Parte C) de la Ley de Educación para Personas con Discapacidades, tal como sea implementado por su gobierno estatal o tribal.
- 1304.20(f)(2)(ii) Las familias inscritas con bebés y niños pequeños que se sospeche tengan una discapacidad son prontamente remitidos a las agencias de intervención temprana, designadas por el plan de la Parte C del estado, para coordinar todas las evaluaciones necesarias, determinar la elegibilidad para los servicios de la Parte C y coordinar el desarrollo de un IFSP para los niños a quienes se haya determinado que cumplen los requisitos según las directrices del programa de ese estado. El concesionario y las agencias delegadas deben apoyar la participación de los padres en el proceso de evaluación y preparación del IFSP para bebés y niños pequeños inscritos en sus programas.
- 1304.21(a)(1)(i) El método de educación y desarrollo infantil para todos los niños... debe ser apropiado desde el punto de vista lingüístico y de desarrollo, reconociendo que los niños tienen ritmos individuales de crecimiento, así como intereses, temperamentos, idiomas, antecedentes culturales y estilos de aprendizaje individuales.
- 1304.21 (a)(2)(ii) Ofrecer oportunidades para que aumenten la capacidad de observación de sus hijos y para que compartan evaluaciones con el personal que los ayudará a programar las experiencias de aprendizaje.
1304.24(a)(1)(i) El concesionario y las agencias delegadas deben trabajar en colaboración con los padres (véase 45 CFR 1304.40(f) para temas relacionados con la educación de los padres) para:(i) Solicitar información, observaciones y preocupaciones de los padres con respecto a la salud mental de su hijo.
- 1304.3 (a)(15) Remisión (o recomendación) es cuando se envía a un niño de Early Head Start o Head Start o a un(os) miembro(s) de la familia a una fuente apropiada para recibir ayuda, tratamiento o información.
Recursos (en inglés y español):
(Febrero/Marzo 2001) Linking Assessment and Intervention (El enlace entre la evaluación y la intervención). Boletín ZERO TO THREE, Vol. 21, No. 4.
Screening and Assessment in Head Start. Head Start Bulletin #70, diciembre 2000.
(2000) Examen sistemático, evaluación funcional y evaluación final del desarrollo: Elementos clave para la individualización de currículos de programas Early Head Start. Documento de Asistencia Técnica Núm. 4 preparado por Early Head Start National Resource Center.
Meisels, S. & Fenichel, E. Editors. (1996) New Visions for the Developmental Assessment of Infants and Young Children. (Nuevas perspectivas para las evaluaciones del desarrollo de los bebés y niños pequeños) ZERO TO THREE: Washington DC.
(2001) Developmental Surveillance and Screening of Infants and Young Children. (Vigilancia del desarrollo y examen de cernimiento de los bebés y niños pequeños). American Academy of Pediatrics, Vol. 108, No. 1, pp 192-196. Se puede acceder mediante: www.aap.org/policy/re0062.html
Esta hoja de consejos no es un documento regulador. Su propósito es proporcionar una base para el diálogo, la clarificación y resolución de problemas entre Office of Head Start, las Oficinas Regionales, los consultores/asistentes técnicos y los concesionarios.