El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) ofrece diversos programas humanitarios y protección para asistir a individuos extranjeros que necesitan refugio o ayuda debido a circunstancias como catástrofes, opresión, asuntos de emergencia médica u otras circunstancias urgentes. A continuación se enumeran los beneficios humanitarios que ofrecemos: El estatus de Refugiado o Asilado se puede otorgar a personas que han sido perseguidas o temen serlo por razones de raza, religión, nacionalidad o por su participación en determinados grupos sociales o de opinión política. El cónyuge, hijos y padres maltratados de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes pueden solicitar los beneficios inmigratorios sin el conocimiento del abusador. Las víctimas de trata de personas y otros delitos pueden obtener estatus inmigratorio en ciertas circunstancias. El Permiso Anticipado por Razones Humanitarias se utiliza con moderación para traer a los Estados Unidos por un período corto de tiempo a alguien que sería de otra manera inadmisible y que se encuentra bajo una emergencia imperiosa. El Estatus de Protección Temporal se otorga a gente que reúne las condiciones para venir a Estados Unidos por un período de tiempo establecido porque no pueden regresar a su hogar sin correr riesgos debido a circunstancias extraordinarias. También es posible brindarayuda en ciertas situaciones especiales pueden afectar las solicitudes o estatus inmigratorios de personas que han sido afectados por catástrofes naturales y otras situaciones extremas. Si desea más información acerca de los temas antes mencionados, vea los enlaces a la izquierda.
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