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Información para Entender su Aviso CP623

Este aviso es para informarle nuestra intención de cancelar su plan de pagos a plazos y confiscar (embargar) sus bienes. Usted incumplió en su acuerdo.

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Publicaciones contributivas que le podrían ser de utilidad

Cómo puede recibir ayuda

Comuníquese con el número "1-800" que se encuentra en la esquina superior derecha de este aviso es la manera más rápida para obtener respuestas a sus preguntas.

Usted también puede autorizar a otra persona (tal como un contador) para que se pueda comunicar con el IRS en nombre suyo completando el Formulario 2848(SP), Poder Legal y Declaración del Representante.

O quizá podría reunir los requisitos para obtener ayuda de un Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC).
 


Lo que usted tiene que hacer

  • Comuníquese con el IRS inmediatamente saber si puede restablecer el acuerdo. Quizá usted tendrá que pagar una cuota administrativa para restablecer el acuerdo o tendrá que pagar toda deuda contributiva en su totalidad.
  • Lea este aviso cuidadosamente —: éste le explica qué necesita hacer usted en este momento ya que incumplió con su plan de pagos a plazos.
  • Si usted no responde, nosotros cancelaremos su plan de pagos y comenzaremos una acción de cobro, que podría incluir la radicación de gravamen por impuesto federal o confiscar (embargar) sus salarios y/o cuentas bancarias.

A usted le sería de utilidad...


Contestaciones a preguntas frecuentes

¿De qué trata este aviso?
Este aviso le provee información sobre nuestra intención de cancelar su plan de pagos a plazos y confiscar (embargar) sus salarios y/o cuentas bancarias si usted no toma ninguna acción. El aviso le informa por qué tomamos esta acción.

¿Qué tengo que hacer?
Comuníquese con nosotros inmediatamente al número telefónico libre de cargos que se encuentra en la esquina superior derecha de este aviso. Nosotros discutiremos qué usted tiene que hacer para resolver este asunto.

¿Cúanto tiempo tengo?
Usted debe comunicarse con nosotros lo más pronto posible, pero no más tarde de 30 días a partir de la fecha de este aviso.

¿Con quién debo comunicarme?
Si tiene preguntas sobre este aviso, puede llamar al número telefónico que aparece en la parte superior del aviso. Un representante de servicio al cliente le asistirá.

¿Y si no estoy de acuerdo con la acción tomada por ustedes o si ya he tomado acciones para resolver este asunto?
Si usted no está de acuerdo con nuestro motivo para la cancelación de su plan de pagos a plazos, comuníquese con nosotros al número telefónico impreso en la parte superior del aviso. Si después de hablar con nosotros todavía no está de acuerdo, usted tiene el derecho de radicar una apelación y puede solicitar una vista con la Oficina de Apelaciones del IRS.

Si usted ya tomó alguna acción para resolver este asunto, aún debe comunicarse con nosotros para asegurarse que tenemos registro de su acción, para así poder restablecer su plan de pagos a plazos.


Entendiendo su aviso

Al leer su aviso
Su aviso quizá sea distinto al ejemplo, debido a que la información que aparece en su aviso ha sido modificada a su situación particular.

Aviso CP623, Página 1
Image of page 1 of a printed IRS CP623 Notice

Aviso CP623, Página 2
Image of page 2 of a printed IRS CP623 Notice

Aviso CP623, Página 3
Image of page 3 of a printed IRS CP623 Notice

Aviso CP623, Página 4
Image of page 4 of a printed IRS CP623 Notice

Page Last Reviewed or Updated: 2013-02-01