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Visas de Inmigrante

Visas de Inmigrante

Se les informa a todos los solicitantes de visa de inmigrante que el horario de atención es de lunes a viernes de 7:30 a.m. hasta las 4:00 p.m., con excepción de los días feriados y el  primer miércoles de cada mes. Igualmente no se les permitirán la entrada a la Sección Consular a menos que tengan una cita reservada a través del Call Center. Para hacer su cita llame al:

Todos los solicitantes de visas de inmigrante deberán presentarse para su entrevista con la documentación completa en la Embajada de los Estados Unidos en San Salvador. Todos los solicitantes que carecen de la documentación requerida mencionada a continuación, estarán obligados a programar una nueva cita a través de http://www.ustraveldocs.com/sv , o puede llamar al nuestro Servicio de Información de Visas para los Estados Unidos en El Salvador (503) 2113-1891 ó 2211-9392 para continuar con la entrevista de Visa de Inmigrante en una fecha posterior, una vez que puede aparecer con TODOS los documentos requeridos. Desde los Estados Unidos puede llamar al 646-259-0557.

Información General

Los salvadoreños y ciudadanos de otros países quienes desean obtener el estatus de residente permanente de los Estados Unidos, generalmente tienen que obtener una visa de inmigrante en la Embajadad de los Estados Unidos.

Muchas aplicaciones de visa de inmigrante comienzan cuando un miembro de la familia, ya sea ciudadano americano o residente permanente somete una petición (Forma I-130) a nombre del que quiere convertirse en residente en la Oficina del Departamento de Seguridad Interna (DHS) en los Estados Unidos y que tiene jurisdicción sobre el lugar de residencia del peticionario.

Por favor no intente someter esta petición (Forma I-130) a la oficina de la Sección Consular ya que no podremos procesarla.

El Salvador no participa en el programa de visas de diversidad. Cualquier oferta para recibir una visa de este tipo es fraudulenta.


Además, todas las personas de las oficinas ubicadas fuera de la Embajada no son empleados de esta sede diplomática. Todas las agencias fuera de la Embajada no están afiliadas a esta sede. Para ser claros, todas las personas ofreciendo asistencia migratoria fuera de esta sede diplomática no están afiliadas a la Embajada. 

ATENCION ESPECIAL

  • ATENCION ESPECIAL

    Atención a los prometidos(as) y esposos(as) de Ciudadanos Americanos y esposos(as) de Residentes Legales Permanentes!

    El gobierno de los Estados Unidos a publicado un folleto informativo sobre los derechos legales que tienen los(as) inmigrantes víctimas de violencia doméstica en los Estados Unidos y hechos sobre inmigrar con una visa en base a matrimonio. El folleto provee información sobre sus derechos bajo las proviones IMBRA en 8 U.S.C. Sección 1375A. Puede encontrar el folleto en la página de internet del Departamento de Estado de los Estados Unidos en Ingles o en Español