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Cuota del SEVIS
 

El SEVIS (Student and Exchange Visitor Information System) le asigna a todo estudiante extranjero en de los Estados Unidos un número de identificación para ingresarlo al sistema y así facilitarle su participación en los programas académicos y de intercambio cultural que existen en los Estados Unidos.  El sistema lo administra el Student and Exchage Visitor Program (SEVP), una division del U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE), una dependencia de investigación del Departamento de Seguridad Interna (Department of Homeland Security – DHS).  El trámite del registro al sistema se le cobra a los beneficiarios – los estudiantes extranjeros y los visitantes de intercambio.

Para mayor información visite la página de información sobre SEVIS y la página para el procesamiento de la tarifa I-901 del SEVP.

Algunas instituciones educativas le tramitan el pago al beneficiario y le hacen llegar el recibo, junto con la demás documentación que necesitan para solicitar su visa.  Si no le han tramitado el pago, le envían un aviso que debe hacerlo.  Es indispensable que presente el recibo o evidencia de pago de la cuota del SEVIS para que se le emita una visa de estudiante.

Nuevos costos del SEVIS

Para respaldar los costos del sistema SEVIS y el proceso de verificación de las escuelas y universidades, el programa para estudiantes y visitantes de intercambio ha publicado la decisión final en los incrementos de la tasa de pago para viajeros con visas F, M, y J y escuelas patrocinadoras, los cuales entraron en efecto el 27 de octubre de 2008.  La tasa para estudiantes con visas F y M es de US$ 200, en vez de los US$ 100 que se pagaban anteriormente.  Y la tasa para visitantes de intercambio con visas J es de US$ 180 en vez de los US$ 100 que se cancelaban con anterioridad.  Au pairs, consejeros de campo y trabajadores de verano con visas J continuarán pagando una cuota reducida de US$ 35.  Visitantes en programas auspiciados por el Gobierno de los Estados Unidos están exentos de este pago.  SEVP también ha incrementado los costos por certificaciones y registros de escuela.  Para mayor detalles puede visitar el website de SEVP.

Los solicitantes de visas F, M y J que hayan pagado su cuota del SEVIS antes del 27 de octubre no necesitan pagar estos nuevos costos aunque no hayan viajado o solicitado su visa para esa fecha.

El anuncio oficial del cambio de esta tasa puede encontrarse en la página del Servicio de Inmigración y Fronteras de los EE.UU. (PDF 20KB) y el texto final de esta regulación puede también encontrarse en la página del Servicio de Inmigración y Fronteras de los EE.UU. (PDF 271KB)

¿Quiénes tienen que pagar la cuota?

En general, los solicitantes de visas F-1, F-3, J-1, M-1 ó M-3 están sujetos al pago de esta cuota, con algunas excepciones.

También están sujetos al pago de la cuota del SEVIS los no-inmigrantes que no necesitan visa de estudiante (F-1 ó M-1) para asistir a una institución educativa.  (Por ejemplo los dependientes de diplomáticos, trabajadores temporales, inversionistas, visitantes de intercambio y otros).  Deben realizar el pago y asegurarse que el trámite se ha completado antes de solicitar ingreso a los Estados Unidos.  Tomen en cuenta que hay que esperar unos tres o cuatro días para que su pago se aparezca acreditado dentro del sistema del SEVIS, si ha hecho el pago vía Internet.

Están exentos del pago de la cuota del SEVIS (casos más comunes):

  • Los solicitantes para renovar sus visas F-1, F-3, M-1 ó M-3 y que su I-20 se emitió antes del 1 de septiembre, 2004 y que haya permanecido bajo su estatus de estudiante.
  • Los solicitantes de visa F-2, J-2 ó M-2 (dependientes de estudiantes o visitantes de intercambio).
  • Los solicitantes de visa J-1 (visitantes de intercambio) cuyo patrocinador sea una dependencia del Gobierno Federal de los Estados Unidos. (Lo puede verificar con el Visitor Exchange Program Number impreso en el formulario DS-2019.  Si esa identificación comienza con la letra “G”, el patrocinador es el Gobierno Federal de los Estados Unidos).

Para más información sobre otros casos que están exentos del pago de la cuota del SEVIS, visite la página de información sobre SEVIS.

Para llenar el formulario I-901

Para llenar el formulario de pago de la cuota del SEVIS (formulario I-901) va a necesitar el formulario I-20 A, B, M ó N.  El formulario se llena en inglés y su información personal debe llenarse igual que como está en el formulario I-20.

Para pagar la cuota

  • La cuota puede pagarse por correo utilizando el formulario I-901 y adjuntando un cheque o giro de un banco de los Estados Unidos y pagadero en dólares de EE.UU.
  • La cuota puede pagarse electrónicamente llenando el formulario I-901 a través de Internet y pagando con una tarjeta de crédito.
  • Un tercero puede pagarle la cuota si usted no tuviera acceso a los métodos de pago descritos.  Usted debe enviarle a la persona que le va a hacer el pago el formulario I-901 o la información para llenar dicho formulario.

Si le van a hacer el pago por correo, deben adjuntar la copia de su formulario I-901 con el pago.  Si no envían el formulario I-901, no podrán acreditarle el pago a su caso.

Si le hacen el pago vía Internet, la persona puede llenar el formulario I-901 por usted y pagar con tarjeta de crédito o con cheque, de acuerdo con las instrucciones que le dan en la página web.  Asegúrese de proporcionar correctamente su información personal y la de la institución educativa a la persona que le llene el formulario I-901.

El recibo del pago

Al hacer el pago, le enviarán un recibo por correo a la dirección que usted indicó.  Si hizo el pago vía internet, puede imprimir una confirmación de su pago al solo completarlo, y puede presentarse como evidencia de pago hasta que le llegue el recibo que le enviarán por correo.

Para mayor información sobre el procedimiento del pago puede visitar la página de información sobre SEVIS.

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