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Servicios Notariales

Servicios Notariales

Por favor tome en cuenta que los dias 24 y 31 de Diciembre no se ofreceran los servicios notariales.  NO ES NECESARIO HACER CITA.

Los Servicios Notariales en la Sección Consular se ofrecen los lunes y jueves (excepto los días festivos dominicanos y estadounidenses y dias administrativos de la Sección Consular).

Los solicitantes deberán depositar sus documentos entre las 11:00 am y las 11:30 am dentro del edificio Consular, ubicado en la Ave. Máximo Gómez esq. Cesar Nicolas Penson.  Todos los solicitantes deben pagar el costo del servicio notarial en el cajero de la ventana 12, y regresar a las 2:00 p.m. para recoger la documentación notarial.  

Servicios Notariales en Puerto Plata y Bávaro/Punta Cana 
Los servicios Notariales también pueden ser realizados en nuestra Agencia Consular en Puerto Plata y en nuestra Agencia Consular en Bávaro/Punta Cana, sólo con cita. Llame al (809) 586-8017 para programar una cita.

Servicios notariales y de autenticación

Los servicios notariales y de autenticación son de las funciones consulares norteamericanas más antiguas y tradicionales y datan del 1792.

Los oficiales consulares en cualquier Embajada o Consulado de los Estados Unidos en el extranjero pueden proveer un servicio similar a las funciones de un notario público en los Estados Unidos. Los servicios notariales están disponibles para todos los portadores de pasaportes norteamericanos, y para los extranjeros con documentos destinados a ser utilizados en los Estados Unidos. Los servicios notariales incluyen declaraciones bajo juramento, atestiguaciones, autenticaciones y certificaciones.  Para cualquiera de los servicios mencionados anteriormente, usted debe venir personalmente a la oficina de Servicios a Ciudadanos Americanos (ACS) en el Consulado.

Las personas que soliciten servicios notariales deben presentar los siguientes documentos:

  1. Pasaporte vigente o cualquier otra prueba de identidad

  2. El documento a ser notariado

  3. US$50.00 o el equivalente en pesos Dominicanos por cada servicio notarial requerido y  US$50.00 o el equivalente en pesos Dominicanos por cada servicio notarial adicional que se le provea en el mismo momento y en conexión con el mismo documento. También hay un cargo de US$50.00 por cada servicio de autenticación. El pago debe ser realizado en efectivo.  No se aceptan cheques personales, giros postales ni tarjetas de crédito.

Si su documento además debe estar firmado frente a testigos, por favor traiga con usted a sus testigos, ya que el personal consular que realiza la notarización de su documento no puede servir de testigo.

Para más información relacionada a asuntos notariales, favor llamar al (809) 221-2171 y escuche la grabación.

Notario Público

El Oficial Consular actúa como notario público estadounidense para documentos emitidos en la República Dominicana a ser utilizados en los Estados Unidos.  Como cualquier notario público en los Estados Unidos, el oficial consular debe requerir la presencia de la persona que solicita el servicio notarial; Establecer la identidad de esa persona; Establecer que la persona entienda la naturaleza, lenguaje y consecuencias del documento a ser notariado; Y establecer que la persona no está actuando bajo coacción. (22 C.F.R. 92.31).

Si usted necesita firmar un documento en presencia de un notario público, y NO es necesario un notario público estadounidense, usted puede buscar en las páginas amarillas dominicanas bajo  "Notarios" o bajo "Abogados" para encontrar el oficial notarial más cercano a su domicilio; También usted puede revisar la lista de abogados (PDF, 372 Kb) de la Embajada.

Notarización por un Oficial Consular

Las funciones notariales están relacionadas a juramentaciones, atestiguaciones (documentos notariados frente a testigos) y certificaciones. El oficial consular puede rechazar ciertos servicios notariales como está previsto en la ley estadounidense 22 C.F.R. 92.9.

No firme ningún documento que presente hasta que el oficial consular le pida hacerlo. Según la naturaleza del documento, el oficial consular haría, ya sea una certificación de que la firma fue hecha de manera libre y con conocimiento  del contenido del documento, o administraría un juramento donde la persona juraría o afirmaría que el contenido del documento es real.  (Nota: Los oficiales consulares no pueden de por sí certificar que el contenido del documento sometido es real.  El oficial solo certifica que la persona hace un juramento o afirmación de que así lo es).

No-consejería legal: La sección consular de ninguna manera provee consejería legal.  La sección consular no prepara ni recomienda formatos para documentos legales.  Los abogados competentes deben preparar el documento legal conforme a los requerimientos legales de la jurisdicción estadounidense donde el documento será utilizado. Cada estado de los Estados Unidos tiene formatos y requerimientos diferentes para documentos legales. 

Autentizaciones

Una autenticación es una certificación de la genuinidad de la firma y sello de una autoridad oficial o jurisdicción extranjera, en este caso un sello y firma proveniente del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana (Cancillería) previamente ejecutados sobre un documento, con el fin de que dicho documento sea reconocido en otra jurisdicción.  Una autenticación consular de ninguna manera da fe de la autenticidad del contenido de un documento, sino que únicamente reconoce la validez del sello y la firma de la autoridad que autenticó previamenet dicho documento.

El 30 de agosto del 2009 la República Dominicana pasó a ser miembro de la Convención de la Haya, aboliendo el requisito de legalización para documentos públicos extranjeros.  Los Estados Unidos es también miembro de la Convención.  Esta Convención elimina la necesidad de autenticación de documentos públicos que se originan en un país y pretenden ser utilizados en otro.  Los documentos públicos dominicanos incluyen pero no son limitados a instrumentos legales autenticados por notarios extranjeros, documentos firmados por traductores oficiales u otros funcionarios, y copias de archivos públicos, como nacimientos, defunciones y partidas matrimoniales emitidas por funcionarios extranjeros.

Las autoridades centrales tanto en Estados Unidos como en la República Dominicana ahora autentican sus propios documentos públicos con un certificado de apostille (nombre de la estampilla de autenticación).  En la República Dominicana, la Sección de Legalizaciones de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores ("Cancillería") proporciona el apostille.

Tales documentos tienen reconocimiento de derecho en cualquier país perteneciente a la convención sin necesidad de autenticación adicional y serán aceptados por EE.UU. y por toda autoridad legal de países de la Convención, siempre y cuando la página de apostille no haya sido separada.

La Embajada de los EE.UU. en Santo Domingo, por consiguiente, no realiza autenticaciones de documentos dominicanos, excepto en casos que implican documentos privados, como formas de consentimiento, hipotecas, documentos bancarios, o cualquier otro documento no-gubernamental que requiera la firma de un notario.

Los oficiales consulares no autentican credenciales, transcripciones, ni títulos académicos emitidos en el extranjero a ser utilizados en los Estados Unidos.  

Los documentos notariados por un notario público dominicano para su uso en los Estados Unidos pueden ser autenticados por un oficial consular estadounidense luego de que la firma del notario público dominicano sea autenticada primero en los Centros de Atención al Ciudadano de la Procuraduría General de la República o Procuradurías de Cortes de Apelación, y luego por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana (Cancillería). Una vez que estas dos oficinas han autenticado el documento, usted debe depositar el documento en persona al Consulado de los Estados Unidos.  Un Cónsul  puede autenticar la firma y el sello de la Cancillería, para que el documento pueda ser utilizado en los Estados Unidos. 

Nosotros sugerimos que usted contacte la oficina de la Procuraduría General de la República al teléfono (809) 533-3522 y la oficina del Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) al teléfono (809) 535-6280 para obtener información de sus respectivas ubicaciones, y para obtener más información sobre el proceso de autenticación de documentos dominicanos a ser utilizados en los Estados Unidos o cualquier otro país extranjero.

Autenticaciones del sello del oficial Consular

A veces, para propósitos legales, es necesario que una autoridad de más rango autentique el sello y la firma del oficial consular estadounidense.  La oficina de autenticaciones del Departamento de Estado  puede llevar a cabo esta función.  La oficina de autenticaciones está localizada en la siguiente dirección: 

Departamento de Estado de los EE.UU.
Oficina de Autenticaciones
518 23rd St., N.W.
SA-1, Columbia Plaza
Washington, D.C. 20520
(202) 647-5002

Los servicios al público en dicha oficina están disponibles en horario de 7:30 a.m. hasta las 11:00 a.m. de lunes a viernes, excepto en días feriados. El costo es de US$8.00 por documento.

Certificaciones de Copias Verdaderas

Como regla general, los Consulados/Embajadas de los Estados Unidos solo certifican copias verdaderas de documentos emitidos por el Departamento de Estado de los Estados Unidos (incluyendo documentos emitidos por Embajadas y Consulados estadounidenses).  Estos documentos pueden incluir, entre otros, pasaportes norteamericanos y Reportes Consulares de Nacimientos.  Nosotros no certificamos copias verdaderas de documentos estadounidenses estatales como certificados de nacimiento, matrimonio, divorcio, defunción o licencias de conducir.  Los oficiales consulares no emiten certificaciones de copia verdadera de credenciales, transcripciones, ni títulos académicos emitidos en el extranjero a ser utilizados en los Estados Unidos.  No se emiten copias certificadas de ninguno de los docuemtos mencionados anteriormente.

Para más información, visite el sitio web del Departamento de Estado sobre servicios notariales.

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