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Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero
 


Un Reporte o Declaración Consular de Nacimiento en el Extranjero (comúnmente llamado CROBA) es un documento expedido por el Consulado Norteamericano, donde se especifica el hecho del nacimiento en el extranjero de un niño/a que adquirió la ciudadanía norteamericana al momento de nacer; es aceptado como prueba de ciudadanía norteamericana para todos los fines legales.

¡Aviso Importante!

El Departamento de Estado se complace en anunciar la introducción de un Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA, o Formulario FS-240) rediseñado.  El rediseñado CRBA, que es un documento oficial que confirma que un niño nacido en el extranjero de un padre ciudadano de los EE.UU. adquirió la ciudadanía estadounidense al nacer y sirve como prueba de ciudadanía, se ha actualizado con una variedad de características de seguridad de última generación para prevenir el fraude y el robo de identidad.

A partir del 18 de enero del 2011, los consulados y embajadas de los E.E.U.U. en el extranjero seguirán documentando la ciudadanía de los niños nacidos en el extranjero de padres ciudadanos estadounidenses, pero los CRBA se imprimirán en nuestras agencias de pasaporte en Portsmouth, New Hampshire, y Nueva Orleans, Luisiana, utilizando la información proporcionada por los consulados y embajadas en el extranjero.  Al centralizar la producción y eliminar la distribución de material en blanco controlado en todo el mundo, aseguraremos una calidad uniforme y reduciremos la posibilidad de fraude.

Además, el Departamento de Estado ya no expedirá el DS-1350 Certificación del Informe de Nacimiento en el Extranjero.  En sustitución, el Departamento de Estado simplemente emitirá nuevos FS-240 en respuesta a las solicitudes de duplicados o correcciones de CRBA.  Con el fin de actualizar nuestros sistemas para este cambio, la Embajada suspenderá la adjudicación de CRBA desde el 1 al 18 de enero de 2011.

Las solicitudes de CRBA que se reciban durante ese periodo de tiempo serán procesadas a partir del 18 de enero.  Todos los servicios para el Reporte Consular de Nacimiento requieren citas.  Favor revisar las instrucciones y los documentos requeridos señalados en los enlaces a continuación.

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