Skip Global Navigation to Main Content
Skip Breadcrumb Navigation
Noticias Importantes

Información sobre visas para Artistas, Animadores, Presentadores y Atletas

Los artistas, animadores, presentadores y atletas interesados en actuar o presentarse en los Estados Unidos deben revisar cuidadosamente estos requisitos para obtener una visa:

Un artista o presentador puede viajar con una visa B si el viaje cumple con TODOS los siguientes requisitos:

  1. El programa es un programa cultural auspiciado por el gobierno del país que lo envía;
  2. El artista se presentará frente a una audiencia que no pagará por asistir;
  3. Los gastos del artista serán cubiertos en su totalidad por su gobierno y por ninguna otra fuente.

Un artista o presentador NO ES ELEGIBLE para viajar con una visa B si sus gastos son cubiertos parcialmente o en su totalidad por una fuente no gubernamental, incluso por el mismo viajero.  Sin embargo, puede solicitar una visa P.

Con una visa P, el auspiciante del viajero en los Estados Unidos debe presentar una solicitud  al Servicio de Inmigración y Ciudadanía del Departamento de Seguridad del Territorio Nacional en los Estados Unidos.  Recomendamos que inicie el proceso lo más temprano posible.  Hay varios tipos de visas P.  Por favor lea cuidadosamente la información en los vínculos que siguen para que decida cuál es el más apropiado para usted.    


P-A1 Internationally Recognized Athletes

P-1B Member of an Internationally Recognized Group

P-2 Individual Performer or Part of a Group Entering to Perform Under a Reciprocal Exchange Program

P-3 Artist or Entertainer Coming to Be Part of a Culturally Unique Program

Incremento de tarifas vigente desde el 13 de abril de 2012

Desde del 13 de abril del 2012, se estableció el pago de la nueva tasa consular para visas de no inmigrante.

Las nuevas tarifas son:


    $ 190.00 - Visas tipo H, L, O, P, Q, y R.
    $ 270.00 - Visas tipo E.
    $ 240.00 - Visas tipo K.
    $ 160.00 - El resto de categorias de visas incluyendo B-1/B-2, F, y J.


El incremento permite al Departamento de Estado recuperar los costos por conceptos de seguridad y otros procesos relacionados con las aplicaciones de visa

Nuevo procedimiento para solicitar visas de no inmigrante

La Embajada de los Estados Unidos en Quito y el Consulado General en Guayaquil se complacen en anunciar nuevos e importantes cambios en el proceso para solicitar visa de inmigrante o de no inmigrante.  Los cambios, que entraron en vigencia el 26 de septiembre del 2011, se traducen en ahorro de dinero y servicio más convenientes para los solicitantes.

Los cambios son los siguientes:

  • Los solicitantes ya no tienen que ir obligatoriamente a un banco para pagar la tasa consular.  Ahora pueden hacerlo por Internet con tarjeta de crédito en un sitio web seguro, sin recargo adicional.
  • Quienes deseen pagar en efectivo, aun podrán hacerlo, ingresando a la página web del Servicio de Visas de los Estados Unidos para obtener información sobre las instituciones que ofrecen este servicio.
  • Pueden programar su cita para la entrevista de forma gratuita, por Internet las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en la página web del Servicio de Visas de los Estados Unidos.
  • También pueden programar sus citas llamando al centro de atención al público o mediante Skype:

    En Quito: (2) 395-8770 (8 A.M. a 8 P.M.)
    En Guayaquil: (4) 259-6800 (8 A.M. a 8 P.M.)
    En Estados Unidos: 703-439-2331 (8 A.M. a 6 P.M.)
    Skype: usvisaecuador

    Ya no es necesario utilizar un PIN para acceder a este servicio.
  • Información general sobre la solicitud de visas está disponible de forma gratuita las 24 horas del día, los 7 días de la semana por Internet en el Servicio de Visas de los Estados Unidos y llamando al centro de atención al público o mediante Skype:

    En Quito: (2) 395-8770 (8 A.M. a 8 P.M.)
    En Guayaquil: (4) 259-6800 (8 A.M. a 8 P.M.)
    En Estados Unidos: 703-439-2331 (8 A.M. a 6 P.M.)
    Skype: usvisaecuador
  • Los pasaportes se entregan de forma gratuita en cualquiera de las 29 oficinas designadas de DHL en todo el Ecuador, o en el domicilio del solicitante por un cargo adicional.
  • El solicitante podrá monitorear la entrega del pasaporte por Internet.  

“Este cambio representa otra gran alianza con el Ecuador y agilita el proceso de solicitud de visa para los ecuatorianos” aseguró Jennifer Savage, Cónsul de los Estados Unidos en Quito. 

Noticia importante acerca del programa de visas de diversidad 2012

Los resultados del proceso de selección de las Visas de Diversidad 2012 (DV-2012) han sido anulados.  Los resultados anteriormente disponibles a través de la opción para la Verificación del Estado de la Solicitud (ESC, por sus siglas en inglés) en la página web del Departamento de Estado, dvlottery.state.gov, fueron publicados por error y son inválidos porque por un error de la computadora no representan una selección justa y al azar de los participantes, como requiere la ley de los Estados Unidos

Esto significa que se han revocado todos los avisos que informaban a los participantes que habían sido seleccionados para continuar con el proceso en el programa DV-2012; Todas las notificaciones a través de ESC en la página dvlottery.state.gov, no son válidas.

Se realizará un nuevo proceso de selección al azar con las solicitudes ingresadas originalmente en el programa DV-2012.   Las personas que enviaron solicitudes válidas a partir del 5 de octubre de 2010 al 3 de noviembre de 2010, no necesitan volver a enviar la solicitud, porque se incluirá en la nueva selección al azar.  El número de confirmación, necesario para averiguar el estado de la solicitud, sigue siendo el mismo.  No se están aceptando nuevas solicitudes para el programa DV-2012.

Se espera tener los resultados de la nueva selección al azar el 15 de julio de 2011, a través de la opción ESC en la página dvlottery.state.gov.

La Embajada lamenta cualquier inconveniente que esto pudiera haber causado.

Para mayor información y actualización en el programa DV-2012, favor ingrese a:

Página web de Diversity Visa Lottery

Página informativa sobre el Programa de Diversity Visa (DV) en la página web del Departamento de Estado

Aprobación de ESTA es ahora requerida para viajeros que utilizan el VWP

A partir del 20 de enero de 2010, las personas que viajan a los Estados Unidos bajo el Programa de Exención de Visa (VWP por sus siglas en inglés) requieren de una aprobación antes de abordar el avión hacia los Estados Unidos bajo el Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA por sus siglas en ingles).  ESTA es un sistema automático creado por el Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos (DHS por sus siglas en ingles) para determinar la elegibilidad de los visitantes a los Estados Unidos bajo el Programa de Exención de Visa (VWP).  Los residentes en el Ecuador con pasaportes de uno de los siguientes 36 países deben solicitar en línea una autorización de ESTA antes de viajar a los Estados Unidos:  Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Los Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, San Marino, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Corea del Sur, España, Suecia, Suiza y el Reino Unido.

Los viajeros pueden solicitar aprobación en la página web de ESTA del DHS.  La información requerida en la página web es la misma información solicitada en el formulario I-94W que los viajeros bajo el programa VWP en ruta a los Estados Unidos deben completar.  La sección de ayuda en la página web de ESTA dispone de varias opciones para varios idiomas, incluyendo el español.  Sin embargo, las respuestas en la solicitud deben ser proporcionadas en inglés.  Los viajeros deben estar advertidos de que las páginas web de terceros que ofrecen presentar la solicitud ESTA a cambio de un pago no están autorizados, asociados o afiliados de ninguna manera con el Departamento de Seguridad Interna o con el Gobierno de los Estados Unidos y, la utilización de servicios privados para solicitar la autorización de ESTA no agilitará la adjudicación de la aprobación.

Luego de haber completado la solicitud, el viajero recibe una respuesta casi inmediatamente y la información ingresada por el interesado es comunicada directamente a la aerolínea.  Es recomendable que los viajeros impriman la respuesta para mantener constancia del número de su solicitud ESTA.  Es también aconsejable que los viajeros bajo el programa VWP llenen la solicitud ESTA unas semanas antes de la fecha prevista para el viaje.  La aprobación ESTA es válida por 2 años o hasta que el pasaporte expire, lo que ocurra antes.