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Visas Empleados Domésticos
 

Requisitos:

Patrónes que califican para llevar a un empleado doméstico a los Estados Unidos en calidad de No-Inmigrante, para trabajar para ellos por una estancia temporal:

  1. Ciudadanos Americanos que reciden permanentemente fuera de los Estados Unidos, establecidos en un país extranjero y que visitarán los Estados Unidos temporarlmente, on en el caso de que su empleo en el extranjero requiera de tranferencias internacionales con duración de 2 años o más. También ciudadanos Americanos asignados en los Estados Unidos temporalmente, y quienes probablemente, como condición de su empleo, sean transferidos al extranjero nuevamente dentro de cuatro años.
  2. Extranjeros no-inmigrantes (portadores de visa no-inmigrante B1-B2, E, F, H, I,J, L, M, O, P, Q, R y TN) quienes se encuentran o están solicitando admisión temporal a los Estados Unidos.


Personas con residencia legal permanente en los Estados Unidos (“green card”) normalmente no están autorizadas para traer o dar trabajo a un empleado doméstico extranjero no-inmigrante en los Estados Unidos.

Los requisitos para una visa para empleados domésticos incluyen el comprobar que el empleado no tiene ninguna intencion de emigrar.  El Cónsul debe estar convencido de que el empleado doméstico va a regresar a México después de un período corto de trabajo en los Estados Unidos. Aunque los documentos del patrón apoyan la solicitud de visa, (tales como visas, trabajo, solvencia económica), es el empleado doméstico quien lleva la obligación de llenar los requisitos.

Además, se les notifica que si la visa es otorgada, quizá haya obligaciones de pagar impuestos, tanto federales como estatales, que ambos - el patrón como el empleado - deben cumplir. Una breve explicación se encuentra más adelante.

El patrón no tiene que presentarse para la entrevista con el empleado, sin embargo, el empleado debe mostrar que el patrón tiene permiso (visa) para ingresar a los Estados Unidos.  El solicitante debe mostrar que el patrón tiene los medios económicos para solventar los gastos asociados con el viaje, incluyendo el sueldo del empleado.

El solicitante (empleado) debe presentar un contrato entre empleado y patrón, fechado y firmado por ambos, que incluya los siguientes puntos.  En los Estados Unidos este contrato es un documento legal y obligatorio.

  1. Sueldo: El empleado debe recibir (por lo menos) el sueldo minimo federal o el sueldo que rija la respectiva localidad de los Estados Unidos donde trabajará, el que sea más alto, por un día laboral de ocho horas, más prestaciones correspondientes a empleados domésticos, tales como pago por horas extras, seguro, viaticos, casa y alimentos.  El contrato debe indicar cuanto va recibir el empleado en salario normal y por horas extras y cual será el horario de trabajo anticipada o el número de horas que trabajará cada semana.

    Desde el 24 de julio de 2009, el salario mínimo de los Estados Unidos fue USD 7.25 por hora, pero esta cifra puede cambiar en el futuro y algunos estados tienen salarios minimos más altos.

    Para visualizar los salarios mínimos de cada estado, visite el Departamento de Labor de los Estados Unidos.

    También, el contrato debe decir cual será el horario de trabajo y cuanto el empleado va a ganar por tiempo extra.  La ley de los Estados Unidos requiere que trabajadores reciban por lo menos 150% del salario normal por cada hora más de 40 en una semana.  Por ejemplo, pago por tiempo extra seriá por lo menos USD 10.88 por hora por un empleado que usualmente gana USD 7.25 por hora.
  2. Exclusividad de Empleo: El empleado se limita a trabajar exclusivamente para el patrón que se especifica en el contrato, cuyo nombre será anotado en la visa otorgada.
  3. Gastos del viaje: El patrón se compromete a proporcionarle al empleado alojamiento, alimentos y traslados. Estos costos no se deben deducir del salario del empleado.

Muy posiblemente ustedes tendrán la obligación de pagar impuestos.  Se le recomienda al patrón y al empleado leer la publicacion numero 926 del IRS (International Revenue Service o Servicio Tributario de Estados Unidos (PDF 1.2MB) para obtener información sobre sus respectivas responsabilidades tocante a impuestos.  En breve, se requiere que el empleado declare sus impuestos si el sueldo que se origina en los Estados Unidos, asciende o rebasa USD 1,500 en un año calendario.

Si llega a esta cantidad, el impuesto que se debe pagar equivale a 15.3% del sueldo, dividido por partes iguales entre el empleado  (7.65%) y el patrón (7.65%). La parte correspondiente al patrón paga el Seguro Social (6.2%) y Medicare (1.45%). El patrón debe investigar y cumplir con los requisitos de impuestos estatales también.

Vea un ejemplo de contrato (PDF 18.7KB).

Aun Tiene Dudas?

  • Dudas? (State Dept)

    Si después de revisar toda la información sobre visas de nuestro sitio, aún le quedan dudas como: 

    1. "Cómo aplico para una visa?"
    2. "Qué costo tiene la visa?"
    3. "Cuál es la diferencia entre las cuotas de adultos y menores?"

    Favor de llamar al: (999) 285-6000

    Si tiene un problema más específico como:

    1. "Pagué la cuota de los 4 miembros de mi familia pero el sitio de citas solo está reconociendo el pago de 3. Qué puedo hacer?"
    2. "Apliqué para mi visa hace dos semanas y el vicecónsul me dijo que estaba aprobada pero, el número de guía no aparece en el sitio de citas."

    Favor de enviar un e-mail a: contactus_es_MX@usvisa-info.com

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