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Tránsito (C1)

Para viajar a otro país por medio de los EE.UU.

Todos los ciudadanos residentes en Uruguay que viajen a otro país y deseen hacer tránsito en un aeropuerto de los Estados Unidos, deberán presentar una visa vigente para los Estados Unidos antes de abordar cualquier vuelo comercial.

Si la persona ya tiene una visa de Negocios/Turismo (B-1/B-2), no es necesario solicitar una visa de tránsito (C-1), ya que la visa de tipo B1/B2 le permite transitar por los Estados Unidos.

Documentación requerida:

  1. Un itinerario impreso (tenga presente que la posesión del pasaje, no es garantía de que se emita una visa)
  2. Una visa u otros documentos que demuestren que el solicitante será admitido en el país de su destino final
  3. Documentos generales de solicitud

Notas importantes:

  • Usted no está obligado a pasar todo el tiempo en la sala de tránsito. Sin embargo, sí deberá continuar su viaje dentro del tiempo especificado por la ley;
  • El Oficial Consular expedirá la visa de tránsito sólo si está convencido de que usted está viajando a Estados Unidos en tránsito hacia otro destino;
  • Los mismos requisitos respecto a su solvencia económica y la necesidad de comprobar la existencia de una residencia en el extranjero a la cual usted se vería obligado a regresar al Uruguay, aplican al momento de solicitar una visa de tránsito (igual que para solicitar cualquier otro tipo de visa de no-inmigrante). 

Visas