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Programa de Exención de Visas (Visa Waiver Program “VWP”)
 

Pasajeros de 36 países pueden ser elegibles para viajar a los Estados Unidos utilizando el Programa de Exención de Visa (VWP) por turismo, negocios o tránsito (vea listado abajo).

Para ingresar a los Estados Unidos bajo el programa de exención de visa usted deberá:

  • Poseer un pasaporte válido de un país perteneciente al Programa de Exención de Visas
  • Viajar por turismo, negocios o tránsito
  • Permanecer en los Estados Unidos no más de 90 días
  • Poseer un boleto de viaje de retorno o hacia otro país
  • Poseer un pasaporte válido por al menos 90 días desde la fecha de ingreso a los Estados unidos
  • Poseer una autorización de viaje ESTA

Desde el 26 de octubre de 2004, la ley estadounidense requiere que cada pasajero bajo el Programa de Exención de Visas (VWP, por su sigla en inglés) presente un pasaporte de lectura electrónica aun si es un pasaporte temporal o de emergencia, caso contrario debe solicitar una visa para ingresar a los Estados Unidos. Los pasajeros del programa VWP de Andorra, Bélgica, Brunei, Liechtenstein y Eslovenia han tenido la obligación de hacerlo desde 2003.

Si usted no tiene un pasaporte de lectura electrónica (MRP), debe solicitar una visa para los Estados Unidos de América.

Los pasaportes legibles por maquina (MRPs) emitidos entre el 26 de octubre de 2005 y el 25 de octubre de 2006, deberán incluir una fotografía digitalizada o un chip sin contacto que contenga los datos de la página de información biométrica del pasaporte.

Los pasaportes legibles por maquina (MRPs) emitidos después del 26 de octubre de 2006 deben incluir un chip sin contacto que contenga los datos de la pagina de información biométrica del pasaporte (e-Passport).

Los pasajeros bajo el programa WVP que tengan pasaportes legibles por maquina (MRPs) emitidos antes del 26 de octubre de 2005 no necesitan obtener nuevos pasaportes o visas para viajar a Estados Unidos. Esos pasaportes legibles por maquina (MRPs) serán válidos para ser usados en viajes bajo el programa WVP hasta que expiren.

Para mayor información visite el sitio "Programa de exención de visas" .

Nota importante:

  • Si sus planes de viaje terminan en Canadá, Méjico, las Bermudas o el Caribe, usted deberá ser un residente legal de uno de esos países.
  • Usted debe solicitar una visa si desea estudiar, trabajar o permanecer más de 90 días en los Estados Unidos
  • NO le será permitido el ingreso a los Estados Unidos bajo este programa si usted fue arrestado, posee un record criminal, ciertas enfermedades, le ha sido denegada la admisión, o ha sido deportado de los Estados Unidos, o por haber permanecido más del tiempo permitido para países del Programa de exención de visas.

Actualmente, 36 países participan en el Programa de Exención de Visas:

Listado de los Países

Alemania          Finlandia           Malta
Andorra            Francia             Mónaco
Australia           Grecia              Holanda
Austria             Hungría             Noruega
Bélgica             Irlanda              Nueva Zelanda
Brunei              Islandia             Portugal
Corea del Sur    Italia                 Reino Unido
Dinamarca        Japón                República Checa
Eslovaquia        Latvia                San Marino
Eslovenia          Liechtenstein      Singapur
España             Lituania              Suecia
Estonia             Luxemburgo        Suiza

El Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA)

El Sistema Electrónico para Autorización de Viajes es un nuevo programa completamente automatizado y electrónico para el control de pasajeros bajo el Programa de Exención de Visas (VWP), antes de iniciar su viaje a los Estados Unidos.

El programa ESTA será accesible a través de internet para ciudadanos de los países del Programa de Exención de Visas. ESTA pedirá a los solicitantes que proporcionen al Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés), sus datos biográficos básicos e información de elegibilidad para el programa de VWP. Esta información permitirá al CBP determinar, antes del viaje, si el solicitante tiene derecho a viajar bajo el VWP o si él viajero ya no es elegible para el programa o si representa un riesgo para la seguridad de los Estados Unidos.

Efectivo a partir del 8 de Septiembre de 2010, todas las solicitudes o renovaciones del Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje (ESTA) necesitaran cancelar una tarifa de $us. 14.00 mediante tarjeta de crédito o debito. Todos los registros de ESTA realizados antes de esta fecha mantendrán su validez. Para mayor información por favor visite la sección de ESTA dentro de la página web de Aduanas y Protección de Fronteras del Departamento de Seguridad Nacional.

Cómo Funciona el Sistema Electrónico para la Autorización de Viaje

Ingrese al sitio web de ESTA y complete un formulario de solicitud. Se recomienda a los viajeros hacer su solicitud con antelación a su viaje. El sistema electrónico solicitará al viajero que proporcione información biográfica básica y de elegibilidad que normalmente se solicita en el formulario I-94W.

Las solicitudes pueden ser realizadas con bastante anticipación antes del viaje, sin embargo, El Departamento de Seguridad Nacional (DHS por sus siglas en inglés) recomienda que las solicitudes sean hechas no menos de 72 horas antes de viaje. En la mayoría de los casos el viajero recibirá una respuesta en unos segundos con una de estas respuestas:

  • Autorización aprobada: Viaje autorizado.
  • Viaje no Autorizado: El viajero debe obtener una visa de no-inmigrante en una Embajada o un Consulado de los Estados Unidos antes de viajar a los Estados Unidos.
  • Autorización Pendiente: El viajero necesitará visitar el sitio web de ESTA para revisar si se ha actualizado la respuesta a su solicitud dentro de las 72 horas antes del viaje, hasta recibir una respuesta final.

Una Autorización aprobada para viaje vía ESTA, es:

  • Es la autorización requerida por todos los viajeros del programa de Exención de Visas antes de abordar un avión o un barco para viajar a los EE.UU. que entrará en vigencia obligatoria a partir del 12 de enero de 2009;
  • Es una autorización válida, a menos que hubiera sido revocada, por dos años o hasta que el pasaporte del viajero expire, cualquiera que ocurra primero;
  • Es una autorización válida para múltiples entradas a los EEUU. En el futuro, cuando se planeen otros viajes o si el destino o itinerario de un solicitante sean diferentes al primer viaje y posterior a la autorización aprobada por ESTA, estos datos pueden ser actualizados fácilmente en la página web de ESTA;
  • No es una garantía de admisibilidad a Estados Unidos en un puerto de entrada. La aprobación de ESTA sólo autoriza a un viajero a abordar un avión o barco para el viaje a los EEUU bajo el VWP. (Para información adicional, por favor visite la página web Securing America's Borders) y busque información "Para Visitantes Internacionales"

  • NUEVA TARIFA DE INMIGRANTE USCIS

    El Departamento de Estado y el Departamento de Seguridad Nacional trabajan juntos para completar su proceso de inmigración a los Estados Unidos.
    Para mayor información por favor visite el siguiente enlace(PDF 50KB)

  • Campaña Visas Trucha
    Campaña Visas Trucha

    Haga clic aquí para mayor información. (PDF 521 KB)

  • CAMBIO EN TARIFAS DE SOLICITUD DE VISA A LOS ESTADOS UNIDOS

    La Sección Consular informa al público en general, que a partir del viernes 13 de abril del 2012, el tarifario de tramitación de visados  será ajustado  con el fin de reflejar mejor los costes por la prestación de estos servicios. 
    Para mayor información por favor visite el siguiente enlace(PDF 54KB)