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Últimos Reportes de EE.UU.

Informe sobre la Trata de Personas 2012

Traducción Extraoficial

Panamá (Nivel 2)

Panamá es un país de origen, tránsito, y destino para hombres, mujeres y niños víctimas de la trata sexual y el trabajo forzado.  Aunque se ha reportado que algunas mujeres y niñas panameñas han sido víctimas  de trata sexual en otros países en el Hemisferio Occidental, la mayoría de las víctimas de trata de personas panameñas son explotadas dentro del país.  La mayoría de las víctimas de trata extranjeras encontradas en Panamá son mujeres adultas de Colombia, y, en menor grado, de países vecinos en América Central y la República Dominicana.  Algunas víctimas migran voluntariamente a Panamá a trabajar pero son posteriormente explotadas en la trata sexual mediante la industria de los espectáculos o en la servidumbre doméstica.  Durante el año, las autoridades identificaron a varias mujeres de Europa Oriental, que trabajaban en clubes nocturnos, como posibles víctimas de trata sexual.  Las ONG informan que algunos menores panameños, mayormente niñas jóvenes, son sujeto de servidumbre doméstica.  Algunos hombres y mujeres chinos han sido introducidos al país para trabajar en tiendas de víveres y lavanderías, aparentemente en situaciones de servidumbre por deuda.  

El Gobierno de Panamá no cumple a cabalidad con los estándares mínimos para eliminar la trata; sin embargo, está haciendo esfuerzos significativos para lograrlo.  Durante el año, las autoridades aprobaron una ley exhaustiva en contra de la trata de personas; aumentaron la cantidad de investigaciones de trata sexual; e identificaron una cantidad significativa de posibles víctimas de trata.  Sin embargo, el gobierno no brindó fondos para servicios especializados para las víctimas; no informó a cuantas víctimas se les brindó servicios; y por segundo año consecutivo, no condenó a ningún tratante.    

Recomendaciones para Panamá: Incrementar los fondos para servicios especializados a las víctimas, particularmente para víctimas adultas, posiblemente suministrando fondos para un albergue dedicado; intensificar los esfuerzos de aplicación de la ley en la investigación y el enjuiciamiento de delitos tanto de trata sexual como laboral, y condenar y sentenciar a los delincuentes involucrados en la trata de personas, incluyendo a funcionarios cómplices; fortalecer la capacitación suministrada por el gobierno a oficiales policiales, funcionarios de migración, trabajadores sociales y otros funcionarios gubernamentales en cuanto a leyes en contra de la trata de personas y sobre la identificación y atención a víctimas;  desarrollar lineamientos formales para identificar a las víctimas de trata de personas entre poblaciones vulnerables, particularmente las mujeres involucradas en la prostitución y los trabajadores migrantes, con el fin de estandarizar los esfuerzos de identificación de víctimas; aumentar el presupuesto y la capacitación de los oficiales policiales y fiscales involucrados en casos de trata en cuanto a la investigación de casos de trata de personas; y fortalecer los mecanismos de coordinación interinstitucional. 

Enjuiciamiento
El Gobierno de Panamá incrementó las investigaciones de delitos de trata de personas y fortaleció su marco legal durante el periodo del informe, a pesar de que no logró ninguna condena por trata de personas durante el año.  En enero 2012 , las autoridades promulgaron una ley que prohibió todas las modalidades de trata de personas, la cual dictaba condenas desde seis años de cárcel hasta treinta años, dependiendo de la naturaleza del delito.  Los castigos anteriores son suficientemente severos y van de acorde con los prescritos para otros delitos graves, tales como violación carnal.  La nueva ley también prohíbe el traslado de personas para fines de prostitución y adopción ilegal, delitos que no se consideran trata bajo el Protocolo de Trata de Personas de la ONU del año 2000.  Anteriormente, la ley panameña no tipificaba como delito el trabajo forzado.    

Durante el periodo del informe, las autoridades investigaron nueve casos de trata sexual e iniciaron el enjuiciamiento de cuatro imputados por trata.  Sin embargo, las autoridades informaron que ningún tratante fue condenado durante el año.  Durante el periodo del informe anterior, las autoridades iniciaron cinco enjuiciamientos pero no condenaron a ningún tratante.  Las autoridades mantuvieron una pequeña unidad de aplicación de la ley para investigar la trata sexual y delitos relacionados, pero la unidad seguía sin tener suficiente personal.  La fiscalía contra la delincuencia organizada continuó siendo responsable por los casos de trata, y aumentó su personal de dos a doce fiscales.  La falta de recolección sistemática de datos sobre delitos de trata de personas siguió siendo un impedimento.  Las  autoridades continuaron con el enjuiciamiento de seis ex funcionarios de migración por su participación en un posible caso de trata de personas.  Adicionalmente, los funcionarios abrieron investigaciones en contra de dos funcionarios de alto nivel en migración por su complicidad en delitos relacionados a la trata, sin embargo las acusaciones fueron desestimadas posteriormente.  En el 2011, el gobierno entrenó a 80 funcionarios de turismo en la identificación de víctimas de trata.  Otros funcionarios panameños participaron en capacitaciones sobre cómo investigar casos de trata dictadas por organizaciones internacionales y gobiernos extranjeros en colaboración con las autoridades panameñas.     

Protección
A pesar del incremento en la identificación de víctimas y los esfuerzos de funcionarios panameños, a título individual en asistir a algunas víctimas durante el año, virtualmente no existían servicios especializados para víctimas de trata en el país.   Las autoridades no emplearon procedimientos formales para identificar a víctimas de trata de personas entre la población vulnerable, tales como inmigrantes indocumentados  detenidos y personas involucradas en la prostitución.  Sin embargo, las autoridades que investigan delitos relacionados a drogas colaboraron con la fiscalía contra la delincuencia organizada al realizar allanamientos a los establecimientos dedicados al comercio sexual con el fin de asistir en la identificación de víctimas de trata.  Los funcionarios informaron que identificaron 80 posibles víctimas de trata pero no informaron cuántas de estas víctimas recibieron servicios.  Si bien las autoridades informaron que refirieron algunas víctimas a las ONG y otras instituciones que brindan servicios de atención, no queda claro si lo hicieron de forma sistemática.  Los servicios especializados para las víctimas de trata de personas seguían siendo inadecuados, y las autoridades no informaron haber brindado fondos a ninguna ONG para proveer servicios o albergue.  Algunas ONG y albergues gubernamentales para víctimas infantiles de abuso y violencia podían brindar servicios a víctimas infantiles de trata, pero no hubo informes de que lo hicieron en la práctica en el 2011.  En la ausencia de albergues para adultos, las autoridades observaron que podían albergar a víctimas adultas en hoteles dependiendo del caso, sin embargo, no informaron haberlo hecho en la práctica durante el año, y algunas víctimas identificadas por las autoridades tuvieron que pagar su propio alojamiento luego de ser rescatadas.   

Funcionarios informaron que las víctimas identificadas por oficiales de aplicación de la ley recibieron una evaluación psicológica, al igual que servicios médicos, psicológicos y legales, aunque estos servicios no fueron continuos.  No había servicios a largo plazo disponibles para las víctimas de trata de personas.   Las autoridades panameñas alentaban a las víctimas a asistir con las investigaciones y el enjuiciamiento de tratantes, aunque los oficiales informaron que era difícil obtener la participación de las víctimas en las investigaciones y no informaron cuántas víctimas asistieron durante el año.  La nueva ley en contra de la trata de personas brinda alternativas legales para no retornar a víctimas de trata de personas extranjeras a países donde podrían enfrentarse a penurias o represalias.  Sin embargo, las autoridades no brindaron información sobre la cantidad de víctimas, si hubiese, que recibieron dicha asistencia migratoria durante el periodo del informe.  Los oficiales de aplicación de la ley facilitaron la repatriación voluntaria de algunas víctimas extranjeras, pagando de su propio bolsillo los gastos de viaje en por lo menos un caso.  A las víctimas de trata de personas no se les penalizó por actos ilícitos cometidos como resultado directo de ser víctima de trata de personas.  Debido a la falta de lineamientos para identificación de víctimas, puede que no todas las víctimas extranjeras hayan sido identificadas antes de ser deportadas.

Prevención
Durante el periodo del informe, el Gobierno de Panamá, en conjunto con una organización internacional, mantuvo esfuerzos de prevención de la trata de personas mediante una campaña para crear conciencia sobre la explotación sexual comercial de niños y niñas.  La nueva ley estableció un comité contra la trata de personas, el cual se reunió dos veces durante el periodo del informe y empezó a preparar un plan de acción nacional en contra de la trata de personas.  El turismo sexual infantil está prohibido por ley, y las autoridades se aliaron con una ONG y con el sector turístico para crear conciencia de este problema.   Sin embargo, no se informó sobre investigaciones, enjuiciamientos, ni condenas de turistas sexuales infantiles durante el año.  El gobierno no realizó ningún otro esfuerzo para reducir la demanda por el sexo comercial, ni otra iniciativa para reducir la demanda de trabajo forzado. 

La narrativa de cada Informe sobre la Trata de Personas (Informe TP) contiene recomendaciones específicas para que un gobierno considere aplicarlas en el año venidero. Además de las recomendaciones específicas por país contenidas en la narrativa del Informe TP, el Departamento de Estado le ofrece a su gobierno un breve plan de acción derivado de esas recomendaciones. Tanto el plan de acción como las recomendaciones acompañantes tienen el propósito de ofrecer a los países orientación en lo que respecta a las normas mínimas que se describen en la Ley de Protección a las Víctimas de la Trata; estas normas son generalmente compatibles con las normas establecidas en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (el "Protocolo de Palermo").

Nivel Dos Plan de Acción para Panamá

A. Incrementar los fondos para servicios especializados a las víctimas, particularmente para víctimas adultas, posiblemente suministrando fondos para un albergue dedicado

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    • Capitalizando los esfuerzos de las ONG que brindan servicios a niños y niñas en riesgo, incluyendo algunas víctimas de trata, las autoridades podrían suministrar fondos para servicios especializados para víctimas de trata de personas adultas, que incluyan asistencia legal y psicológica, salud y rehabilitación.
    • En base a la cantidad significativa de víctimas de trata de personas que son mujeres adultas que han sido identificadas en el país, las autoridades podrían considerar suministrar fondos para un albergue dedicado para estas víctimas.

B. Intensificar los esfuerzos de aplicación de la ley en la investigación y enjuiciamiento de los delitos de trata tanto laboral como sexual, y condenar y sentenciar a los delincuentes involucrados en la trata de personas, incluyendo a los funcionarios cómplices; 

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    • Un incremento en los esfuerzos en este área podría demostrarse mediante una mayor cantidad de investigaciones, enjuiciamientos, y cuando sea apropiado, condenas.

C. Fortalecer la capacitación suministrada por el gobierno a oficiales policiales, funcionarios de migración, trabajadores sociales y otros funcionarios gubernamentales en cuanto a leyes en contra de la trata de personas y sobre la identificación y atención a víctimas;

  •  
    • Capitalizando las capacitaciones a los funcionarios de turismo en 2011 y en la participación en capacitaciones sobre trata de personas brindadas por organizaciones internacionales y gobiernos extranjeros, las autoridades podrían proveer a los funcionarios en todo el país capacitación e información sobre la trata de personas y cómo identificar a las víctimas y referirlas a servicios de atención.

D. Desarrollar lineamientos formales para identificar a las víctimas de trata de personas entre poblaciones vulnerables, particularmente las mujeres involucradas en la prostitución y los trabajadores migrantes, con el fin de estandarizar los esfuerzos de identificación de víctimas.

E. Aumentar el presupuesto y la capacitación de los oficiales policiales y fiscales involucrados en casos de trata en cuanto a la investigación de casos de trata de personas.

F. Y fortalecer los mecanismos de coordinación interinstitucional. 

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    • Las autoridades podrían fortalecer la comisión en contra de la trata mediante reuniones regulares.