Puede seguir trabajando y ganar sobre el límite anual de ganancias de trabajo y todavía recibir parte de sus beneficios.

Veamos algunos ejemplos: Digamos que recibe beneficios de Seguro Social por jubilación todos los meses durante el 2012 y

  • Es menor que la plena edad de jubilación durante todo el año. Tiene derecho a recibir $800 por mes en beneficios ($9,600 anuales).

Trabaja y gana $24,240 durante el año, ($9,600 sobre el límite anual de ganancias de trabajo de $14,640). Sus beneficios de Seguro Social se reducirían por $4,800.  Se retendrá $1de cada $2 que ganó sobre el límite anual de ganancias. Aun así recibiría $4,800 de sus $9,600 en beneficios para ese año ($9,600 - $4,800 = $4,800).

  • Cumple su plena edad de jubilación en agosto del 2012. Tiene derecho a recibir $800 por mes en beneficios ($9,600 anuales).

Trabaja y gana $62,000 durante el año, de los cuales ganó $40,890 durante los primeros 7 meses (enero a julio). (Estos son $2,010 sobre el límite anual de ganancias de trabajo de $38,880).

    • Sus beneficios de Seguro Social se reducirán por $670 hasta julio. Se retendrá $1 por cada $3 que ganó sobre el límite anual de ganancias. Aun así, recibiría $4,930 de sus $5,600 en beneficios durante los primeros 7 meses (enero a julio). ($5,600 - $670 = $4,930)

    • A partir de agosto del 2011, cuando cumpla la plena edad de jubilación, recibiría su beneficio completo, ($800 por mes), independientemente de lo que gane.

Cuando calculamos cuánto podemos retener de sus beneficios sólo tomamos en cuenta los salarios que obtiene por su trabajo o su ganancia neta si trabaja por cuenta propia. Se incluyen las  bonificaciones, comisiones y vacaciones. No tomamos en cuenta beneficios por pensiones, anualidades, ingresos por inversiones ni intereses, ni  beneficios por jubilación de veteranos, militares o del gobierno.

Además, mientras continúe trabajando y recibiendo beneficios, verificaremos su registro todos los años para ver si las ganancias de trabajo adicionales aumentan su beneficio mensual. Si existe un aumento le enviaremos una carta notificándole la nueva cantidad.

Además, una vez que cumpla la plena edad de jubilación, volveremos a calcular sus beneficios para darle crédito por los meses en los que no recibió beneficios debido a sus ganancias de trabajo. Enviaremos una carta notificándole cualquier aumento en sus beneficios.

Si tiene derecho a recibir beneficios por jubilación este año y aún trabaja, puede utilizar la Calculadora de límites de ganacias* para ver cómo esas ganancias afectarán sus beneficios.