Le sugerimos que se familiarice con cada proceso de adopción, ya que hay diferencias importantes. Una agencia de adopción le podrá ayudar a la colocación de la adopción, pero no lo puede representar ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) ni aconsejarle sobre los aspectos legales de inmigración del niño. Si desea representación con los procesos de adopción, debe considerar la intervención de un abogado. Leyes El proceso de adopción internacional está gobernado por tres grupos diferentes de leyes: - Ley federal de los EE.UU.
- Las leyes del país de nacimiento del niño.
- Las leyes del lugar donde reside (estado/territorio de EE.UU. o país en el extranjero).
Procesos Existen tres procesos diferentes para inmigrar a su hijo adoptado. - Adopciones según la Convención de la Haya
- Adopciones de huérfanos (fuera de la Convención de la Haya)
- Inmigración de otros niños adoptados
Estudios del hogar Los estudios del hogar son muy importantes para el proceso de adopción internacional. Vea el enlace “Información sobre el estudio del hogar” que aparece a la izquierda de la página, para aprender: - ¿Qué es un estudio del hogar?
- ¿Quién puede realizar un estudio del hogar?
- ¿Cuáles son los requisitos para el estudio del hogar?
Cuándo contactarnos Estamos comprometidos a decidir los casos lo más pronto posible. Sobre información del tiempo que podría tomar su caso, vea el enlace “Tiempos de tramitación" que aparece a la derecha de la página. Si no se ha decidido su caso dentro del plazo regular, debe contactarnos. Vea el enlace “Información de contacto para adopciones del USCIS” que aparece a la derecha de la página, para información de contacto. Después de la adopción El proceso no termina con la adopción. Asegúrese que entiende los requisitos de ciudadanía y cómo obtener la documentación de ciudadanía. Para más información, vea el enlace “Después de la aprobación” que aparece a la izquierda de la página.
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