Accesibilidad
- Descripción general
- Para obtener acceso alternativo a la información del sitio web
- Sinopsis de los requisitos de accesibilidad de la Sección 508
- Otros recursos
Descripción general
El Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de EE. UU. se compromete a facilitar el acceso a sus sitios web a la mayor audiencia posible, entre los que se incluyen personas con discapacidades. Según su misión, el HHS cumple al implementar las regulaciones de la Sección 508 de la Ley de Rehabilitación (en inglés) y la política de implementación de la Sección 508 de la secretaría del HHS (en inglés).
Para obtener acceso alternativo a la información del sitio web
En este momento, toda la información no archivada de womenshealth.gov debe ser accesible a través de lectores de pantalla y otras herramientas de accesibilidad.
- Si necesita un medio alternativo de acceso a cualquier información contenida en el sitio web de womenshealth.gov, comuníquese con nosotros. Necesitamos saber la naturaleza de su problema de accesibilidad, la dirección web de la información solicitada y su información de contacto.
- Si necesita convertir documentos PDF, Adobe® ofrece herramientas de conversión en su Centro de Recursos de Accesibilidad.
Sinopsis de los requisitos de accesibilidad de la Sección 508
La Sección 508 (en inglés) exige que los organismos federales garanticen que las personas con discapacidades que son miembros del público o empleados federales tengan acceso y usen tecnologías electrónicas y de información (Electronic and Information Technology, EIT), de manera similar a la que se brinda a personas sin discapacidades, a menos que se imponga una carga indebida al organismo. Los requisitos de la Sección 508 se aplican a la adquisición de EIT por parte del organismo, además del desarrollo, mantenimiento o uso de EIT por parte de este.
Si bien los organismos federales tienen una obligación legal explícita de cumplir con la Sección 508 en cuanto a todas las tecnologías electrónicas y de información (EIT) que desarrollan, adquieren, mantienen o usan, las personas sólo podrán presentar quejas o demandas para hacer cumplir los requisitos de la Sección 508 con respecto a los sistemas de EIT adquiridos o utilizados el 21 de junio de 2001 o después de esta fecha. Obtenga más información en el dictamen final de la Normativa Federal de Adquisición (Federal Acquisition Regulation, FAR) (PDF, 64 KB) (en inglés). Los requisitos de la Sección 508 no se aplican de manera retroactiva a la EIT preexistente. Sin embargo, como los organismos cambian y actualizan sus tecnologías electrónicas y de información, deben cumplir con las normas. Específicamente, las normas de accesibilidad de las tecnologías electrónicas y de informática: Evaluación económica (en inglés) establecen lo siguiente:
“Las normas se deben aplicar de manera prospectiva y no exigen que los organismos federales mejoren sus tecnologías electrónicas y de información existentes. A medida que los organismos cambian y actualizan sus tecnologías electrónicas y de información, deben cumplir con las normas”.
Sin embargo, se debe tener en cuenta que los organismos federales tienen otras responsabilidades, según lo dispuesto en la Sección 501 y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación. Estas secciones exigen que los organismos brinden un entorno razonable a los empleados con discapacidades, que brinden acceso al programa a los miembros del público con discapacidades y que tomen otras medidas necesarias en sus programas, para evitar la discriminación por discapacidad.
Otros recursos
- La Oficina de Discapacidad del HHS (en inglés) (Office on Disability, OD) supervisa la implementación de la Sección 508 en el HHS. Visite este sitio para obtener más información sobre las actividades y el liderazgo de la OD.
- La página de inicio de la Sección 508 de la Junta de Acceso de EE. UU. (en inglés) brinda información sobre la ley Sección 508, preguntas frecuentes y normas.
- La página de inicio de la Sección 508 (en inglés) brinda herramientas, recursos, normas y noticias sobre la Sección 508.
Contenido revisado el 27 de octubre de 2010.
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