Antecedentes
Lifeline es un programa de
beneficios del gobierno que otorga descuentos en el servicio
telefónico mensual a consumidores elegibles, de bajos recursos.
Este programa ayuda a asegurar que esas personas tengan las
oportunidades y resguardos otorgados por los servicios
telefónicos, incluyendo la habilidad de conectarse con el trabajo,
la familia y los servicios 911. Lifeline cuenta con el respaldo
del Fondo de Servicio Universal (Universal Service Fund, USF
por sus siglas en inglés). Para obtener más información sobre el
USF, visite
www.fcc.gov/encyclopedia/universal-service-fund (en inglés).
¿Qué beneficios están disponibles en base
al Programa Lifeline?
Lifeline otorga
descuentos a los consumidores elegibles, en su servicio telefónico
mensual (de planta fija o celular). Estos descuentos alcanzan a
unos $9.25 mensuales en promedio y podrían ser mayores,
dependiendo de cada estado. Las normas federales prohíben otorgar
más de UN servicio Lifeline a la vez, a los consumidores elegibles
por bajos ingresos. Esto significa que los consumidores elegibles
por bajos ingresos podrán recibir un descuento Lifeline ya sea en
su servicio telefónico de planta fija o celular, pero no en ambos
a la vez. Adicionalmente, sólo se puede obtener UN servicio
Lifeline por unidad familiar. Se define ‘‘unidad familiar’’ como
cualquier individuo o grupo de individuos que viven juntos en el
mismo domicilio, como una unidad económica. Se define ‘‘unidad
económica’’ como ‘‘todos los individuos adultos que contribuyen y
comparten el ingreso y los gastos de una unidad familiar”. El
subsidio Lifeline está disponible para consumidores elegibles por
bajos ingresos que residen en instalaciones de vivienda
compartida. En el momento de inicio de su inscripción, los
postulantes a Lifeline pueden demostrar que cualquier otro
beneficiario de Lifeline que vive en ese mismo domicilio es
miembro de una unidad familiar distinta.
En algunos casos, Lifeline
también incluye
Servicio de Limitación de la Larga Distancia (Toll Limitation
Service, en inglés) el que permite a un suscriptor telefónico
limitar el número de llamadas de larga distancia que puede
realizar desde un teléfono en particular.
Link Up
proporciona --a consumidores de bajos ingresos, elegibles y que
residen en territorios tribales
(Tribal Lands, en inglés)-- un descuento por una sola
vez, de hasta $100 en la instalación o activación de un teléfono
de planta fija o celular para la residencia principal. El programa
Link Up para territorios tribales (Tribal Lands Link Up,
en inglés) también permite a los consumidores pagar la cantidad
restante adeudada, en un calendario diferido, sin cobro de
intereses. Las normas federales prohíben que los consumidores
elegibles por bajos ingresos reciban más de UN SOLO descuento Link
Up en su residencia principal. Los consumidores elegibles pueden
ser elegibles para Link Up nuevamente sólo tras mudarse a otra
residencia principal. El subsidio Link Up sólo se ofrece a
proveedores que están desarrollando infraestructura en territorios
tribales, de manera que no todos proveedores pueden aplicar
descuentos a sus tarifas de activación.
Se proporcionan beneficios
mejorados a consumidores de bajos ingresos que viven en
reservaciones, pueblos o colonias, reconocidos federalmente como
Tribales Indígenas; en una antigua reservación en Oklahoma; en una
adjudicación indígena; en una región nativa de Alaska establecida
por la ley sobre reclamos de asentamientos de los habitantes
autóctonos de Alaska
(Alaska Native Claims Settlement Act, en inglés) o en territorios
hawaianos (Hawaiian Homelands, en inglés) mantenidos en
fideicomiso de acuerdo a la ley de la comisión de vivienda de
Hawaii, de 1920 (Hawaiian Homes Commission Act of 1920,
en inglés). Para obtener más información, vea nuestra guía para el
consumidor dedicada a la promoción de la suscripción telefónica en
territorios tribales
promoción de la suscripción telefónica en
territorios tribales.
¿Qué me hace elegible para descuentos Lifeline?
El programa Lifeline está
disponible --para los consumidores de bajos ingresos que sean
elegibles-- en todo estado, territorio, mancomunidad y territorio
tribal. Para inscribirse, usted debe ser elegible. Para participar
en el programa, los consumidores deben: recibir un ingreso igual o
por debajo del 135% del nivel de pobreza establecido por las
pautas
federales de pobreza (Federal Poverty Guidelines, en
inglés) o participar en uno de
los siguientes programas de asistencia:
¿Quién financia el Programa Lifeline?
Todos los proveedores de
servicios de telecomunicaciones, y algunos otros proveedores del
sector de telecomunicaciones deben contribuir con el programa
federal USF en base a un porcentaje de sus ganancias derivadas de
los usuarios finales de telecomunicaciones. Entre estas compañías
se cuentan las proveedoras de servicios telefónicos de línea fija;
servicios de telefonía móvil y ciertos proveedores de telefonía
por Internet
(Voice over Internet Protocol, VoIP, por sus siglas en
inglés).
Es posible que algunos
consumidores noten que se incluye un cargo por concepto de
“Servicio Universal” (Universal Service, en inglés) en el
detalle de sus cuentas telefónicas. Este cargo aparece cuando una
empresa opta por recuperar sus contribuciones al USF directamente
de sus clientes, cobrándoles dicho cargo. La FCC no exige que este
cargo sea traspasado a los clientes. Cada compañía efectúa una
decisión de negocios respecto a cobrar o nó --y de qué forma
determinar-- dichos cargos, para recuperar sus costos derivados
del Servicio Universal.
¿Puedo obtener descuentos en más de un
servicio?
Nó. Las normas del gobierno de
Estados Unidos prohíben otorgar más de UN descuento Lifeline por
unidad familiar. Cada consumidor elegible puede optar por un
descuento, ya sea en su servicio telefónico fijo o móvil, pero no
en ambos. Si usted o algún otro miembro de su unidad familiar
reciben actualmente más de un servicio mensual con descuento
Lifeline, usted debe optar por uno de los proveedores para recibir
su servicio Lifeline y debe contactar al otro proveedor para
suspender la recepción de su servicio. Si se comprueba que algún
consumidor ha transgredido esta norma, éste también podría ser
sometido a penas criminales y/o civiles. Entre las disposiciones
clave de las normas Lifeline figuran las siguientes:
-
Lifeline es un programa de beneficios
otorgado por el gobierno.
-
Sólo los consumidores elegibles pueden
inscribirse en este programa.
-
El programa está limitado a un solo beneficio
por unidad familiar.
-
El servicio Lifeline no es un beneficio transferible. Los consumidores no pueden transferir su servicio (o dar su teléfono subsidiado por Lifeline) a ningún otro individuo, incluyendo otros consumidores elegibles.
-
En la mayoría de los casos, a los consumidores se les exigirá proporcionar documentación que pruebe que el suscriptor o uno o más dependientes de la unidad familiar del suscriptor son elegibles para recibir el subsidio Lifeline.
Una vez que se inscriban en el
programa Lifeline, a los consumidores se les exigirá efectuar
ciertas certificaciones y luego de eso, repetirlas cada año. Entre
las certificaciones figuran las siguientes:
-
El suscriptor o un miembro de la unidad del suscriptor, incluyendo sus dependientes, participan en un programa federal que les hace elegibles o cumplen con los requisitos, por ingreso, para Lifeline.
-
El consumidor proporcionó prueba de elegibilidad –en caso de ser requisito.
-
La unidad familiar del consumidor sólo recibe
un servicio Lifeline.
-
Si postula a Lifeline en base a su ingreso, indicar el número de personas que habita en la residencia del consumidor como parte de esa unidad familiar.
-
En base a lo que ha podido verificar el consumidor, la información contenida en la postulación Lifeline es veraz y correcta, y el consumidor está consciente de que proporcionar información falsa o fraudulenta para recibir beneficios Lifeline es una falta castigada por la ley.
-
Si está postulando al subsidio Lifeline para territorios tribales, el consumidor reside en territorios reconocidos por el Gobierno Federal como territorios tribales (Tribal Lands, en inglés).
-
El consumidor debe reconocer que a él/ella se le podría exigir la recertificación de elegibilidad para Lifeline, para continuar recibiendo dicho subsidio, y que si el consumidor no cumple con eso, podría perder el servicio Lifeline.
Al consumidor también se le
exigirá proporcionar cierto tipo de información a la compañía
telefónica o a una agencia estatal (dependiendo de la forma como
los consumidores se inscriban para recibir Lifeline en cada estado
en particular), incluyendo:
-
Nombre y domicilio – Los consumidores que no cuentan con una residencia permanente deben proveer un domicilio temporal, que no puede ser una casilla de correos (P.O. Box, en
inglés). Si un consumidor reside en un domicilio temporal, el proveedor de servicios teléfonicos o la agencia estatal podrían exigir la confirmación de ese domicilio.
-
Fecha de nacimiento y los últimos 4 dígitos del número de seguro social del consumidor (Social Security Number, SSN, por sus siglas en inglés).
-
Los consumidores que participan en el programa Lifeline deben notificar al proveedor de servicios telefónicos dentro de 30 días, si cambian de domicilio.
-
Los consumidores que participan en el programa Lifeline deben notificar al proveedor de servicios telefónicos dentro de 30 días, si ellos dejan de ser elegibles para Lifeline.
Algunas preguntas y respuestas
acerca del Programa Lifeline
¿Soy elegible?
Para averiguar si usted es elegible, use la herramienta de
Preselección de Elegibilidad para Lifeline (Lifeline
Eligibility Pre-Screening tool, en inglés) disponible en el
sitio web de la Compañía
Administrativa del Servicio Universal (Universal Service
Administrative Company, USAC, por sus siglas en inglés).
¿Cómo me inscribo?
Postule a Lifeline mediante su compañía telefónica local o por la
agencia asignada en su estado. Para localizar a algún proveedor de
Lifeline en su estado visite
www.lifelinesupport.org (en inglés).
¿Cómo verifico mi elegibilidad?
Necesitará documentación que verifique su elegibilidad para el
programa (Program Eligibility Verification, en inglés). – Entre
los documentos aceptables figuran: la cartola de beneficios del
año en curso o anterior de algún programa que lo haga elegible; la
carta de notificación de su participación en un programa que lo
haga elegible; documentos (o copia de ellos) de su participación
en un programa; o algún otro documento oficial de un programa que
lo haga elegible. Entre los documentos aceptables para la
Verificación de Elegibilidad por Ingreso, figuran: el recibo de
devolución de impuestos estatales, federales o tribales, del año
anterior; la actual cartola de ingresos o talón de cheque
entregados por su empleador; su cartola de beneficios del seguro
social (Social Security en inglés); la cartola de beneficios de la
administración de beneficios de los veteranos (Veterans Benefits
Administration, en inglés); cartola de beneficios de jubilación;
cartola de beneficios de compensación por desempleo (Unemployment
o Worker’s Compensation, en inglés); carta del gobierno federal o
tribal, notificando su participación en un programa de asistencia
general (General Assistance, en inglés); decreto de divorcio,
asignación de manutención de niños o cualquier otro documento
oficial que contenga información de ingresos. El consumidor debe
presentar el mismo tipo de documentación, cubriendo tres meses
consecutivos dentro de los últimos 12 meses, si la documentación
de ingresos no cubre un año completo.
¿Necesito verificar mi
elegibilidad todos los años? Sí. Todos los años. Una vez que se ha
inscrito en Lifeline, usted debe verificar anualmente su
elegibilidad. Su proveedor de servicios le contactará para
reconfirmar que usted sigue siendo elegible. Si usted no
reconfirma su elegibilidad, podría perder su beneficio Lifeline.
Si usted deja de ser elegible para este beneficio, ya sea porque
sus ingresos han aumentado o usted ya no es elegible para un
beneficio gubernamental o alguna otra persona de su unidad
familiar ha obtenido algún servicio Lifeline, usted debe
contactarse inmediatamente con su proveedor para eliminar su
inscripción del programa. De lo contrario, usted se expone a
recibir penas.
¿Cuál es la definición de
“unidad familiar”, en términos del Programa Lifeline? Se define
unidad familiar (household, en inglés) como cualquier individuo o
grupo de individuos que viven juntos en el mismo domicilio y
comparten ingresos y gastos. Lifeline otorga un descuento por
unidad familiar. Mediante la herramienta de Preselección de
Elegibilidad para Lifeline, disponible en
www.lifelinesupport.org
(en inglés) usted puede determinar quién se considera como miembro
de su unidad familiar.
¿Qué hago si estoy recibiendo
más de un servicio Lifeline? Las unidades familiares con servicios
Lifeline duplicados (de planta fija y/o celular) deben elegir a un
solo proveedor y eliminar su inscripción en los programas Lifeline
restantes. Los consumidores que transgredan la norma de un
servicio Lifeline por unidad familiar pueden ser objeto de penas
criminales y/o civiles.
¿El servicio telefónico debe
estar a nombre de la persona que recibe el beneficio del programa?
El servicio telefónico no necesita estar a nombre de la persona
que recibe el beneficio; sin embargo, la persona elegible para
Lifeline debe ser miembro de la misma unidad familiar que el
suscriptor.
¿Qué ocurre cuando mi servicio
Lifeline es gratuito? Si usted recibe algún servicio Lifeline
gratuitamente, usted debe usar su servicio cada 60 días para
mantener ese beneficio.
Para mayor información
Para obtener más información
acerca de los requisitos de elegibilidad y sobre cómo postular a
los beneficios Lifeline y Link Up, usted puede visitar
el sitio web de la
Compañía Administrativa de Servicio Universal (en inglés; Universal
Service Administrative Company, USAC, por sus siglas en
inglés);
también puede llamar al número gratuito de USAC (1-888-641-8722);
llamar al número gratuito de la FCC para el consumidor (1-888-CALL-FCC)
o contactarse con su compañía telefónica local.
Para obtener información acerca de otros
temas de telecomunicaciones, visite
el sitio web de la Oficina de
Asuntos Gubernamentales y del Consumidor o
póngase en contacto con el Centro del Consumidor de la FCC,
llamando al 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) de voz o al 1-888-TELL-FCC
(1-888-835-5322) TTY; enviando un fax al 1-866-418-0232 o
escribiendo a:
Federal Communications Commission
Consumer and Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, D.C. 20554.
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