*Por motivos administrativos, usted no empezará a recibir los beneficios
inmediatamente después de cumplir con estas condiciones. Como mínimo, su plan
dispondrá que empezará a recibir los beneficios a los 60 días de finalizado
el año del plan en el que usted cumpla con las condiciones. Asimismo, usted
debe presentar una solicitud siguiendo los procedimientos de su plan. (Consulte
el Capítulo 6).
En determinadas circunstancias, se pueden suspender los pagos de sus
beneficios si usted sigue trabajando después de haber cumplido la edad normal
para jubilarse. El plan deberá notificarle sobre la suspensión de los pagos
durante el primer mes calendario o el periodo de nóminas en el que se retenga
los pagos. Esta información también debe incluirse en el Resumen de la
Descripción del Plan. Un plan debe informarle también sobre los procedimientos
que debe seguirse para solicitar una determinación anticipada acerca de si un
tipo determinado de reempleo podría causar la suspensión del pago de
beneficios. Si usted es jubilado y está considerando tomar algún empleo, tal
vez desee escribir al administrador de su plan y preguntarle si se suspenderían
sus beneficios.
La Tabla 7 muestra los requisitos generales que deberán haberse cumplido
cuando empiecen los pagos. A continuación se indican algunas variaciones
permitidas:
-
Aunque los planes de beneficios definidos y los planes de contribuciónes
fijas generalmente le permiten recibir beneficios sólo cuando usted cumple la
edad de jubilación del plan, algunos planes permiten la jubilación temprana.
-
Los planes 401(k) a menudo le permiten recibir el saldo de su cuenta cuando
usted deja su empleo. Los planes 401(k) pueden permitir distribuciones mientras
usted sigue trabajando si ha cumplido 59½ años o si tiene problemas
financieros.
-
Los planes de participación en las utilidades pueden permitirle recibir los
beneficios a los que usted ha adquirido derecho después de un número
determinado de años o cuando deje su empleo.
-
Una opción de jubilación por etapas permite a los empleados que están en
edad de jubilarse o cerca de esa edad reducir sus horas de trabajo a una jornada
parcial, recibir beneficios y seguir recibiendo fondos adicionales.
-
Los ESOP no tienen que pagar beneficios sino hasta un año después del año
del plan en el que usted se jubile o seis años después si usted deja el empleo
por motivos distintos a la jubilación, deceso o discapacidad.
Advertencia
-
Usted puede deber impuestos –y posiblemente multas por impuestos—
sobre su distribución si retira dinero antes de cumplir 59½ años, a menos
que transfiera el dinero a un plan IRA o a otro plan de jubilación con
calificación tributaria.
-
Si usted retira la totalidad o una parte de sus fondos de su cuenta antes
de cumplir la edad para jubilarse, tendrá menos beneficios de jubilación.
Las leyes federales establecen una fecha obligatoria antes de la cual usted
debe empezar a recibir sus beneficios de jubilación, aun cuando prefiriera
esperar un poco más. Por lo general, esta fecha de inicio obligatoria se fija
para el 1 de abril siguiente al año calendario en el que usted cumplió 70½
años o, si es después, cuando usted se jubile. Sin embargo, su plan puede
requerir que usted empiece a recibir las distribuciones aun cuando no se haya
jubilado a los 70½ años.
Si usted participa en un plan de beneficios definidos o en un plan de
contribuciónes fijas, el plan debe ofrecerle un beneficio en forma de una
anualidad de por vida, lo que significa que usted recibirá pagos periódicos
iguales, frecuentemente como un beneficio mensual, que seguirá recibiendo
durante el resto de su vida. Los planes de beneficios definidos y de
contribuciónes fijas también pueden ofrecer otras opciones de pago, de modo
que consulte el plan. Si usted participa en un plan de contribuciónes definidas
(que no sea un plan de contribuciónes fijas), el plan puede pagar sus
beneficios en una sola suma global y, asimismo, ofrecerle otras opciones,
incluyendo pagos durante un periodo (por ejemplo, 5 o 10 años) o una anualidad
con pagos mensuales en forma perpetua.
Si usted va a dejar de trabajar con su empleador antes de la edad de
jubilación, consulte el siguiente Capítulo.
En un plan de beneficios definidos o contribuciónes fijas, a menos que usted
o su cónyuge elijan de otro modo, la forma de pago incluirá un beneficio de
sobreviviente. Este beneficio de sobreviviente, llamado anualidad conjunta y de
sobreviviente calificada (qualified joint and survivor annuity en ingles o QJSA)
proporcionará pagos mientras usted y su cónyuge vivan. El pago del beneficio
que su cónyuge sobreviviente reciba debe equivaler por lo menos a la mitad del
pago del beneficio que usted recibió mientras vivieron juntos. Si usted opta
por no recibir el beneficio de sobreviviente, tanto usted como su cónyuge
deberán recibir una explicación escrita sobre la QJSA y, dentro de cierto
plazo, usted deberá presentar una renuncia escrita y su cónyuge firmar un
consentimiento escrito a la forma alternativa de pago sin el beneficio de
sobreviviente. Un notario o un representante del plan deberán certificar la
firma de su cónyuge.
En muchos planes 401(k) y otros planes de contribuciónes definidas se
establecen diferentes protecciones aplicables a los cónyuges sobrevivientes. En
general, en la mayoría de los planes de contribuciónes definidas, si usted
muere antes de recibir sus beneficios, su cónyuge sobreviviente
automáticamente los recibirá. Si usted desea elegir a un beneficiario
diferente, su cónyuge debe dar su consentimiento firmando una renuncia,
certificada por un notario o por un representante del plan.
Si usted era soltero(a) cuando se inscribió en el plan y posteriormente
contrajo matrimonio, es importante que lo informe a su empleador y / o al
administrador del plan y cambie su estado civil en el plan. Si no tiene un
cónyuge, es importante nombrar a un beneficiario.
Si usted o su cónyuge dejaron el empleo antes del 1 de enero de 1985, se
aplicarán normas diferentes. Para mayor información sobre tales normas,
póngase en contacto con el Departamento de Trabajo llamando al servicio
telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272).
Los planes 401(k) están autorizados –pero no obligados a– ofrecer
préstamos a los participantes. Los préstamos deben cobrar una tasa razonable
de interés y estar adecuadamente garantizados. El plan debe contener un
procedimiento para solicitar los préstamos y la política para otorgarlos. Los
montos de los préstamos se limitarán al 50% del saldo de su cuenta o $50,000,
la suma que resulte menor, que deberá reembolsarse en el término de 5 años o
15 años si se trata de un préstamo hipotecario.
Una vez más, los planes de contribuciónes definidas están autorizados –pero
no obligados– a proporcionar distribuciones en caso de dificultad financiera.
Consulte en el folleto de su plan si éste los permite y qué circunstancias
están consideradas como dificultades financieras.
Pasos a seguir
-
Averigüe cuándo y de qué forma puede recibir sus beneficios al jubilarse.
-
Llene las formas necesarias para actualizar información en su plan de
jubilación.
-
Notifique al plan de jubilación sobre cualquier cambio de domicilio o estado
civil.
-
Guarde todos los documentos, incluyendo los resúmenes de descripción del
plan, comunicaciones de la compañía y estados personales de beneficios.
-
Para obtener información sobre los impuestos, consulte la Publicación 575
del Servicio de Impuestos Internos (Pension and Annuity Income) en el sitio web
www.irs.gov/ y haga clic sobre “Publicaciones”.
Si usted deja de trabajar con un empleador antes de cumplir la edad para
jubilarse, el tipo de plan en el que participa determinará si usted puede o no
retirar sus beneficios y / o reinvertirlos en otro plan o cuenta con
calificación tributaria.
Si participa en un plan de beneficios definidos (distinto a un plan cash
balance), lo más probable es que deba dejar los beneficios en el plan de
jubilación hasta que sea elegible para recibirlos. Por lo tanto, es muy
importante que actualice su información personal con el administrador del plan
regularmente y se mantenga al tanto de cualquier cambio en la propiedad o
domicilio de su ex empleador.
Si usted participa en un plan cash balance, probablemente tendrá la opción
de transferir por lo menos una parte del saldo de su cuenta a una cuenta
personal de jubilación o al plan de un nuevo empleador.
Si deja de trabajar con su empleador antes de cumplir la edad para jubilarse
y participa en un plan de contribuciónes definidas (como un plan 401(k)), en
muchos casos podrá transferir el saldo de su cuenta del plan de su empleador.
-
Suma total – usted puede elegir si recibe sus beneficios en forma de un
único pago de su plan, retirando efectivamente el dinero de su cuenta. En estos
casos, es posible que deba pagar impuestos sobre el monto que recibe al igual
que una penalidad.
-
Reinversión en otro plan de jubilación – puede pedir a su empleador que
transfiera el saldo de su cuenta directamente al plan de su nuevo empleador si
aquél acepta dichas transferencias.
-
Reinversión en una cuenta IRA –puede pedirle a su empleador que transfiera
el saldo de su cuenta directamente a una cuenta personal de jubilación (IRA).
-
Si el saldo de su cuenta es inferior a $5,000 cuando usted deje al empleador,
el plan puede efectuar una distribución automática sin su consentimiento. Si
esta distribución es mayor a $1,000, el plan debe automáticamente reinvertir
los fondos en una IRA que éste seleccione, a menos que usted elija recibir un
pago por una suma global o reinvertirlo en una cuenta IRA que usted elija. El
plan debe en primer lugar enviarle una notificación permitiéndole hacer otros
arreglos, y debe seguir las normas referentes a qué tipo de cuenta IRA puede
utilizarse (es decir, no puede combinar la distribución con los ahorros que
usted ha depositado directamente en una cuenta IRA). Las reinversiones deben
efectuarse en una entidad que esté calificada para ofrecer planes personales de
jubilación. Asimismo, la IRA de reinversión debe tener inversiones destinadas
a mantener el principal. El proveedor de IRA no podrá cobrar un exceso de
gastos por dichos planes de lo que cobraría a sus otros clientes de planes
personales de jubilación.
A tener en cuenta: Si usted elige un pago por una suma global y no transfiere
el dinero a otra cuenta de jubilación (plan del empleador o IRA que no sea Roth
IRA) adeudará una multa por impuestos si tiene menos de 59½ años y no cumple
con ciertas excepciones. Además, tal vez tendrá menos con qué vivir durante
su jubilación. Transferir el saldo de su cuenta del plan de jubilación a otro
plan o a una IRA cuando deja su empleo protegerá las ventajas tributarias de su
cuenta y mantendrá los beneficios de jubilación.
Si usted deja a un empleador para el cual ha trabajado durante varios años y
regresa posteriormente, podrá contar esos años anteriores para la adquisición
de derechos. Por lo general, un plan debe conservar los créditos de servicio
que usted ha acumulado si deja a su empleador y luego regresa dentro de los
cinco años. Los créditos de servicio se refieren a los años de servicio que
cuentan para la adquisición de derechos sobre los beneficios de jubilación.
Dado que estas normas son muy específicas, debe leer cuidadosamente el
documento de su plan si está contemplando dejar por un breve periodo a su
empleador, y luego convérselo con el administrador de su plan. Si usted dejó
el empleo antes del 1 de enero de 1985, se aplicarán normas diferentes.
Si usted se jubila y luego regresa a trabajar para un ex empleador, deben
permitirle seguir acumulando beneficios adicionales, con sujeción a un límite
del plan sobre el total de años de servicio acreditados dentro del plan.
Pasos a seguir
-
Si usted deja a un empleador antes de jubilarse, averigüe si puede
reinvertir sus beneficios en un nuevo plan o en una cuenta IRA.
-
Si está dejando sus beneficios en el plan de su ex empleador, asegúrese de
mantener a su ex empleador al tanto de la información que le permita
ponerse en contacto con usted, y manténgase al tanto de la información de
contacto del empleador.
-
Si está considerando retirar sus beneficios como una suma global, averigüe
qué impuestos y multas deberá pagar, y planifique cómo reemplazará esos
ingresos de la jubilación.
Las leyes federales requieren que todos los planes
tengan un procedimiento escrito razonable para procesar su solicitud de
beneficios y los recursos de apelación si deniegan su solicitud. El Resumen de
la Descripción del Plan (SPD) debe incluir los procedimientos establecidos por
su plan para presentar solicitudes. Habitualmente, se llena la documentación
requerida y se presenta al administrador del plan, quien luego le comunicará
cuáles serán sus beneficios y cuando empezarán dichos beneficios.
Haciendo una reclamación y solicitando una apelación
Si se produjera un problema o controversia acerca de si usted califica para
recibir los beneficios o qué monto debería recibir, consulte en el plan qué
procedimiento debe seguir para presentar una solicitud. Las leyes federales
describen los siguientes requisitos para presentar solicitudes:
-
Una vez que presenta su solicitud, el plan puede demorar hasta 90 días para
tomar a una decisión o 180 días si el plan le notifica a usted que necesita
una prórroga.
-
Si deniegan su solicitud, usted debe recibir una notificación
escrita, que
incluya información específica sobre los motivos por los cuales acumularon su
solicitud y cómo se apela de la decisión denegatoria.
-
Usted cuenta con 60 días para solicitar una revisión total e imparcial de
su solicitud denegada, de acuerdo con el procedimiento de apelaciones del plan.
-
El plan puede demorar hasta 60 días para revisar su
apelación, así como
otros 60 días adicionales si le notifica a usted que necesita una prórroga.
Luego, debe enviarle una notificación escrita comunicándole si otorgó o
denegó la apelación.
-
Si la apelación es denegada, le proveerán una notificación escrita donde
le explicarán el motivo de la denegación, describirán cualquier instancia
adicional de apelación y le entregarán una declaración sobre los derechos que
le asisten a usted para pedir una revisión judicial de la decisión del plan.
Si considera que el plan no cumplió con los requisitos de ERISA, puede
solicitar ayuda legal si el plan deniega la apelación. También puede ponerse
en contacto con el Departamento de Trabajo para informarse sobre los derechos
que le corresponden en virtud de ERISA llamando al servicio telefónico gratuito
1.866.444.EBSA (3272).
Para mayor información sobre los procedimientos para presentar solicitudes,
consulte la publicación del Departamento de Trabajo “Filing a Claim for Your
Retirement Benefits” en www.dol.gov/ebsa o llame al servicio telefónico
gratuito 1.866.444.EBSA (3272).”
Pasos a seguir
-
Póngase en contacto con el administrador de su plan para obtener la
documentación que necesita para presentar una solicitud a fin de empezar a
recibir sus beneficios de jubilación.
-
Póngase en contacto con el Departamento de Trabajo (EBSA) llamando al
servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272) si tuviera alguna pregunta
acerca de su plan o los derechos que le corresponden de conformidad con ERISA.
En todo plan de jubilación, existen individuos o grupos de personas que
hacen uso de su propio juicio o criterio discrecional para administrar y manejar
el plan o que tienen la potestad de controlar o efectivamente controlan los
activos del plan. Estos individuos o grupos se denominan fiduciarios del plan.
La condición de fiduciario se basa en las funciones que la persona desempeña
para el plan, no sólo en el título de la persona.
Un plan debe nombrar por lo menos a un fiduciario en el documento escrito del
plan, o a través de un proceso descrito en el plan, que tendrá control sobre
las operaciones del plan. Este fiduciario puede ser identificado por cargo o
nombre. En algunos planes, puede ser un comité administrativo o el directorio
de la compañía. Habitualmente, los fiduciarios de un plan incluirán al
fideicomisario, a los gerentes de la inversión y al administrador del plan. Por
lo general, el administrador del plan es el punto inicial por excelencia para
obtener respuestas a las preguntas que usted podría tener acerca del plan.
Los fiduciarios tienen responsabilidades importantes y están sujetos a
determinadas normas de conducta porque actúan en representación de los
participantes del plan. Estas responsabilidades comprenden:
-
Actuar exclusivamente en pro de los intereses de los participantes del plan y
sus beneficiarios, con el único propósito de proporcionarles beneficios.
-
Ejecutar sus funciones con habilidad, prudencia y diligencia.
-
Cumplir con los documentos del plan (a menos que no sean coherentes con ERISA).
-
Diversificar las inversiones del plan.
-
Pagar solamente los gastos razonables derivados de la administración del
plan y la inversión de sus activos, y
-
Evitar conflictos de interés.
El fiduciario también tiene la responsabilidad de seleccionar a los
proveedores de inversión y las opciones de inversión y de monitorear su
desempeño. Algunos planes, como la mayoría de los planes 401(k) o los planes
de participación en las utilidades, pueden establecerse para permitir a los
participantes elegir las inversiones de sus cuentas (según algunas opciones de
inversión proporcionadas por el plan). Si el plan está establecido
adecuadamente para entregar a los participantes el control sobre sus inversiones,
entonces, el fiduciario no será responsable de las pérdidas resultantes de las
decisiones de inversión que tomen los participantes. Las normas del
Departamento de Trabajo brindan pautas destinadas a asegurar que los
participantes dispongan de suficiente información sobre las características
específicas de sus opciones de inversión para que puedan tomar decisiones
informadas. Esta información incluye:
-
Una descripción de cada opción de inversión, incluyendo las metas de
inversión, riesgo y características de rentabilidad;
-
Información sobre cualquier gerente de inversiones designado;
-
Una explicación de cuándo y cómo puede solicitarse cambios en las
inversiones, además de cualquier restricción sobre cuándo puede usted cambiar
de inversión;
-
Un estado de las tasas que pueden cargarle a su cuenta cuando cambie de
opciones de inversión o compre y venda inversiones; y
-
El nombre, dirección y número de teléfono del fiduciario del plan u otra
persona designada para proporcionar determinada información adicional a
solicitud.
También se debe incluir una declaración de que el propósito del plan es
seguir las normas del Departamento de Trabajo y que los fiduciarios podrán ser
eximidos de toda responsabilidad en caso de pérdidas que sean el resultado
directo y necesario de las instrucciones de inversión de un participante.
Los fiduciarios que no observan las normas de conducta requeridas pueden ser
responsables personalmente. Si el plan perdió dinero porque los fiduciarios no
cumplieron con sus deberes, éstos tendrían que restituir esas pérdidas o
cualquier ganancia obtenida por acciones indebidas. Por ejemplo, si un empleador
no envió las contribuciónes 401(k) de los participantes al plan, los
fiduciarios tendrán que restituir las contribuciónes al plan y cualquier
pérdida de ganancias, y devolver cualquier utilidad que hayan recibido
indebidamente. Los fiduciarios también podrán ser destituidos de sus cargos si
no siguen las normas de conducta.
Si usted aporta a su plan de jubilación mediante deducciones de su cheque de
pago, entonces el empleador debe seguir algunas normas para asegurarse de
depositar las contribuciónes a tiempo. Las leyes establecen que el empleador
debe depositar las contribuciónes de los participantes tan pronto como sea
razonablemente posible para separarlas de los activos de la compañía, pero a
más tardar el 15to. día hábil del mes siguiente al día de pago. En el
Informe Anual (Forma 5500), el administrador del plan deberá incluir
información respecto a si los depósitos de las contribuciónes se efectuaron a
tiempo. Para mayor información, consulte las “Ten Warning Signs that Your 401
(k) Contributions are Being Misused” del Departamento de Trabajo en
www.dol.gov/ebsa que presenta indicios de posibles demoras en los depósitos de
las contribuciónes.
Los fiduciarios del plan tienen una obligación específica de considerar las
tasas y gastos que pague su plan por sus operaciones. Las normas relativas al
fiduciario de ERISA, tratadas anteriormente, indican que los fiduciarios deben
establecer un proceso prudente para seleccionar alternativas de inversión y
proveedores de servicios para el plan, asegurarse de que las tarifas pagadas a
los proveedores de servicios y otros gastos del plan sean razonables
considerando el nivel y la calidad de los servicios prestados, seleccionar
alternativas de inversión que sean prudentes y adecuadamente diversificadas y
monitorear las alternativas de inversión y los proveedores de servicios una vez
que sean seleccionados para cerciorarse de que siguen siendo opciones adecuadas.
El plan puede deducir tasas de la cuenta de su plan de contribuciónes
definidas. Las tasas de administración e inversión del plan pueden deducirse
de su cuenta ya sea como un cargo directo o indirectamente como una reducción
de los rendimientos de inversión de su cuenta. Las tasas por servicios
individuales, como el procesamiento de un préstamo del plan o una ”Qualified
Domestic Relations Order,” también pueden cargarse a su cuenta.
Para mayor información, consulte el folleto del Departamento de Trabajo “A
Look at 401(k) Plan Fees” en el sitio web www.dol.gov/ebsa o llame al servicio
telefónico gratuito del Departamento de Trabajo en 1.866.444.EBSA (3272).
Paso a seguir
Como se indicó al inicio de este folleto, los empleadores no están
obligados a ofrecer un plan de jubilación y los planes pueden modificarse y /o
finalizar.
Las leyes federales establecen algunas medidas para proteger a los empleados
que participaron en planes que han terminado, tanto de beneficios definidos como
de contribuciónes definidas. Cuando un plan finaliza, los empleados
participantes deben adquirir el 100 por ciento de sus beneficios acumulados.
Esto significa que usted tiene derecho a todos los beneficios que haya ganado
hasta el momento del término del plan, incluso aquellos beneficios que no
adquirió y habría perdido si hubiera dejado de trabajar con el empleador. Si
el plan terminara parcialmente, por ejemplo, si su empleador cierra una
determinada planta o departamento dando como resultado el fin del vínculo
laboral con un porcentaje sustancial de los participantes del plan, los
empleados afectados deben adquirir de inmediato el 100 por ciento de los
beneficios en la medida en que el plan esté financiado.
El gobierno federal, a través del Pension Benefit Guaranty Corporation (PBGC),
asegura a la mayoría de planes privados de beneficios definidos. Si un plan de
beneficios definidos termina sin contar con suficientes fondos para pagar todos
los beneficios, el PBGC garantizará el pago de sus beneficios de jubilación
adquiridos hasta los límites fijados por ley. Para mayor información sobre las
garantías aplicables cuando un plan finaliza, póngase en contacto con el
Pension Benefit Guaranty Corporation llamando al servicio telefónico gratuito 1.800.400.7242 o visite el sitio web en www.pbgc.gov.
El PBGC no garantiza los beneficios de los planes de contribuciónes
definidas. Si usted participa en un plan de contribuciónes definidas que está
en proceso de finalizar, los fiduciarios y los fideicomisarios del plan deben
tomar medidas para mantener el plan hasta su finalización y el pago de los
activos.
Las normas de su plan y las opciones de inversión pueden cambiar si su
compañía se fusiona con otra compañía. Su empleador puede optar por fusionar
su plan con otro plan. Si su plan termina como resultado de la fusión, los
beneficios que usted haya acumulado no podrán reducirse. Usted debe recibir un
beneficio que sea por lo menos igual al beneficio al cual tenía derecho antes
de la fusión. En un plan de contribuciónes definidas, el valor de su cuenta
puede sin embargo fluctuar después de la fusión en base al desempeño de las
inversiones.
Se aplican normas especiales a las fusiones de planes de beneficios definidos
patrocinados por múltiples empleadores, que generalmente están bajo la
jurisdicción del PBGC. Póngase en contacto con el PBGC para mayor información.
En general, sus activos de jubilación no deberían correr ningún riesgo si
su empleador se declara en quiebra. Las leyes federales requieren que los planes
de jubilación financien adecuadamente los beneficios prometidos y mantengan los
activos del plan separados de los activos comerciales del empleador. Los fondos
deben mantenerse en fideicomiso o invertirse en un contrato de seguro. Los
acreedores del empleador no pueden reclamar los fondos del plan de jubilación.
Sin embargo, es una buena idea confirmar que cualquier aportación que su
empleador deduzca de su cheque de pago se envíe oportunamente al fideicomiso
del plan o al contrato de seguro.
Hechos importantes como quiebras, fusiones y adquisiciones pueden ocasionar
que los empleadores abandonen sus planes de cuentas personales (por ejemplo, los
planes 401(k)) sin dejar a un fiduciario encargado del manejo del plan. En esta
situación, los participantes frecuentemente tienen grandes problemas para
acceder a los beneficios que han ganado y no tienen a quien recurrir para que
respondan a sus preguntas. Los custodios como bancos, compañías de seguro y
compañías de fondos mutuos quedan en posesión de los activos de estos planes,
pero no están autorizados para dar por terminados los planes ni distribuir los
activos. En respuesta a esta situación, el Departamento de Trabajo emitió
normas para crear un proceso voluntario en el que el custodio liquide el negocio
del plan a fin de poder efectuar las distribuciones de los beneficios y
finalizar el plan. Puede hallarse información sobre este programa en el sitio
web del Departamento de Trabajo en www.dol.gov/ebsa.
Pasos a seguir
-
Si su ex empleador cierra la empresa, deberían haberse hecho los arreglos
necesarios para que un funcionario del plan quede a cargo del pago de los
beneficios y de otros negocios del plan.
-
Si usted tiene derecho a recibir los beneficios y no puede comunicarse con el
administrador del plan, póngase en contacto con EBSA llamando al servicio
telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272) o consulte por vía electrónica en
el sitio web http://askebsa.dol.gov.
-
Guarde un archivo con información sobre su plan y la compañía. Si la
compañía ya no existe con su anterior denominación, podría encontrar
información en un motor de búsqueda de Internet ingresando el nombre anterior
de la empresa. Si su plan ha sido abandonado, utilice la función de búsqueda
en el sitio web de EBSA, en www.dol.gov/ebsa, para averiguar si el custodio del
plan está finalizando el plan y la información que le permita ponerse en
contacto con el custodio.
-
Si su plan se fusiona con otro plan, asegúrese de leer las comunicaciones
sobre los cambios de su plan, incluyendo los cambios en los beneficios y las
opciones de inversión.
-
Si sus beneficios de jubilación permanecen con un ex empleador, manténgase
al corriente de cualquier cambio que introduzca su ex empleador, incluyendo
cambios de dirección, fusiones o nombre del empleador.
-
Si usted se traslada a otro lugar, indique al plan la nueva información para
contactarlo.
En general, su plan de jubilación está protegido contra reclamos de otras
personas. Los acreedores a los cuales usted debe dinero no pueden presentar
ningún reclamo contra los fondos que usted tiene en un plan de jubilación. Por
ejemplo, si usted deja a su empleador y transfiere su cuenta 401(k) a una cuenta
personal de jubilación (IRA), los acreedores en general no podrán acceder a
los fondos de IRA aun cuando usted se declare en quiebra.
Las leyes federales hacen una excepción en el caso de manutención familiar
y la división de bienes cuando se produce un divorcio. Un juzgado estatal puede
otorgar una parte o la totalidad de los beneficios de jubilación de un
participante a su cónyuge, ex cónyuge, hijo u otro dependiente. El receptor
nombrado en la orden se denomina el beneficiario alternativo. El juzgado expide
una orden judicial llamada orden de juzgado de familia, que puede tener la forma
de una sentencia emitida por un juzgado de primera instancia, un fallo u orden o
una aprobación del juzgado a un acuerdo de separación de bienes. La orden debe
decidir temas relacionados con la pensión para hijos menores, pensión
alimenticia del cónyuge divorciado o derechos sobre bienes gananciales, y debe
emitirse de conformidad con el derecho de familia del estado. El administrador
del plan determina si la orden es una orden calificada de un juzgado de familia
(QDRO) en virtud de los procedimientos del plan y luego notifica al participante
y al beneficiario alternativo. Si el participante sigue trabajando, una QDRO
puede requerir que el pago al beneficiario empiece cuando el participante cumpla
lo antes posible la edad de jubilación indicada en el plan o después de
cumplida dicha edad. Estas normas se aplican tanto a los planes de beneficios
definidos como a los planes de contribuciónes definidas. Para mayor
información, consulte la publicación de EBSA, “QDROs – The Division of
Pensions Through Qualified Domestic Relations Orders” disponible llamando al
servicio telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272) o consultando en el sitio
web www.dol.gov/ebsa.
Paso a seguir
Algunas veces, los administradores de los planes de jubilación, gerentes y
otras personas que intervienen en el plan cometen errores. Algunos ejemplos de
estos errores pueden ser:
-
El estado de su cuenta personal 401(k) regularmente llega atrasada o a
intervalos irregulares
-
El saldo de su cuenta no parece ser exacto
-
Su empleador no transmite su aportación al plan
puntualmente;
-
El administrador de su plan no le entrega ni le envía una copia del Resumen
de la Descripción del Plan, o
-
Sus beneficios son calculados en forma incorrecta.
Es importante que usted sepa que puede hacer el seguimiento a un posible
error sin temor de ser objeto de alguna sanción. La ley prohíbe que los
empleadores despidan o impongan alguna acción disciplinaria a los empleados
para evitar pagar un beneficio, como represalia porque un empleado ejerce
cualquiera de los derechos contemplados en un plan o en la ley federal de
jubilación (ERISA) o por dar información o su testimonio en alguna indagación
o proceso relacionado con ERISA.
Empiece con su empleador y / o administrador del plan
Si encuentra un error o tiene alguna pregunta, en muchos casos puede comenzar
buscando información en su Resumen de la Descripción del Plan. Además, puede
ponerse en contacto con su empleador y / o el administrador del plan y pedirles
que le expliquen lo que ha sucedido y / o hacer la corrección correspondiente.
Sí, usted tiene derecho a entablar una acción legal contra su plan y sus
fiduciarios para hacer valer o esclarecer sus derechos de conformidad con ERISA
y su plan en las siguientes situaciones:
-
Apelar una solicitud denegada de beneficios después de agotar el proceso de
revisión de solicitudes de su plan.
-
Cobrar los beneficios que le adeuden.
-
Esclarecer su derecho a beneficios futuros.
-
Obtener documentos del plan que anteriormente solicitó por escrito, pero que
no recibió.
-
Resolver el incumplimiento de las funciones del fiduciario de una plan, o
-
Impedir que el plan continúe incurriendo en un acto o práctica que viola
los términos del plan o ERISA.
La Administración para la Seguridad de los Beneficios del Trabajador (EBSA)
del Departamento de Trabajo de los EE.UU. es la entidad responsable de hacer
cumplir las disposiciones de ERISA que rigen la conducta de los fiduciarios de
los planes, la inversión y la protección de los activos de los planes, la
generación y divulgación de información sobre los planes y los derechos a los
beneficios y responsabilidades de los participantes.
Sin embargo, no todos los planes de jubilación están cubiertos por ERISA.
Por ejemplo, los planes del gobierno federal, estatal o local y los planes de
algunas iglesias no están cubiertos.
El Departamento de Trabajo aplica las leyes mediante la resolución informal
de las controversias relacionadas con los beneficios, la conducción de
investigaciones y la solicitud de corrección de violaciones de la ley,
incluyendo el inicio de litigios cuando sea necesario.
El Departamento cuenta con asesores en materia de beneficios de jubilación
abocados a prestar asistencia individual a los participantes y beneficiarios.
Los participantes recibirán información sobre los derechos y responsabilidades
que les corresponde bajo la ley y ayuda para obtener los beneficios a los que
tienen derecho.
Póngase en contacto con el asesor de beneficios llamando al servicio
telefónico gratuito 1.866.444.EBSA (3272) o consultando por vía electrónica
en el sitio web http://askebsa.dol.gov.
Pasos a seguir
Póngase en contacto con EBSA del Departamento de Trabajo si tuviera alguna
pregunta con respecto a ERISA, si necesita ayuda para obtener un beneficio o:
-
Si considera que su solicitud de beneficios ha sido injustamente denegada o
que su beneficio fue calculado en forma incorrecta;
-
Si tiene información de que los activos del plan están siendo mal
administrados o mal utilizados;
-
Si considera que los fiduciarios del plan están actuando indebidamente; o
-
Si piensa que su empleador se ha demorado en depositar sus contribuciónes (consulte
el Capítulo 7).
El Pension Benefit Guaranty Corporation (PBGC) es una organización creada
por autorización federal que garantiza el pago de algunos beneficios de
pensión en la mayoría de planes privados de beneficios definidos cuando dichos
planes finalizan con fondos insuficientes para pagar los beneficios.
Puede ponerse en contacto con el PBGC en:
Pension Benefit Guaranty Corporation
1200 K Street, NW
Washington, DC 20005-4026
Teléfono: 202.326.4000
Servicio telefónico gratuito: 1.800.400.PBGC (7242)
www.pbgc.gov
El Servicio de Impuestos Internos del Departamento del Tesoro es responsable
de las normas que conceden beneficios tributarios tanto para los empleados como
para los empleadores en relación con los planes de jubilación, incluyendo los
requisitos de adquisición de derechos y distribución de beneficios. El IRS
mantiene una línea de asistencia al contribuyente para los planes de
jubilación en el servicio telefónico gratuito 1.877.829.5500. El centro de
llamadas está abierto al público de lunes a viernes.
Plan 401(k) – En este tipo de plan de contribuciónes
definidas, el empleado puede hacer contribuciónes de su cheque de pago antes de
la deducción de impuestos. Las contribuciónes se destinan a una cuenta 401(k)
y el empleado a menudo elige las inversiones en base a las opciones propuestas
por el plan. En algunos planes, el empleador también hace contribuciónes, que
son paralelas a las contribuciónes del empleado, hasta un determinado
porcentaje. Los planes SIMPLE y Safe Harbor 401(k) tienen requisitos adicionales
de contribuciónes para los empleadores y de adquisición de derechos sobre los
beneficios.
Acumulación de beneficios – El monto de beneficios
acumulados de conformidad con el plan.
Plan cash balance – Un tipo de plan de beneficios
definidos que incluye algunos elementos que son similares a un plan de
contribuciónes definidas porque el monto del beneficio se calcula en base a una
fórmula que utiliza créditos de contribuciónes y ganancias, y cada
participante tiene una cuenta hipotética. Los planes de saldo de efectivo
tienen más posibilidades que los planes tradicionales de beneficios definidos
de efectuar distribuciones en forma de una suma global. (Para mayor información,
consulte ”Frequently Asked Questions about Cash Balance Pension Plans” (Preguntas
frecuentes acerca de los planes de jubilación de saldo de efectivo” en el
sitio web del Departamento de Trabajo en www.dol.gov/ebsa/faqs/.)
Plan de beneficios definidos – Este tipo de plan,
también conocido como plan de jubilación tradicional, promete al participante
un beneficio mensual específico al momento de jubilarse. A menudo, el beneficio
se basa en factores como su salario, su edad y el número de años que usted
trabajó para el empleador.
Plan de contribuciónes definidas – En un plan de
contribuciónes definidas, el empleado y / o el empleador hacen contribuciónes
a la cuenta personal del empleado conforme a los términos del plan. El empleado
a menudo decide cómo invertir el monto de sus cuentas. El monto de la cuenta al
momento de la distribución incluye las contribuciónes y las ganancias o pérdidas
de las inversiones menos cualquier tasa administrativa o de inversión. Las
contribuciónes y ganancias no se gravan con impuestos hasta el momento de la
distribución. El valor de la cuenta cambiará sobre la base del valor y el
desempeño de las inversiones.
Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilación del
Empleado de 1974 (ERISA) – Se trata de una ley federal que dispone normas
de protección para las personas en la mayoría de planes de jubilación del
sector privado establecidos voluntariamente. ERISA requiere que los planes
proporcionen a los participantes información sobre el plan, incluyendo hechos
importantes sobre sus características y la financiación; establece normas mínimas
de participación, adquisición de derechos, acumulación de beneficios y
financiación; dispone responsabilidades fiduciarias para aquellas personas que
administran y controlan los activos del plan; requiere que los planes
establezcan un proceso para presentar solicitudes e interponer apelaciones para
que los participantes obtengan beneficios de sus planes; da a los participantes
el derecho de iniciar acción legal para obtener sus beneficios o por el
incumplimiento del deber fiduciario; y si un plan de beneficios definidos
termina, garantiza el pago de algunos beneficios mediante una entidad
constituida por autorización federal, conocida como el Pension Benefit Guaranty
Corporation (PBGC).
Plan de participación accionaria para el empleado (ESOP)
– Un tipo de plan de contribuciónes definidas que invierte principalmente en
acciones del empleador.
Estado personal de beneficios – Un estado personal
de beneficios proporciona información sobre los beneficios de jubilación de un
participante, como el total de beneficios ganados en el plan y los beneficios
adquiridos, de manera periódica. La información adicional incluida puede
depender del tipo de plan como, por ejemplo, de qué manera se invierte la
cuenta del plan 401(k).
Cuenta Personal de Jubilación (IRA) – Una cuenta
personal abierta en una institución financiera, como un banco o compañía de
fondos mutuos. De conformidad con la legislación federal, las personas pueden
guardar ahorros personales hasta un monto determinado y las inversiones se
incrementan con el beneficio del pago diferido de impuestos. Además, los
participantes del plan de contribuciónes definidas pueden transferir dinero de
un plan de jubilación del empleador a una cuenta IRA cuando dejan al empleador.
Las cuentas IRA también pueden ser parte del plan de un empleador.
Plan de contribuciónes fijas – Este tipo de plan
requiere contribuciónes anuales fijas del empleador a las cuentas personales y
está sujeto a otras normas.
Plan patrocinado por múltiples empleadores – Un
plan de jubilación patrocinado por varios empleadores en virtud de acuerdos de
negociación colectiva que cumple con otros requisitos. Un participante puede
cambiar empleo de un empleador patrocinador a otro siempre que permanezca dentro
del mismo plan.
Administrador del plan – La persona que esté
identificada en el documento del plan como responsable del manejo del plan.
Puede ser el empleador, un comité de empleados, el ejecutivo de una compañía
o alguna persona contratada para ese fin.
Documento del plan – Un instrumento escrito de
conformidad con el cual se establece y opera el plan.
Fiduciario del plan – Cualquier persona que ejerza
autoridad o control discrecional sobre el manejo o administración del plan,
ejerza alguna autoridad o control sobre el manejo o disposición de los activos
del plan o brinde asesoría en inversiones a cambio de honorarios u otra
retribución con respecto a los activos del plan.
Fideicomisario del plan – Una persona que tiene la
autoridad y discreción exclusivas para administrar y controlar los activos del
plan. El fideicomisario puede estar sujeto a la dirección de un fiduciario
designado, el cual puede nombrar a uno o más administradores de inversión para
los activos del plan.
Año del plan – Un periodo de 12 meses designado por
un plan de jubilación para calcular la adquisición de derechos y distribución,
entre otros aspectos. El año del plan puede ser el año calendario o un periodo
alternativo, por ejemplo, del 1 de julio al 30 de junio.
Plan de profit-sharing – Un plan de participación
en las utilidades permite anualmente al empleador determinar qué monto aportará
al plan (en base a las utilidades o de otro modo) en efectivo o en acciones del
empleador. El plan contiene una fórmula para asignar la aportación anual entre
los participantes.
Reinversión – Una reinversión se produce cuando un
participante deja de trabajar con un empleador y dirige el plan de contribuciónes
definidas para transferir el dinero de su cuenta a un nuevo plan o a una cuenta
personal de jubilación. Este procedimiento mantiene los beneficios y no activa
ninguna consecuencia tributaria si se realiza de manera oportuna.
Plan Safe Harbor 401(k) – Un plan Safe Harbor 401(k)
es similar a un plan tradicional 401(k), pero el empleador debe realizar
contribuciónes para cada empleado. Las contribuciónes del empleador en los
planes Safe Harbor 401(k) son inmediatamente adquiridas al 100% por los
participantes. Este plan disminuye las cargas administrativas impuestas a los
empleadores al eliminar algunas de las normas tributarias complejas que
generalmente se aplican a los planes tradicionales 401(k).
Plan de contribuciónes paralelas con incentivo de ahorros
para empleados de pequeñas empresas (SIMPLE) – Un plan en el cual una
pequeña empresa con 100 o un número menor de empleados puede ofrecer
beneficios de jubilación mediante reducciones salariales del empleado y
contribuciónes paralelas (similares a las contribuciónes del plan 401(k)).
Puede ser un plan SIMPLE IRA o un plan SIMPLE 401(k). Los planes SIMPLE IRA
imponen pocas cargas administrativas a los empleadores porque las cuentas IRA
pertenecen a los empleados y el banco o institución financiera que recibe los
fondos efectúan la mayor parte de los trámites. Si bien cada plan tiene
diferentes características, incluso límites de aportación y disponibilidad de
préstamos, las contribuciónes que se requiere del empleador son inmediatamente
adquiridas al 100% por los participantes en ambos planes.
Plan de pensión simplificado del empleado (SEP) –
Un plan donde el empleador realiza contribuciónes con beneficios tributarios a
cuentas personales de jubilación (IRA) pertenecientes a los empleados. Si se
cumplen determinadas condiciones, el empleador no estará obligado a informar ni
a divulgar los requisitos de la mayoría de los planes de jubilación. En un
plan SEP, se establece una cuenta IRA a favor de un empleado donde se depositan
las contribuciónes que efectúa el empleador.
Resumen de la descripción del plan - Un documento
proporcionado por el administrador del plan que incluye una descripción en
lenguaje simple sobre las características importantes del plan, por ejemplo, cuándo
empiezan los empleados a participar en el plan, de qué modo se calcula el
tiempo de servicio y el monto de los beneficios, cuándo se adquiere el derecho
sobre los beneficios, cuándo se recibe el pago de los beneficios y de qué
manera y cómo debe presentarse una solicitud de beneficios. Se debe informar a
los participantes sobre cualquier cambio sustancial ya sea mediante un Resumen
revisado de la Descripción del Plan o un documento separado llamado Resumen de
Modificaciones Sustanciales.
Beneficios adquiridos – Los beneficios que la
persona haya recibido en virtud de un derecho adquirido para recibir los mismos
y los cuales no puede perder.
Años de servicio – El tiempo que una persona ha
trabajado en un empleo cubierto por el plan. Se utilizan para determinar cuándo
puede una persona participar y adquirir derechos y cómo puede acumular
beneficios en el plan.
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