¿Cuáles
son los requisitos para esta regla?
Todos los
"nuevos entrantes" deben de completar un paquete de
solicitud que consiste de una forma MCS-150.
Esta solicitud puede ser llenada en-línea en http://safer.fmcsa.dot.gov
(inglés), o la puede solicitar para que se la manden por
correo llamando a nuestra oficina central al número 1 (800)
832-5660 (en los EE.UU.). Los autotransportistas contratados deben
de llenar una forma OP-1 u OP-1(P), la forma BOC-3 y pagar el
costo de tramitación de $300.00 dólares. A los autotransportistas
privados y exentos no se les exigirá que paguen el cargo
de tramitación. Una vez que el paquete de solicitud sea
llenado, al autotransportista se le otorgará el registro
para nuevos autotransportistas (número USDOT).
Después
de que se le otorgue el registro a el "nuevo entrante",
este estará sujeto a un periodo de vigilancia sobre la
seguridad de 18 meses. Durante este periodo de vigilancia, el
autotransportista recibirá una auditoría de seguridad
y será estrechamente evaluado acerca de la información
de sus accidentes en el camino e inspecciones. Al autotransportista
se le requerirá que demuestre que tiene implementados los
sistemas de seguridad necesarios para asegurar que tiene los controles
básicos para la administración de la seguridad.
El no cumplir con controles básicos para la administración
de la seguridad puede resultar en la revocación del registro
de "nuevo entrante".
¿Quién está sujeto a esta regla?
Empezando
el 1º de enero del 2003, todos los "nuevos entrantes"
(privados y contratados) que operen en comercio interestatal deben
de solicitar el registro (número USDOT) como "nuevos
entrantes".
¿Qué
pasa después de los 18 meses del registro de los "nuevos
entrantes"?
El autotransportista
será notificado por escrito de que el nombramiento de "nuevo
entrante" será removido de su registro al final del
periodo de vigilancia de la seguridad de 18 meses, si el autotransportista
cumple con los siguientes requisitos:
¿Dónde
serán estas auditorías de seguridad realizadas?
Las auditorías
de seguridad serán realizadas primordialmente en el lugar
principal del autotransportista donde realiza sus negocios. Sin
embargo, algunas de las auditorías de seguridad podrán
ser realizadas en algunos otros lugares.
¿Dónde
pueden los autotransportistas obtener más información?
Los autotransportistas
pueden obtener el paquete de asistencia y educación técnica
aquí.
Los autotransportistas que no tengan acceso a la Internet, necesitaran
contactar a J.J. Keller al 1 (800) 327-6868 para comprar una copia
del paquete de asistencia y educación técnica.
¿Cuándo
entra en vigor esta regla?
La regla entro
en vigor el 1º de enero del 2003.
¿Cuándo
serán las auditorías de seguridad realizadas?
Los "nuevos
entrantes" pueden contar con que las auditorías de
seguridad empezarán después de 3 a 6 meses de que
se les haya otorgado el registro de "nuevos entrantes".
¿Por
qué fueron creadas estas reglas?
El Congreso
de los EE.UU. le exigió a la FMCSA que estableciera requisitos
mínimos para todos los nuevos autotransportistas que busquen
autoridad federal interestatal para operar. Estos requisitos mínimos
incluyen la certificación del autotransportista de que
tiene implementado un sistema para asegurar el cumplimiento del
Reglamento Federales de Seguridad del Autotransporte y una auditoría
de seguridad será realizada dentro de los primeros 18 meses
de que el autotransportista opere interestatalmente.
¿Cómo
serán realizadas las auditorías de seguridad?
La auditoría
de seguridad será realizada por un auditor estatal o federal
y consistirá de una revisión del sistema administrativo
de seguridad del autotransportista. Las áreas de revisión
incluye, mas no están limitadas a lo siguiente:
¿Cómo
notificará la FMCSA al autotransportista del su resultado
en la auditoría de seguridad?
La FMCSA le
notificará al autotransportista por escrito y dentro de
45 días de la fecha que fue realizada, los resultados de
la auditoría de seguridad.