Logo del Seguro Social: conexión a la portada del Seguro Social en líneaComprendiendo los beneficios
SSA Publication No. 05-10924; (Understanding the Benefits); January 2006; ICN 483330; (para verlo en pdf)  Para obtener Adobe Acrobat Reader  (In English)


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Nuestro sitio de Internet, www.segurosocial.gov , contiene información valiosa sobre todos los programas del Seguro Social. En nuestro sitio también usted puede:

  • Solicitar beneficios;
  • Obtener la dirección de su oficina local de
    Seguro Social;
  • Pedir documentos importantes, tales como la Declaración del Seguro Social, una tarjeta de reemplazo de Medicare, o un documento confirmando la cantidad de su beneficio; y
  • Obtener copias de nuestras publicaciones.

Algunos de estos servicios están disponibles solamente en inglés. Para ir directamente a nuestra sección en español vaya a www.segurosocial.gov/espanol en el Internet.

Llame a nuestro número gratis

Además de visitar nuestro sitio de Internet, también puede llamar a nuestro número gratis, 1-800-772-1213. Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes, desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. También ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas al día. Si es sordo, o tiene problemas de audición, puede llamar a nuestro número TTY, 1-800-325-0778.

Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle con sus trámites de Seguro Social. Estos servicios están disponibles tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Una vez se comunique con nuestro número gratis, 1-800-772-1213, oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un representante.

Todas nuestras llamadas telefónicas son confidenciales. Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo representante escuche algunas llamadas.

Un mensaje de la
Comisionada del Seguro Social

El Seguro Social alcanza a casi todas las familias, y en un punto dado tocará la vida de casi todas las personas.

El Seguro Social no sólo ayuda a las personas mayores de edad, sino también a trabajadores que se incapacitan y a las familias en que un cónyuge o padre fallece. Actualmente, más de 157 millones de personas trabajan y pagan impuestos de Seguro Social y más de 48 millones de personas reciben beneficios mensuales de Seguro Social.

La mayoría de nuestros beneficiarios son personas jubiladas y sus familiares—aproximadamente 33 millones de personas.

Sin embargo, el Seguro Social nunca fue diseñado para ser la única fuente de ingreso para las personas cuando se jubilen. El Seguro Social reemplaza alrededor de 40 por ciento de los ingresos de un trabajador común después de jubilarse, y la mayoría de los consejeros financieros dicen que las personas jubiladas necesitan de un 70 a un 80 por ciento de sus ingresos de trabajo para vivir cómodamente en su jubilación. Las personas necesitan mucho más que el Seguro Social para tener una jubilación cómoda. También necesitan pensiones privadas, ahorros e inversiones.

La Administración del Seguro Social quiere que usted entienda lo que el Seguro Social podría significar para el futuro financiero de usted y de su familia. Esta publicación, Comprendiendo los Beneficios, explica los fundamentos de los programas de jubilación, incapacidad y sobrevivientes del Seguro Social.

También le exhorto a que aprenda más sobre los asuntos financieros que enfrentará el Seguro Social en el futuro. Las personas que se jubilan ahora o que se jubilarán pronto no deben preocuparse—sus beneficios no serán afectados. Necesitamos tomar medidas que aseguren que el Seguro Social proporcionará una base de protección para las generaciones futuras como lo ha hecho en el pasado.

SSA Commissioner signature

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Lo que hay adentro

El Seguro Social: Un concepto sencillo

Lo que usted necesita saber sobre el Seguro Social
mientras trabaja
Lo que necesita saber sobre beneficios
Beneficios para su familia
Cuando esté listo para solicitar beneficios
El programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)
Su derecho de apelación
Medicare

El Seguro Social: un concepto sencillo

El sistema actual del Seguro Social funciona de la siguiente manera: cuando usted trabaja, paga impuestos al Seguro Social. El dinero de estos impuestos se usa para pagar beneficios a:

  • Personas ya jubiladas;
  • Personas incapacitadas;
  • Los sobrevivientes de los trabajadores fallecidos; y
  • Dependientes de los beneficiarios.

El dinero que usted paga en impuestos no es reservado en una cuenta personal para que lo use cuando reciba beneficios. Sus impuestos se están usando actualmente para pagarles a las personas que están recibiendo beneficios en estos momentos. El dinero restante se guarda en los fondos de fideicomiso del Seguro Social, no en una cuenta personal a su nombre.

El futuro del Seguro Social

El Seguro Social es un convenio entre generaciones. Por más de 70 años, los Estados Unidos ha cumplido con la promesa de seguridad para sus trabajadores y familiares. Sin embargo, ahora el sistema del Seguro Social está enfrentando problemas financieros, y es necesario tomar medidas para asegurar que el sistema esté sólido cuando los trabajadores jóvenes de hoy estén listos para jubilarse.

Le explicaremos por qué el nivel de beneficios que el Seguro Social podrá pagar en el futuro es incierto. Hoy en día hay 36 millones de personas de 65 años de edad o mayores en los Estados Unidos. Sus beneficios de jubilación de Seguro Social son financiados por los trabajadores de hoy día y sus empleadores, quienes conjuntamente pagan impuestos de Seguro Social—al igual que el dinero que ellos pagaron al Seguro Social se usó para pagar los beneficios de aquellos que se jubilaron antes que ellos. A menos que tomemos acción para reforzar el Seguro Social, en tan sólo 11 años comenzaremos a pagar más en beneficios de lo que recaudaremos en impuestos. Si no se hacen cambios, para el 2040 los fondos de fideicomiso del Seguro Social estarán agotados. Para entonces, se espera que el número de personas de 65 años o más se duplique. No habrá suficientes personas jóvenes trabajando para pagar los beneficios adeudados a aquellos que se están jubilando. En ese momento, sólo habrá dinero suficiente para pagar 74 centavos por cada dólar que los jubilados están programados a recibir. Necesitamos resolver estos asuntos para asegurar que el Seguro Social proporcione una base segura para futuras generaciones tal y como se ha hecho en el pasado.

El Seguro Social es más que jubilación

Muchas personas piensan en el Seguro Social solamente como un programa de jubilación. Aunque es cierto que la mayoría de nuestros beneficiarios reciben beneficios de jubilación, muchas otras personas reciben Seguro Social porque:

  • Están incapacitados; o
  • Son cónyuges o niños de alguien que recibe Seguro Social; o
  • Son viudas, viudos, o niños de alguien que ha fallecido; o
  • Son padres dependientes de un trabajador fallecido.

Dependiendo de sus circunstancias, usted podría tener derecho al Seguro Social a cualquier edad. De hecho, el Seguro Social paga más beneficios a los niños que cualquier otro programa gubernamental. Hoy día, más de 48 millones de personas, alrededor de una de cada seis personas, recibe algún beneficio de Seguro Social.

Sus impuestos de Seguro Social

Los impuestos de Seguro Social que usted y otros trabajadores contribuyen al sistema se usan para pagar beneficios de Seguro Social.

Usted paga impuestos de Seguro Social sobre sus ganancias hasta cierta cantidad. Esa cantidad aumenta cada año para mantenerse al ritmo de los salarios. En el 2006, esa cantidad es $94,200.

Impuestos de Medicare

Usted paga impuestos de Medicare sobre todos sus salarios o ganancias netas de trabajo por cuenta propia. Estos impuestos se usan para la cobertura de Medicare.

Si trabaja
para alguien

Impuestos
de Seguro Social

Impuestos
de Medicare

Usted paga

6.2%

1.45%

Su empleador paga

6.2%

1.45%


Si trabaja por cuenta propia

Usted paga

12.4%

2.9%


A dónde van sus impuestos de Seguro Social

Cuando usted trabaja, 85 centavos de cada dólar que usted paga en impuestos de Seguro Social van hacia un fondo de fideicomiso que paga beneficios mensuales a personas jubiladas actualmente y sus familias y a cónyuges sobrevivientes y niños de trabajadores que han fallecido. Los otros 15 centavos van hacia un fondo de fideicomiso que paga beneficios a personas incapacitadas y a sus familias.

El Seguro Social también usa estos fondos de fideicomiso, para pagar los gastos de administrar los programas del Seguro Social. La Administración del Seguro Social es una de las agencias más eficientes dentro del gobierno federal, y estamos trabajando para mejorarla cada día. Por cada dólar que usted paga en impuestos de Seguro Social, gastamos menos de un centavo para administrar los programas.

La cantidad completa que usted paga de impuestos de Medicare va hacia un fondo de fideicomiso que paga algunos gastos de hospital y servicios relacionados para los beneficiarios de Medicare. El programa de Medicare es administrado por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid y no por el Seguro Social.

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Lo que usted necesita saber sobre el Seguro Social mientras usted trabaje

Su número de Seguro Social

Su conexión con el Seguro Social es su número de Seguro Social. Usted necesitará su número de Seguro Social para conseguir empleo y pagar impuestos. Usamos su número de Seguro Social para llevar la cuenta de sus ganancias mientras trabaja y también para llevar la cuenta una vez que comience a recibir sus beneficios de Seguro Social.

No cargue su tarjeta a menos que necesite mostrársela a su empleador. Debe tener cuidado al dar su número de tarjetaSeguro Social a otras personas. Actualmente, el robo de identidad es uno de los crímenes de mayor crecimiento. La mayoría del tiempo, los ladrones de identidad usan su número de Seguro Social y su buen crédito para obtener crédito bajo su nombre. Después usan esas tarjetas de crédito para comprarse cosas y no pagan estas cuentas.

Su número de Seguro Social y nuestros registros son confidenciales. Si alguien nos pide información sobre usted, no le daremos ninguna información sin una autorización escrita por usted, a menos que la ley lo requiera o lo permita.

Comuníquese con nosotros si usted necesita un número de Seguro Social, si ha perdido su tarjeta y necesita otra, o necesita cambiar su nombre o apellido en su tarjeta actual. Le pediremos que complete una simple solicitud de una sola página y que muestre ciertos documentos. Necesitamos ver documentos originales o copias certificadas por la oficina que las emitió. No podemos aceptar copias o copias notariadas de los documentos.

Para obtener un número de Seguro Social o una tarjeta de reemplazo, tendrá que mostrar evidencia de su ciudadanía estadounidense o estado inmigratorio, edad e identidad. Para una tarjeta de reemplazo, no se requiere prueba de ciudadanía estadounidense y edad si éstas ya se encuentran en nuestros registros. Sólo ciertos documentos pueden ser aceptados como prueba de ciudadanía estadounidense. Éstos incluyen su certificado de nacimiento de los EE.UU., un pasaporte de los EE.UU., un Certificado de Naturalización o un Certificado de Ciudadanía. Si usted no es un ciudadano estadounidense, se aplican reglas diferentes para probar su estado inmigratorio. Pruebas aceptables de identidad incluirían documentos actuales mostrando su nombre, información de identidad y, preferiblemente, una fotografía reciente, tal como una licencia de conducir, o una tarjeta de identificación estatal que no sea de conducir.

Para solicitar un cambio de nombre en su tarjeta de Seguro Social, usted debe mostrar un documento que ha sido expedido recientemente donde indica que su nombre ha sido cambiado legalmente.

Asegúrese de proteger su tarjeta de Seguro Social. Usted está limitado a tres tarjetas de reemplazo en un año y 10 durante su vida. Sin embargo, cambios legales de nombres y otras excepciones no cuentan hacia estos límites. Por ejemplo, es posible que cambios en su estado inmigratorio que requieran una actualización de su tarjeta no cuenten hacia estos límites. También, es posible que no se vea afectado por estos límites si puede comprobar que necesita la tarjeta para prevenir una significante dificultad económica.

Para informarse mejor, comuníquese con nosotros y pida la publicación Su número y tarjeta de Seguro Social (publicación número 05-10902). Si usted no es un ciudadano, también puede pedir Números de Seguro Social para las personas que no son ciudadanas (publicación número 05-10996).

Todos nuestros servicios son gratis. El Seguro Social nunca cobra por los servicios que provee.

Cómo usted puede tener derecho al Seguro Social

Mientras trabaja y paga impuestos, usted gana “créditos”de Seguro Social. En el 2006 usted gana un crédito por cada $970 de ganancias—hasta un máximo de cuatro créditos al año. (La cantidad necesaria para ganar un crédito aumenta cada año.)

La mayoría de las personas necesitan 40 créditos (10 años de trabajo) para tener derecho a beneficios. Las personas más jóvenes necesitan menos créditos para tener derecho a beneficios por incapacidad, o para que los miembros de su familia tengan derecho a beneficios de sobrevivientes cuando el trabajador fallezca.

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Lo que necesita saber sobre beneficios

El Seguro Social reemplaza un porcentaje de sus ganancias cuando usted se jubila, se incapacita o fallece. Cada año, le enviaremos una Declaración del Seguro Social con su historial de ganancias y un cálculo de los beneficios de jubilación, incapacidad y sobrevivientes que usted y su familia podrían recibir basados en esas ganancias.

Cuando reciba su Declaración, revise su historial de ganancias cuidadosamente. Asegúrese que todas sus ganancias estén correctas. Asegúrese de informarnos cualquier error. Eso es importante porque sus beneficios están basados en sus ganancias vitalicias. Su Declaración también es muy útil para ayudarle a planificar su futuro financiero.

Beneficios de jubilación

Escoger la fecha para jubilarse es una de las decisiones más importantes que usted hará en su vida. Si decide jubilarse cuando cumpla la plena edad de jubilación, (vea la siguiente table) recibirá sus beneficios completos. Sin embargo, si se jubila antes de cumplir la plena edad de jubilación, recibirá beneficios reducidos el resto de su vida.

Plena edad de jubilación

Si nació antes de 1938, usted tendría derecho a beneficios completos de Seguro Social a los 65 años. En el año 2003, la edad en que los beneficios completos eran pagaderos comenzó a aumentar gradualmente. La siguiente tabla le ayudará a determinar su plena edad de jubilación:

Plena edad de jubilación

Año de nacimiento

Plena edad de jubilación

1937 o antes

65

1938

65 y 2 meses

1939

65 y 4 meses

1940

65 y 6 meses

1941

65 y 8 meses

1942

65 y 10 meses

1943-1954

66

1955

66 y 2 meses

1956

66 y 4 meses

1957

66 y 6 meses

1958

66 y 8 meses

1959

66 y 10 meses

1960 o después

67

NOTA: A pesar de que la plena edad de jubilación está aumentando, aún debe solicitar beneficios de Medicare tres meses antes de cumplir los 65 años. Si deja pasar esa fecha, su seguro médico de Medicare (Parte B) podría costarle más.

edades

Jubilación demorada

Si decide demorar el recibir beneficios hasta después de su plena edad de jubilación, su beneficio será aumentado por cierto porcentaje, dependiendo en el año en que usted nació. El aumento se añadirá automáticamente desde el momento en que usted alcanza la plena edad de jubilación hasta que comience a recibir beneficios o que cumpla los 70 años de edad, lo que ocurra primero. Si, por ejemplo, usted nació en 1940, su beneficio aumentaría 7 por ciento por cada año, entre su plena edad de jubilación y los 70 años de edad, en que no recibe beneficios de jubilación.

Jubilación temprana

Usted puede comenzar a recibir beneficios tan temprano como a los 62 años. Sin embargo, si comienza a recibir sus beneficios temprano, estos serán reducidos permanentemente. Sus beneficios son reducidos aproximadamente la mitad del uno por ciento por cada mes que comienza a recibir beneficios antes de su plena edad de jubilación. Por ejemplo, si su plena edad de jubilación es 65 años y 8 meses y solicita beneficios de Seguro Social a los 62 años, sólo recibirá el 76.7 por ciento de su beneficio completo.

NOTA: La reducción será mayor en los años futuros, según continúe aumentado la plena edad de jubilación.

Si trabaja y recibe beneficios

Usted puede recibir beneficios de jubilación y continuar trabajando. Sus ganancias en (o después) del mes en que alcance su plena edad de jubilación no reducirán sus beneficios de Seguro Social. Sin embargo, sus beneficios serán reducidos si sus ganancias exceden ciertos límites los meses antes de cumplir la plena edad de jubilación.

Si trabaja pero comienza a recibir sus beneficios antes de la plena edad de jubilación, se descuenta $1 de sus beneficios por cada $2 de ganancias sobre el límite anual. En el 2006, el límite es $12,480.

El año en que cumpla la plena edad de jubilación, se descuenta $1 de sus beneficios por cada $3 de ganancias sobre un límite anual diferente ($33,240 en el 2006) hasta el mes en que alcance su plena edad de jubilación.

Una vez alcance su plena edad de jubilación podrá continuar trabajando, y sus beneficios de Seguro Social no serán reducidos sin importar cuánto gane.

Para informarse mejor sobre cómo el trabajo puede afectar sus beneficios, comuníquese con nosotros y pida el folleto, Cómo el trabajo afecta sus beneficios (publicación número 05-10969).

NOTA: A las personas que trabajan y reciben beneficios por incapacidad o pagos de Seguridad de Ingreso Suplementario les aplican diferentes reglas de ganancias. Ellos tienen que informar todas sus ganancias al Seguro Social, no importa la cantidad que ganen.

Beneficios de jubilación para viudas y viudos

Si recibe beneficios de viudo o viuda, usted puede cambiar para recibir sus propios beneficios de jubilación tan temprano como a los 62 años, si sus beneficios de jubilación son más altos que la cantidad que recibe sobre las ganancias de su cónyuge fallecido. En muchos casos, usted puede empezar a recibir un beneficio a una tasa reducida y después cambiar al otro beneficio a una tasa completa cuando alcance la plena edad de jubilación. Las reglas son complicadas y varían dependiendo de su situación, así que debe hablar con un representante del Seguro Social sobre las opciones disponibles para usted.

Beneficios por incapacidad

Si no puede trabajar debido a una condición física o mental que se espera que dure por lo menos un año o que resulte en muerte, es posible que usted tenga derecho a beneficios de Seguro Social por incapacidad.

Nuestras reglas por incapacidad son diferentes a las de planes privados u otras agencias gubernamentales. El hecho que usted tenga derecho a beneficios por incapacidad de otra agencia o programa no significa que tendrá derecho a beneficios por incapacidad de nosotros. El tener una declaración de su doctor indicando que usted está incapacitado tampoco significa que usted tendrá derecho automáticamente a beneficios de Seguro Social por incapacidad.

Es posible que las personas incapacitadas, incluyendo niños, con pocos ingresos y recursos, también tengan derecho a pagos por incapacidad a través del programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, sus siglas en inglés). Para informarse mejor sobre SSI, comuníquese con nosotros y pida la publicación Seguridad de Ingreso Suplementario (publicación número 05-11090).

Si usted se incapacita, debe solicitar los beneficios por incapacidad lo más antes posible, debido a que usualmente se toma varios meses para procesar una reclamación por incapacidad. Podríamos procesar su solicitud más rápido si tiene la siguiente información cuando solicite:

  • Registros médicos de sus doctores, terapeutas, hospitales, clínicas, y trabajadores sociales;
  • Resultados de sus exámenes de laboratorios y otros exámenes;
  • Los nombres, direcciones, números de teléfono y fax de sus doctores, clínicas y hospitales;
  • Los nombres de todos los medicamentos que está tomando; y
  • Los nombres de sus empleadores y sus responsabilidades de trabajo en los últimos 15 años.

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Beneficios para su familia

Cuando usted empiece a recibir beneficios de Seguro Social de jubilación o por incapacidad, otros miembros de su familia también pueden tener derecho a pagos. Por ejemplo, se pueden pagar beneficios a su cónyuge si él o ella:

  • Tiene 62 años de edad o más; o
  • A cualquier edad, si tiene un niño suyo a su cuidado (el niño debe ser menor de 16 años de edad o estar incapacitado y recibiendo beneficios de Seguro Social en su registro).

También se pueden pagar beneficios a niños solteros si son:

  • Menores de 18 años; o
  • Entre 18 y 19 años, pero en escuela primaria o secundaria a tiempo completo; o
  • De 18 años o más y severamente incapacitado (la incapacidad debe haber empezado antes de los
    22 años).

Si usted se convierte en padre de un niño (inclusive un niño adoptivo) después de comenzar a recibir beneficios, déjenos saber acerca del niño para que podamos decidir si el niño tiene derecho a beneficios.

¿Cuánto pueden recibir los miembros de la familia?

Cada miembro de la familia puede tener derecho a un beneficio mensual que equivale hasta una mitad de la cantidad de su beneficio de jubilación o incapacidad. Sin embargo, hay un límite en la cantidad de dinero que se le puede pagar a su familia. El límite varía, pero generalmente equivale de un 150 a un 180 por ciento de su beneficio de jubilación.

Si usted está divorciado(a)

Si usted se divorció, su ex-cónyuge podría tener derecho a beneficios en su registro de ganancias. En algunas situaciones, él o ella podría recibir beneficios aunque usted no esté recibiendo beneficios. Para tener derecho, el cónyuge divorciado debe:

  • Haber estado casado(a) con usted por lo menos
    10 años;
  • Estar divorciado(a) por lo menos dos años;
  • Tener por lo menos 62 años de edad;
  • Estar soltero(a); y
  • No tener derecho a un beneficio igual o más alto en su propio registro de trabajo, o del trabajo de otra persona.

Beneficios de sobrevivientes

Cuando usted fallezca, ciertos miembros de su familia podrían tener derecho a beneficios basados en su trabajo.

Los miembros de su familia que pueden recibir beneficios incluyen una viuda o viudo:

  • De 60 años de edad o mayor; o
  • De 50 años de edad o mayor e incapacitada(o); o
  • De cualquier edad si está cuidando a su niño menor de 16 años o incapacitado que recibe beneficios de Seguro Social.

Sus niños también pueden recibir beneficios si están solteros y:

  • Son menores de 18 años; o
  • Entre los 18 y 19 años si asisten a una escuela primaria o secundaria y son estudiantes a tiempo completo; o
  • De 18 años o mayores y severamente incapacitados (la incapacidad tiene que haber empezado antes de la edad de 22 años).

Además, sus padres pueden recibir beneficios bajo su registro si dependían de usted para cubrir por lo menos la mitad de su manutención.

Pago después de muerte

Si usted tenía suficientes créditos, se hará un pago global de $255 después que usted fallezca. Este beneficio puede pagarse a su viuda(o) o niños menores si cumplen con ciertos requisitos.

Si está divorciado(a)

Si está divorciado(a) es posible que su ex-cónyuge tenga derecho a beneficios de sobreviviente basado en sus ganancias cuando usted fallezca. Él o ella deben:

  • Tener por lo menos 60 años de edad (o 50 años si está incapacitado) y haber estado casado(a) con usted por lo menos 10 años; o
  • Tener cualquier edad si está cuidando un niño que tiene derecho a beneficios basado en sus ganancias; y
  • No tener derecho a beneficios iguales o más altos en su propio registro; y
  • No estar casado(a) actualmente, a menos que el matrimonio ocurriera después de los 60 años, o después de los 50 años de edad si está incapacitado(a).

NOTA: Si su ex cónyuge se vuelve a casar después de los 60 años, él o ella podrían tener derecho a beneficios de Seguro Social basado en su trabajo y el trabajo de su nuevo cónyuge, el que sea más alto.

¿Cuánto recibirán sus sobrevivientes?

Sus sobrevivientes reciben un porcentaje de sus beneficios básicos de Seguro Social—generalmente entre 75 a 100 por ciento cada uno. Sin embargo, hay un límite en la cantidad de dinero que se le puede pagar cada mes a una familia. El límite varía, pero por lo general es entre 150 a 180 por ciento de su beneficio.

Sus beneficios pueden ser tributables

Algunas personas que reciben Seguro Social tendrán que pagar impuestos sobre sus beneficios. Menos de un tercio de nuestros beneficiarios actuales pagan impuestos sobre sus beneficios.

Tendrá que pagar impuestos de sus beneficios si somete una declaración de impuesto federal como “individuo”, y su ingreso total es más de $25,000. Si somete una declaración federal junto con su cónyuge, tendrá que pagar impuestos si usted y su cónyuge tienen un ingreso total que es más de $32,000.

Para informarse mejor llame al número gratis del Servicio de Impuestos Internos, 1-800-829-3676.

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Cuando esté listo para solicitar beneficios

Comuníquese con nosotros cuando esté listo para solicitar beneficios. Si está pensando en solicitar beneficios de jubilación, le sugerimos que hable con un representante del Seguro Social unos meses antes del año en que piensa jubilarse. Debe solicitar los beneficios por incapacidad y de sobrevivientes tan pronto tenga derecho.

También puede solicitar beneficios en nuestro sitio web. Vaya a www.segurosocial.gov y seleccione “Apply for retirement benefits”(disponible sólo en inglés). También puede calcular la cantidad de sus beneficios en www.segurosocial.gov/planners. (Algunos de estos servicios están disponibles sólo en inglés.)

Lo que necesitará para solicitar beneficios

Cuando solicite beneficios, le pediremos que provea ciertos documentos. Los documentos que le pediremos dependerán del tipo de beneficio que vaya a solicitar. Si nos entrega los documentos rápidamente, nos ayudará a pagarle sus beneficios más rápido. Debe presentar documentos originales o copias certificadas por la oficina que las emitió—no podemos aceptar fotocopias.

No posponga una solicitud de beneficios sólo por no tener todos los documentos que necesita. Nosotros le ayudaremos a conseguirlos.

A continuación hay una lista de algunos documentos que podría necesitar cuando solicite beneficios de Seguro Social:

  • Su tarjeta de Seguro Social (o un registro de su número);
  • Su certificado de nacimiento;
  • Los certificados de nacimiento de sus niños (si está solicitando para ellos);
  • Prueba de ciudadanía estadounidense o estado legal inmigratorio si usted (o un niño que está solicitando) no nació en los EE.UU.;
  • Certificado de nacimiento y número de Seguro Social de su cónyuge si él o ella están solicitando beneficios basado en sus ganancias;
  • Certificado de matrimonio (si está solicitando bajo las ganancias del cónyuge);
  • Prueba de su licenciamiento militar si tenía servicio militar; y
  • Su formulario W-2 más reciente, o su declaración de impuesto si trabaja por cuenta propia.

Le avisaremos si necesitará otros documentos cuando solicite beneficios.

Cómo se pagan los beneficios

Los beneficios de Seguro Social generalmente se pagan por depósito directo. Depósito directo es una manera simple y segura de recibir beneficios. Asegúrese de traer su chequera o su estado bancario cuando solicite beneficios. Necesitaremos esa información para asegurarnos que sus beneficios mensuales sean depositados a su cuenta correctamente.

Si no desea depósito directo, haremos otros arreglos para pagar sus beneficios mensuales.

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El programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI)

Si recibe beneficios de Seguro Social, pero tiene ingresos y recursos limitados (cosas que posee), Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, sus siglas en inglés) podría ayudarle. SSI es financiado por los impuestos generales, no por los impuestos del Seguro Social.

SSI hace pagos mensuales a personas de 65 años de edad o mayores o a personas ciegas o incapacitadas. No contamos algunos de sus ingresos y recursos cuando decidimos si tiene derecho a SSI o no. Por ejemplo, por lo general su automóvil y casa no cuentan como recursos.

Llámenos para pedir más información o para solicitar SSI.

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Su derecho de apelación

Si usted no está de acuerdo con la decisión que se tomó sobre su reclamación, puede apelarla. Los pasos que puede tomar se explican en la publicación E l proceso de apelación, (publicación número 05-10941) la cual está disponible del Seguro Social.

Usted tiene el derecho a ser representado por un abogado u otra persona cualificada que usted elija. Tenemos más información en la publicación, Su derecho a representación, (publicación número 05-10975) que también está disponible del Seguro Social.

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Medicare

Medicare es nuestro programa nacional de seguro de salud para personas de 65 años o mayores y para muchas personas incapacitadas.

No debe confundir Medicare con Medicaid. El Medicaid es un programa de cuidado de salud para personas con pocos ingresos y recursos limitados. Usualmente es administrado por las agencias estatales de bienestar público o servicios sociales. Algunas personas tienen derecho a uno u otro, mientras otras tienen derecho a ambos Medicare y Medicaid.

Medicare tiene cuatro partes

  • Seguro de Hospital (Parte A) que ayuda a pagar los servicios de hospital a pacientes admitidos y ciertos servicios subsiguientes; y
  • Seguro Médico (Parte B) que ayuda a pagar por servicios de doctores, servicios de hospital a pacientes externos, y otros servicios médicos.
  • Planes de Medicare Advantage (Parte C), anteriormente conocido como planes de Medicare + Choice, están disponibles en muchas áreas. Las personas con Medicare Parte A y B pueden escoger recibir todos los cuidados de salud a través de una de éstas organizaciones proveedoras bajo la Parte C.
  • Cobertura de Recetas Medicas de Medicare (Parte D) que ayuda a pagar por los medicamentos que recetan los médicos para su tratamiento médico.

¿Quién tiene derecho al seguro de hospital (Parte A)?

La mayoría de las personas obtienen el seguro de hospital cuando cumplen los 65 años. Usted puede obtenerlo automáticamente si tiene derecho a beneficios de Seguro Social o Retiro Ferroviario. También puede tener derecho en el registro de su cónyuge (incluyendo un cónyuge divorciado). Otros podrían tener derecho porque son empleados gubernamentales no cubiertos por Seguro Social pero pagaron impuestos de Medicare.

Si usted recibe beneficios de Seguro Social por incapacidad durante 24 meses, tendrá derecho a seguro de hospital.

También, las personas con insuficiencia renal permanente que necesitan diálisis o un trasplante de riñón o que tienen esclerosis lateral amiotrófica (la enfermedad de Lou Gehrig) tienen derecho al seguro de hospital si han trabajado lo suficiente o si son el cónyuge o el niño de un trabajador que tiene derecho.

¿Quién puede tener el seguro médico (Parte B)?

Casi todas las personas que tienen derecho al seguro de hospital pueden inscribirse en el seguro médico. La Parte B es un programa opcional. No es gratis. En el año 2006 la prima mensual es de $88.50 al mes. La mayoría de las personas se inscriben en esta parte de Medicare.

¿Quién puede tener derecho a los planes de Medicare Advantage (Parte C)?

Cualquier persona que tenga el seguro de hospital (Parte A) y seguro médico (Parte B) pueden inscribirse al plan de Medicare Advantage (anteriormente conocido como Medicare + Choice). Los planes de Medicare Advantage incluyen:

  • Planes de cuidado administrado de Medicare;
  • Planes de organizaciones de proveedores preferidos de Medicare;
  • Planes privados de cobro por servicios; y
  • Planes de especialidades de Medicare.

Un plan de Medicare Advantage toma el lugar de la póliza Medigap, así que es posible que tenga que pagar una prima mensual debido a los beneficios adicionales que ofrece.

¿Quién puede obtener la cobertura del Plan de Recetas Medicas de Medicare (Parte D)?

Cualquier persona que tiene seguro de hospital de Medicare (Parte A), seguro médico (Parte B) o Medicare Advantage (Parte C) tiene derecho a la (Parte D). El seguro de recetas médicas es opcional y usted paga una prima mensual adicional por esa cobertura.

Para informarse mejor, comuníquese con nosotros y pida la publicación Medicare (publicación número 05-10943).

Ayuda con los gastos de Medicare para las personas con bajos ingresos

Si usted tiene bajos ingresos y pocos recursos, su estado puede pagar sus primas de Medicare y en algunos casos, otros gastos de Medicare que usted tendrá que pagar, como sus deducibles y coaseguros.

Sólo su estado puede decidir si usted tiene derecho a recibir ayuda bajo este programa. Si usted cree que tiene derecho, comuníquese con su oficina local o estatal de asistencia médica (Medicaid), de servicios sociales o bienestar público. Usted puede obtener más información sobre este programa en la publicación Programas de Ahorros de Medicare (publicación CMS-10126-S). Para pedir una copia, llame al número gratis de Medicare, 1-800-MEDICARE (1-800-633-4227), TTY 1-877-486-2048 o visite www.medicare.gov/spanish/Overview.asp en el Internet y escoja “Materiales Educativos y Publicaciones en Español”.

“Beneficio adicional”con los pagos de Recetas Médicas de Medicare

Si tiene ingresos y recursos limitados, usted podría tener derecho al beneficio adicional para pagar por sus recetas médicas bajo la Parte D de Medicare. El papel del Seguro Social es ayudarle a entender cómo usted podría tener derecho y procesar su solicitud para esta ayuda adicional. Para ver si usted tiene derecho o para solicitar, llame al número gratis del Seguro Social o visite nuestra página de Internet.

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Algunos hechos sobre el Seguro Social


Impuestos de Seguro Social en el 2006

  • Usted y su empleador cada uno paga un
    6.2 por ciento
  • Si trabaja por cuenta propia usted paga un
    12.4 por ciento
  • Usted no paga impuestos de Seguro Social en ganancias que estén sobre $94,200

Impuestos de Medicare en el 2006

  • Usted y su empleador cada uno paga un
    1.45 por ciento
  • Si trabaja por cuenta propia usted paga un
    2.9 por ciento
  • Los impuestos de Medicare se pagan sobre todas sus ganancias, no hay límite

Créditos de trabajo para el 2006

  • Por cada $970 que gane, usted recibe un “crédito”de Seguro Social hasta un máximo de cuatro créditos anuales
  • La mayoría de las personas necesitan 40 créditos para tener derecho a beneficios de jubilación
  • Las personas más jóvenes necesitan menos créditos para tener derecho a beneficios por incapacidad y de sobrevivientes

Un promedio de los beneficios mensuales de Seguro Social para el 2006

  • Trabajador jubilado: $1,002
  • Pareja jubilada: $1,648
  • Trabajador incapacitado: $939
  • Trabajador incapacitado con un cónyuge
    y niño: $1,571
  • Viudo o viuda: $967
  • Viudo o viuda joven con dos niños: $2,074

Tasa de pago mensual de SSI para el 2006
(no incluye la cantidad agregada por el estado, si aplica)

  • $603 para un individuo
  • $904 para una pareja

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