Tribunal de Bancarrota

Tribunal de Bancarrota de los Estados Unidos
Distrito Norte de California

Cómo presentar un caso de bancarrota sin abogado
(Deudor Pro Se)

Las leyes de bancarrota pueden ser complicadas y los deudores deben, si es posible, obtener información y consejos de un abogado o de un servicio de asesoría legal con experiencia en las leyes de bancarrota. Si usted se representa a sí mismo sin las ventajas de un abogado, se le conoce como deudor “Pro Se”. La información contenida en este documento no pretende aconsejarle acerca de sus derechos ni responsabilidades legales, sino simplemente destacar ciertos requisitos para la presentación de documentos ante el tribunal.

Además, el personal de la Oficina del Secretario del Tribunal tiene prohibido ayudarle con la preparación de la petición voluntaria, los formularios y demás documentos. Los secretarios delegados no pueden proporcionarle consejos legales. Todas las partes en litigio deben acatar las Reglas Federales de los Procedimientos de Bancarrota (Federal Rules of Bankruptcy Procedure), el Código de Bancarrota de los Estados Unidos (United States Bankruptcy Code), las Reglas Locales de Bancarrota del Distrito Norte de California (Northern District of California’s Bankruptcy Local Rules), los Procedimientos Administrativos y Órdenes Generales (Administrative Procedures and General Orders). El no hacerlo podría resultar en el rechazo de su caso. La información contenida en este paquete también se encuentra a su disposición en el sitio electrónico del tribunal, http://www.canb.uscourts.gov.

Información importante

El Grupo Consultor de Jueces de Bancarrota de las Oficinas Administrativas de los Tribunales de los Estados Unidos (Bankruptcy Judges Advisory Group of the Administrative Offices of the United States Courts) ha creado una página electrónica para individuos que estén contemplando presentar una petición de bancarrota sin un abogado. La página también proporciona enlaces a recursos sobre los aspectos básicos de la bancarrota, la asesoría sobre el crédito, servicios de asesoría legal, embargos y preparadores de la petición.

Esta página se encuentra en: http://www.uscourts.gov/bankruptcycourts/prose.html.

Notificación al individuo consumidor deudor, bajo la sección 342(b) del Código de Bancarrota (formulario B201), conforme a la sección 342(b) del Código de Bancarrota, esta notificación: 1) describe brevemente los servicios que ofrecen las agencias que ofrecen asesoría sobre el crédito; 2) describe brevemente los propósitos, los beneficios y los costos de los cuatro tipos de procedimientos de bancarrota que usted puede iniciar; y 3) le notifica acerca de los delitos relacionados con la bancarrota y le informa que el procurador puede revisar toda la información que usted proporcione en relación a un caso de bancarrota.

Asesoría sobre crédito antes de presentar un caso de bancarrota

Las leyes de bancarrota requieren que usted reciba asesoría completa sobre el crédito en un plazo de 180 días antes de presentar su petición de bancarrota. Además, el Anexo D, Declaración del deudor individual acerca de su cumplimiento con el requisito de la asesoría sobre crédito (Individual Debtor’s Statement of Compliance with Credit Counseling Requirement), debe presentarse junto con la petición de bancarrota. La Oficina del Síndico de los Estados Unidos tiene una lista de las agencias autorizadas que dan asesoría sobre el crédito.

Información sobre la privacidad

  • La edición de los datos personales en todos los documentos – La Conferencia Judicial de los Estados Unidos ha puesto en práctica ciertas políticas para proteger la información delicada acerca de las partes en litigio, los testigos y demás entidades involucradas en un caso civil, penal o de bancarrota. Usted está obligado a retirar o a no divulgar ciertos datos personales de sus documentos de bancarrota. La edición de sus datos personales de la información es su responsabilidad. La oficina del secretario del tribunal no revisará los documentos para verificar que obedezcan esta regla ni editará los datos de los documentos.
  • Los números de seguro social – Usted está obligado a entregar el formulario oficial B21, Declaración del número de seguro social (Statement of Social Security Number) al momento de presentar su petición de bancarrota. El formulario anterior debe incluir su número de seguro social completo. La información que contenga el formulario no se pondrá a disposición del público
  • Los nombres de los niños menores de edad – Si es necesario, sólo deberán utilizarse las iniciales de los menores de edad.
  • Los números de cuentas financieras – Si es necesario, sólo deberán utilizarse los últimos cuatro números del número de cuenta.
  • Las fechas de nacimiento – Si es necesario, sólo deberá utilizarse el año.

Requisitos documentales básicos

  • Las listas, formularios, declaraciones y lista de verificación de cuotas (formulario del Director B200) requeridas y los formularios básicos de bancarrota

El formulario del Director B200 resume los formularios requeridos y las cuotas para presentar una petición conforme a los capítulos 7, 11, 12 y 13.

Algunos formularios no se incluyen en el formulario B200, pero posiblemente se requieran para cumplir con las reglas correspondientes a su situación individual o para proteger sus derechos. Si fuera posible, quizás quiera obtener consejos legales acerca de los formularios que tiene que presentar y cómo llenarlos. Todos los formularios presentados ante el tribunal deben estar llenados y firmados.

Nota: Al presentar un caso conjunto (esposo y esposa), tanto el deudor como el deudor adjunto tienen que firmar todos los documentos y alegatos para poder presentarlos. Favor de proporcionar un número telefónico donde se le pueda localizar de día, debajo de su firma.

Si un preparador de peticiones presenta su caso ante el tribunal, dicho preparador debe contestar y firmar la sección de la petición designada para el preparador. También deberá presentarse una Declaración y firma del preparador de la petición de bancarrota que no es un abogado y notificación al deudor del preparador de la Petición de Bancarrota que no es un Abogado (Declaration and Signature of Non-Attorney Bankruptcy Preparer and Notice to Debtor by Non-Attorney Bankruptcy Petition Preparer, o formulario 19).

  • Talones de pago

Favor de proporcionar copias de todos los comprobantes de pago (talones de pago del empleado) que haya recibido de su empleador en un plazo de 60 días antes de presentar la petición de la bancarrota. Si no tiene talones de pago, favor de proporcionar copias de cualquier otro tipo de evidencia de pago, tales como los estados de cuenta bancarios que muestren los depósitos de su empleador. Si no tiene ninguna evidencia de pagos, llene la Declaración sobre talones de pago (Statement re Payment Advices). Favor de cumplir con los requisitos correspondientes de cada división que aparecen a continuación:

San Francisco:

Conforme a la Ley de Privacidad, en cada copia, edite (elimine) su número de seguro social, excepto los últimos cuatro dígitos.


En casos de capítulo 7 o casos de capítulo 11 individuales: entregar los talones de pago y/o la Declaración sobre los talones de pago dentro de 15 días a partir de la fecha en que presenta su petición de bancarrota.


En casos de capítulo 13: No presente talones de pago ante el tribunal. Entregue estos documentos directamente al síndico del capítulo 13. Para mayores informes, favor de consultar la Orden sobre los talones de pago (Order re Payments Advices) en casos de capítulo 13, con fecha del 26 de septiembre del 2006.

Santa Rosa:

Conforme a la Ley de Privacidad, en cada copia, edite (elimine) su número de seguro social, excepto los últimos cuatro dígitos. Entregue los talones de pago o la Declaración sobre los talones de pago dentro de 15 días a partir de la fecha en que presentó la petición de bancarrota.

Oakland: No presente los talones de pago ante el tribunal. Entregue estos documentos directamente al síndico asignado a su caso. Para mayores informes, consulte la Orden sobre la presentación de talones de pago (Order re Filing of Payment Advices), con fecha del 15 de mayo del 2006.
San Jose: No presente los talones de pago ante el tribunal. Entregue estos documentos directamente al síndico asignado a su caso. Para mayores informes, consulte la Orden respecto a la presentación de talones de pago, con fecha del 17 de octubre del 2005.
  • Las declaraciones de impuestos
  • Usted debe entregar sus declaraciones de impuestos del año anterior al síndico del caso a más tardar 7 días antes de la primera fecha fijada para la primera reunión de los acreedores. El no presentar su declaración de impuestos puede resultar en el rechazo de su caso. A menos que se le indique lo contrario, no presente sus declaraciones de impuestos ante el tribunal.
  • Listado de correos

Un listado de correos es una lista alfabética de los nombres y domicilios de todos sus acreedores y de cualquier deudor adjunto que haya incluido en los formularios D, E y F. La Orden general enmendada número 13 del tribunal contiene información acerca del formato requerido. Además, se requiere una carátula para el listado de correos.

A pesar de las instrucciones contenidas en el Formulario B200, el listado de correos (lista de acreedores) debe presentarse al momento de presentar la petición de bancarrota ante el tribunal. Incluso aunque los acreedores ya estén documentados en los otros formularios que acompañan su petición.

  • Constancia de conclusión del curso educativo acerca de la administración de las finanzas personales del deudor

Antes que se pueda dar de alta un caso individual de capítulo 7 o de capítulo 13, cada deudor debe concluir un curso de administración de las finanzas personales. Dicho curso debe concluir después de presentar la petición. En la sección del Síndico de los Estados Unidos del sitio electrónico del tribunal, se incluye una lista de los proveedores de administración financiera aprobados.

Favor de llenar el formulario oficial B23, Constancia del deudor de conclusión del curso educativo acerca de la administración financiera (Debtor’s Certification of Completion of Instructional Course Concerning Financial Management), para que haya constancia de que ha tomado el curso de administración de las finanzas personales. Se requieren constancias separadas para el deudor y el deudor adjunto. El no presentar la constancia puede resultar en que se rechace su caso sin que se registre como dado de alta. No presente el formulario B23 junto con la petición. Este es un requisito posterior a la presentación de la petición.

Cuota del tramite

Debe pagarse la cuota completa del tramite al momento de presentar la petición de bancarrota, a menos que:

  • Presente una Solicitud para pagar la cuota del tramite a plazos (Application to Pay Filing Fee in Installments, o formulario oficial B3A). El primer pago deberá acompañar su petición. Si su solicitud es aprobada, el tribunal ordenará un calendario de pagos para cubrir el saldo de las cuotas, o bien;
  • Para casos del capítulo 7, exclusivamente, si no puede pagar la cuota completa del trámite, ni a plazos, usted debe solicitar una exención con la presentación de la Solicitud de exención de la cuota del trámite para el capítulo 7 (Application for Waiver of the Chapter 7 Filing Fee, o formulario oficial B3B). En adelante, el tribunal expedirá una orden ya sea para que: 1) se le exente de la cuota del trámite; 2) se ordene que el pago se haga a plazos; 3) pague la cuota del trámite completa; ó 4) se fije una audiencia sobre a este asunto. Usted puede obtener información acerca de la solicitud y las pautas respecto a la pobreza en: http://www.uscourts.gov, o en cualquiera de las cuatro divisiones del tribunal.
  • Es posible que se requieran cuotas adicionales para la presentación de otros documentos en casos de bancarrota.

Las cuotas deberán pagarse en efectivo o con giro o cheque de caja, pagaderos a: U.S. Bankruptcy Court. Se requiere la cifra exacta en toda transacción. El tribunal no da cambio. No se aceptan cheques ni tarjetas de crédito de deudores pro se.

Requisitos para las copias

Para todos los casos nuevos, sólo se requiere el documento original en el momento de presentar la petición. Se pueden entregar copias adicionales si desea que se le devuelvan copias endosadas. Si desea que le envíen copias endosadas por correo, favor de proporcionar un sobre con timbre postal y su domicilio como destinatario.

Para la presentación de cualquier documento que no se requiera durante la apertura del caso, favor de consultar los requisitos para copias de cada división cuando la presentación del caso se haga por vía electrónica (ECF, por sus siglas en inglés).

Presentación urgente de la petición

El tribunal acepta la presentación urgente de peticiones con documentación limitada, conocida comúnmente como una “petición esqueleto”. Se requieren los siguientes documentos al presentar una petición esqueleto:

  1. La cuota del tramite;
  2. La petición voluntaria;
  3. La declaración del seguro social;
  4. La constancia de la asesoría sobre el crédito, junto con el Anexo D de la petición voluntaria; y
  5. El listado de acreedores con una carátula para dicho listado (lista de acreedores)
NOTA El resto de los documentos requeridos, según se indica en la lista del formulario B200, deben presentarse dentro de 15 días a partir de la fecha en que se presente la petición de su caso. De lo contrario, puede resultar en el rechazo de su caso.

Dónde puede presentar su caso

A menos que presente la petición con carácter urgente, usted debe presentar su caso de bancarrota y la documentación subsiguiente en las oficinas de la división correspondiente. Si tiene alguna duda acerca de su caso de bancarrota, comuníquese con la división en donde presentó su caso.

División de Santa Rosa
U.S. Bankruptcy Court
99 South “E” Street
Santa Rosa, CA 95404

(707) 525-8539

División de San Jose
United States Federal Building & Courthouse
280 South First Street, Room 3035
San Jose, CA 95113-3099

(408) 535-5118

División de Oakland
U.S. Bankruptcy Court
1300 Clay Street, #300
Oakland, CA 94612

(510) 879-3600

División de San Francisco
United States Bankruptcy Court
PO Box 7341
San Francisco, CA 94120-7341

Ubicación:
235 Pine Street, 19th Floor
San Francisco, CA 94104

(415) 268-2300

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