Escudo E.U.
Embajada de los Estados Unidos
COMUNICADO DE PRENSA


SUSPENSIÓN DE LOS PROGRAMAS TRÁNSITO SIN VISA Y
DE INTERNACIONAL A INTERNACIONAL

México, D.F., a 4 de agosto – El Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos y el Departamento de Estado han suspendido los programas Tránsito Sin Visa (TWOV por sus siglas en inglés) e Internacional a Internacional (ITI por sus siglas en inglés). Los Departamentos de Seguridad Interna y de Estado están tomando diferentes medidas con respecto a los viajeros que ya hayan comprado boletos de avión o que estén viajando en este momento y no tengan una visa estadounidense.

La Embajada de los Estados Unidos y Consulados en México han tomado las medidas necesarias para ayudar a los viajeros que se puedan ver afectados por esta disposición, y han asignado personal específico para atender las solicitudes de visa de tránsito urgentes de manera expedita. Para poder brindarles un mejor servicio, los viajeros en esta situación deberán llamar al 01-900-849-4949 ó al 01-477-788-7070 (con cargo a su tarjeta de crédito) para solicitar una cita de trámite de visa y aclarar que se trata de una visa de tránsito, con el fin de que la cita le sea asignada a la brevedad. Usted podrá resolver todas sus dudas respecto a esta disposición al teléfono antes señalado. Tanto la Embajada de los Estados Unidos en México como los Consulados en el interior de la República Mexicana brindarán toda la asistencia necesaria para tratar de apoyar a los viajeros que se vean afectados por esta medida.

Con el objeto de brindar mayor información al respecto y un mejor servicio, estas son algunas preguntas sobre la medida implementada y las contingencias permitidas por ambos departamentos.


Pregunta: ¿Quiénes se verán afectados con esta medida?

Respuesta: Esta medida afecta a pasajeros que viajen de un punto fuera de los Estados Unidos a otro, y que requieran hacer una escala en territorio estadounidense con fines de tránsito. Bajo los programas TWOV e ITI, este tipo de pasajeros no requería de una visa para ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, como resultado de esta acción, los pasajeros en esta situación deberán tener una visa estadounidense, salvo algunas excepciones que se detallan abajo.

Pregunta: ¿Estos programas serán totalmente eliminados?

Respuesta: A pesar de que los Departamentos de Seguridad Interna y de Estado suspendieron estos programas, durante los próximos 60 días se solicitará información a las aerolíneas y al público en general para evaluar las posibilidades de que estos programas sean implementados por las propias aerolíneas, como medida contingente a la implementación de otras acciones de seguridad adicionales.

Pregunta: ¿Cuándo tendrá efecto esta medida?

Respuesta: Esta medida se hizo efectiva a partir del 2 de agosto del año en curso.

Pregunta: ¿Por qué es necesaria esta medida?

Respuesta: Los departamentos de Seguridad Interna y de Estado han recibido información específica y confiable – incluyendo información del FBI y la CIA – de que ciertas organizaciones terroristas, incluyendo a Al Qaeda, han identificado las exenciones dentro de los programas TWOV e ITI como medios para ingresar a aeronaves en tránsito o en los Estados Unidos para causar daños a la infraestructura, o atentar contra vidas humanas.

Pregunta: ¿Qué tan rápido se podrá obtener la visa de tránsito estadounidense?

Respuesta: Los Consulados están preparados para expedir visas a solicitantes acreditados de manera expedita, especialmente a las personas que se encuentren viajando y tuvieran que cambiar su ruta de viaje para hacer escala en otro país con el fin de regresar a su hogar bajo las nuevas disposiciones.

Pregunta: ¿Habrá excepciones para permitir transitar a los pasajeros cuyos planes se vean afectados por esta medida?

Respuesta: Sí. Habrá tres casos en los cuales se podrá ayudar a los pasajeros afectados.

  1. A los viajeros que transitaban bajo los programas TWOV o ITI, que se encontraban a bordo de una aeronave al momento de entrar en vigor esta medida, se les permitirá transitar por territorio estadounidense sujetos a una inspección y evaluación de riesgo.

  2. Los viajeros que hayan comprado boletos de avión como pasajeros bajo los programas TWOV o ITI, durante o antes del 24 de julio de 2003, programados para salir a su destino con escalas a través de los Estados Unidos antes de las 12:01 a.m. del 5 de agosto de 2003, no necesitan obtener una visa de tránsito estadounidense. Los pasajeros con vuelos programados para salir después de las 12:01 a.m. del 5 de agosto que incluyan una escala en suelo estadounidense, deberán obtener una visa o cambiar su itinerario de viaje para evitar hacer escalas en los Estados Unidos.

  3. A una persona que haya pasado por los Estados Unidos como pasajero TWOV o ITI en la primera etapa de su viaje, y quiera hacer efectivo el mismo itinerario de regreso, por tener un boleto de ida y vuelta, antes de las 11:00 a.m. del 9 de agosto de 2003, le será permitida una escala en territorio estadounidense sin tener visa. A su arribo a los Estados Unidos, deberán pasar por Aduanas e inspección de Protección Fronteriza. Sin embargo, si planean hacer escalas en Estados Unidos después de la fecha y hora señaladas, los viajeros deberán obtener una visa o cambiar su itinerario de regreso para evitar escalas en los Estados Unidos.

Pregunta: ¿Será posible obtener una visa estadounidense en un país que no sea el de residencia?

Respuesta: Sí. Los Consulados de los Estados Unidos tienen información sobre la suspensión de estos programas y están preparados para recibir solicitudes de visa de personas que no se encuentren en su país de residencia.

Pregunta: Soy ciudadano de un país que no requiere de visa estadounidense, y por lo tanto ésta no es solicitada para ingresar a los Estados Unidos. ¿Es necesario que ahora obtenga una visa de tránsito?

Respuesta: No. Si usted no requiere visa para ingresar a los Estados Unidos, no se requiere una visa de tránsito.

Pregunta: ¿Cómo puedo obtener más información sobre los programas suspendidos y las nuevas regulaciones?

Respuesta: En México, usted podrá resolver sus dudas al teléfono 01-900-849-4949 ó al 01-477-788-7070 (con cargo a su tarjeta de crédito). Además, usted podrá encontrar más información sobre los programas antes mencionados y su suspensión en las páginas de internet del Departamento de Seguridad Interna (http://www.dhs.gov) y del Departamento de Estado (http://travel.state.gov).

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