De acuerdo a lo estipulado en el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, se establece que los proveedores de servicios que reciben ayuda económica del Gobierno federal están obligados a ofrecer programas y servicios en la lengua materna del usuario. A efectos de asegurar la eficacia y aptitud de los programas, las personas con dominio limitado del inglés tienen derecho a recibir servicios de interpretación y la traducción escrita de documentos importantes.
Las nuevas pautas y criterios del Departamento de Salud y Servicios Humanos sobre los servicios para individuos que no sean anglohablantes apuntan a eliminar las desigualdades raciales y étnicas en materia de salud. Para garantizar la idoneidad de los servicios, las directrices del departamento conciernen a los médicos, hospitales y otros proveedores de cuidados sanitarios que atienden a pacientes afiliados a Medicaid y otros programas federales.
Para obtener mayor información sobre el dominio limitado del inglés, consulte los siguientes documentos:
Directrices del Departamento de Salud y Servicios Humanos
http://www.hhs.gov/news/press/2003pres/20030808a.html
Guía para los beneficiarios de ayuda económica del Gobierno federal
http://www.hhs.gov/ocr/lep/guidance-espanol.html
Normas nacionales para ofrecer servicios culturales y lingüísticos adecuados en la atención sanitaria
http://www.omhrc.gov/espanol/assets/pdf/checked/spanishexeSum.PDF
Seguro social
http://www.socialsecurity.gov/espanol/