1.
Uso de Sustancias Controladas y Alcohol Reglas para Empresas de
Autotransporte
2.
Resumen
Esta presentación
esta diseñada para informar a las empresas sobre las reglas
de la FMCSA para las pruebas de alcohol y sustancias controladas.
El propósito es prevenir accidentes y heridas que son provocadas
debido al consumo del alcohol o uso de sustancias controladas por
los choferes de Vehículos Comerciales (CMV en inglés).
3.
Información Crítica
Esta presentación es un resumen de regulaciones importantes
en los EE.UU.
- El empleador
debe asegurarse de que todas las reglas sea obedecidas por los
choferes.
- El empleador
es responsable de cualquier violación cometida por el chofer.
4.
Información Adicional
En cada una de las diapositivas (Slides en inglés) de esta
presentación, hay notas específicas las cuales incluyen
información sobre en donde usted puede encontrar información
detallada.
5.
A Quien Aplica
- Las reglas
aplican a los empleadores y choferes que operan vehículos
comerciales en los EE.UU. y están sujetos a:
-Requisitos de la licencia comercial de chofer
-Requisitos de la Licencia Federal de Conductor
-Requisitos de la licencia comercial de chofer del Canadian
National Safety Code
6.
A Quien Aplica
Los empleadores que se emplean ellos mismos como choferes:
- DEBEN de
cumplir con los requisitos de ambos, como empleados y empleadores.
- DEBEN de
implementar un programa para realizar al azar, las pruebas de
alcohol y
sustancias controladas. El programa debe de consistir de dos o
más empleados que
formen parte del grupo de selección para las pruebas de
azar (random testing
selection pool, en inglés).
7.
Prioridad
Las reglas para
las pruebas de sustancias controladas y alcohol (Parte 382) tienen
prioridad sobre todas las leyes estatales y locales de los EE.UU.,
excepto cuando se está tomando acción legal en contra
de actos de conducta imprudente.
Por favor vea la sección 382.109
8.
Se Prohíbe
- Una concentración
de alcohol mayor al límite legal fijado por la FMCSA.
Usar alcohol cuando esté:
- En-Servicio
ó
- Antes de
Servicio y
- Uso Después
de un Accidente
9.
Prueba de Sustancias Controladas
Si la prueba
de sustancias controladas hecha a un chofer es positiva:
- El chofer
NO deberá reportarse para entrar en servicio, permanecer
en servicio o
desempeñar una función que sea crítica a
la seguridad.
- A el chofer
se le puede requerir que le informe a su empleador sobre el uso
de cualquier droga terapéutica, recetada por su Doctor.
10.
Responsabilidades del Empleador
- Cumplimiento
con la Parte 40.
- Administradores,
Representantes y Agentes.
- Acuerdos
y Convenios, escritos y verbales.
11.
Responsabilidades del Empleador
Inmediatamente retire al empleado de las funciones críticas
a la seguridad (hasta que el proceso de regreso al trabajo sea completado)
después de que reciba:
- Resultados
positivos de la prueba de drogas.
- Resultados
verificados de que la prueba ha sido adulterada o sustituida.
- Resultados
de la prueba de alcohol mayores de 0.04
12.
Responsabilidades del Empleador
Temporalmente retirar al empleado de las funciones críticas
a la seguridad después de haber recibido:
- Pruebas
de alcohol entre 0.02 y 0.39
- Una muestra
diluida
- Una prueba
de drogas sin validez que requiera una segunda recolección
bajo observación directa.
13.
Responsabilidades del Empleador
- DEBE ordenar
inmediatamente el suministro de una segunda prueba después
de haber
recibido un resultado sin validez cuando se requería un
resultado negativo.
- NO DEBE alterar
un resultado de drogas o alcohol.
14.
Profesionales en el Abuso de Sustancias Controladas
- Evalúan
a los empleados que ha violado algún reglamento de alcohol
o drogas del
Departamento de Transporte de los EE.UU. (DOT en inglés).
- Dan recomendaciones
sobre educación, tratamientos, pruebas de seguimiento,
y cuidado y asistencia después de su recuperación.
15.
Consecuencias para los Choferes sobre Conductas Relacionadas con
el Uso de Alcohol
Ningún
chofer que tenga una concentración de alcohol de entre 0.02
y 0.39 deberá manejar por lo menos por 24 horas después
de que la prueba haya sido administrada.
16.
Pruebas Requeridas
- Antes de
la contratación (prueba de sustancias controladas solamente).
- Después
de un accidente.
- Al azar
- Sospecha
razonable
- Regreso al
trabajo
- Seguimiento
17.
Prueba Antes de la Contratación
El chofer no
deberá realizar una función crítica a la seguridad,
como el manejar, hasta que los resultados negativos de una prueba
de sustancias controladas sean recibidos.
18.
Pruebas Después de un Accidente
Después de un accidente cada empleador deberá de realizar
pruebas de alcohol y substancias controladas a los choferes sobrevivientes
cuando sea indicado en el cuadro de abajo:
Tipo
de Accidente
|
Multa
emitida al chofer del vehículo comercial |
Prueba
debe ser realizada por el empleador
|
i.
Fatalidad Humana
|
SI |
SI |
NO |
SI |
ii.
Heridas corporales que requieran de atención médica
inmediata afuera de la escena del accidente
|
SI |
SI |
NO |
NO |
iii.
Daños que incapaciten a cualquier vehículo y que
requiera de una grúa. |
SI |
SI |
NO |
NO |
19.
Pruebas Post-Accidente
Si un chofer
necesita tomar las pruebas, la prueba de alcohol deberá ser
administrada dentro de 8 horas después del accidente y la
prueba de substancias controladas deberá ser dentro de 32
horas del accidente.
20.
Accidentes
Un accidente
significa:
- Una ocurrencia
involucrando un vehículo comercial operando en una carretera
en comercio interestatal o intraestatal que resulte en:
- (1)(i) Una
fatalidad
- (1)(ii) Heridas corporales a una persona, que como resultado
de las heridas, reciba atención médica inmediata
afuera de la escena del accidente; o
- (1)(iii) Uno o más vehículos que incurran daños
que incapaciten el vehículo como resultado del accidente
y requieran que los vehículos sean transportadas afuera
de la escena del accidente por una grúa u otro vehículo.
21.
Pruebas al Azar
- Todos los
choferes deberán de someterse a las pruebas de azar de
alcohol y sustancias controladas.
- Todos los
empleadores deberán cumplir con los requisitos de pruebas
al azar.
22.
Pruebas al Azar
Las compañías tienen que administrarle la prueba de
azar a los choferes según el porcentaje mínimo anual
de:
- Prueba de
alcohol - 10% del número de choferes.
- Prueba de
sustancias controladas - 50% del número de choferes.
23.
Pruebas al Azar
La prueba de alcohol al azar debe ser administrada inmediatamente
antes, durante o después de que el chofer desempeñe
una función crítica a la seguridad (incluyendo el
manejar).
- Todos los
choferes deben de tener un número igual de oportunidades
de ser
seleccionados por un método científicamente válido
tal como:
-Tabla de números al azar
-Generador de números al azar por computadora
24.
Prueba de Sospecha Razonable
Un chofer deberá de someterse a una prueba de alcohol y/o
sustancias controladas si hay sospecha razonable de que las reglas
concernientes al alcohol y/o sustancias controladas están
siendo violadas.
25.
Prueba de Sospecha Razonable
Las sospechas sobre el chofer deben de ser basadas en las observaciones
específicas del supervisor u oficial de la compañía
y estas incluyen:
- El comportamiento
- El habla
- El olor corporal
(tal como marihuana o alcohol)
26.
Prueba de Regreso al Trabajo
Antes de que un chofer regrese a sus obligaciones, el empleador
debe asegurarse que:
- La prueba
de alcohol del chofer de regreso al trabajo indique una concentración
de alcohol de menos de 0.02.
- La prueba
de alcohol del chofer de regreso al trabajo indique una concentración
de alcohol negativa.
27.
Prueba de Seguimiento
- Los profesionales
en el uso de sustancias controladas, elaborarán un plan
de pruebas de seguimiento.
- El empleador
DEBERÁ asegurarse que el plan se lleve a cabo.
- Un mínimo
de seis pruebas DEBEN de ser realizadas en los primeros 12 meses.
- El chofer
puede estar sujeto a pruebas por un máximo de 60 meses
28.
Negativa a Someterse a una Prueba Requerida
- Ningún
chofer deberá negarse a someterse a una prueba requerida.
- Ningún
empleador deberá permitir a un chofer que se niegue a las
pruebas, a que realice funciones críticas a la seguridad.
29.
Personal de la Colección de la Muestra de Orina
- Debe de cumplir
con los requisitos de capacitación.
- No debe de
trabajar para un laboratorio certificado del Departamento de Salud
y
Servicios Humanos de los EE.UU.
- No debe de
ser el supervisor inmediato del empleado a quien se le está
administrando la prueba a menos que:
-Ningún otro recolector esté disponible.
-Se le permita hacerlo según el reglamento de alcohol y
drogas del Departamento de
Transporte de los EE.UU. (DOT en inglés).
30.
Requisitos de Capacitación para Recolectores de Orina
- Recibir capacitación
que lo califique como recolector.
- Completar
5 simulacros de recolección libres de errores.
- Cumplir con
el plan de capacitación que lo califique como recolector
y con la
demostración de sus habilidades.
- Tener conocimiento
sobre:
-La Parte 40 (incluyendo las actualizaciones).
-Los procedimientos de recolección de orina del DOT.
31.
Sitios de Recolección de Muestras de Orina
- DEBE de cumplir
con los requisitos de seguridad.
- Durante la
recolección, nadie puede estar presente en el cuarto excepto
el empleado
(excepto en pruebas de observación directa).
- DEBE tener:
-Todo el personal necesario
-Materiales y equipo
-Almacenamiento temporal y envío de la muestra al laboratorio
-Superficies limpias para escribir
32.
Formas para Recolección de Orina
- DEBE usar
la Forma Federal de Custodia y Control para Pruebas de Drogas
(CCF en inglés) para documentar cada recolección
de orina.
- DEBE usar
una forma de 5 partes del CCF que no tenga papel carbón
(papel pasante).
- No puede
usar la forma federal para recolecciones que no sean del Departamento
de Transporte de los EE.UU. (DOT en inglés).
33.
Equivalente en Español
Se puede usar una versión equivalente en español de
la Forma de Custodia y Control (CCF en inglés) cuando ambos,
el empleado y recolector, la puedan entender y utilizar en ese idioma.
34.
¿Cuáles Laboratorios Pueden Ser Utilizados?
- Solamente
los laboratorios certificados por el Departamento de Salud y Servicios
Humanos de los EE.UU. (U.S. DHHS en inglés) según
el Programa Nacional de
Certificación de Laboratorios (NLCP en inglés).
- Visite el
siguiente enlace para ver los laboratorios aprobados para las
pruebas de drogas: http://www.health.org/workplace
35.
Sustancias Controladas
Los laboratorios DEBEN de buscar en la prueba indicios de:
- Marihuana
- Cocaína
- Opiáceos
(derivados del opio)
- Anfetaminas
- PCP
36.
Resúmenes Estadísticos de los Laboratorios
- Los resúmenes
estadísticos de los laboratorios DEBEN ser mandados al
empleador
semestralmente según las siguientes fechas:
- El 20 de
enero para el 1º de julio al 31 diciembre del año
anterior.
- El 20 de
julio para el 1º de enero al 30 de junio del presente año.
- Los laboratorios
DEBEN proveer los resúmenes estadísticos:
- Cuando sean
solicitados por el empleador en respuesta a una inspección,
auditoría o
revisión por una agencia del Departamento de Transporte
de los EE.UU.
- A las partes
interesadas
37.
Retención de Expedientes
- El empleador
deberá mantener expedientes de los programas de prevención
sobre el mal uso del alcohol y el uso de sustancias controladas.
- Los expedientes
deberán ser guardados en un lugar seguro con acceso controlado.
38.
Retención de Expedientes
Retención
de expedientes por 5 años
- Resultados
de alcohol que demuestren una Concentración de Aliento
Alcohólico (BAC en inglés) de 0.02 o más.
- Resultados
positivos de una prueba de drogas.
- Negativas
a someterse a las pruebas requeridas.
- Evaluaciones
y referencias del chofer.
- Calibración
(ajuste) requerida de los instrumentos de prueba de aliento.
- Copia de
cada resumen anual por cada año de calendario.
39.
Retención de Expedientes
Retención
de expedientes por 2 años
- Expedientes
relacionados al proceso de recolección.
Retención
de expedientes por 1 año
- Resultados
negativos o cancelados de las pruebas de drogas.
- Resultados
de las pruebas de alcohol que demuestren una concentración
de aliento
alcohólico (BAC en inglés) de 0.02 o menos.
Retención
indefinida
- Expedientes
de educación y capacitación.
40.
Acceso a Expedientes
La información DEBE de proveerse si:
-Se recibe del empleado su consentimiento específico por
escrito.
-Si es solicitada por una agencia del DOT.
-Si es solicitada por la Junta Nacional de Seguridad en el Transporte
(NTSB).
-Si es solicitada por una agencia de seguridad federal, estatal
o local.
41.
Averiguación sobre Empleadores Anteriores
- Se pueden
solicitar solamente con el consentimiento escrito del empleado.
- El empleador
debe de solicitarle a todos los empleadores que están reglamentados
por el DOT, la información de los últimos dos años
concerniente al nuevo empleado.
- El empleador
debe de suspender al chofer si la información no se obtiene
en 30 días (a menos que las intenciones de buena fe sean
documentadas).
42.
Averiguación sobre Empleadores Anteriores
- La información
dada a conocer a un empleador DEBE de ser por escrito.
- Los empleadores
anteriores DEBEN de dar a conocer la información inmediatamente
después de haber revisado el consentimiento hecho por escrito.
- La información
recibida DEBE de ser guardada por 3 años.
43.
Averiguación sobre Empleadores Anteriores
- El empleador
DEBE de pedirle al solicitante las pruebas antes de la
contratación o
negativas (a someterse a ellas) de los dos últimos años
en los cuales usted no consiguió trabajo.
- Si el solicitante
ha tenido resultados positivos en las pruebas o se ha negado,
usted DEBE de tener documentos que prueben que terminó
el proceso de regreso al trabajo. ("return-to-duty process"
en inglés)
44.
Obligaciones del Empleador
Los empleadores deberán de proveer materiales educativos
que expliquen los requisitos de los reglamentos y la política
de la compañía con respecto al consumo del alcohol
y abuso de sustancias controladas.
45.
Obligaciones del Empleador
- Estos materiales
educativos deberán de ser proporcionados a cada chofer
antes del inicio de la prueba de alcohol y sustancias controladas.
- El empleador
deberá proporcionar una notificación por escrito
de la disponibilidad de estos materiales educativos a los representantes
de organizaciones laborales.
46.
Información Detallada para los Choferes
La información detallada para los choferes deberá
incluir:
- La identidad
de la persona que contestará las preguntas relacionadas
con el alcohol y drogas.
- Que choferes
están sujetos a los requisitos, que está prohibido
y que es una función
crítica a la seguridad.
- Cuando y
como el chofer será examinado.
47.
Información Detallada para los Choferes
La información detallada para los choferes deberá
incluir:
- Los requisitos
para el chofer para que se someta a una prueba y que constituye
una
negativa a la misma.
- Consecuencias
para los choferes que violen los requisitos de las pruebas.
- Los efectos
que tiene en la salud, el trabajo y la vida personal, el mal uso
del alcohol y uso de drogas.
48.
Capacitación de Supervisores
La compañía deberá asegurarse de que todos
los supervisores reciban:
- Por lo menos
60 minutos de capacitación sobre el mal uso del alcohol.
- Por lo menos
60 minutos de capacitación sobre el uso de sustancias controladas.
49.
Capacitación de Supervisores
- La capacitación
será utilizada para ayudarle a los supervisores a determinar
si existe
sospecha razonable para exigirle al chofer a que sea examinado.
- La capacitación
deberá incluir las señales indicativas del probable
mal uso de alcohol y uso de sustancias controladas:
-El comportamiento
-El habla
-El desempeño (de sus funciones)
- La capacitación
constante para los supervisores no es necesaria.
50.
En Conclusión
Recuerde:
La capacitación es un elemento esencial en la industria de
transportación. Usted puede perder su permiso para operar
en los EE.UU. si sus choferes y/o personal no siguen estos reglamentos.
Gracias por
su tiempo y atención. |