Sello del Departamento de Justicia Departamento de Justicia
PARA DIVULGACIÓN INMEDIATA
MARTES, 17 DE MAYO DE 2005
WWW.USDOJ.GOV
AG
(202) 514-2008
TDD (202) 514-1888

EL SECRETARIO DE JUSTICIA DE LOS ESTADOS UNIDOS ALBERTO R. GONZALES FIRMA LA REGLA QUE IMPLEMENTA DISPOSICIONES SOBRE LA LEY DE COACCIÓN DE PROTECCIÓN Y OBSCENIDAD INFANTILES


WASHINGTON, D.C. - El Secretario de Justicia de los Estados Unidos Alberto R. Gonzales firmó una regla final que implementa disposiciones sobre la Ley de Coacción de Protección y Obscenidad Infantiles, anunció hoy el Departamento de Justicia. La regla exige a los productores de material sexualmente explícito que mantengan registros que prueben que los actores en esas representaciones no son menores. La misma será publicada en el Registro Federal.

Los menores son incapaces de brindar su consentimiento para participar en representaciones sexualmente explícitas y a menudo son obligados a participar en conductas sexualmente explícitas. Por estas razones, las representaciones visuales de conductas sexualmente explícitas que involucran a personas de menos de 18 años constituyen pornografía infantil ilegal. Los requisitos de mantenimiento de registros, codificados en la Ley 18 U.S.C. § 2257, son cruciales para evitar que los niños sean explotados mediante la producción de pornografía. Las violaciones de los requisitos son ofensas criminales castigables con hasta cinco años de prisión por la primera violación y hasta 10 años por violaciones subsiguientes.

La regla firmada hoy actualiza las reglamentaciones de la sección 2257 y establece un sistema administrativo de inspección más detallado, diseñado para permitir al gobierno federal garantizar que no se explote a los niños mediante la producción de pornografía. Por ejemplo, la regla garantiza que la definición de "productores de pornografía" incluya a los productores de representaciones visuales de conductas sexualmente explícitas publicadas en Internet. Clarifica además los medios por los que un productor debe verificar la identidad y edad de cada actor y la forma en que los registros de dichas verificaciones deben mantenerse. Además, la regla final establece una estructura detallada para la conducción de las inspecciones administrativas de los registros de los productores de pornografía para garantizar que los niños no sean usados como actores en representaciones sexualmente explícitas.

Si bien las reglamentaciones que implementan la sección 2257 fueron publicadas por primera vez en 1992, la proliferación de pornografía en Internet hizo necesario que las reglamentaciones fuesen actualizadas y fortalecidas. Además, el Congreso realizó recientemente extensas enmiendas al esquema legal de explotación infantil en la Ley los Recursos Penales y Otras Herramientas para Terminar Hoy con la Explotación Infantil [Prosecutorial Remedies and Other Tools to End the Exploitation of Children Today Act (PROTECT)], que el Presidente Bush firmó como ley en 2003.

###

05-272