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El Boleto para trabajar: Lo que necesita saber para que continúe trabajando para usted

SSA Publication No. 05-10962 (Your Ticket To Work: What You Need To Know To Keep It Working For You); January 2009; ICN 486758 - (para verlo en PDF) - (In English)
 

Le felicitamos por su participación en el programa del Boleto para trabajar. Esperamos que esta publicación le sea informativa y le ayude a tener éxito en el programa.

 
 

Contenido

¿Revisarán mi incapacidad mientras participo en este programa?

 
¿Cómo determina mi progreso el Seguro Social?
¿Qué sucederá si no estoy progresando?
¿Qué sucederá si comienzo a progresar otra vez?
¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la decisión que MAXIMUS haya tomado?
El trabajo y sus beneficios
 

¿Revisarán mi incapacidad mientras participo en este programa?

No revisaremos su incapacidad siempre y cuando continúe progresando mientras usa el programa del Boleto para trabajar. (Ahora, si habíamos comenzado una revisión antes que usted comenzara a participar en el programa, completaremos el proceso de revisión.)

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¿Cómo determina mi progreso el Seguro Social?

Su participación en el programa del Boleto para trabajar comenzó cuando firmó un acuerdo con una red de empleo o agencia estatal de rehabilitación vocacional. Con la ayuda de una de estas entidades, usted estableció un plan laboral. Mientras continúe en el programa, revisaremos qué logros ha podido alcanzar dentro de su plan de acción cada 12 meses.

MAXIMUS, Inc., la empresa que ayuda al Seguro Social a administrar el programa del Boleto para trabajar, analizará su progreso. La tabla que aparece a continuación explica cómo determinamos si está progresando oportunamente. Además de los requisitos delineados en la tabla, el obtener un diploma de escuela secundaria o su equivalente (GED, sus siglas en inglés) satisfacería el requisito de educación de los primeros 12 meses de la revisión.

 
 

¿Qué sucederá si no estoy progresando?

Si determinamos que no está progresando dentro del programa del Boleto para trabajar, es posible que iniciemos una revisión médica de su caso para ver si todavía continúa incapacitado. No obstante, puede continuar en el programa del Boleto aunque concluyamos que no está progresando.

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¿Qué sucede si comienzo a progresar otra vez?

En cualquier momento que usted crea que está progresando otra vez, debe comunicarse con MAXIMUS.

Ellos harán una determinación referente a su progreso. Mientras usted llene los requisitos de acuerdo con las reglas de incapacidad, tenga derecho a participar en el programa del Boleto para trabajar y demuestre que está progresando según las expectativas, no iniciaremos una revisión médica.

Tenemos organizaciones de Planificación y Ayuda con los Incentivos de Trabajo (WIPA, sus siglas en inglés) en muchas áreas. Los empleados de dichas organizaciones le pueden ayudar a entender cómo su empleo afecta sus beneficios. Infórmese mejor sobre las WIPA a continuación.

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Periodo de Revisión de 12 meses

Requisitos de trabajo

Título o Certificado del programa

Programa técnico, vocacional u oficio

Primer año

3 de los 12 meses con el nivel de ganancias del periodo probatorio de trabajo

Debe haber completado el equivalente de 60 por ciento de los cursos a tiempo completo equivalentes a 1 año de estudios.

Debe haber completado el equivalente de 60 por ciento de los cursos a tiempo completo equivalentes a 1 año de estudios.

Segundo año

6 de los 12 meses con el nivel de ganancias del periodo probatorio de trabajo.

Debe haber completado el equivalente de 75 por ciento de los cursos a tiempo completo equivalentes a 1 año de estudios.

Debe haber completado el equivalente de 75 por ciento de los cursos a tiempo completo equivalentes a 1 año de estudios.

Tercer año

9 de los 12 meses con el nivel de ganancias del trabajo sustancial y lucrativo*

Debe haber completado un programa de 2 años de estudios o si está tomando cursos para un programa de 4 años, debe haber completado cursos académicos adicionales equivalentes a un año de estudios a tiempo completo.

Debe haber completado el programa.

Cuarto año

9 de los 12 meses con el nivel de ganancias de trabajo sustancial y lucrativo*

Debe haber completado el equivalente a un año académico adicional a tiempo completo.

 

Quinto año

6 de los 12 meses con el nivel de ganancias de trabajo sustancial y lucrativo sin beneficios de Seguro Social ni de SSI.

Deber haber completado el equivalente a un año académico adicional a tiempo completo o haber completado sus cursos de no menos de 4 años para obtener un diploma universitario.

 

Sexto año

Los requisitos de trabajo son los mismos que en el quinto año y los periodos de 12 meses subsecuentes.

Debe haber completado y recibido su diploma universitario de 4 años.

 

*En el 2009, las ganancias de más de $980 ($1,640 si es ciego) se consideran sustanciales.

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¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la decisión que MAXIMUS haya tomado?

Si usted no está de acuerdo con alguna decisión, puede pedirle al Seguro Social que revise la misma. Necesita hacer su petición para una revisión dentro de 30 días a partir de la fecha en que MAXIMUS le envía la decisión. Una vez que tomemos una decisión, le enviaremos una carta explicándole nuestras conclusiones.

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El trabajo y sus beneficios

¿Cómo afectan las ganancias a mis beneficios?

Si ya completó su periodo probatorio de trabajo, está trabajando y devengando ganancias sustanciales, es posible que cesemos sus beneficios de Seguro Social por incapacidad. Sus beneficios pueden empezar de nuevo si su ingreso disminuye o si deja de trabajar.

Los pagos de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, sus siglas en inglés) se reducen hasta que sus ganancias alcanzan un nivel suficientemente alto como para que ya no los reciba. Cuando calculamos la cantidad del pago mensual de SSI, contamos menos de la mitad de sus ganancias.

Para una explicación más detallada sobre cómo sus ganancias afectan sus beneficios, obtenga una copia de la publicación titulada, Cómo podemos ayudarle si trabaja mientras está incapacitado, (publicación número 05-10995). Puede obtener una copia visitando nuestro sitio de Internet, www.segurosocial.gov/espanol, o llamando a nuestro número de teléfono gratis al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).

¿Qué pasará con mis beneficios de seguro médico?

Puede que su cobertura de Medicare continúe por lo menos hasta ocho años y medio después de que comience a trabajar, si todavía está incapacitado. Es posible que la cobertura de Medicaid también continúe, según las reglas del estado en donde vive y la cantidad de sus ganancias.

¿Dónde puedo obtener más información?

Comuníquese con su organización WIPA. Estas organizaciones están localizadas a través de los Estados Unidos para contestar sus preguntas acerca del trabajo. Los consejeros de estas organizaciones le pueden ayudar a entender y usar los incentivos de trabajo que están a su disposición.

Las organizaciones WIPA proveen información y ayuda a las personas que reciben beneficios de Seguro Social o SSI por incapacidad y que intentan ingresar a la fuerza laboral.

Estos consejeros:

  • Se comunican con las personas que reciben beneficios de Seguro Social o SSI por incapacidad (y sus familias) para informarles de los incentivos que el Seguro Social tiene para apoyar los esfuerzos de las personas que desean ingresar a la fuerza laboral;
  • Ayudan a las personas a entender cómo el trabajo afecta sus beneficios; y
  • Explican qué otros programas federales, estatales y municipales están a la disposición para proveer apoyo a las personas con incapacidades que trabajan.

Para informarse mejor acerca de las organizaciones WIPA y otros programas de apoyo, visite el sitio de Internet del Seguro Social, www.segurosocial.gov/work (sólo disponible en inglés) o llame a nuestro número de teléfono gratis.

Para informarse mejor acerca del programa del Boleto para trabajar, comuníquese con MAXIMUS, Inc. al 1-866-968-7842, o TTY 1-866-833-2967. También puede visitar el sitio de Internet www.yourtickettowork.com (sólo disponible en inglés).

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