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Beneficios para sobrevivientes

SSA Publication No. 05-10984; (Survivors Benefits); May 2008; ICN 487075; (para verlo en pdf) Para obtener Adobe Acrobat Reader— (In English)
 

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Nuestro sitio de Internet es un recurso valioso para obtener información sobre todos los programas del Seguro Social. Hay un número de cosas que usted puede hacer por Internet (sólo disponible en inglés).

Además de usar nuestro sitio de Internet, también puede llamar a nuestro número gratis, 1-800-772-1213. Oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un agente (si es sordo o tiene problemas de audición, marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778). Tratamos todas nuestras llamadas confidencialmente. Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. Ofrecemos servicios de intérprete gratis tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Además, ofrecemos servicio telefónico automatizado las 24 horas del día.

Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo agente escuche algunas llamadas.

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La importancia de los beneficios de Seguro Social para sobrevivientes

Si usted está trabajando...Lo que necesita saber sobre los beneficios para sobrevivientes

Cuando un familiar fallece... Lo que necesita saber sobre los beneficios para sobrevivientes

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La importancia de los beneficios de Seguro Social para sobrevivientes

La pérdida del trabajador asegurado en la familia puede ser muy devastadora, tanto emocional como económicamente. El Seguro Social ayuda proveyendo ingresos a las familias de los trabajadores que fallecen. De hecho, 98 de cada 100 niños podrían recibir beneficios si fallece uno de sus padres que trabaja. El Seguro Social paga más beneficios a niños que cualquier otro programa federal.

Esta publicación provee una idea general sobre los beneficios de sobrevivientes que el Seguro Social paga al cónyuge y a los niños del trabajador fallecido. Esta publicación no tiene el propósito de responder todas las preguntas que usted pueda tener. Para informarse mejor sobre el programa del Seguro Social para sobrevivientes, visite nuestro sitio de Internet o llame a nuestros números de teléfono gratis.

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Si usted está trabajando...Lo que necesita saber sobre los beneficios para sobrevivientes


«Seguro de vida» del Seguro Social

Muchas personas piensan en el Seguro Social únicamente como un programa de jubilación. Parte de los impuestos de Seguro Social que usted paga es para proveer seguro para sobrevivientes a los trabajadores y sus familias. De hecho, el valor del seguro para sobrevivientes que usted tiene bajo el Seguro Social es probablemente mayor que el valor de su seguro de vida individual.

Es posible que cuando usted fallezca, algunos miembros de su familia tengan derecho a beneficios para sobrevivientes. Éstos incluyen viudas, viudos (al igual que viudas y viudos divorciados), niños y padres dependientes.

¿Cómo adquiero el derecho al seguro para sobrevivientes?

Mientras trabaja y paga impuestos de Seguro Social, usted gana créditos que cuentan hacia sus beneficios de Seguro Social. El número de créditos que necesita para que su familia pueda tener derecho a beneficios para sobrevivientes del Seguro Social depende de la edad en que usted fallezca. Mientras más joven usted sea, son menos los años que necesita trabajar. Sin embargo, nadie necesita más de 10 años de trabajo para tener derecho a cualquier beneficio de Seguro Social.

Bajo una regla especial, si usted ha trabajado solamente un año y medio en los tres años antes de fallecer, se pueden pagar beneficios a sus niños y a su cónyuge quien cuida los niños.

¿Quién puede recibir beneficios para sobrevivientes basado en su trabajo?

  • Su viuda o viudo puede recibir beneficios completos a los 65 años de edad si nació el 1º de enero del 1940, o antes. (La edad para recibir beneficios completos está aumentando gradualmente hasta llegar a los 67 años, para viudas y viudos que nacieron el 2 de enero del 1940, o después.) Una viuda o viudo puede recibir beneficios reducidos tan pronto como a los 60 años de edad. Si su cónyuge sobreviviente está incapacitado, los beneficios pueden comenzar tan pronto como a los 50 años de edad. Para informarse mejor sobre los beneficios disponibles para viudas y viudos y otros sobrevivientes, visite www.segurosocial.gov/ww&os2.htm. (Sólo disponible en inglés.)

  • Su viuda o viudo puede recibir beneficios a cualquier edad, si él o ella tiene a su cuidado a su niño que tiene derecho a beneficios para niños y es menor de 16 años o está incapacitado.

  • Sus niños solteros menores de 18 años (o hasta los 19 años si asisten a una escuela primaria o secundaria a tiempo completo) también pueden recibir beneficios. Sus niños pueden recibir beneficios a cualquier edad si se incapacitaron antes de los 22 años y continúan incapacitados. Bajo ciertas circunstancias, se les pueden pagar beneficios a sus hijastros, nietos, nietrastos o niños adoptivos.

  • Sus padres dependientes pueden recibir beneficios si son mayores de 62 años de edad. (Para que sus padres tengan derecho como dependientes, usted tuvo que haber provisto por lo menos la mitad de su sustento.)

Beneficios para cónyuges sobrevivientes divorciados

Si usted ha sido divorciado, su ex-cónyuge podría recibir beneficios si es mayor de 60 años de edad (50-59 años de edad si está incapacitado) si su matrimonio duró por lo menos 10 años. Sin embargo, su ex-cónyuge no tiene que cumplir con el requisito de los 10 años de matrimonio si él o ella tiene a su cuidado a su niño que es menor de 16 años o que está incapacitado y que tiene derecho a beneficios basado en el registro de trabajo de usted. El niño tiene que ser el hijo natural o legalmente adoptado de su ex-cónyuge.

Los beneficios para sobrevivientes que se le pagan a un cónyuge divorciado que cumple con los requisitos de edad o incapacidad de una viuda o viudo no afectarán la cantidad para los otros sobrevivientes que reciben beneficios en el registro del trabajador. Sin embargo, si usted es uno de los padres sobreviviente divorciado que tiene a su cuidado un niño del trabajador, y el niño es menor de 16 años o está incapacitado, sus beneficios sí afectarán la cantidad de los beneficios de las otras personas en el registro del trabajador.

¿Cuánto son los beneficios?

La cantidad de beneficios que su familia puede recibir del Seguro Social depende del promedio de sus ganancias vitalicias. Eso significa que mientras más haya ganado, más altos serán sus beneficios. Debe revisar su Declaración del Seguro Social que se envía cada año a los trabajadores mayores de 25 años de edad. La Declaración le provee un cálculo aproximado de los beneficios para sobrevivientes que se pueden pagar, así como cálculos aproximados de los beneficios por jubilación e incapacidad, al igual que otra información importante.

Pago global por muerte


Hay un pago global de $255 que se puede hacer cuando usted fallezca si ha trabajado lo suficiente. Este pago solamente puede hacerse a su cónyuge o niño, si cumplen con ciertos requisitos.

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Cuando un familiar fallece... Lo que necesita saber sobre los beneficios para sobrevivientes


¿Cómo solicito beneficios?

Si no está recibiendo beneficios de Seguro Social actualmente

Usted debe solicitar los beneficios para sobrevivientes inmediatamente porque, en algunos casos, los beneficios se pagarán desde el momento en que los solicitó y no desde la fecha en que el trabajador falleció.

Usted puede solicitar por teléfono o en cualquier oficina de Seguro Social. Necesitaremos cierta información para procesar su solicitud, pero no se demore en solicitar si no tiene todo lo necesario. Le ayudaremos a obtener lo que necesite. Necesitaremos documentos originales o copias certificadas por la agencia que los emitió.

La información que necesitamos incluye:
  • Prueba de defunción —ya sea de la funeraria o el certificado de defunción;
  • Su número de Seguro Social y el del trabajador fallecido;
  • Su certificado de nacimiento;
  • Su certificado de matrimonio si usted es viuda o viudo;
  • Sus papeles de divorcio si está solicitando como una viuda o viudo divorciado;
  • Los números de Seguro Social, si están disponibles, y los certificados de nacimiento de los niños dependientes;
  • Los formularios W-2 o declaración de impuestos de negocio propio del año más reciente del trabajador fallecido; y
  • El nombre de su banco y su número de cuenta para que sus beneficios puedan ser depositados directamente a su cuenta bancaria.

Si ya esta recibiendo beneficios de Seguro Social

Si usted ya está recibiendo beneficios como esposa o esposo bajo el registro de trabajo de su cónyuge, cambiaremos sus pagos a beneficios para sobrevivientes cuando nos informe sobre la muerte. Nos comunicaremos con usted si necesitamos más información.

i recibe beneficios bajo su propio registro de trabajo, llámenos o visítenos para verificar si puede recibir más dinero como viuda o viudo. Usted recibirá el beneficio más alto, no una combinación de ambos. Tendrá que llenar una solicitud para cambiar a beneficios para sobrevivientes, y tendremos que ver el certificado de defunción de su cónyuge.

¿Cuánto recibiré?

La cantidad de sus beneficios se basa en las ganancias de la persona fallecida. Mientras más haya pagado el trabajador al Seguro Social, más altos serán sus beneficios.

El Seguro Social usa la cantidad básica de beneficio del trabajador fallecido y calcula el porcentaje que le corresponde a los sobrevivientes. El porcentaje depende en la edad del sobreviviente y su relación con el trabajador. He aquí las situaciones más típicas:

  • Una viuda o viudo, en plena edad de jubilación o mayor, por lo general recibe el 100 por ciento de los beneficios básicos del trabajador;

  • Una viuda o viudo de 60 años de edad o mayor, pero menor de su plena edad de jubilación, recibe aproximadamente 71-99 por ciento de los beneficios del trabajador; o

  • Una viuda o viudo de cualquier edad, con un niño menor de 16 años, recibe el 75 por ciento de los beneficios del trabajador.

  • Los niños reciben el 75 por ciento de los beneficios del trabajador

Beneficio máximo para la familia

Hay un límite en la cantidad de dinero que se le puede pagar a usted y a otros miembros de su familia cada mes. El límite varía, pero por lo general es entre 150 a 180 por ciento de la cantidad del beneficio de la persona fallecida.

Pensiones de trabajos que no son cubiertos por el Seguro Social

Si usted recibe una pensión de un trabajo donde pagó impuestos de Seguro Social, esa pensión no afectará sus beneficios de Seguro Social. Sin embargo, si recibe una pensión de un trabajo donde no pagó impuestos de Seguro Social —por ejemplo, servicio civil federal, algunos trabajos por el gobierno estatal o municipal, o trabajó en un país extranjero— su beneficio de Seguro Social podría ser reducido.

Para informarse mejor, pida la publicación titulada, Ajuste por pensión del gobierno (publicación número 05-10907), para los trabajadores gubernamentales que pueden tener derecho a beneficios de Seguro Social bajo el registro de ganancias de un cónyuge; y Eliminación de ventaja imprevista (publicación número 05-10945), para las personas que trabajaron en otro país o para los trabajadores gubernamentales que también tienen derecho a sus propios beneficios de Seguro Social.

¿Qué pasa si trabajo?

Si usted trabaja mientras recibe beneficios de Seguro Social para sobrevivientes y aún no ha alcanzado la plena edad de jubilación, la cantidad de sus beneficios podría ser reducida si sus ganancias exceden ciertos límites. (La plena edad de jubilación era 65 años para las personas nacidas antes del 1938 pero aumentará gradualmente hasta llegar a los 67 años para las personas nacidas en el 1960 y después.) Para informarse mejor sobre los límites del año actual y cómo las ganancias sobre esos límites pueden reducir sus beneficios de Seguro Social, comuníquese con el Seguro Social y pida la publicación titulada, Cómo el trabajo afecta sus beneficios (publicación número 05-10969).

No hay límite de ganancias comenzando con el mes en que usted cumpla la plena edad de jubilación.

Además, sus ganancias sólo reducen sus propios beneficios, no los beneficios de los otros miembros de familia.

¿Qué pasa si me vuelvo a casar?

Por lo general, usted no puede recibir beneficios de viuda o viudo si se vuelve a casar antes de los 60 años de edad. Sin embargo, si se vuelve a casar después de los 60 años (o a los 50 años si está incapacitado), esto no le impedirá recibir beneficios basados en el trabajo de su ex-cónyuge. Además, a partir de los 62 años de edad, puede recibir beneficios en el registro de su nuevo cónyuge, si éstos son más altos.

Su derecho de apelación

Si no está de acuerdo con la decisión que se tomó en su reclamación, usted puede apelarla. Los pasos que debe tomar se explican en la publicación titulada, El proceso de apelación (publicación número 05-10941).

Usted tiene derecho a ser representado por un abogado o cualquier otra persona cualificada que elija. Hay más información en la publicación titulada, Su derecho a representación (publicación número 05-10975)

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