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Nuevos reglamentos para obtener un número y tarjeta de Seguro Social

SSA Publication No. 05-10940; (New Rules For Getting A Social Security Number And Card); ICN 484370; November 2008 (para verlo en pdf) logo— (In English)

 

Recientes provisiones en la ley han cambiado las reglas para asignar y emitir un número y una tarjeta de Seguro Social. Esta hoja informativa le provee información actualizada sobre los documentos necesarios para solicitar un número y tarjeta de Seguro Social.

Todos los documentos tienen que ser originales o copias certificadas por la agencia que las emitió. No podemos aceptar fotocopias o copias notariadas de los documentos.

 
 

Contenido

Prueba de ciudadanía e identidad
 
Documentos para un cambio de nombre
Verificación de los registros de nacimiento
Límites de tarjetas de reemplazo

Cómo comunicarse con el Seguro Social

 

 

Prueba de ciudadanía e identidad

Para obtener un número de Seguro Social o una tarjeta de reemplazo, usted debe probar su ciudadanía estadounidense o estado inmigratorio, su edad e identidad. Para reemplazar la tarjeta, no necesita prueba de ciudadanía estadounidense o de su edad si éstas ya existen en nuestros registros. Según la nueva ley, sólo ciertos documentos pueden ser aceptados como prueba de ciudadanía estadounidense. Éstos incluyen su certificado de nacimiento de los Estados Unidos, un pasaporte de los Estados Unidos, un certificado de naturalización o un certificado de ciudadanía. Si usted no es un ciudadano estadounidense, se aplican diferentes reglas para comprobar su estado inmigratorio, y esas reglas no han cambiado.

También, bajo esta nueva ley, sólo ciertos documentos pueden ser aceptados como prueba de identidad. Para que un documento sea aceptable, debe enseñar su nombre, su información de identidad y preferiblemente una foto reciente.

Si usted es un ciudadano de los Estados Unidos, el Seguro Social le pedirá que muestre:

  • Su licencia de conducir de los EE. UU.;
  • Una tarjeta de identificación emitida por el estado; o
  • Un pasaporte de los Estados Unidos.

Si usted no tiene estos documentos específicos o no puede obtener un reemplazo de ellos dentro de 10 días, pediremos ver otros documentos inclusive:

  • Una tarjeta de identificación de empleado;
  • Una tarjeta de identificación de escuela;
  • Una tarjeta de seguro médico (no la tarjeta de Medicare);
  • Una tarjeta de identificación militar de los Estados Unidos; o

Si usted no es un ciudadano de los Estados Unidos, el Seguro Social debe ver sus documentos de inmigración actuales. Los documentos del Departamento de Seguridad Nacional que se pueden aceptar incluyen su:

  • Formulario I-551 (incluye una visa de inmigrante legible por máquina con su pasaporte extranjero vigente);
  • I-94 con su pasaporte extranjero vigente; o
  • Tarjeta de permiso de trabajo (I-766 o I-688B).

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Documentos para un cambio de nombre

Si usted cambia su nombre legalmente debido a que se casó, divorció, por orden judicial o por alguna otra razón, infórmeselo al Seguro Social para que pueda obtener una tarjeta corregida.  Si está trabajando, también infórmeselo a su empleador.  Si no nos informa sobre un cambio de nombre, es posible que:

  • Se retrase su devolución de impuestos; y
  • Sus salarios no sean anotados correctamente en su registro de Seguro Social, lo cual podría reducir la cantidad de sus beneficios futuros de Seguro Social.

Si necesita cambiar su nombre en su tarjeta de Seguro Social, tiene que mostrarnos un documento emitido recientemente como prueba de su cambio de nombre legal.  Los documentos que el Seguro Social puede aceptar como prueba de un cambio de nombre legal incluyen:

  • Un documento de matrimonio;
  • Un decreto de divorcio;
  • El certificado de naturalización que muestre el nombre nuevo; o
  • Una orden judicial para un cambio de nombre.

Si el documento que usted provea como evidencia de un cambio de nombre legal no muestra suficiente información para identificarlo en nuestros registros o si cambió su nombre legalmente más de dos años atrás, tendrá que proveer documentación adicional al Seguro Social.

Matrimonio, divorcio o anulación: Además de mostrarnos un documento legal como prueba de su matrimonio, divorcio o anulación, tiene que proveer un documento de identidad.  Este documento debe mostrar su nombre anterior al igual que otra información que lo identifique o una fotografía reciente.  (Podemos aceptar un documento caducado como evidencia de su nombre anterior.)

Adopción, naturalización u otro cambio de nombre: Además de mostrarnos un documento legal mostrando su nombre nuevo, tal como una orden judicial, decreto de adopción o certificado de naturalización, tiene que proveernos dos documentos de identidad, inclusive:

  • Un documento de identificación con su nombre anterior (el cual puede estar caducado); y
  • Un documento con su nombre legal nuevo, el cual debe ser vigente (que no haya caducado).

Ambos documentos deben mostrar información que lo identifique o tener una fotografía reciente.

Ciudadanía: Además, si es ciudadano de los Estados Unidos nacido fuera de los EE. UU. y nuestros registros no muestran que es ciudadano, tendrá que proveer prueba de su ciudadanía estadounidense.  Si no es ciudadano estadounidense, el Seguro Social le pedirá ver sus documentos vigentes de inmigración.

Su tarjeta nueva tendrá el mismo número que su tarjeta anterior, pero mostrará su nombre nuevo.

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Verificación de los registros de nacimiento

El Seguro Social debe verificar un registro de nacimiento para todos los solicitantes nacidos en los Estados Unidos de cualquier edad que soliciten un número de Seguro Social original. Se hace una excepción cuando uno de los padres solicita un número de Seguro Social para un bebé en el hospital, cuando el bebé nace.

El Seguro Social también tiene que verificar un registro de nacimiento para las personas nacidas en los Estados Unidos que piden corregir la fecha de nacimiento en nuestros registros. Para verificar un registro de nacimiento, el Seguro Social tendrá que comunicarse con la oficina que lo emitió.

NOTA: Para propósitos de Seguro Social, «nacido en los Estados Unidos» significa una persona nacida en los 50 estados, el Distrito de Columbia, Samoa Americana, Guam, las Islas Marianas del Norte, Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos.

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Límites de tarjetas de reemplazo

Usted puede reemplazar su tarjeta de Seguro Social si se le pierde o se la roban. Sin embargo, es posible que no necesite una tarjeta de reemplazo. Lo que es importante, es saber su número de Seguro Social. Usted está limitado a tres tarjetas de reemplazo en un año y 10 durante su vida. Es posible que cambios de nombres legales y cambios de estado inmigratorio no cuenten hacia estos límites. Además, es posible que usted no sea afectado por estos límites si puede probar que necesita la tarjeta para prevenir una dificultad económica significante.

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Cómo comunicarse con el Seguro Social

Para informarse mejor y obtener copias de nuestras publicaciones visite nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov/espanol o llame a nuestro número gratis al 1-800-772-1213 y oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un agente (si es sordo o tiene problemas de audición, marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778). Tratamos todas nuestras llamadas confidencialmente. Podemos contestar preguntas específicas de lunes a viernes desde las 7 a.m. hasta las 7 p.m. Ofrecemos servicios de intérprete gratis tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Además, ofrecemos servicio telefónico automatizado las 24 horas del día.

Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo agente escuche algunas llamadas.

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