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Cómo el Seguro Social le puede ayudar cuando fallece un miembro de su familia

SSA Publication No. 05-10008 (How Social Security Can Help You When A Family Member Dies); January 2008; ICN 451390; (para verlo en pdf) Para obtener Adobe Acrobat Reader(In English)

 

El Seguro Social debe ser notificado lo más pronto posible cuando fallece una persona. En la mayoría de los casos, el encargado de la funeraria notificará al Seguro Social de la muerte de esta persona. Usted tendrá que darle el número de Seguro Social al encargado de la funeraria para que éste pueda hacer el informe.

Algunos de los miembros de la familia de la persona fallecida podrían tener derecho a beneficios de Seguro Social si ésta trabajó lo suficiente bajo el Seguro Social para tener derecho a beneficios. Comuníquese con el Seguro Social lo más pronto posible para asegurarse que la familia reciba todos los beneficios a los cuales podría tener derecho. Por favor lea la siguiente información cuidadosamente para que tenga un mejor conocimiento de los beneficios que están a su disposición.

  • Se le puede hacer un pago global de $255 al cónyuge sobreviviente, si éste estaba viviendo con la persona fallecida, o si no estaban viviendo juntos, el cónyuge estaba recibiendo ciertos beneficios de Seguro Social en el registro de la persona fallecida. Si no hay cónyuge sobreviviente, el pago se le hace a un niño quien tenia derecho a beneficios de Seguro Social en el registro de la persona fallecida en el mes de fallecimiento.
  • Ciertos miembros de la familia podrían tener derecho a recibir beneficios mensuales, inclusive:
    • Una viuda o viudo mayor de 60 años (mayor de 50 años si está incapacitada);
    • Un cónyuge sobreviviente de cualquier edad si tiene a su cargo un niño de la persona fallecida, menor de 16 años o incapacitado;
    • Un niño soltero del difunto que es:
      • Menor de 18 años (o de 18 ó 19 años de edad si es un estudiante a tiempo completo en una escuela primaria o secundaria); o
      • Mayor de 18 años con una incapacidad que comenzó antes de cumplir 22 años;
    • Los padres dependientes del difunto mayores de 62 años y que recibían por los menos la mitad de su manutención de parte de la persona fallecida; y
    • Bajo ciertas circunstancias, un cónyuge divorciado sobreviviente.

Si el difunto recibía beneficios de Seguro Social, usted tiene que devolver el beneficio que se recibió para el mes del fallecimiento o cualquier mes posterior. Por ejemplo, si la persona fallece en el mes de julio, usted tiene que devolver el beneficio que recibió en el mes de agosto. Si los beneficios se pagaron por depósito directo, comuníquese con el banco o con la institución financiera. Pida que cualquier dinero recibido para el mes del fallecimiento o después, se devuelva al Seguro Social. Si los beneficios se pagaron por cheque, no cambie ningún cheque que reciba para el mes en que la persona falleció o después. Devuelva estos cheques a la oficina de Seguro Social lo más pronto posible.

Sin embargo, ciertos miembros de la familia podrían tener derecho a beneficios para el mes en que el beneficiario falleció.

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Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle con sus trámites de Seguro Social. Estos servicios están disponibles tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Una vez se comunique con nuestro número gratis, 1-800-772-1213, oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un representante

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