¿Qué tipos de propiedades se
incluyen?
Bajo las normas de OTARD, un
propietario o inquilino tiene el derecho a instalar una
antena (que cumpla con las limitaciones de tamaño) en su
propiedad o en una propiedad sobre la cual tenga el uso
o control exclusivo, como casas unifamiliares,
condominios, cooperativas, casas adosadas y casas
fabricadas. En el caso de condominios, cooperativas y
propiedades en renta, las normas aplican a áreas de “uso
exclusivo”, como terrazas, balcones o patios. “Uso
exclusivo” significa un área de la propiedad que sólo
usted o la persona que autorice puede usar o tener
acceso. No se considera como tal el área compartida con
otras personas o que es accesible sin su permiso.
Las normas de OTARD no aplican a
las áreas comunes que pertenecen al propietario, una
asociación comunitaria o condóminos. Estas áreas comunes
pueden incluir el techo o paredes exteriores de una
unidad habitacional múltiple. Bajo ciertas condiciones,
si se tiene una antena común para uso de los residentes,
entonces la asociación de la comunidad o dueño puede
prohibir la instalación de una antena o antena
parabólica de propiedad individual, siempre y cuando la
calidad de la señal de la antena central sea tan buena
como la calidad de una antena o antena parabólica
individual y que sus costos no sean mayores.
¿Existen algunas otras restricciones
sobre el lugar donde puedo instalar una antena o una parabólica?
Se permiten las restricciones
necesarias para evitar daños a la propiedad en renta, en
tanto éstas sean razonables. Por ejemplo, una
restricción que prohíbe a los inquilinos perforar
agujeros en las paredes exteriores o techo es posible
que se permita.
Una asociación, propietario o
gobierno local puede imponer ciertas restricciones por
motivos de seguridad o por tratarse de un sitio
histórico. Un ejemplo de restricción de seguridad podría
ser la instalación de una antena en una salida para
incendio. Las restricciones de seguridad deben
especificarse detalladamente por escrito de tal forma
que no sean más gravosas de lo necesario al tratar un
propósito legítimo de seguridad.
Si hay un conflicto sobre la
validez de la restricción, la asociación, el propietario
o el gobierno local que trata de hacer cumplir la
restricción debe probar su validez. Esto significa que
sin importar quién cuestiona la validez de la
restricción, la persona o entidad que está tratando de
hacerla cumplir debe probar que es legítima.
Presentación de una petición
sobre una restricción de antena
Si una asociación, propietario o
gobierno local admite que su restricción empeora la
instalación, mantenimiento o uso de una antena que está
bajo las normas de OTARD, pero considera que puede
presentar inquietudes “muy especializadas o inusuales”,
puede solicitar una exención a las normas.
Si considera que una restricción de
una antena es inválida, primero trate de resolver su
problema con la persona o entidad respectiva (la
asociación, propietario o gobierno local). Si no lo
puede resolver directamente, puede presentar una
Petición para la Sentencia Declaratoria con la FCC o el
tribunal de la jurisdicción competente.
No se usa ningún formulario en
particular para esta petición, pero debe contener como
mínimo:
-
una descripción de los hechos,
incluyendo la restricción que se disputa;
-
información de contactos para
todas las partes involucradas en la disputa;
-
copias o el texto exacto de la
restricción; y
-
cualquier correspondencia
pertinente.
Deberá incluir una “prueba de
servicio” con su petición, la cual es una declaración
que indica que el mismo día que presentó su petición con
la FCC, usted proporcionó una copia de la misma y anexos
a la persona o entidad que está tratando de hacer
cumplir la restricción de la antena. La prueba de
servicio debe indicar el nombre y dirección de las
partes notificadas, la fecha y el método de notificación
como puede ser por correo regular, servicio de entrega
personal o correo certificado.
Nota: Todos los alegatos de
hecho incluidos en las peticiones deben estar apoyados
por un afidávit firmado por una o más personas que
tienen un conocimiento real de los hechos. Debe enviar
una original y cuatro copias de la petición y todos los
anexos a:
Marlene H. Dortch, Secretary
Federal Communications Commission
Office of the Secretary
445 12th Street, SW
Washington, DC 20554.
Usted puede continuar
usando su antena mientras la petición o la solicitud de
exención esté pendiente, a menos que la restricción esté
teniendo problemas por preocupaciones sobre la seguridad
o el sitio histórico involucrado.
Requisitos de instalación para antenas
inalámbricas fijas que reciben y transmiten señales
La FCC exige que las antenas
inalámbricas fijas capaces de recibir y transmitir los
servicios de voz y datos cumplan con ciertas directrices
relacionadas con los límites de exposición a las
radiaciones y los estándares ambientales. Debido a estas
directrices, los proveedores de servicios inalámbricos
fijos pueden requerir que su equipo sea instalado por
profesionales.
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